s

saltodepagina

Usuario (Argentina)

Primer post: 14 dic 2007
39
Posts
127
Puntos totales
248
Comentarios
R
Revista Pelo
InfoporAnónimoFecha desconocida

"PELO" "Somos una revista extraclases, como todas las del género, pero nos leen sobre todo estudiantes secundarios y universitarios." La sentencia de Daniel Ripoll, 24, soltero (director de Pelo, única publicación argentina dedicada exclusivamente a la música pop y al fenómeno hippie), aclara las causas de uno de los más recientes éxitos editoriales porteños. Revista Pelo - Febrero 1970 a Enero 1971 Miniaturas Pelo Memories Hermanos Mike y Paul McCartney-Mick Jagger-John Winston Lennon-Paul McCartney-Fotocomposición-Paul McCartney-Ringo Starr-Credence Clearwater Revival-Jimi Hendrix-John Lennon-Mick Jagger-Jimi Hendrix, Alan Wilson, Brian Jones, Janis Joplin Luego de Pinap, que creó un estilo, el público adolescente y juvenil seducido por la intrascendencia, encontró en el nuevo órgano un tratamiento más especializado y profundo de sus eternos temas. Sesudos estudios sociológicos sobre la cuestión generacional en las sociedades de consumo alternan con la anécdota del ídolo o los chismes de siempre: el producto es atractivo. Ripoll, que empezó haciendo fútbol los domingos en Correo de la Tarde y La Razón para internarse luego, como redactor de Pinap, en los laberintos de la prensa underground, tuvo que inventarlo todo. Los profusos antecedentes extranjeros no sirvieron para satisfacer las pasiones locales. Un índice de su eficacia son las cifras de venta, que no bajan nunca del ochenta por ciento de la tirada y llegaron hasta los cuarenta y cinco mil ejemplares solamente en la Capital. El secreto de semejante boom se llama mailing, un recurso utilizado por primera vez en el país. Se trata de un padrón con veinte mil direcciones que permite una correspondencia permanente entre la revista y sus potenciales lectores. Estos reciben con tres días de adelanto un volante impreso con la tapa del próximo número y un guión de los artículos base. Así fue posible atrapar a buena parte de un mercado reacio y en general poco solvente, cuya edad promedio no supera los dieciocho años. Pelo se vende sobre todo en la zona Oeste de Buenos Aires (Ramos Mejía, Flores, Liniers) y en general es revista de cabecera: rara vez se comparte con otra lectura periodística. "Tratamos de dar un enfoque filosófico del fenómeno juvenil —se ufana Ripoll— sin desatender la cobertura de todo el espectro de la música pop argentina; hay conjuntos locales, como Arco Iris, Manal o Almendra, que no se limitan a imitar lo que viene del exterior y han incorporado elementos del tango y el folklore." Revista Pelo Abril 1973 a Marzo 1974 Miniaturas Pelo Memories The Who The Rolling Stones Frank Zappa Little Richard Edgar Winter Carlos Santana Jimi Hendrix Led Zeppelin Ian Anderson Ilustración "los ídolos vienen podridos" Mick Jagger Francis Rossi de Status Quo Además de consumir grandes cantidades de material periodístico y transparencias importadas, Pelo contiene el poster más grande del país y proyecta lanzar cuadernillos bimensuales con ensayos sobre los grandes temas que seducen a la juventud rebelde. Sus lectores reciben cupones para obtener descuentos en disquerías y recitales y mantienen un contacto casi directo con la redacción a través de cadenas de amigos. Un rumor oral, surgido como chiste en la redacción de la revista, cobró tal volumen que durante dos días los teléfonos fueron totalmente copados por las llamadas de jóvenes: preguntaban, desoladas, "si era cierto que había caído el avión de Los Beatles". Lo innegable es que a pocos meses de su aparición, Pelo promete convertirse en un suceso con pocos precedentes. La Editorial Década, que la produce, se propone lanzar nuevas revistas diseñadas con el criterio de cubrir diversas gamas generacionales. La próxima se dirigirá a los menores de 30. "Nuestra meta es llegar a ser una publicación nacional, y por eso tratamos todo lo que sea de vanguardia —enuncia Ripoll—; lo que no haremos nunca es caer en la demagogia, porque Gardel también es pop, pero ya no tiene vigencia." 4 de agosto de 1970 Fuente

5
0
Piqueteros con Armas de Guerra a la Carcel
Piqueteros con Armas de Guerra a la Carcel
InfoporAnónimoFecha desconocida

Piden la detención de casi 50 piqueteros por la toma del Ministerio en La Plata Lo dispuso el juez de la causa. La medida había sido reclamada más temprano por la fiscal Ana Medina, al considerar que hubo "portación de arma de guerra", además de coacción agravada, intimidación, lesiones graves y daño calificado. Los manifestantes habían ocupado el Ministerio de Desarrollo Social en reclamo de puestos de trabajo. La justicia penal de La Plata ordenó esta tarde la detención de casi 50 piqueteros que el lunes tomaron en forma violenta la sede del Ministerio de Desarrollo Social bonaerense. La medida fue adoptada por el juez de Garantías de La Plata, Guillermo Atencio, al hacer lugar a un pedido formulado más temprano por la fiscal Ana Medina. Según precisaron voceros judiciales a la agencia Télam, la fiscal -luego de tomar declaración a testigos y analizar un informe de Policía Científica- dispuso recaratular la causa como "coacción agravada, portación de arma de guerra, intimidación agravada, lesiones graves y daño calificado" y solicitó las detenciones. Es que según el informe elevado por la Policía, además de las bombas molotov que arrojaron en el lugar y que causaron heridas graves a uno de los efectivos policiales, en el interior del edificio se encontró una pistola calibre 45 desarmada. Los piqueteros, pertenecientes a las organizaciones Movimiento Popular 29 de Mayo y Movimiento por el Trabajo y la Dignidad de distritos del conurbano provincial, provocaron además destrozos en el edificio. Debido a la magnitud de los daños, la cartera dispuso otorgar asueto a sus empleados hasta el 26 de diciembre. Ayer, tras recorrer las instalaciones del ministerio, el gobernador provincial Daniel Scioli cuestionó la actitud de la justicia que el mismo lunes por la noche liberó a los 57 demorados, entre ellos varios menores. "Han destrozado todo, computadoras, materiales de trabajo, se entró con bombas y armas de fuego y los detenidos de ayer es como si no hubiera pasado nada y lo que pasó salta a la vista", dijo Scioli. Fuente

