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ElEmi22

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Primer post: 22 feb 2010Último post: 28 oct 2013
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Todo sobre el Divorcio
InfoporAnónimo2/22/2010

Manual elemental de Divorcio-toda la info necesaria QUE DIFERENCIA HAY ENTRE SEPARACIÓN PERSONAL Y DIVORCIO VINCULAR? Con el divorcio vincular se disuelve el vínculo y se recupera la aptitud nupcial. Se pierde el derecho hereditario y alimentario. ¿ SE PUEDE CONVERTIR EN DIVORCIO VINCULAR UNA SENTENCIA DE SEPARACIÓN PERSONAL? Si, se puede. Transcurrido un año de dictada la sentencia pueden pedir la conversión ambos cónyuges. Transcurridos tres años, alcanza con que la pida uno solo. ¿ QUE TIPOS DE DIVORCIO EXISTEN? Varios: el más recomendable es el divorcio por presentación conjunta, donde no hay que probar las causales del divorcio. A la vez, este tipo de divorcio puede tener 2 audiencias o ninguna (si hace más de tres años que se produjo la separación de hecho). Si uno de los cónyuges se niega a firmarlo, el otro puede iniciar divorcio contradictorio o contencioso, debiendo probar las causales de divorcio que invoca. Es un juicio largo y doloroso y se apela a él como último recurso. ¿ CUANTOS ABOGADOS SE NECESITAN PARA TRAMITAR UN DIVORCIO DE COMUN ACUERDO? Se necesitan dos abogados, uno por cada parte.(En otras provincias, solo uno) ¿ QUE DOCUMENTACIÓN SE NECESITA PARA INICIAR UN DIVORCIO? Se necesita partida de matrimonio, partidas de nacimiento de los hijos, fotocopia de las dos primera hojas del DNI y si hay bienes, títulos de propiedad de éstos. Las partidas deben ser aranceladas. Las gratuitas no sirven. Las puede obtener en el C.G.P. más cercano a su domicilio si son de Capital Federal. ¿ CUANTO DURA UN DIVORCIO? Depende del tipo de procedimiento y del Juzgado. Si es de mutuo acuerdo, pocos meses. Si es contradictorio, varios años. ¿ CUANDO SE DISUELVE LA SOCIEDAD CONYUGAL? La sociedad conyugal se disuelve cuando se dicta la sentencia de divorcio. Si el divorcio fue de mutuo acuerdo, retroactivamente a la fecha de iniciación del juicio Si fue contencioso, retroactivamente a la fecha de la traba de la notificación de la demanda. También se disuelve con la muerte del cónyuge. ¿ CUANTO AÑOS DE CASADOS HAY QUE TENER PARA PODER INICIAR UN DIVORCIO? Para iniciar un divorcio contencioso, no hay plazos mínimos. Para iniciar una separación personal por presentación conjunta, 2 años de casados Para iniciar un divorcio vincular por presentación conjunta, 3 años de casados. Para iniciar un divorcio vincular por la causal de separación de hecho, más de 3 años de separados (no de casados). ¿ CUALES SON LAS CAUSALES DE DIVORCIO CONTRADICTORIO? El adulterio, la tentativa de uno de los cónyuges contra la vida de otro o de los hijos, sean o no comunes, ya sea como autor principal, cómplice o instigador, la instigación de uno de los cónyuges al otro a cometer delitos, las injurias graves y el abandono voluntario y malicioso. Estas dos últimas son las más frecuentemente invocadas. Se necesitan testigos para probarlas. ¿QUE OTRAS CAUSAS DE DIVORCIO EXISTEN? Alteraciones mentales graves de carácter permanente, alcoholismo o adicción a la droga del otro cónyuge. ¿QUE OBJETIVO TIENE EL DIVORCIO CONTRADICTORIO? Obtener la sentencia de divorcio por culpa exclusiva del cónyuge demandado. Pero éste puede RECONVENIR (contrademandar) y pedir que se decrete por culpa de quien inició el juicio. La sentencia puede salir por culpa de uno o de ambos (esto es lo más frecuente). ¿ CUALES SON LAS CAUSAS QUE SE INVOCAN EN UN DIVORCIO POR PRESENTACIÓN CONJUNTA? Solamente que causas graves hacen moralmente imposible la vida en común o que hace más de tres años que están separados de hecho. No se necesitan testigos. Estas causas se invocan sin necesidad de probarlas. No queda asentado en el expediente los pormenores de las mismas. ¿QUIÉN ES EL CULPABLE EN UN DIVORCIO POR PRESENTACIÓN CONJUNTA? No hay declaración de culpabilidad, pero tiene los efectos de culpa de ambos, salvo que se dejen a salvo los derechos del cónyuge inocente (poco frecuente). ¿ EL CÓNYUGE INOCENTE CONSERVA EL DERECHO A ALIMENTOS? Si, mientras no viva en concubinato o incurra en injurias graves hacia el otro cónyuge. ¿ CUAL ES EL JUEZ COMPETENTE PARA ENTENDER EN EL DIVORCIO? Aquel cuya jurisdicción corresponda al último domicilio conyugal o el juez del domicilio del cónyuge demandado. ¿ CUANTO TIEMPO HAY QUE ESPERAR PARA VOLVERSE A CASAR DESPUÉS DEL DIVORCIO? El Código no establece ningún plazo de espera. Ni bien se termina el divorcio (inscribiendo la sentencia en el registro civil) se puede volver a contraer matrimonio.- ¿ CUANTAS VECES SE PUEDE CASAR UNA PERSONA DIVORCIADA? Una persona divorciada se puede casar todas las veces que quiera, siempre y cuando haya disuelto el vínculo anterior. ¿ QUE PASA CON LA TENENCIA DE HIJOS, RÉGIMEN DE VISITAS, ALIMENTOS, ATRIBUCIÓN DEL HOGAR CONYUGAL Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL? En un divorcio consensual las partes pueden presentar en el mismo escrito un acuerdo sobre cada uno de esos temas, el cual se homologa con la sentencia. Si el divorcio es contencioso, todos estos temas conexos hay que reclamarlos en juicios separados. ¿QUE ES LA PATRIA POTESTAD Y A QUIEN CORRESPONDE SU EJERCICIO? La patria potestad es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y bienes de los hijos, para su protección y formación integral, desde la concepción de éstos y mientras sean menores de edad y no se hayan emancipado. Su ejercicio corresponde: 1) En el caso de los hijos matrimoniales, al padre y a la madre conjuntamente, en tanto no estén separados o divorciados, o su matrimonio fuese anulado. Se presumirá que los actos realizados por uno de ellos cuenta con el consentimiento del otro, salvo en los supuestos contemplados en el art. 264, quater, o cuando mediare expresa oposición. 2) En caso de separación de hecho, separación personal, divorcio vincular o nulidad del matrimonio, al padre o madre que ejerza legalmente la tenencia, sin perjuicio del derecho del otro de tener adecuada comunicación con el hijo y de supervisar su educación. 3) En caso de muerte de uno de los padres, ausencia con presunción de fallecimiento, privación de la patria potestad, o suspensión de su ejercicio, al otro. 4) En el caso de los hijos extramatrimoniales, reconocidos por uno solo de los padres, a aquel que lo hubiere reconocido. 5) En el caso de los hijos extramatrimoniales reconocidos por ambos padres, a ambos, si convivieren y en caso contrario, a aquél que tenga la guarda otorgada en forma convencional o judicial, o reconocida mediante información sumaria. 