BerzerkerSS
Usuario (Argentina)
Como esto viene en decadencia gracias a una infinita cantidad de linces virgos me escribí algo y se los dejo por acá Para quien no lo sabe.......... Esta prohibido fumar (vapear) en Arg.? Como todos sabemos esta prohibido el consumo de cigarrillos en dif. ámbitos, aqui lo pueden ver: ARTICULO 23. — Se prohíbe fumar en: a) Lugares de trabajo cerrados protegidos por la ley 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo; b) Lugares cerrados de acceso público (...) y un largo etc.. (Ley Nacional de Control del Tabaco: Ley 26.687 14 de junio de 2011) Para ver mas http://www.msal.gob.ar/…/informacion-pa…/legislacion-vigente Pero al poco tiempo apareció el cigarrillo electrónico, por lo cual de mano del ANMAT se promulgo lo siguiente: Art. 1 - Prohíbese la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”, extendiéndose dicha prohibición a todo tipo de accesorio para dicho sistema o dispositivo, como asimismo a cartuchos conteniendo nicotina. Disposición 3226/2011 ANMAT 2011 Texto completo en: http://www.msal.gob.ar/…/insti…/pdf/disposicion-anmat-ce.pdf Hasta acá vamos bien pero estos señores se sacaron de la manga en el año 2013 lo siguiente: ARTICULO 3°.- Serán considerados productos elaborados con tabaco aquellos comprendidos en la definición que se realiza en el inciso b) del artículo 4° de la ley que se reglamenta. Serán considerados productos que pueden identificarse con productos elaborados con tabaco: a) Productos para fumar que no sean elaborados con tabaco, como ser el cigarrillo electrónico, cigarros o cigarrillos de otros componentes, etc. b) Elementos o accesorios para fumar: como boquillas para cigarrillos, pipas de agua o narguiles, dispositivos electrónicos para fumar y sus accesorios, tabaqueras, ceniceros, etc. Publicado en el boletín oficial el 29 de mayo de 2013 titulado "reglamentación ley nacional tabaco" http://www.msal.gob.ar/…/0000000657cnt-2015-04_reglamentaci… CONCLUSIÓN No se puede fumar/vapear en ningún lado donde este prohibido fumar tabaco, esto es porque en la reglamentación dictada en el 2013 se incluyo al cigarrillo electrónico como "producto elaborado con tabaco" lo cual hace que dicho aparato quede atado al Art. 4 ins a de la Ley 26.687; ósea que tiene la misma clasificación que un puro o un cigarrillo tradicional.... Saludos a todos Para que no haya confusiones cuando hablo de que se puede clasificar como un cigarrillo común tengan en cuenta que me refiero a sus lugares de consumo etc. No nos olvidemos que esta la resolución del ANMAT del 2011 que dice "1 - Prohíbese la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico (...)"