0
0
Una Valija a Papa Noel
Una Valija a Papa Noel
InfoporAnónimoFecha desconocida

Ahora, en Venezuela, hasta los chicos le piden una valija a Papa Noel (Chavez)...!! Link http://www.youtube.com/watch?v=zdhwh8mrUQY

0
0
Fidel y Cia. Acusados por Genocidas
Fidel y Cia. Acusados por Genocidas
InfoporAnónimo12/14/2007

13 - 12 - 2007 La Fundación para los DDHH en Cuba presenta en la Audiencia Nacional una querella contra Castro por genocidio Fidel Castro Se dirige contra el presidente cubano, su hermano y los ex ministros Cienfuegos y Amat. La Fundación para los Derechos Humanos en Cuba presentó hoy en al Audiencia Nacional una querella criminal por los delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad, torturas y terrorismo contra el presidente cubano, Fidel Castro; su hermano, el general de Ejército Raúl Castro; y los ex ministros del régimen castrista Osami Cienfuegos y Carlos Amat, además de contra el resto de personas que puedan tener responsabilidad en la represión del pueblo cubano que, según los querellantes, comete la dictadura. Carlos Amat La querella, que recuerda la sentencia del Tribunal Constitucional que permite a la jurisdicción española perseguir los delitos de genocidio con independencia de la nacionalidad de las víctimas, es la segunda que la Fundación Nacional Cubano Americana ha presentado contra el Régimen de Castro. La primera, interpuesta el 5 de noviembre de 1998, fue archivada por la Audiencia Nacional al entender que el Tribunal Supremo cuando revisó el genocidio del pueblo maya impuso la condición de que las víctimas fueran españolas para investigar los hechos. La querella presentada hoy por la Fundación y trece ciudadanos cubanos propone ser admitida a trámite y ordenar la detención de los querellados y, en especial, de Castro, en el caso de que se desplazara a España para la XV Cumbre Iberoamericana de Salamanca, aunque la delegación cubana en dicha ciudad castellana ha negado esta posibilidad. Raul Castro En cualquier caso, la Fundación de Derechos Humanos pide que se ordene la detención, vía Interpol, de los querellados en cualquier país al que se desplacen. Esta propuesta es poco probable que se acuerde al menos en el caso de Castro, ya que la legislación española reconoce la inmunidad de los jefes de Estado y de Gobierno. También se solicita la toma de declaración como testigos de dos personas residentes en Madrid y de quince de Miami, mediante comisión rogatoria. Después menciona a unas 40 personas como víctimas de abusos psiquiátricos, familiares de fusilados y víctimas del remolcador 13 de Mayo, que se hundió el 13 de julio de 1994 perseguido por patrulleras cubanas. REPRESIÓN DE DERECHOS HUMANOS. La querella afirma que desde que Castro llegó al poder, el 8 de enero de 1959, comenzó "todo un mecanismo de represión de los derechos fundamentales y libertades públicas", mediante "la implantación de un terror revolucionario" a cuyo servicio se pusieron a trabajar varios organismos, como el Departamente de Seguridad del Estado, llamado la "Gestapo roja", el Ministerio del Interior, la Dirección General de Inteligencia y la Unidad Militar de Ayuda a la Producción, entre otros. Camilo Cienfuegos La Fundación de Derechos Humanos en Cuba describe el sistema de encarcelamiento del régimen y las principales cárceles del país. "En 1978 había en Cuba entre 15.000 y 20.000 presos políticos -afirma la querella-. Hoy el Gobierno reconoce la existencia de entre 400 y 500 presos políticos. Según Amnistía Internacional, en 1997 había en la isla entre 980 y 2.500 presos políticos. Desde 1959 más de 500.000 cubanos han pasado por los campos y centros de represión." Otro apartado de la demanda interpuesta es el de fusilamientos, cifrados entre 15.000 y 17.000 durante la dictadura castrista. Además, se mencionan formas de tortura como la de privación del descanso y el sueño, alterar las horas de las comidas, utilizar insectos propios de la falta de higiene y obligar a los reclusos a desnudarse y formar filas en las que deben juntar sus cuerpos hasta provocar el contacto de las partes genitales. La querella fue entregada hoy en el Decanato de la Audiencia Nacional, que la enviará al Juzgado Central de Instrucción que deberá decidir sobre su admisión o inadmisión a trámite, por el director ejecutivo de la Fundación Nacional Cubano Americana, Alfredo Mesa, y el abogado Román Ruiz. Ambos destacaron la importancia que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre genocidio ha tenido a la hora de interponer esta querella con la que pretenden sentar en el banquillo a los responsables de la represión cubana. FUENTE

20
2
A
Armando un Hummer
InfoporAnónimoFecha desconocida

Registrate y eliminá la publicidad! Armate un Hummer De blazer a casi un hummer El vehículo "donante" es una GMC Suburban (una especie de Blazer tamaño baño), modelo 84. Tiene tracción en las 4 ruedas, y un motor diesel de 6.2 litros. Parece media destruida, pero de mecanica está bien. En la foto vemos a Brian trabajando con la moladora. Se corta la carroceria, dejando el chasis libre para trabajarlo y pintarlo. Hay que hacerle unas modificaciones: Soportes para apoyar la carroceria, un travesaño que soporte el peso del motor, etc. Colocando el Motor; el tanque de combustible, el radiador. Detalle de la carroceria. De entre todas las cosas que hacen a un hummer... la forma es bien caracteristica. Su perfección es de tal grado, que el interior es igual de incomodo que el original, inclusive, los accesorios del hummer (puertas, faros, etc, etc) calzan perfectamente. En estados unidos, el precio de la carroceria es de 8500 dolares. Nada, comparado con los... 100.000 que sale un hummer nuevo? ¡Finalmente, terminado! Otros Hummer armados Fuente Agrego un datos para aquellos que tengan intenciones de armar uno. - Averigue si habia alguna fabrica de estas carrocerias en Argentina. - Si, en la zona de Lanus. - La carroceria es metalica y el capot y las puertas de fibra. (por las molduras estructurales) - En marzo de 2007, el valor era de $ 16.000,00. En ese momento, el tiempo de entrega era de aprox. 30 a 60 días. Incluia vidrios y 6 asientos.