6) A quien fuese declarado judicialmente el padre o madre del hijo, si no hubiese sido voluntariamente reconocido. ¿QUIÉN TIENE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA RESPECTO A LOS HIJOS? Ambos padres tienen obligación alimentaria respecto a los hijos. También los abuelos tienen obligación subsidiaria de alimentos. ¿ LOS JUICIOS DE ALIMENTOS, TENENCIA, RÉGIMEN DE VISITAS, ADOPCIÓN, TUTELA, INSANIA PAGAN TASA DE JUSTICIA? No, esos juicios no pagan tasa de justicia. ¿HASTA QUE EDAD LOS HIJOS TIENEN DERECHO A PERCIBIR ALIMENTOS? Hasta los 21 años. Es un error creer que la mayoría de edad se produce a los 21 años.Actualmente, es a los diecioocho años.Agrego la información correspondiente: \"Con su publicación en el Boletín Oficial, rige la modificación del Código Civil, sancionado por el Congreso y promulgado por el Ejecutivo, que otorga a los jóvenes a partir de los 18 años plenos derechos en materia civil y comercial. La obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años. Se publicó ayer en el Boletín Oficial la modificación del Código Civil que establece la mayoría de edad a los 18 años, y que otorga a los jóvenes plenos derechos en materia civil y comercial. La ley 26.579, sancionada por el Senado el 2 de diciembre y promulgada el 21 de este mes, modifica el artículo 126 que ahora dice: “son menores las personas que no hubieren cumplido la edad de dieciocho (18) años”. En tanto el artículo 127 señala que “son menores impúberes los que aún no tuvieren la edad de catorce (14) años cumplidos, y adultos los que fueren de esta edad hasta los dieciocho (18) años cumplidos”. Además el artículo 128 queda modificado de la siguiente manera: “Cesa la incapacidad de los menores por la mayor edad el día que cumplieren los dieciocho (18) años”. La modificación del Código Civil permitirá a los jóvenes tramitar documentos, firmar contratos, encarar emprendimientos comerciales y casarse a los 18 años, sin autorización de sus padres. Expresa que el menor que ha obtenido título habilitante para el ejercicio de una profesión puede ejercerla por cuenta propia sin necesidad de previa autorización, y administrar y disponer libremente de los bienes que adquiere con el producto de su trabajo y estar en juicio civil o penal por acciones vinculadas a ello. También los menores que contrajeran matrimonio se emancipan y adquieren capacidad civil, con las limitaciones previstas en el artículo 134. Si se hubieran casado sin autorización no tendrán hasta la mayoría de edad la administración y disposición de los bienes recibidos o que recibieren a título gratuito, continuando respecto a ellos el régimen legal vigente de los menores. Se agrega al Código Civil “la obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo”. Aclara además que “toda disposición legal que establezca derechos u obligaciones hasta la mayoría de edad debe entenderse hasta los dieciocho (18) años, excepto en materia de previsión y seguridad social en que dichos beneficios se extienden hasta los veintiún (21) años, salvo que las leyes vigentes establezcan una edad distinta. 23 DE DICIEMBRE DE 2009 http://www.argentina.ar/_es/pais/C2908-mayoria-de-edad-a-los-18.php ¿QUE PASA SI EL PADRE QUE NO DETENTA LA TENENCIA NO PAGA ALIMENTOS? Se debe iniciar un juicio de alimentos. Se fija una cuota provisoria mientras dura el juicio y se debe probar el nivel económico del padre y las necesidades del menor para que el Juez fije la cuota definitiva. ¿QUE PASA SI UNA VEZ FIRMADO UN CONVENIO O DICTADA UNA SENTENCIA EL OBLIGADO NO PAGA LOS ALIMENTOS? Se debe iniciar una ejecución de cuota alimentaria, trabando embargo sobre sus bienes o ingresos. Además, se lo puede inscribir por orden judicial en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. ¿SE PUEDEN RECLAMAR ALIMENTOS ATRASADOS? Se pueden reclamar 5 años de alimentos atrasados, siempre y cuando estén fijados por convenio o sentencia. Es decir, si el juicio de fijación de cuota alimentaria no se puede reclamar retroactivamente. ¿SE PUEDE INICIAR ACCIÓN PENAL CONTRA QUIEN NO PAGA ALIMENTOS? Si, se puede iniciar denuncia o querella por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. ¿LA FALTA DE PAGO DE ALIMENTOS SUSPENDE EL RÉGIMEN DE VISITAS? No, no lo suspende. ¿ EXISTE ACCIÓN PENAL CUANDO UN PADRE IMPIDE EL CONTACTO DE UN MENOR CON EL OTRO PROGENITOR NO CONVIVIENTE? Si, está legislado en la ley 24.270, que reprime con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres año de prisión. En las mismas penas incurrirá el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial. Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin autorización judicial o excediendo los limites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo. El tribunal deberá: Disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres. ¿ QUE ES EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS? ¿Quiénes son Deudores Alimentarios Morosos? Son todas aquellas personas (parientes, padres, hijos, esposos) que, luego de un acuerdo homologado ante el juez o sentencia judicial que establece una cuota alimentaria, no cumplen con ella (total o parcialmente) durante tres períodos seguidos o cinco alternados. Cómo se pide la inscripción de un deudor? La anotación sólo se realiza por orden judicial. El interesado deberá peticionar en tal sentido en el juzgado donde tramite su causa. El Registro sólo acepta oficios judiciales librados por el juez competente. Qué implica la inscripción para el deudor moroso? . No podrá abrir cuentas corrientes, obtener tarjetas de crédito, otorgar habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, ni designar como funcionarios jerárquicos a quienes se encuentren incluidos en el Registro (art. 4º, ley 269). . El Banco de la Ciudad(EN CAPITAL FEDERAL) no podrá otorgar o renovar créditos sin pedir el certificado del Registro y en el caso de que el peticionante estuviera anotado, la entidad deberá retener el importe de los alimentos adeudados y depositarlos judicialmente (art. 5º, ley 269). . Las licencias de conducir y sus renovaciones son alcanzadas por esta ley y sólo están exceptuados por una sola vez, aquellos que trabajen con el vehículo como taxistas, remiseros, fleteros, colectiveros y otros choferes, a quiénes se les dará un permiso provisorio, válido sólo por 45 días (art. 6º, ley 269). . Los proveedores de todos los organismos de la Ciudad deben adjuntar a sus antecedentes una certificación del Registro como condición para su inscripción como tales. Si se trata de personas jurídicas, el requisito es para la totalidad de los directivos (art. 7º, ley 269). . Para obtener habilitación de titularidad, debe requerirse la certificación: si hay deuda alimentaria la transferencia no quedará perfeccionada hasta que se regularice la situación (art. 8º, ley 269). . También compete la calificación para los postulantes a cargos electivos de la Ciudad y para aquellos que quieran desempeñarse como Magistrados o funcionarios del Poder Judicial en la Ciudad de Buenos Aires (arts. 8º y 9º, ley 269). . El Gobierno de la Ciudad invitará a empresas e instituciones privadas con sede o que desarrollen su actividad en la Ciudad, a requerir informes al Registro.