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pizza1234

Usuario (Argentina)

Primer post: 28 ago 2013Último post: 11 sept 2013
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(material inedito)Discurso de Obama y muertos de al assad
OfftopicporAnónimo9/11/2013

link: http://www.youtube.com/watch?v=y52LeaK6tHA link: http://www.youtube.com/watch?v=id9obVQMO5A link: http://www.youtube.com/watch?v=KzeGZYUybgs Comentarios fuera de lugar ,molestando o insultado los borro

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trabajas?mira esto te va a re interesar
OfftopicporAnónimo8/28/2013

Jornada Laboral La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro. La limitación establecida por la ley es máxima y no impide una duración menor del trabajo para las explotaciones señaladas. Existen excepciones por horarios, edades, regiones, industrias, etc. Todo lo referente al tema puede consultarse en el texto actualizado de la Ley Nº11.544 en Información Legislativa (InfoLEG). Aguinaldo Todos los trabajadores deben recibir un sueldo anual complementario (aguinaldo), equivalente al mejor salario percibido en el último semestre y su modo de cálculo varía de acuerdo con cada convenio colectivo de trabajo. Este pago se efectúa en dos cuotas que se abonan junto con los sueldos de junio y de diciembre de cada año, respectivamente. Licencia por Maternidad Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre–término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días. Toda mujer tiene garantizado el derecho a la estabilidad en el empleo durante la gestación. Las madres pueden solicitar una extensión de la licencia (hasta un año) sin goce de sueldo. Durante el período de lactancia (no podrá ser superior a un año posterior a la fecha del nacimiento) la madre tiene derecho a dos pausas diarias, de treinta minutos cada una, para amamantar al niño. arriba Enfermedad Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviera carga de familia y, por las mismas circunstancias, se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años. Ley de Contrato de Trabajo, Capítulo I, artículo 208 Vacaciones La cantidad de días de descanso dependerán de la antigüedad de los trabajadores en el empleo: • Menor de 5 años: 14 días corridos. • Mayor a 5 años y menor de 10 años: 21 días corridos. • Mayor a 10 años y menor de 20 años: 28 días corridos. • Mayor a 20 años: 35 días corridos. El trabajador deberá haber prestado servicios, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles en el año calendario. Si no llegase a completar el tiempo mínimo, gozará de un período de descanso que se computará de la siguiente forma: 1 día de descanso por cada 20 días de trabajo. El empleador deberá conceder las vacaciones entre el 1º de Octubre y el 30 de Abril del año siguiente. A un período de vacaciones se le puede acumular la tercera parte del período inmediatamente anterior que no se hubiere gozado. Esta circunstancia debe estar acordada por las partes. Accidentes y Enfermedades Profesionales Existen compensaciones destinadas a cubrir contingencias en casos de lesión o enfermedad ocasionada por la ejecución del empleo. Estos beneficios también incluyen pensiones por invalidez o muerte. Las compañías deben hacerse cargo del tratamiento médico y las drogas necesarias para la rehabilitación. Para cubrir este tipo de indemnizaciones los empleadores están obligados a contratar Aseguradoras de Riesgos de Trabajo. Riesgos de Trabajo El empleador está obligado por Ley a contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o a autoasegurarse para cubrir a todos sus empleados en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Infórmese sobre los derechos del trabajador y las obligaciones del empleador y las aseguradoras en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT). Y SI TE GUSTO O TE SIRVIO LA INFO DEJA PUNTOS

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Juga y ayuda al mismo tiempo entra y mira de que te hablo
Juga y ayuda al mismo tiempo entra y mira de que te hablo
OfftopicporAnónimo8/30/2013

Por cada respuesta correcta, se donaran 10 granos de arroz atravez de programa mundial de alimentos para la lucha contra el hambre ¿Cómo funciona el juego FreeRice? Los jugadores se enfrentan a preguntas de vocabulario y cultura general cada vez más difíciles y por cada respuesta acertada, ganan diez granos de arroz que anunciantes seleccionados donan a través del PMA para asistir a las personas con hambre. El jugador se divierte aprendiendo mientras que la publicidad que aparece en el sitio web genera los fondos necesarios para ayudar a la gente más vulnerable. Sencillo, ¿verdad? Freerice es también una herramienta de comunicación social ya que proporciona a los jugadores la habilidad de crear grupos online con sus familiares, amigos y compañeros, lo que lleva el juego de vocabulario y la interacción a un nuevo nivel. Entra y juga :http://es.freerice.com/ Una buena forma de pasar el tiempo y ayudar a quienes mas lo necesitan

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Maduro
OfftopicporAnónimo9/9/2013

No hay nada como la piña para un alivio refrescante y tropical (además de una buena dosis de vitamina C y de bromelina que te ayuda en el proceso de digestión). Pero estas frutas también pueden ser un poco difíciles de manejar. Aquí te ayudo a solucionar los problemas más comunes que puedes enfrentar cuando te entre el antojo de piña: El problema: No sabes cuan madura esta La solución: Primero, mira la base de la piña. Si tiene un color amarillo/dorado, la piña está madura. Si esta verde, no lo está. Si el color es rojizo/bronceado, está demasiado madura. Mientras más alto suba el color a lo largo de la piña, más dulce será. La fruta debe estar firme (si esta blandita significa que está demasiado madura) y debe tener un dulce aroma. ¿No huele a nada? No está lista todavía. El problema: Necesitas que esté madura… ahora La solución: Voltea la piña y colócala encima de una mesa en la cocina. Al estar al revés, el azúcar va a fluir desde la base de la piña hacia el tope, donde se va a acumular. Espera a que la piña se torne un color dorado y tenga un dulce aroma antes de comértela. Otro truco es poner la piña en una bolsa de arroz crudo. El arroz atrapa el gas etileno de la fruta, ocasionando que madure más rápido (puedes poner la piña en una bolsa de papel o envolverla con periódico para el mismo efecto… solo asegúrate de no envolverla completa). El problema: Demasiado ácida La solución: Para empezar, cuando estés cortando la piña, corta alrededor del centro (la franja amarilla a lo largo de la fruta), que es la parte más ácida. Coloca los pedazos de piña en un recipiente con una cucharada de sal y déjalos reposando por 30 minutos. La sal contrarresta el pH de la piña, ocasionando que su acidez disminuya y sin afectar su sabor. El problema: No estás listo para usarla La solución: Almacena la piña en la nevera a 45 grados aproximadamente. Si necesitas quitarle la corona, dale vueltas para arrancarla, en vez de cortarla. Las piñas absorben olores fácilmente, así que siempre mantenlas envueltas. Si vas a guardar la fruta completa, envuélvela en plástico. Pero si vas a almacenar pedacitos de piña, colócalos en un contenedor sellado, idealmente sumergidos en líquido. ¿Buscando nuevas maneras de cocinar tu piña? Intenta hacer este guacamole con piña, o haz unas piñas a la parrilla en tu próximo BBQ.

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Johnny cash Personal Jesus
Johnny cash Personal Jesus
OfftopicporAnónimo9/3/2013

link: http://www.youtube.com/watch?v=jQcNiD0Z3MU

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