0
4
C
Constitucion de Cuba - 1ra Parte
InfoporAnónimoFecha desconocida

Registrate y eliminá la publicidad! Constitución de la República de Cuba Preámbulo NOSOTROS, CIUDADANOS CUBANOS, herederos y continuadores del trabajo creador y de las tradiciones de combatividad, firmeza, heroísmo y sacrificio forjadas por nuestros antecesores; por los aborígenes que prefirieron muchas veces el exterminio a la sumisión; por los esclavos que se rebelaron contra sus amos; por los que despertaron la conciencia nacional y el ansia cubana de patria y libertad; por los patriotas que en 1868 iniciaron las guerras de independencia contra el colonialismo español y los que en el ultimo impulso de 1895 las llevaron a la victoria de 1898, que les fuera arrebatada por la intervención y ocupación militar del imperialismo yanqui; por los obreros, campesinos, estudiantes e intelectuales que lucharon durante mas de cincuenta años contra el dominio imperialista, la corrupción política, la falta de derechos y libertades populares, el desempleo y la explotación impuesta por capitalistas y terratenientes; por lo que promovieron e integraron y desarrollaron las primeras organizaciones de obreros y de campesinos, difundieron las ideas socialistas y fundaron los primeros movimientos marxista y marxista- leninista; por los integrantes de la vanguardia de la generación del centenario del natalicio de Martí, que nutridos por su magisterio nos condujeron a la victoria revolucionaria popular de Enero; por los que, con el sacrificio de sus vidas, defendieron la Revolución contribuyendo a su definitiva consolidación; por los que masivamente cumplieron heroicas misiones internacionalistas; GUIADOS por el ideario de José Martí y las ideas politico-sociales de Marx, Engels y Lenin; APOYADOS en el internacionalismo proletario, en la amistad fraternal, la ayuda, la cooperación y la solidaridad de los pueblos del mundo, especialmente los de América Latina y del Caribe; DECIDIDOS a llevar adelante la Revolución triunfadora del Moncada y del Granma, de la Sierra y de Girón encabezada por Fidel Castro que, sustentada en la mas estrecha unidad de todas las fuerzas revolucionarias y del pueblo, conquisto la plena independencia nacional, estableció el poder revolucionario, realizo las transformaciones democráticas, inicio la construcción del socialismo y, con el Partido Comunista al frente, la continua con el objetivo final de edificar la sociedad comunista; CONSCIENTES de que todos los regímenes sustentados en la explotación del hombre por el hombre determinan la humillación de los explotados y la degradación de la condición humana de los explotadores; de que solo en el socialismo y el comunismo, cuando el hombre ha sido liberado de todas las formas de explotación: de la esclavitud, de la servidumbre y del capitalismo, se alcanza la entera dignidad del ser humano; y de que nuestra Revolución elevo la dignidad de la patria y del cubano a superior altura; DECLARAMOS nuestra voluntad de que la ley de leyes de la República este presidida por este profundo anelo, al fin logrado, de José Martí: "Yo quiero que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre". ADOPTAMOS por nuestro voto libre, mediante referendo, la siguiente: CONSTITUCIÓN CAPÍTULO I: FUNDAMENTOS POLÍTICOS, SOCIALES Y ECONÓMICOS DEL ESTADO Artículo 1.- Cuba es un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana. Artículo 2.- El nombre del Estado cubano es República de Cuba, el idioma oficial es el español y su capital es la ciudad de La Habana. Artículo 3.- En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes. Todos los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución. Artículo 4.- Los símbolos nacionales son los que han presidido por mas de cien años las luchas cubanas por la independencia, por los derechos del pueblo y por el progreso social: la bandera de la estrella solitaria; el himno de Bayamo; el escudo de la palma real. Artículo 5.- El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista- leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista. Artículo 6.- La Unión de Jóvenes Comunistas, organización de la juventud cubana de avanzada, cuenta con el reconocimiento y el estimulo del Estado en su función primordial de promover la participación activa de las masas juveniles en las tareas de la edificación socialista y de preparar adecuadamente a los jóvenes como ciudadanos conscientes y capaces de asumir responsabilidades cada día mayores en beneficio de nuestra sociedad. Artículo 7.- El Estado socialista cubano reconoce y estimula a las organizaciones de masas y sociales, surgidas en el proceso histórico de las luchas de nuestro pueblo, que agrupan en su seno a distintos sectores de la población, representan sus intereses específicos y los incorporan a las tareas de la edificación, consolidación y defensa de la sociedad socialista. Artículo 8.- El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa. En la República de Cuba, las instituciones religiosas están separadas del Estado. Las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración. Artículo 9.- El Estado: a) realiza la voluntad del pueblo trabajador y -- encauza los esfuerzos de la nación en la construcción del socialismo; -- mantiene y defiende la integridad y la soberanía de la patria; -- garantiza la libertad y la dignidad plena del hombre, el disfrute de sus derechos, el ejercicio y cumplimiento de sus deberes y el desarrollo integral de su personalidad; -- afianza la ideología y las normas de convivencia y de conducta propias de la sociedad libre de la explotación del hombre por el hombre; -- protege el trabajo creador del pueblo y la propiedad y la riqueza de la nación socialista; -- dirige planificada mente la economía nacional; -- asegura el avance educacional, científico, técnico y cultural del país; b) como Poder del pueblo, en servicio del propio pueblo, garantiza -- que no haya hombre o mujer, en condiciones de trabajar, que no tenga oportunidad de obtener un empleo con el cual pueda contribuir a los fines de la sociedad y a la satisfacción de sus propias necesidades; -- que no haya persona incapacitada para el trabajo que no tenga medios decorosos de subsistencia; -- que no haya enfermo que no tenga atención medica; -- que no haya niño que no tenga escuela, alimentación y vestido; -- que no haya joven que no tenga oportunidad de estudiar; -- que no haya persona que no tenga acceso al estudio, la cultura y el deporte; c) trabaja por lograr que no haya familia que no tenga una vivienda confortable. Artículo 10.- Todos los órganos del Estado, sus dirigentes, funcionarios y empleados, actúan dentro de los limites de sus respectivas competencias y tienen la obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la sociedad. Artículo 11.- El Estado ejerce su soberanía: a) sobre todo el territorio nacional, integrado por la Isla de Cuba, la Isla de la Juventud, las demás islas y cayos adyacentes, las aguas interiores y el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que sobre estos se extiende; b) sobre el medio ambiente y los recursos naturales del país; c) sobre los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas, el lecho y el subsuelo de la zona económica marítima de la República, en la extensión que fija la ley, conforme a la practica internacional. La República de Cuba repudia y considera ilegales y nulos los tratados, pactos o concesiones concertados en condiciones de desigualdad o que desconocen o disminuyen su soberanía y su integridad territorial. Artículo 12.