(art. 11, ley 269). ¿QUIEN SE ATRIBUYE EL HOGAR CONYUGAL? En caso de separación, si hubiere un solo inmueble que satisfaga las necesidades mínimas de quien detente la tenencia de los hijos menores, el bien puede permanecer sin liquidarse hasta la mayoría de edad de los hijos. ¿LA CUOTA ALIMENTARIA ES DEFINITIVA? No, se puede pedir aumento o disminución de la misma en un juicio especial si han cambiado las condiciones de hecho tenidas en cuenta cuando se fijó. ¿LA TENENCIA DE LOS HIJOS PUEDE SER COMPARTIDA? En principio, en los acuerdos se pone que uno de los cónyuges detentará la tenencia y el otro un amplio régimen de visitas, que puede consistir en la práctica en una tenencia compartida, pero jurídicamente la tenencia la tiene uno solo. ¿ES CONVENIENTE FIJAR DÍA Y HORA PARA EL RÉGIMEN DE VISITAS? Esto es conveniente cuando los hijos son chicos o existe muy mala relación entre sus padres. Cuando son adolescentes, es preferible un régimen amplio de visitas que vayan consensuando entre ellos. ¿QUE SON LOS BIENES GANANCIALES? Los adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges. ¿CUALES SON LOS BIENES PROPIOS? Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros. ¿SE PUEDE VENDER UN BIEN GANANCIAL SIN LA CONFORMIDAD DEL CÓNYUGE? No, no se puede vender ni gravar (hipotecar) un bien ganancial sin la conformidad del cónyuge. ¿SE PUEDE VENDER UN BIEN PROPIO SIN LA CONFORMIDAD DEL CÓNYUGE? Si, salvo que dicho inmueble sea la sede del hogar conyugal y allí vivan los hijos menores. Después de disuelta la sociedad conyugal también se necesita la conformidad del cónyuge si se dan esos recaudos o autorización del Juez. ¿ QUE DERECHOS OTORGA EL CONCUBINATO? El concubinato, unión de hecho, o unión en aparente matrimonio otorga muy pocos derechos, entre ellos la pensión si se tienen más de 5 años de convivencia o menos de 5 años si se tiene un hijo. Pero es importante saber que el concubinato no otorga derecho a alimentos ni a la herencia. ¿MI MARIDO ME GOLPEA Y NO SE QUIERE IR DE CASA, QUÉ DEBO HACER? Debe iniciar un juicio civil por violencia familiar solicitando como medida cautelar la exclusión del hogar conyugal del golpeador. También debe iniciar denuncia penal por lesiones y ratificarla, nunca desistirla. Debe solicitar apoyo psicológico especializado para poder salir del círculo de la violencia. ¿ CUANDO TERMINA UN JUICIO DE DIVORCIO? El juicio de divorcio termina después que la sentencia fue inscripa en el Registro Civil y se obtuvo testimonio de la misma para su constancia. Ese testimonio le será requerido cuando haga trámites como divorciado/a. También puede obtener una nueva partida de matrimonio con la anotación marginal de la sentencia de divorcio y renovar sus documentos con el nuevo estado civil. ¿ QUIEN PUEDE SER DECLARADO DEMENTE JUDICIALMENTE?. Las personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes. ¿ QUIENES PUEDEN PEDIR LA DECLARACIÓN DE DEMENCIA? Los que pueden pedir la declaración de demencia son: El esposo o esposa no separados personalmente o divorciados vincularmente; Los parientes del demente; El Ministerio de Menores; El respectivo cónsul, si el demente fuese extranjero; Cualquier persona del pueblo, cuando el demente sea furioso, o incomode a sus vecinos. Si el demente fuese menor de catorce años no podrá pedirse la declaración de demencia. ¿QUE ES EL CURADOR PROVISORIO? Interpuesta la solicitud de demencia, debe nombrarse para el demandado como demente, un curador provisorio que lo represente y defienda en el pleito, hasta que se pronuncie la sentencia definitiva. En el juicio es parte esencial el Ministerio de Menores. Ese Curador Provisorio no puede ser miembro de la familia, excepto que el denunciado como demente fuere menor de edad, en cuyo caso serán su padre, madre o tutor. Si en presunto dementes tiene bienes, el Juez nombra un Curador a un abogado de la matrícula y si no tiene bienes al Curador Oficial. ¿QUIEN ADMINISTRA LOS BIENES DEL PRESUNTO DEMENTE? En principio, el Curador Provisorio. Luego de dictada la sentencia, el Curador Definitivo, que puede ser de la familia . Todo ello con autorización del Juez y obligación de rendir cuentas documentadas. ¿QUIÉNES PUEDEN SER DECLARADOS INHABILITADOS JUDICIALMENTE? Podrá inhabilitarse judicialmente: A quienes por embriaguez habitual o uso de estupefacientes estén expuestos a otorgar actos jurídicos perjudiciales a su persona o patrimonio; A los disminuidos en sus facultades cuando sin llegar al supuesto previsto en el artículo 141 de este Código, el juez estime que del ejercicio de su plena capacidad pueda resultar presumiblemente daño a su persona o patrimonio; A quienes por la prodigalidad en los actos de administración y disposición de sus bienes expusiesen a su familia a la pérdida del patrimonio. Sólo procederá en este caso la inhabilitación si la persona imputada tuviere cónyuge, ascendientes o descendientes y hubiere dilapidado una parte importante de su patrimonio. La acción para obtener esta inhabilitación sólo corresponderá al cónyuge, ascendientes y descendientes. Se nombrará un curador al inhabilitado y se aplicarán en lo pertinente las normas relativas a la declaración de incapacidad por demencia y rehabilitación. Sin la conformidad del curador los inhabilitados no podrán disponer de sus bienes por actos entre vivos. Es decir, que el inhabilitado puede disponer de sus bienes pero firmando conjuntamente con el Curador. Los inhabilitados podrán otorgar por sí solos actos de administración, salvo los que limite la sentencia de inhabilitación teniendo en cuenta las circunstancias del caso. ¿LA DECLARACIÓN DE INSANIA O INHABILITACIÓN ES DEFINITIVA? No, puede solicitarse la rehabilitación si los informes del Cuerpo Médico Forense indicaran que ya no existe razones para mantener la interdicción. ¿LOS DECLARADOS INSANOS O INHABILITADOS SIEMPRE SON INTERNADOS EN UN PSIQUIÁTRICO? No, no siempre. Eso dependerá de la patología, del tratamiento indicado por el Cuerpo Médico Forense y por las posibilidades de contención del grupo familiar. Algunos insanos siguen viviendo en su casa. ¿QUIEN PAGA LOS HONORARIOS DEL CURADOR PROVISORIO? El Curador Provisorio es un abogado designado por el Juez y tiene derecho a pedir regulación de honorarios. Los mismos son abonados con el patrimonio de su representado.Estos no pueden superar nunca el 10 _ del patrimonio del insano. ¿LA DECLARACIÓN DE INSANIA PROTEGE EL PATRIMONIO DEL INSANO? Sí, lo primero que se hace es inhibirlo de disponer de sus bienes, mediante la anotación en el Registro de la Propiedad. Sólo se pueden vender los bienes previa autorización del Juez y con la intervención del Defensor de Menores e Incapaces y del Curador. Se prioriza la atención del enfermo con su patrimonio.