- La República de Cuba hace suyos los principios antiimperialistas e internacionalistas, y a) ratifica su aspiración de paz digna, verdadera y valida para todos los Estados, grandes y pequeños, débiles y poderosos, asentada en el respeto a la independencia y soberanía de los pueblos y el derecho a la autodeterminación; b) funda sus relaciones internacionales en los principios de igualdad de derechos, libre determinación de los pueblos, integridad territorial, independencia de los Estados, la cooperación internacional en beneficio e interés mutuo y equitativo, el arreglo pacifico de controversias en pie de igualdad y respeto y los demás principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y en otros tratados internacionales de los cuales Cuba sea parte; c) reafirma su voluntad de integración y colaboración con los países de América Latina y del Caribe, cuya identidad común y necesidad histórica de avanzar juntos hacia la integración económica y política para lograr la verdadera independencia, nos per emitiría alcanzar el lugar que nos corresponde en el mundo; ch) propugna al unidad de todos los países del Tercer Mundo, frente a la política imperialista y neocolonialista que persigue la limitación o subordinación de la soberanía de nuestros pueblos y agravar las condiciones económicas de explotación y opresión; de las naciones subdesarrolladas; d) condena al imperialismo, promotor y sostén de todas las manifestaciones fascistas, colonialistas, neocolonialistas y racistas, como la principal fuerza de agresión y de guerra y el peor enemigo de los pueblos; e) repudia la intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de cualquier Estado y, por tanto, la agresión armada, el bloqueo económico, así como cualquier otra forma de coerción económica o política, la violencia física contra pe rsonas residentes en otros países, u otro tipo de injerencia y amenaza a la integridad de los Estados y de los elementos políticos, económicos y culturales de las naciones; f) rechaza la violación del derecho irrenunciable y soberano de todo Estado a regular el uso y los beneficios de las telecomunicaciones en su territorio, conforme a la practica universal y a los convenios internacionales que ha suscrito; g) califica de delito internacional la guerra de agresión y de conquista, reconoce la legitimidad de las luchas por la liberación nacional, así como la resistencia armada a la agresión, y considera su deber internacionalista solidarizarse con el agredido y con los pueblos que combaten por su liberación y autodeterminación; h) basa sus relaciones con los países que edifican el socialismo en la amistad fraternal, la cooperación y la ayuda mutua, asentadas en los objetivos comunes de la construcción de la nueva sociedad; i) mantiene relaciones de amistad con los países que, teniendo un régimen político, social y económico diferente, respetan su soberanía, observan las normas de convivencia entre los Estados, se atienen a los principios de mutuas conveniencias y adopta n una actitud reciproca con nuestro país. Artículo 13.- La República de Cuba concede asilo a los perseguidos por sus ideales o luchas por los derechos democráticos, contra el imperialismo, el fascismo, el colonialismo y el neocolonialismo; contra la discriminación y el racismo; por la liberación nacional; por los derechos y reivindicaciones de los trabajadores, campesinos y estudiantes; por sus actividades políticas, científicas, artísticas y literarias progresistas, por el socialismo y la paz. Artículo 14.- En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y en la supresión de la explotación del hombre por el hombre. También rige el principio de distribución socialista "de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo". La ley establece las regulaciones que garantizan el efectivo cumplimiento de este principio. Artículo 15.- Son de propiedad estatal socialista de todo el pueblo: a) las tierras que no pertenecen a los agricultores pequeños o a cooperativas integradas por estos, el subsuelo, las minas, los recursos naturales tanto vivos como no vivos dentro de la zona económica marítima de la República, los bosques, las aguas y las vías de comunicación; b) los centrales azucareros, las fabricas, los medios fundamentales de transporte, y cuantas empresas, bancos e instalaciones han sido nacionalizados y expropiados a los imperialistas, latifundistas y burgueses, así como las fabricas, empresas e instalaciones económicas y centros científicos, sociales, culturales y deportivos construidos, fomentados o adquiridos por el Estado y los que en el futuro construya, fomente o adquiera. Estos bienes no pueden trasmitirse en propiedad a personas naturales o jurídicas, salvo los casos excepcionales en que la transmisión parcial o total de algún objetivo económico se destine a los fines del desarrollo del país y no afecten los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado, previa aprobación del Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo. En cuanto a la transmisión de otros derechos sobre estos bienes a empresas estatales y otras entidades autorizadas, para el cumplimiento de sus fines, se actuara conforme a lo previsto en la ley. Artículo 16.- El Estado organiza, dirige y controla la actividad económica nacional conforme a un plan que garantice el desarrollo programado del país, a fin de fortalecer el sistema socialista, satisfacer cada vez mejor las necesidades materiales y culturales de la sociedad y los ciudadanos, promover el desenvolvimiento de la persona humana y de su dignidad, el avance y la seguridad del país. En la elaboración y ejecución de los programas de producción y desarrollo participan activa y conscientemente los trabajadores de todas las ramas de la economía y de las demás esferas de la vida social. Artículo 17.- El Estado administra directamente los bienes que integran la propiedad socialista de todo el pueblo; o podrá crear y organizar empresas y entidades encargadas de su administración, cuya estructura, atribuciones, funciones y el régimen de sus relaciones son regulados por la ley. Estas empresas y entidades responden de sus obligaciones solo con sus recursos financieros, dentro de las limitaciones establecidas por la ley. El Estado no responde de las obligaciones contraídas por las empresas, entidades u otras personas jurídicas y estas tampoco responden de las de aquel. Artículo 18.- El Estado dirige y controla el comercio exterior. La ley establece las instituciones y autoridades estatales facultadas para: -- crear empresas de comercio exterior; -- normar y regular las operaciones de exportación e importación; y -- determinar las personas naturales o jurídicas con capacidad legal para realizar dichas operaciones de exportación e importación y concertar convenios comerciales. Artículo 19.- El Estado reconoce la propiedad de los agricultores pequeños sobre las tierras que legalmente les pertenecen y los demás bienes inmuebles y muebles que les resulten necesarios para la explotación a que se dedican, conforme a lo que establece la ley. Los agricultores pequeños, previa autorización del organismo estatal competente y el cumplimiento de los demás requisitos legales, pueden incorporar sus tierras únicamente a cooperativas de producción agropecuaria. Ademas pueden venderlas, permutarlas o trasmitirlas por otro titulo al Estado y a cooperativas de producción agropecuaria o a agricultores pequeños en los casos, formas y condiciones que establece la ley, sin perjuicio del derecho preferente del Estado a su adquisición, mediante el pago de su justo precio. Se prohibe el arrendamiento, la aparcería, los prestamos hipotecarios y cualquier acto que implique gravamen o cesión a particulares de los derechos emanados de la propiedad de los agricultores pequeños sobre sus tierras. El Estado apoya la producción individual de los agricultores pequeños que contribuyen a la economía nacional. Artículo 20.- Los agricultores pequeños tienen derecho a asociarse entre si, en la forma y con los requisitos que establece la ley, tanto a los fines de la producción agropecuaria como a los de obtención de créditos y servicios estatales. Se autoriza la organización de cooperativas de producción agropecuaria en los casos y en la forma que la ley establece. Esta propiedad cooperativa es reconocida por el Estado y constituye una forma avanzada y eficiente de producción socialista. Las cooperativas de producción agropecuaria administran, poseen, usan y disponen de los bienes de su propiedad, de acuerdo con lo establecido en la ley en sus reglamentos. Las tierras de las cooperativas no pueden ser embargadas ni gravadas y su propiedad puede ser transferida a otras cooperativas o al Estado, por las causas y según el procedimiento establecido en la ley. El Estado brinda todo el apoyo posible a esta forma de producción agropecuaria. Artículo 21.- Se garantiza la propiedad personal sobre los ingresos y ahorros procedentes del trabajo propio, sobre la vivienda que se posea con justo titulo de dominio y los demás bienes y objetos que sirven para la satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la persona. Asimismo se garantiza la propiedad sobre los medios e instrumentos de trabajo personal o familiar, los que no pueden ser utilizados para la obtención de ingresos provenientes de la explotación del trabajo ajeno. La ley establece la cuantía en que son embargables los bienes de propiedad personal. Artículo 22.