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Descarrilo Tren En Canada
InfoporAnónimo10/20/2013

Un tren cargado de crudo descarrila y se incendia en Canadá El descarrilamiento de un tren cargado de hidrocarburos causó un incendio en Canadá, según informaron las autoridades ferroviarias citadas por la agencia Reuters. El incidente se produjo durante la madrugada de este sábado, cuando 13 vagones con crudo y gas licuado de petróleo descarrilaron al oeste de Edmonton, provincia de Alberta. No ha habido víctimas, aunque los poco más de 100 habitantes del pueblo cercano de Gainford tuvieron que ser evacuados. Las autoridades están investigando las causas del accidente. ¿Pero a quien le importa ?

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El Arte De Danic0f
ArteporAnónimo11/19/2012

link: http://www.youtube.com/watch?v=GXs571imRpA&list=ULjc-MpjyMSsA&index=3 Hola Gente les quiero mostrar el arte de un Amigo!

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Mi experiencia con la marihuana
Hazlo Tu MismoporAnónimo8/8/2012

Hola a Toda la comunidad Taringuera, hace pocos dias Cumpli 20 años y la verdad no tenia ganas de festejarlo ni con amigos ni con familiares, entonces quize patear el tablero y hacer algo loco, distinto, algo que no nunca hice. Resulta que termine visitando a mi hermano mayor con motivo de probar la marihuana, esa droga tabu de la que tanto se habla y con tanta polemica en el medio ( legalizacion, penalizacion, etc ) La cuestion es que despues de varios minutos de hablar con mi hermano mayor tome coraje y le exprese mi voluntad, el motivo de la visita. El me dio una charla previa explicandome los distintos tipos de marihuana, la diferencia que hay entre fumar marihuana de un cultivo personal o la que compras en la calle ( que se sabe que esta es estirada con quimicos y demas porquerias ) y despues de entender bien las cosas la probe... Durante mi visita no me movio un pelo, no senti nada pero luego al retirarme y dirigirme hacia mi hogar ( 25 cuadras a pie ) comenze a sentir los efectos...en primer lugar senti que las 2 hs que estube con mi hermano, fueran tan solo 5 minutos, a medida que caminaba y respiraba sentia como el oxigeno fluia atravez de mi cuerpo. despues tube una sensacion de desorientacion, yo sabia que iba para mi hogar pero miraba las casas y calles en las cuales yo transite mil veces como si nunca las ubiera transitado, era todo nuevo para mi. A todo esto ya estaba a mitad de camino para llegar a casa y me convensi que la persona con la cual yo habia estado hace un rato no era mi hermano, era un desconocido, alguien producto de mi imaginacion y no se por que no lograba recordar mi infancia con el, y de esa manera me autoconvensi aun mas de que mi hermano existia dentro de mi cabeza. Al llegar a casa, me senti muy mareado y me sente en baño de frente al inodoro, y tube una sensacion de extrmo calor, recuerdo haber vomitado unas 8 veces, las piernas no me respondian, tenia muchas ganas de desmayarme y desdertarme horas despues. habre estado media hora en el baño, hasta que recobre mis fuerzas y me dirigi a la cama, me acoste y a las horas me desperte como si todo ubiece sido un sueño. Honestamente fue unas de las mejores y peores experiencias de mi vida, pero es algo que no volveria a hacer, yo no tengo ningun drama con la gente que esta a favor o en contra con la legalizacion de la marihuana, cada bando tendra sus motivos. Esta para mi fue una experiencia mas, que a voluntad queria que me pase, no se si por curiosidad o porque simplemente es una droga tabu, cada quien es responsable de sus actos, y no me gustaria que al leer esto crean que estoy haciendo apologia de la marihuana porque en ningun momento les dije y/o aconseje cosas como ( compren, vendan, consuman ) este post seguramente sera considerado Crap....y si...quizas lo sea,pero para mi es una manera de expresar y contarles una experiencia que tuve. ¿ que van a ganar ustedes leyendo esto ? NADA ¿ que gano yo al contarles esto a ustedes? en lo personal mucho...seria una especie de catharsis que hago, un peso de encima que me saco al poder contarselo a alguien ( independientemente de que si la persona que lo lee le interesa o no ) muchas gracias por tomarse la molestia de leer esto, perdon por mi post pobre y con muchos errores de ortografia pero es lo que hay...con el tiempo aprendere a perfeccionar mis aportes. SALUDOS. GRACIAS POR LOS PUNTOS Y LAS MIL VISITAS :d

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Mi preocupacion por el usuario @rodo311
OfftopicporAnónimo8/11/2012