- El Estado reconoce la propiedad de las organizaciones políticas, de masas y sociales sobre los bienes destinados al cumplimiento de sus fines. Artículo 23.- El Estado reconoce la propiedad de las empresas mixtas, sociedades y asociaciones económicas que se constituyen conforme a la ley. El uso, disfrute y disposición de los bienes pertenecientes al patrimonio de las entidades anteriores se rigen por lo establecido en la ley y los tratados, así como por los estatutos y reglamentos propios por los que se gobiernan. Artículo 24.- El Estado reconoce el derecho de herencia sobre la vivienda de dominio propio y demás bienes de propiedad personal. La tierra y los demás bienes vinculados a la producción que integran la propiedad de los agricultores pequeños son heredables y solo se adjudican a aquellos herederos que trabajan la tierra, salvo las excepciones y según el procedimiento que establece la ley. La ley fija los casos, las condiciones y la forma en que los bienes de propiedad cooperativa podrán ser heredables. Artículo 25.- Se autoriza la expropiación de bienes, por razones de utilidad publica o interés social y con la debida indemnización. La ley establece el procedimiento para la expropiación y las bases para la determinar su utilidad y necesidad, así como la forma de indemnización, considerando los intereses y las necesidades económicas y sociales del expropiado. Artículo 26.- Toda persona que sufriere daño o perjuicio causado indebidamente por funcionarios o agentes del Estado con motivo del ejercicio de las funciones propias de sus cargos, tiene derecho a reclamar y obtener la correspondiente reparación o indemnización en la forma que establece la ley. Artículo 27.- El Estado protege el medio ambiente y los recursos naturales del país. Reconoce su estrecha vinculación con el desarrollo económico y social sostenible para hacer mas racional la vida humana y asegurar la supervivencia, el bienestar y la seguridad de las generaciones actuales y futuras. Corresponde a los órganos competentes aplicar esta política. Es deber de los ciudadanos contribuir a la protección del agua, la atmósfera, la conservación del suelo, la flora, la fauna y todo el rico potencial de la naturaleza. CAPÍTULO II: CIUDADANÍA Artículo 28.- La ciudadanía cubana se adquiere por nacimiento o por naturalización. Artículo 29.- Son ciudadanos cubanos por nacimiento: a) los nacidos en el territorio nacional, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren al servicio de su gobierno o de organismos internacionales. La ley establece los requisitos y las formalidades para el caso de los hijos de los extranjeros residentes no permanentes en el país. b) los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos, que se hallen cumpliendo misión oficial; c) los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos, previo el cumplimiento de las formalidades que la ley señala; chelos nacidos fuera del territorio nacional, de padre o madre naturales de la República de Cuba que hayan perdido la ciudadanía cubana, siempre que la reclamen en la forma que señala la ley; d) los extranjeros que por méritos excepcionales alcanzados en las luchas por la liberación de Cuba fueron considerados ciudadanos cubanos por nacimiento. Artículo 30.- Son ciudadanos cubanos por naturalización: a) los extranjeros que adquieren la ciudadanía de acuerdo con lo establecido en la ley; b) los que hubiesen servido a la lucha armada contra la tiranía derrocada el primero de enero de 1959, siempre que acrediten esa condición en la forma legalmente establecida; c) los que habiendo sido privados arbitrariamente de su ciudadanía de origen obtengan la cubana por acuerdo expreso del Consejo de Estado. Artículo 31.- Ni el matrimonio ni su disolución afectan la ciudadanía de los cónyuges o de sus hijos. Artículo 32.- Los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía, salvo por causas legalmente establecidas. Tampoco podrán ser privados del derecho a cambiar de esta. No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana. La ley establece el procedimiento a seguir para la formalización de la perdida de la ciudadanía y las autoridades facultadas para decidirlo. Artículo 33.- La ciudadanía cubana podrá recobrarse en los casos y en la forma que prescribe la ley. CAPÍTULO III: EXTRANJERIA Artículo 34.- Los extranjeros residentes en el territorio de la República se equiparan a los cubanos: -- en la protección de sus personas y bienes; -- en el disfrute de los derechos y el cumplimiento de los deberes reconocidos en esta Constitución, bajo las condiciones y con las limitaciones que la ley fija; -- en la obligación de observar la Constitución y la ley; -- en la obligación de contribuir a los gastos públicos en la forma y la cuantía que la ley establece; -- en la sumisión a la jurisdicción y resoluciones de los tribunales de justicia y autoridades de la República. La ley establece los casos y la forma en que los extranjeros pueden ser expulsados del territorio nacional y las autoridades facultadas para decidirlo. CAPÍTULO IV: FAMILIA Artículo 35.- El Estado protege a la familia, la maternidad y el matrimonio. El Estado reconoce en la familia la célula fundamental de la sociedad y le atribuye responsabilidades y funciones esenciales en la educación y formación de las nuevas generaciones. Artículo 36.- El matrimonio es la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común. Descansa en la igualdad absoluta de derechos y deberes de los cónyuges, los que deben atender al mantenimiento del hogar y a la formación integral de los hijos mediante el esfuerzo común, de modo que este resulte compatible con el desarrollo de las actividades sociales de ambos. La ley regula la formalización, reconocimiento y disolución del matrimonio y los derechos y obligaciones que de dichos actos se derivan. Artículo 37.- Todos los hijos tienen iguales derechos, sean habidos dentro o fuera del matrimonio. Esta abolida toda calificación sobre la naturaleza de la filiación. No se consignara declaración alguna diferenciando los nacimientos, ni sobre el estado civil de los padres en las actas de inscripción de los hijos, ni en ningún otro documento que haga referencia a la filiación. El Estado garantiza mediante los procedimientos legales adecuados la determinación y el reconocimiento de la paternidad. Artículo 38.- Los padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos y asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones; así como el de contribuir activamente a su educación y formación integral como ciudadanos útiles y preparados para la vida en la sociedad socialista. Los hijos, a su vez, están obligados a respetar y ayudar a sus padres. CAPÍTULO V: EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 39.- El Estado orienta, fomenta y promueve la educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones. En su política educativa y cultural se atiene a los postulados siguientes: a) fundamenta su política educacional y cultural en los avances de la ciencia y la técnica, el ideario marxista y martiano, la tradición pedagógica progresista cubana y la universal; b) la enseñanza es función del Estado y es gratuita. Se basa en las conclusiones y aportes de la ciencia y en la relación mas estrecha del estudio con la vida, el trabajo y la producción. El estado mantiene un amplio sistema de becas para los estudiantes y proporciona multiples facilidades de estudio a los trabajadores a fin de que puedan alcanzar los mas altos niveles posibles de conocimientos y habilidades. La ley precisa la integración y estructura del sistema nacional de enseñanza, así como el alcance de la obligatoriedad de estudiar y define la preparación general básica que, como mínimo, debe adquirir todo ciudadano; c) promover la educación patriótica y la formación comunista de las nuevas generaciones y la preparación de los niños, jóvenes y adultos para la vida social. Para realizar este principio se combinan la educación general y las especializadas de carácter científico, técnico o artístico, con el trabajo, la investigación para el desarrollo, la educación física, el deporte y la participación en actividades políticas, sociales y de preparación militar; ch)es libre la creación artística siempre que su contenido no sea contrario a la Revolución. Las formas de expresión en el arte son libres; d) el Estado, a fin de elevar la cultura del pueblo, se ocupa de fomentar y desarrollar la educación artística, la vocación para la creación y el cultivo del arte y la capacidad para apreciarlo; e) la actividad creadora e investigativa en la ciencia es libre. El Estado estimula y viabiliza la investigación y prioriza la dirigida a resolver los problemas que atañen al interés de la sociedad y al beneficio del pueblo; f) el Estado propicia que los trabajadores se incorporen a la labor científica y al desarrollo de la ciencia; g) el Estado orienta, fomenta y promueve la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones como medio de educación y contribución a la formación integral de los ciudadanos; h) el Estado defiende la identidad de la cultura cubana y vela por la conservación del patrimonio cultural y la riqueza artística e histórica de la nación. Protege los monumentos nacionales y los lugares notables por su belleza natural o por su reconocido valor artístico o histórico; i) el Estado promueve la participación de los ciudadanos a través de las organizaciones de masas y sociales del país en la realización de su política educacional y cultural. Artículo 40.