Hola comunidad taringuera, hace poco tiempo yo realize un post sobre mi experiencia con la marihuana, fue uno de los primeros post que hice, 1.000 visitas, quede conforme. resulta que mas tarde me encontre con un TOP POST que contaba que un usuario de Taringa que realizo un post sobre un indoor cannabico que hizo y cayo preso... honestamente esta noticia me cayo muy mal,me impacto y me asusto bastante, ya que ese usuario @rodo311 simplemente a traves de un medio de comunicacion o red social quizo contarle o mostrarle al mundo su realidad social, su alegria por poder consumir marihuana de su propio cultivo y solamente por cometer ese pecado ( hacerlo publico ) cayo preso...leiste bien PRESO POR PUBLICAR. como la noticia no la escuche ni por la tele, ni por la radio me quedo una duda dando vueltas por la cabeza, no quiero parecer un loco conspirativo ni nada por el estilo pero.... ¿ funcionarios del gobierno investigan a los usuarios de esta comunidad ? ¿ el pueblo paga impuestos para que la policia federal, metropolitana o la unidad de narcoticos pase el tiempo como usuario o moderador de taringa para espiarnos ? espero que no sea el caso....pero aunque no lo fuera yo no le veo nada de malo que el flaco quiera fumar marihuana de su propio cultivo... yo creo que la policia esta muy equivocada al meter sopre a una persona por querer fumar marihuana de manera sana y natural, y en ningun momento en dicho post se dio a lugar la insitacion para la compra, venta o plantacion de marihuana. asi que usuarios de taringa....para mi hay gato encerrado aca...decir fue preso porque se hizo top post y la cana lo vio......mmmm me parece que nos estan espiando. Espero que su situacion se solucione pronto y nosotros como comunidad protestemos para lograr su pronta liberacion, no dejemos pasar por alto esto...se que pruebas de espionaje no tengo pero casualidades no hay. ¿ ire preso yo tambien por probarla y publicarlo ? este es el fin del post...les dejo los link para que vean el top y el que hize yo Fumataringuero en cana : http://www.taringa.net/posts/offtopic/15348147/Fumantingero-preso-por-cultivar-_-Injusticia.html MI EXPERIENCIA CON DOG CHOW : http://www.taringa.net/posts/hazlo-tu-mismo/15363652/Mi-experiencia-con-la-marihuana.html#comid-931861

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La Politica Divide Al Pueblo
OfftopicporAnónimo1/4/2013

Hola a todos los taringueros, bienvenidos a mi humilde post. Ultimanente ( todo el 2012 u.u ) Taringa tubo a flor de piel la politica, muchos de sus usuarios cada 2x3 Postean/Comentan sobre politica. Honestamente, me encanta la politica, me gusta hablar de ella y debatirla ( pese a mis pocos conocimientos ). La politica es un mal necesario para la sociedad,gracias a ella encontramos un modo de organizacion pero la politica divide mucho a las personas, al pueblo. Las personas por lo general tienen la necesidad de " sentirse identificados " ya sea con la musica, con la religion, equipos de futbol y tambien con la politica, pero....¿ cual es el problema con esto ultimo ? El problema es que muchos no estan dispuestos al " Debate o al intercambio de ideas/Opiniones " y directamente se ponen la camiseta de su equipo y lo defienden a muerte, y es ahi cuando el pueblo se divide. Las divisiones de un pueblo no solo pasan por los estratos sociales, economicos y culturales,si no tambien por el mal manejo de la " informacion " o su mal uso y tambien por las " Frases/Terminos de turno que los medios masivos de comunicacion transmiten. Veamos un Ejemplo : Terminos utilizados por Algunos Kirchneristas : Gorila., Facho., Oposicion. simples palabras ¿no? pero mal aplicadas al contexto actual para identificar o diferenciar a un sector politico del otro. Gorila : termino utilizado por los peronistas para identificar a los antiperonistas o radicales. Oposicion : termino utilizado para diferenciar a un sector politico NO OFICIAL. Facho : Termino utilizado para identificar o diferenciar a los Contraventores,Terroristas,Nazis y a todo a quel que este en contra del gobierno oficial y pretenda resolver las cosas con violencia y metodos revolucionarios. y mi pregunta es ¿ por que si no estoy de acuerdo ideologicamente con el gobierno oficial me tildan de Gorila, Facho u Opositor ? yo no soy opositor al gobierno, no me opongo a que gobiernen, no soy Facho o Gorila jamas puse una bomba, ni mate a nadie por pensar diferente, yo simplemente " DISCREPO CON EL GOBIERNO, SU IDEOLOGIA Y SU MANERA DE HACER LAS COSAS " pero no represento ninguna amenaza para ellos o para la comunidad toda. No dejes que un Gobierno de turno y los medios de comunicacion dividan a tu pueblo. Si estas en desacuerdo con alguien, siempre con educacion y respeto pueden intercambiar ideas y opiniones, refutando las mismas. Si queres un Cambio serio y encerio, porfavor seas del partido politico que seas ( Frente para la victoria, Proyecto Sur, Union Civica Radical, seas de Izquierda o De Derecha no te limites a Votar cada 4 años. Metete en politica,participa, Afiliate,Milita, acercate a la sede local de tu partido y escucha, conoce a tus " referentes " propone ideas,proyectos, da todas tus criticas constructivas y opiniones, CONOCE MINIMANENTE A QUIEN LE VAS A CONFIAR TU VOTO, " EL CUARTO OSCURO NO ES UNA LOTERIA, BASTA DE ELEGIR AL TANTEO AL GANADOR " UN VOTO VALIDO ES AQUEL QUE SE OTORGA CON CONOCIMIENTO, CON CAUSA, DETRAS DE UN VOTO HAY UNA PERSONA PIDIENDO A GRITOS SER ESCUCHADA, UNA PERSONA CON IDEOLOGIAS, CON IDEALES, CON VOS PROPIA. Opina y deja opinar,todos tenemos que patear para el mismo lado, escucha y se escuchado. Feliz 2013 y que tengan todos una Taringa Politicamente En Paz

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Bariloche ? No, Gracias
OfftopicporAnónimo8/20/2013

Gracias a Todos Por Comentar Cada Año Miles de Jovenes Entre 17-18 Años Eligen irse de Egresados A Bariloche Ese Viaje inolvidable que muchos adolescentes planean todo el ultimo año del secundario. Pero yo Digo NO GRACIAS Irse a Bariloche Hoy en dia es la tonteria mas grande que podes cometer, te explico Por Que... 1-) Nada en esta vida es gratis, el viaje de egresados sale carisimo, mas que un sueldo promedio. Depende en que provincia estes y que empresa contratas el monto varia, pero podriamos poner un promedio de 7 mil pesos ( viaje ida y vuelta + hotel y excrursiones ). A eso le tenemos que agregar la ropa de inverno que NO TENES y tenes que comprar previo al viaje y el dinero que tenes que llevar para Salir a los boliches y comprarte Chucherias, mas que nada para el Cheboli.. Todo eso suman aproximadamente 10 mil pesos. 2-) Seamos Honestos uno no se lleva bien con TODOS en el curso como para poner 10 lucas y tener que fumartelos en TUS VACACIONES, estoy mas que seguro que si la vida de tus compañeros dependiera de vos, la mitad de tu curso no existiria. 3-) En este soñado viaje nunca puede faltar el instructor o guia FACHA Es la basura mas grande de Bariloche, no solo porque automaticamente te soplo la minita del otro curso que tanto Fap Time le dedicaste si no que a demas este te dice a que hora tenes que levantarte, a que inscursiones ir, y a que determinado boliche ir a bailar segun la noche... ¿Entonces No Voy a Bariloche ?8] Eso esta en vos....Lo unico que te puedo decir es que YO con 10 mil pesos puedo : Coordinar con 6 amigos intimos o de confianzar e irme a la costa... Estamos Hablando de 60 mil pesos, tranquilamente pueden irse a la costa TODO UN MES o 15 dias a todo trapo en temporada alta..... Ahorrar esos 10 lucas , buscar un laburo medio pelo estilo MacDonals y comprar mi primer Autito... Mi refleccion es que con 10 lucas podes hacer muchas cosas, y me parece medio estupido hacerles gastar a mis viejos semejante cantidad de dinero para que una empresa de viajes te diga que hacer en tus vacaciones. Fin Del Post.

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Arma Tu Propia Joda
OfftopicporAnónimo8/26/2013

Hola gente, hoy les quiero mostrar como organizar una fiesta. Antes que nada quiero dejar en claro que estos tips o consejos; son producto de mi experiencia personal, por ende si el post resulta muy basico para alguien y tiene alguna que otra idea para aportar, por favor mande un MP para poder mejorar el post. En este Post NO estan permitidos comentarios con mala leche, que contengan insultos, agravios,etc Este Post SI permite opiniones objetivas/subjetivas asi como tambien criticas constructivas. Aclarado esto comencemos. ¿que chico no ah visto películas como american pie y proyecto X y decir " yo quiero hacer algo así"? Mas de uno estoy seguro que si, lamentablemente no todo es como en el cine, hay muchas cosas exageradas y muchísimas mas omitidas, Hoy te quiero transmitir mis experiencias e incentivarte para que logres tus objetivos. El primer paso para organizar una fiesta con éxito es ponerse un objetivo/meta personal a cumplir. ¿cual es tu objetivo ? (Ganar dinero, fama,chicas y la aprobación del otro). Una vez seleccionado tu objetivo, no aflojes, porque te esperan muchos sacrificios para llegar a la meta final. Ya tenemos nuestro objetivo ( Ser el Rey de la Noche ), pero tenes un problema estas todo el día en taringa comentando gif porno y trolleando, por ende viernes-sábados no salís al boliche y en consecuencia no te conoce ni el loro. ¿que hago, quien va a ir a la fiesta de un desconocido? Como es tu primera fiesta y por lo general uno no conoce a todo el mundo en la ciudad, para tener un poco mas de asistencia es importante contar con la herramienta la publicidad y jugar un poco con la curiosidad de la gente, es aconsejable que en primer lugar tu joda/fiesta tenga un Nombre, en mi caso particular se llama MuniFest ( por mi apellido ). Listo tengo el nombre de la fiesta ¿ahora? Lo que tenes que hacer es a tu joda crearle una pagina web ( básica ) no es necesario una muy compleja, pero es importante que en ella pongas toda la info necesaria para que la gente se vaya enterando de quien sos y que haces, podes agregar fotos,vídeos, etc...esto seria el marketing y ya que estamos hace para la fiesta alguna cuenta de facebook/twitter o la red social que mas utilices. Ejemplo : Web :http://munifest.com.ar/ Facebook: https://www.facebook.com/MuniFest-- Listo campeon tenes tu web y el facebook oficial de tu joda, mucha gente va a estar a la expectativa y va a estar hablando sobre tu futura fiesta. Los Invitados Este aspecto es fundamental, no me quiero poner en Micky Vainilla. Pero la sociedad esta compuesta o integrada por distintas partes, cada parte tiene sus costumbres como sus valores, y por lo general uno se relaciona o rodea con gente del palo, no hay nada mas feo que organizar un evento y quedar mal con todos porque se agarraron a trompadas por mesclar blanco con negro. En un mismo lugar no pueden coexistir un grupo de personas que te saludan Hola buenas noches con otro grupo de personas que te saludan eh amigo como anda porque te garantizas un lío tremendo según tu criterio, elegí un determinado grupo social o ;estatus e invita solamente a ese tipo de personas, vuelvo a reiterar, no me quiero poner en Micky Vainilla pero por algo existen Boliches o Pub's con determinada temática o fiestas ( rock, cumbia, electro,Rocha Fest, La noche de Mary Jane etc ) Para lograr eso es importante hacer un filtro en tu facebook, invitación de amistad vas a tener muchísimas pero...Por portacion de cara te vas a ir dando cuenta como es, y si va ir a divertirse o a hacer quilombo. Ya tenes listo y organizado los medios populares y todo el marketing promocionando tu fiesta ahora tenes que armarte un STAFF . STAFF Siempre ten presente que vos sos el Moyano de la Cgt o el Magneto de Clarin ¿que te quiero decir? sos el que dirige todo, sos el jefe tenes que estar en todos lados y como jefe tenes que elegir y dirigir un buen staff de trabajo. En lo personal recomiendo amigos de confianza, es importante que cada uno cumpla un rol y se comprometa con el mismo, y tu función es que lo hagan. A designar: Barman: ( 2 o 3 cada 100 personas ) estos tienen que ser de suma confianza. Patovicas: ( 4 en total cada 100 personas, 2 en puerta y 2 ambulatorios ) no necesariamente tienen que ser grosos,lo ideal es no ratonear y contratar gente profesional. Dj]: El dj es importante, podes contratar un profesional que venga con todos los chiches incluidos ( juego de luces,maquinas de humo,etc ) Pero....si contas con amigos o conocidos que tengan todo o parte del equipo y estos pueden prestártelos o alquilártelos a un precio razonable, mucho mejor. Ya tenes tu Staff finalizado, y el próximo paso a seguir es conseguir el lugar físico en donde hacer tu fiesta. El lugar físico es muy importante, ya que tiene que ser un lugar amplio y no muy alejado del centro de la ciudad. Ejemplo : casa particular con patio amplio ( 20m2 x 15m2 ) en este caso es recomendable alquilar baños químicos, para que tus invitados no estén circulando por tu casa. Alquilar una casa-quinta o salón de eventos (tienen que estar habilitados por la municipalidad para evitar líos con la policía) Entrada / Compra de Alcohol Hay varias maneras de realizar este paso : Opción A: días previos a la fiesta cobrar una entrada anticipada. Opción B: Cobrar la entrada en puerta. Todo es valido, pero cada camino tiene su pro y su contra...si optas por la opción A vas a renegar mucho, ya que las personas en su mayoría confirman todo a ultimo momento...la mayoría de las personas, diría casi en un 90% te va a pagar la entrada el mismo día de la fiesta y el problema es que los mercados mayoristas cierran temprano y vas a realizar la compra de alcohol sobre la hora. Si optas por la opción B vas a tener que hacer una compra de alcohol estimativa en relación a las personas que crees que van a asistir, y siempre esta el temor de quedarte corto con el alcohol...El dinero inicialmente sale de tu bolsillo pero se recupera con la venta de entradas en Puerta. La Gran Noche Es importante que NUNCA te quedes cortina con el hielo 10 bolsas grandes cada 100 personas como minimo. Si esta en tus posibilidades pedí prestado un dispenser de familia y un bidón de 20 Litros y llenalo con Destornillador y dejalo a mano en la barra (a si los invitados al llegar toman algo dulce y potente) clara estrategia para ir entonando a los invitados. No te gastes en preparar tragos exóticos, la gente va a ponerse en pedo. Trata de tener 5 0 6 alternativas en alcohol, y la mayor cantidad del mismo tiene que ser las mas consumidas entre la gente ( Fernet, Vino, Gancia y Cerveza ) como bebida de consumo mayoritaria seguido por ( Frizze, y algún licor ). La barra se abre 40 Min y se paran 10 o 15 minutos, esto sirve para muchas cosas ( cambio de barman, higiene de barra, y sobre todo para que no se chupen todo en 2 horas ) Vasos de litro por favor Ya tenes todo para disfrutar de una gran noche, Ponelo en practica !!! OTRO APORTE --->>> http://www.taringa.net/posts/offtopic/17068525/Bariloche-No-Gracias.html