- La niñez y la juventud disfrutan de particular protección por parte del Estado y la sociedad. La familia, la escuela, los órganos estatales y las organizaciones de masas y sociales tienen el deber de prestar especial atención a la formación integral de la niñez y la juventud. CAPÍTULO VI: IGUALDAD Artículo 41.- Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes. Artículo 42.- La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquiera otra lesiva a la dignidad humana esta proscrita y es sancionada por la ley. Las instituciones del Estado educan a todos, desde la mas temprana edad, en el principio de la igualdad de los seres humanos. Artículo 43.- El Estado consagra el derecho conquistado por la Revolución de que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana: - tienen acceso, según méritos y capacidades, a todos los cargos y empleos del Estado, de la Administración Publica y de la producción y prestación de servicios; - ascienden a todas las jerarquías de las fuerzas armadas revolucionarias y de la seguridad y orden interior, según méritos y capacidades; - perciben salario igual por trabajo igual; - disfrutan de la enseñanza en todas las instituciones docentes del país, desde la escuela primaria hasta las universidades, que son las mismas para todos; - reciben asistencia en todas las instituciones de salud; - se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel; - son atendidos en todos los restaurantes y demás establecimientos de servicio publico; - usan, sin separaciones, los transportes marítimos, ferroviarios, aéreos y automotores; - disfrutan de los mismos balnearios, playas, parques, círculos sociales y demás centros de cultura, deportes, recreación y descanso. Artículo 44.- La mujer y el hombre gozan de iguales derechos en lo económico, político, cultural, social y familiar. El Estado garantiza que se ofrezcan a la mujer las mismas oportunidades y posibilidades que al hombre, a fin de lograr su plena participación en el desarrollo del país. El Estado organiza instituciones tales como círculos infantiles, seminternados e internados escolares, casas de atención a ancianos y servicios que facilitan a la familia trabajadora el desempeño de sus responsabilidades. Al velar por su salud y por una sana descendencia, el Estado concede a la mujer trabajadora licencia retribuida por maternidad, antes y después del parto, y opciones laborales temporales compatibles con su función materna. El Estado se esfuerza por crear todas las condiciones que propicien la realización del principio de igualdad. CAPÍTULO VII: DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS FUNDAMENTALES Artículo 45.- El trabajo en la sociedad socialista es un derecho, un deber y un motivo de honor para cada ciudadano. El trabajo es remunerado conforme a su calidad y cantidad; al proporcionarlo se atienden las exigencias de la economía y la sociedad, la elección del trabajador y su aptitud y calificación; lo garantiza el sistema económico socialista, que propicia el desarrollo económico y social, sin crisis, y que con ello ha eliminado el desempleo y borrado para siempre el paro estacional llamado "tiempo muerto". Se reconoce el trabajo voluntario, no remunerado, realizado en beneficio de toda la sociedad, en las actividades industriales, agrícolas, técnicas, artísticas y de servicio, como formador de la conciencia comunista de nuestro pueblo. Cada trabajador esta en el deber de cumplir cabalmente las tareas que le corresponden en su empleo. Artículo 46.- Todo el que trabaja tiene derecho al descanso, que se garantiza por la jornada laboral de ocho horas, el descanso semanal y las vacaciones anuales pagadas. El Estado fomenta el desarrollo de instalaciones y planes vacacionales. Artículo 47.- Mediante el sistema de seguridad social, el Estado garantiza la protección adecuada a otro trabajador impedido por su edad, invalidez o enfermedad. En caso de muerte del trabajador garantiza similar protección a su familia. Artículo 48.- El Estado protege, mediante la asistencia social, a los ancianos sin recursos ni amparo y a cualquier personal no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda. Artículo 49.- El Estado garantiza el derecho a la protección, seguridad e higiene del trabajo, mediante la adopción de medidas adecuadas para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales. El que sufre un accidente en el trabajo o contrae una enfermedad profesional tiene derecho a la atención medica y a subsidio o jubilación en los casos de incapacidad temporal o permanente para el trabajo. Artículo 50.- Todos tienen derecho a que se atienda y proteja su salud. El Estado garantiza este derecho: -con la prestación de la asistencia medica y hospitalaria gratuita, mediante la red de instalaciones de servicio medico rural, de los policlínicas, hospitales, centros profilácticos y de tratamiento especializado; -con la prestación de asistencia estomatología gratuita; -con el desarrollo de los planes de divulgación sanitaria y de educación para la salud, exámenes médicos periódicos, vacunación general y otras medidas preventivas de las enfermedades. En estos planes y actividades coopera toda la población a través d e las organizaciones de masas y sociales. Artículo 51.- Todos tienen derecho a la educación. Este derecho esta garantizado por el amplio y gratuito sistema de escuelas, seminternados, internados y becas, en todos los tipos y niveles de enseñanza, y por la gratuidad del material escolar, lo que proporciona a cada niño y joven, cualquiera que sea la situación económica de su familia, la oportunidad de cursar estudios de acuerdo con sus aptitudes, las exigencias sociales y las necesidades del desarrollo económico- social. Los hombres y mujeres adultos tienen asegurado este derecho, en las mismas condiciones de gratuidad y con facilidades especificas que la ley regula, mediante la educación de adultos, la enseñanza técnica y profesional, la capacitación laboral en empresas y organismos del Estado y los cursos de educación superior para los trabajadores. Artículo 52.- Todos tienen derecho a la educación física, al deporte y a la recreación. El disfrute de este derecho esta garantizado por la inclusión de la enseñanza y practica de la educación física y el deporte en los planes de estudio del sistema nacional de educación; y por la amplitud de la instrucción y los medios puestos a disposición del pueblo, que facilitan la practica masiva del deporte y la recreación. Artículo 53.- Se reconoce a los ciudadanos libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista. Las condiciones materiales para su ejercicio están dadas por el hecho de que la prensa, la radio, la televisión, el cine y otros medios de difusión masiva son de propiedad estatal o social y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada, lo que asegura su uso al servicio exclusivo del pueblo trabajador y del interés de la sociedad. La ley regula el ejercicio de estas libertades. Artículo 54.- Los derechos de reunión, manifestación y asociación son ejercidos por los trabajadores, manuales e intelectuales, los campesinos, las mujeres, los estudiantes y demás sectores del pueblo trabajador, para lo cual disponen de los medios necesarios a tales fines. Las organizaciones de masas y sociales disponen de todas las facilidades para el desenvolvimiento de dichas actividades en las que sus miembros gozan de la mas amplia libertad de palabra y opinión, basadas en el derecho irrestricto a la iniciativa y a la critica. Artículo 55.