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Volcó Un Camión...Identificalo !
OfftopicporAnónimo10/27/2013

Normativa de Seguridad Industrial - Identificación de Sustancias peligrosas para su transporte SEGÚN LA RESOLUCIÓN 195/97 Y LAS RECOMENDACIONES DE LAS NACIONES UNIDAS La Resolución 195/97 establece aspectos técnicos relacionados con el transporte de sustancias peligrosas e incorpora dentro de sus artículos las recomendaciones establecidas por la ONU para la clasificación de los riesgos, la lista de sustancias peligrosas, los requisitos para el embalaje, los recipientes intermediarios y las cantidades máximas para el transporte de una sustancia, etc. Se establece un sistema de clasificación de riesgos de los materiales peligrosos. En los carteles de identificación debe figurar el riesgo primario de la sustancias que se determina a través de la CLASE y un número de división impreso en el vértice inferior del cartel que indica el riesgo secundario o específico. A continuación se muestra la clasificación establecida y los rótulos específicos: CLASE 1: EXPLOSIVOS 1.1 Materiales y artículos con riesgo de explosión de toda la masa 1.2 Materiales y artículos con riesgo de proyección, pero no de explosión de toda la masa 1.3 Materiales y artículos con riesgo de incendio y de que se produzcan pequeños efectos, pero no un riesgo de explosión de toda la masa 1.4 Materiales y artículos que no presentan riesgos notables. Generalmente se limita a daños en el embalaje. 1.5 Materiales muy poco sensibles que presentan riesgo de explosión de toda la masa. 1.6 Materiales extremadamente insensibles que no presentan riesgo de explosión de toda la masa CLASE 2: GASES (comprimidos, licuados o disueltos bajo presión) 2.1 Gases inflamables 2.2 Gases no inflamables, no venenosos y no corrosivos 2.3 Gases venenosos CLASE 3: LIQUIDOS INFLAMABLES Son líquidos, o mezclas de líquidos, o líquidos conteniendo sólidos en solución o suspensión, que liberan vapores inflamables a una temperatura igual o inferior a 60.5 °C en ensayos de crisol cerrado, o no superior a 65.6 °C en ensayos de crisol abierto. CLASE 4: SOLIDOS INFLAMABLES; SUSTANCIAS ESPONTANEAMENTE INFLAMABLES; SUSTANCIAS QUE EN CONTACTO CON EL AGUA EMITEN GASES INFLAMABLES 4.1 Sólido que en condiciones normales de transporte es inflamable y puede favorecer incendios por fricción. 4.2 Sustancia espontáneamente inflamable en condiciones normales de transporte o al entrar en contacto con el aire. 4.3 Sustancia que en contacto con el agua despide gases inflamables y/ o tóxicos. CLASE 5: SUSTANCIAS OXIDANTES, PEROXIDOS ORGANICOS 5.1 Sustancia que causa o contribuye a la combustión por liberación de oxígeno. 5.2 Peróxidos orgánicos. Compuestos orgánicos capaces de descomponerse en forma explosiva o son sensibles al calor o fricción. CLASE 6: SUSTANCIAS VENENOSAS. SUSTANCIAS INFECCIOSAS 6.1 Sólido o líquido que es venenoso por inhalación de sus vapores. 6.2 Materiales que contienen microorganismos patógenos. CLASE 7: MATERIALES RADIACTIVOS Se entiende por material radiactivo a todos aquellos que poseen una actividad mayor a 70 kBq/Kg (kilobequerelios por kilogramo) o su equivalente de 2 nCi/g (nanocurios por gramo). CLASE 8: SUSTANCIAS CORROSIVAS Sustancia que causa necrosis visibles en la piel o corroe el acero o el aluminio. CLASE 9: MISCELANEOS 9.1 Cargas peligrosas que están reguladas en su transporte pero no pueden ser incluidas en ninguna de las clases antes mencionadas. 9.2 Sustancias peligrosas para el medioambiente. 9.3 Residuo peligroso. La resolución 195/97 incorpora a las señales de identificación antes mencionadas el denominado “CODIGO DE RIESGO”. Este es un panel rectangular subdividido transversalmente color naranja. En su parte superior se disponen 2 o 3 dígitos que indican el tipo e intensidad del riesgo. La importancia se consigna de izquierda a derecha. En la parte inferior se coloca el Nº de identificación de las Naciones Unidas formado por cuatro dígitos. A continuación detallamos los tipos de riesgos: Número 2 / Tipo de Riesgo : Emisión de gases debido a la presión o reacción química Número 3 / Tipo de Riesgo : Inflamabilidad de líquidos (vapores) y gases o líquidos que experimentan un calentamiento espontáneo. Número 4 / Tipo de Riesgo : Inflamabilidad de sólidos o sólidos que experimentan calentamiento espontáneo. Número 5 / Tipo de Riesgo : Efecto oxidante (comburente). Número 6 / Tipo de Riesgo : Toxicidad. Número 7 / Tipo de Riesgo : Radioactividad. Número 8 / Tipo de Riesgo : Corrosividad. Número 9 / Tipo de Riesgo : Riesgo de reacción violenta espontánea. X La sustancia reacciona violentamente con el agua (se coloca como prefijo del código). El número duplicado indica la intensificación del riesgo, por ejemplo: 33, 66, 88, etc. Cuando una sustancia posee un único riesgo, éste es seguido por un cero, por ejemplo: 30, 50, 50. etc. Además existen códigos de identificación de riesgos específicos que se muestran más abajo: GASES 20 Gas inerte 22 Gas refrigerado. 223 Gas refrigerado inflamable. 225 Gas refrigerado oxidante (comburente). 23 Gas inflamable. 236 Gas inflamable, tóxico. 239 Gas inflamable, que puede espontáneamente provocar una reacción violenta. 25 Gas oxidante (comburente). 26 Gas tóxico. 265 Gas tóxico, oxidante (comburente). 266 Gas muy tóxico. 268 Gas tóxico, corrosivo. 286 Gas corrosivo, tóxico LÍQUIDOS INFLAMABLES 30 Líquido inflamable (PI: entre 23°C y 60,5°C) 323 Líquido inflamable, que reacciona con el agua emitiendo gases inflamables. x323 Líquido inflamable, que reacciona peligrosamente con el agua emitiendo gases inflamables (*). 