- El Estado, que reconoce, respeta y garantiza la libertad de conciencia y de religión, reconoce, respeta y garantiza a la vez la libertad de cada ciudadano de cambiar de creencias religiosas o no tener ninguna, y a profesar, dentro del respeto a la ley, el culto religioso de su preferencia. La ley regula las relaciones del Estado con las instituciones religiosas. Artículo 56.- El domicilio es inviolable. Nadie puede penetrar en el ajeno contra la voluntad del morador, salvo en los casos previstos por la ley. Artículo 57.- La correspondencia es inviolable. Solo puede ser ocupada, abierta y examinada en los casos previstos por la ley. Se guardara secreto de los asuntos ajenos al hecho que motivare el examen. El mismo principio se observara con respecto a las comunicaciones cablegráficas, telegráficas y telefónicas. Artículo 58.- La libertad e inviolabilidad de su persona están garantizadas a todos los que residen en el territorio nacional. Nadie puede ser detenido sino en los casos, en la forma y con las garantías que prescriben las leyes. El detenido o preso es inviolable en su integridad personal. Artículo 59.- Nadie puede ser encausado ni condenado sino por tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y con las formalidades y garantías que estas establecen. Todo acusado tiene derecho a la defensa. No se ejercerá violencia ni coacción de clase alguna sobre las personas para forzarlas a declarar. Es nula toda declaración obtenida con infracción de este precepto y los responsables incurrirán en las sanciones que fija la ley. Artículo 60.- La confiscación de bienes se aplica solo como sanción por las autoridades, en los casos y por los procedimientos que determina la ley. Artículo 61.- Las leyes penales tienen efecto retroactivo cuando sean favorables al encausado o sancionado. Las demás leyes no tienen efecto retroactivo a menos que en las mismas se disponga lo contrario por razón de interés social o utilidad publica. Artículo 62.- Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este principio es unible. Artículo 63.- Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley. Artículo 64.- Es deber de cada uno cuidar la propiedad publica y social, acatar la disciplina del trabajo, respetar los derechos de los demás, observar las normas de convivencia socialista y cumplir los deberes cívicos y sociales. Artículo 65.- La defensa de la patria socialista es el mas grande honor y el deber supremo de cada cubano. La ley regula el servicio militar que los cubanos deben prestar. La traición a la patria es el mas grave de los crímenes; quien la comete esta sujeto a las mas severas sanciones. Artículo 66.- El cumplimiento estricto de la Constitución y de las leyes es deber inexcusable de todos. CAPÍTULO VIII: ESTADO DE EMERGENCIA Artículo 67.- En caso o ante la inminencia de desastres naturales o catástrofes u otras circunstancias que por su naturaleza, proporción o entidad afecten el orden interior, la seguridad del país o la estabilidad del Estado, el Presidente del Consejo de Estado puede declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional o en una parte de el, y durante su vigencia disponer la movilización de la población. La ley regula la forma en que se declara el estado de emergencia, sus efectos y su terminación. Igualmente determina los derechos y deberes fundamentales reconocidos por la Constitución, cuyo ejercicio debe ser regulado de manera diferente durante la vigencia del estado de emergencia. CAPÍTULO IX: PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS ESTATALES Artículo 68.- Los órganos del Estado se integran y desarrollan su actividad sobre la base de los principios de la democracia socialista, que se expresan en las reglas siguientes: a) todos los órganos representativos de poder del Estado son electivos y renovables; b) las masas populares controlan la actividad de los órganos estatales, de los diputados, de los delegados y de los funcionarios; c) los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación y pueden ser revocados de sus cargos en cualquier momento; ch)cada órgano estatal desarrolla ampliamente, dentro del marco de su competencia, la iniciativa encaminada al aprovechamiento de los recursos y posibilidades locales y a la incorporación de las organizaciones de masas y sociales a su actividad, d) las disposiciones de los órganos estatales superiores son obligatorias para los inferiores; e) los órganos estatales inferiores responden ante los superiores y les rinden cuenta de su gestión; f) la libertad de discusión, el ejercicio de la critica y autocrítica y la subordinación de la minoría a la mayoría rigen en todos los órganos estatales colegiados. CAPÍTULO X: ÓRGANOS SUPERIORES DEL PODER POPULAR Artículo 69.- La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado. Representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo. Artículo 70.- La Asamblea Nacional del Poder Popular es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República. Artículo 71.- La Asamblea Nacional del Poder Popular se compone de diputados elegidos por el voto libre, directo y secreto de los electores, en la proporción y según el procedimiento que determina la ley. Artículo 72.- La Asamblea Nacional del Poder Popular es elegida por un termino de cinco años. Este termino solo podrá extenderse por acuerdo de la propia Asamblea en caso de guerra o a virtud de otras circunstancias excepcionales que impidan la celebración normal de las elecciones y mientras subsistan tales circunstancias. Artículo 73.- La Asamblea Nacional del Poder Popular, al constituirse para una nueva legislatura, elige de entre sus diputados a su Presidente, al Vicepresidente y al Secretario. La ley regula la forma y el procedimiento mediante el cual se constituye la Asamblea y realiza esa elección. Artículo 74.- La Asamblea Nacional del Poder Popular elige, de entre sus diputados, al Consejo de Estado, integrado por un Presidente, un Primer Vicepresidente, cinco Vicepresidentes, un Secretario y veintitrés miembros mas. El Presidente del Consejo de Estado es jefe de Estado y jefe de Gobierno. El Consejo de Estado es responsable ante la Asamblea Nacional del Poder Popular y le rinde cuenta de todas sus actividades. Artículo 75.- Son atribuciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular: a) acordar reformas de la Constitución conforme a lo establecido en el Artículo 137; b) aprobar, modificar o derogar las leyes y someterlas previamente a la consulta popular cuando lo estime procedente en atención a la indole de la legislación de que se trate; c) decidir acerca de la constitucionalidad de las leyes, decretos-leyes, decretos y demás disposiciones generales; ch)revocar en todo o en parte los decretos-leyes que haya dictado el Consejo de Estado; d) discutir y aprobar los planes nacionales de desarrollo económico y social; e) discutir y aprobar el presupuesto del Estado; f) aprobar los principios del sistema de planificación y de dirección de la economía nacional; g) acordar el sistema monetario y crediticio; h) aprobar los lineamientos generales de la política exterior e interior; i) declarar el estado de guerra en caso de agresión militar y aprobar los tratados de paz; j) establecer y modificar la división politico-administrativa del país conforme a lo establecido en el Artículo 102; k) elegir al Presidente, al Vicepresidente y al Secretario de la Asamblea Nacional; l) elegir al Presidente, al Primer Vicepresidente, a los Vicepresidentes, al Secretario y a los demás miembros del Consejo de Estado; ll)designar, a propuesta del Presidente del Consejo de Estado, al Primer Vicepresidente, a los Vicepresidentes y demás miembros del Consejo de Ministros; m) elegir al Presidente, a los Vicepresidentes y a los demás Jueces del Tribunal Supremo Popular; n) elegir al Fiscal General y a los Vicefiscales generales de la República; ñ)nombrar comisiones permanentes y temporales; o) revocar la elección o designación de las personas elegidas o designadas por ella; p) ejercer la mas alta fiscalización sobre los órganos del Estado y del Gobierno; q) conocer, evaluar y adoptar las decisiones pertinentes sobre los informes de rendición de cuenta que le presenten el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros, el Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República y las Asambleas Provinciales del Poder Popular; r) revocar los decretos-leyes del Consejo de Estado y los decretos o disposiciones del Consejo de Ministros que contradigan la Constitución o las leyes; s) revocar o modificar los acuerdos o disposiciones de los órganos locales del Poder Popular que violen la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, decretos y demás disposiciones dictadas por un órgano de superior jerarquía a los mismos; o los que afecten los intereses de otras localidades o los generales del país; t) conceder amnistías; u) disponer la convocatoria de referendos en los casos previstos en la Constitución y en otros que la propia Asamblea considere procedente; v) acordar su reglamento; w) las demás que le confiere esta Constitución. Artículo 76.