33 Líquido muy inflamable (PI: menor a 23°C) 333 Líquido pirofórico x333 Líquido pirofórico que reacciona peligrosamente con el agua (*). 336 Líquido muy inflamable, tóxico. 338 Líquido muy inflamable, corrosivo. X338 Líquido muy inflamable, corrosivo que reacciona peligrosamente con el agua (*). 339 Líquido muy inflamable, que puede espontáneamente provocar una reacción violenta. 36 Líquido que experimenta calentamiento espontáneo, tóxico. 362 Líquido inflamable, tóxico, que reacciona con el agua emitiendo gases inflamables. X362 Líquido inflamable, tóxico, que reacciona peligrosamente con el agua emitiendo gases inflamables (*). 38 Líquido que experimenta calentamiento espontáneo, corrosivo. 382 Líquido inflamable, corrosivo, que reacciona con el agua emitiendo gases inflamables (*). X382 Líquido inflamable, corrosivo, que reacciona peligrosamente con el agua emitiendo gases inflamables (*). 39 Líquido inflamable que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. SÓLIDOS INFLAMABLES 40 Sólido inflamable o sólido que experimenta calentamiento de espontáneo. 423 Sólido que reacciona con el agua emitiendo gases inflamables X423 Sólido inflamable que reacciona peligrosamente con el agua emitiendo gases inflamable (*). 44 Sólido inflamable que a una temperatura elevada se encuentra en estado fundido. 446 Sólido inflamable, tóxico, que a una temperatura elevada se encuentra en estado fundido. 46 Sólido inflamable o sólido que experimenta calentamiento de espontáneo, tóxico 462 Sólido tóxico, que reacciona con el agua emitiendo gases inflamables 48 Sólido inflamable o sólido que experimenta calentamiento de espontáneo, corrosivo. 482 Sólido corrosivo, que reacciona con el agua emitiendo gases inflamables. OXIDANTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS 50 Sustancia oxidante (comburente). 539 Peróxido orgánico inflamable. 55 Sustancia muy oxidante (comburente) 556 Sustancia muy oxidante (comburente), tóxica. 558 Sustancia muy oxidante (comburente), corrosiva. 559 Sustancia muy oxidante (comburente), que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. 56 Sustancia oxidante, tóxica. 568 Sustancia oxidante, tóxica, corrosiva. 58 Sustancia oxidante, corrosiva. 59 Sustancia oxidante, tóxica que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. MATERIALES TÓXICOS Y SUSTANCIAS INFECCIOSAS 60 Sustancia tóxica o nociva. 63 Sustancia tóxica o nociva, inflamable (P.I. entre 23°C y 60.5°C). 638 Sustancia tóxica o nociva, inflamable (P.I. entre 23°C y 60.5°C), corrosiva 639Sustancia tóxica o nociva, inflamable (P.I. entre 23°C y 60.5°C) que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. 66 Sustancia muy tóxica. 663 Sustancia muy tóxica (P.I.: no mayor a 60.5°C) 68 Sustancia tóxica o nociva, corrosiva. 69 Sustancia tóxica o nociva que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. MATERIALES RADIACTIVOS 70 Material radiactivo. 72 Gas radiactivo. 723 Gas radiactivo, inflamable. 73 Líquido radiactivo, inflamable (P.I.: no mayor a 60.5 °C). 74 Sólido radiactivo, inflamable. 75 Material radiactivo, oxidante. 76 Material radiactivo, tóxico. 78 Material radiactivo, corrosivo. MATERIALES CORROSIVOS 80 Sustancia corrosiva. x80 Sustancia corrosiva, que reacciona peligrosamente con el agua (*). 83 Sustancia corrosiva, inflamable (P.I.: entre 23°C y 60.5°C). x83 Sustancia corrosiva, inflamable (P.I.: entre 23°C y 60.5°C), que reacciona peligrosamente con el agua (*). 839 Sustancia corrosiva, inflamable (P.I.: entre 23°C y 60.5°C),que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. x839 Sustancia corrosiva, inflamable (P.I.: entre 23°C y 60.5°C),que puede provocar espontáneamente una reacción violenta y que reacciona peligrosamente con el agua (*). 85 Sustancia corrosiva, oxidante (comburente). 856 Sustancia corrosiva, oxidante (comburente) y tóxica. 86 Sustancia corrosiva y tóxica. 88 Sustancia muy corrosiva. x88 Sustancia muy corrosiva que reacciona peligrosamente con el agua (*). 883 Sustancia muy corrosiva, inflamable (P.I.: entre 23°C y 60.5°C). 885 Sustancia muy corrosiva, oxidante (comburente). 886 Sustancia muy corrosiva, tóxica. x886 Sustancia muy corrosiva, tóxica, que reacciona peligrosamente con el agua (*). 89 Sustancia corrosiva, que puede provocar espontáneamente una reacción violenta. MATERIALES PELIGROSOS MISCELÁNEOS 90 Sustancias peligrosas diversas. (*) No debe usarse agua, excepto con la aprobación de un especialista. Los gráficos siguientes muestran los lugares en donde deben portar los pictogramas identificatorios de riesgo por ruta los camiones de transporte:

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Cuida Al Futbol .-
OfftopicporAnónimo8/5/2013

Cuidá El Fútbol para Todos Fútbol para pocos y más impuestos. Ésta es la propuesta del Frente renovador de Sergio Massa. ¿Sabías que Mirta Tundis se opone furiosamente al fútbol para todos? ¿Sabías que van con la lista de Massa? ¿Sabías que Massa quiere que te que quedes mirando la tribuna de vuelta? ¡No lo permitamos! Este es el primer paso… ¿Qué otras conquistas sociales querrán sacarnos? ¿ WTF ? No escuchemos las propuestas de otro Candidato solo porque Nos va a sacar el FUTBOL. Encima es Top Post ! Gente lo unico que se es que falta poner plata en hospitales, escuelas, bomberos voluntarios, etc y al FUTBOL lo pagamos todos, antes de gastar plata Pan y Circo Inviertan en cosas mas serias y para todos y todas... Un post con muy mala leche que IGNORANTES lo hicieron Top Post y lo apoyan....

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PosteameloArchivo Histórico de Taringa! (2004-2017). Preservando la inteligencia colectiva de la internet hispanohablante.

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