- Las leyes y acuerdos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, salvo cuando se refieran a la reforma de la Constitución, se adoptan por mayoría simple de votos. Artículo 77.- Las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular entran en vigor en la fecha que en cada caso determine la propia ley. Las leyes, decretos-leyes, decretos y resoluciones, reglamentos y demás disposiciones generales de los órganos nacionales del Estado, se publican en la Gaceta Oficial de la República. Artículo 78.- La Asamblea Nacional del Poder Popular es reúne en dos periodos ordinarios de sesiones al año y en sesión extraordinaria cuando lo solicite la tercera parte de sus miembros o la convoque el Consejo de Estado. Artículo 79.- Para que la Asamblea Nacional del Poder Popular pueda celebrar sesión se requiere la presencia de mas de la mitad del numero total de los diputados que la integran. Artículo 80.- Las sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular son publicas, excepto en el caso en que la propia Asamblea acuerde celebrarlas a puertas cerradas por razón de interés de Estado. Artículo 81.- Son atribuciones del Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular: a) presidir las sesiones de la Asamblea Nacional y velar por la aplicación de su reglamento; b) convocar las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional; c) proponer el proyecto de orden del día de las sesiones de la Asamblea Nacional; ch)firmar y disponer la publicación en la Gaceta Oficial de la República de las leyes y acuerdos adoptados por la Asamblea Nacional; d) organizar las relaciones internacionales de la Asamblea Nacional; e) dirigir y organizar la labor de las comisiones de trabajo permanentes y temporales que sean creadas por la Asamblea Nacional; f) asistir a las reuniones del Consejo de Estado; g) las demás que por esta Constitución o la Asamblea Nacional del Poder Popular se le atribuyan. Artículo 82.- La condición de diputado no entraña privilegios personales ni beneficios económicos. Durante el tiempo que empleen en el desempeño efectivo de sus funciones, los diputados perciben el mismo salario o sueldo de su centro de trabajo y mantienen el vinculo con este a todos los efectos. Artículo 83.- Ningún diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular puede ser detenido ni sometido a proceso penal sin autorización de la Asamblea, o del Consejo de Estado si no esta reunida aquella, salvo en caso de delito flagrante. Artículo 84.- Los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular tienen el deber de desarrollar sus labores en beneficio de los intereses del pueblo, mantener contacto con sus electores, oír sus planteamientos, sugerencias y criticas, y explicarles la política del Estado. Asimismo, rendirán cuenta del cumplimiento de sus funciones, según lo establecido en la ley. Artículo 85.- A los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular les puede ser revocado su mandato en cualquier momento, en la forma, por las causas y según los procedimientos establecidos en la ley. Artículo 86.- Los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular tienen el derecho de hacer preguntas al Consejo de Estado, al Consejo de Ministros o a los miembros de uno y otro, y a que estas les sean respondidas en el curso de la misma sesión o en la próxima. Artículo 87.- Todos los órganos y empresas estatales están obligados a prestar a los diputados la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus deberes. Artículo 88.- La iniciativa de las leyes compete: a) a los diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular; b) al Consejo de Estado; c) al Consejo de Ministros; ch)a las comisiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular; d) al Comité Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba y a las Direcciones Nacionales de las demás organizaciones de masas y sociales; e) al Tribunal Supremo Popular, en materia relativa a la administración de justicia; f) a la Fiscalía General de la República, en materia de su competencia; g) a los ciudadanos. En este caso será requisito indispensable que ejerciten la iniciativa diez mil ciudadanos, por lo menos que tengan la condición de electores. Artículo 89.- El Consejo de Estado es el órgano de la Asamblea Nacional del Poder Popular que la representa entre uno y otro periodo de sesiones, ejecuta los acuerdos de esta y cumple las demás funciones que la Constitución le atribuye. Tiene carácter colegiado y, a los fines nacionales e internacionales, ostenta la suprema representación del Estado cubano. Artículo 90.- Son atribuciones del Consejo de Estado: a) disponer la celebración de sesiones extraordinarias de la Asamblea Nacional del Poder Popular. b) acordar la fecha de las elecciones para la renovación periódica de la Asamblea Nacional del Poder Popular; c) dictar decretos-leyes, entre uno y otro periodo de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular; ch)dar a las leyes vigentes, en caso necesario, una interpretación general y obligatoria; d) ejercer la iniciativa legislativa; e) disponer lo pertinente para realizar los referendos que acuerde la Asamblea Nacional del Poder Popular; f) decretar la movilización general cuando la defensa del país lo exija y asumir las facultades de declarar la guerra en caso de agresión o concertar la paz que la Constitución asigna a la Asamblea Nacional del Poder Popular, cuando esta se halle en r eceso y no pueda ser convocada con la seguridad y urgencia necesarias; g) sustituir, a propuesta de su Presidente, a los miembros del Consejo de Ministros ente uno y otro periodo de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular; h) impartir instrucciones de carácter general a los tribunales a través del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular; i) impartir instrucciones a la Fiscalía General de la República; j) designar y remover, a propuesta de su Presidente, a los representantes diplomáticos de Cuba ante otros Estados; k) otorgar condecoraciones y títulos honoríficos; l) nombrar comisiones; ll)conceder indultos; m) ratificar y denunciar tratados internacionales; n) otorgar o negar el beneplácito a los representantes diplomáticos de otros Estados; ñ)suspender las disposiciones del Consejo de Ministros y los acuerdos y disposiciones de las Asambleas Locales del Poder Popular que no se ajusten a la Constitución o a las leyes, o cuando afecten los intereses de otras localidades o los generales del país, dando cuenta a la Asamblea Nacional del Poder Popular en la primera sesión que celebre después de acordada dicha suspensión; o) revocar los acuerdos y disposiciones de las Administraciones Locales del Poder Popular que contravengan la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, los decretos y demás disposiciones dictadas por un órgano de superior jerarquía, o cuando afecte n los intereses de otras localidades o los generales del país; p) aprobar su reglamento; q) las demás que le confieran la Constitución y las leyes o le encomiende la Asamblea Nacional del Poder Popular. Artículo 91.- Todas las decisiones del Consejo de Estado son adoptadas por el voto favorable de la mayoría simple de sus integrantes. Artículo 92.- El mandato confiado al Consejo de Estado por la Asamblea Nacional del Poder Popular expira al tomar posesión el nuevo Consejo de Estado elegido en virtud de las renovaciones periódicas de aquella. Artículo 93.- Las atribuciones del Presidente del Consejo de Estado y Jefe de Gobierno son las siguientes: a) representar al Estado y al Gobierno y dirigir su política general; b) organizar y dirigir las actividades y convocar y presidir las sesiones del Consejo de Estado y las del Consejo de Ministros; c) controlar y atender el desenvolvimiento de las actividades de los ministerios y demás organismos centrales de la Administración; ch)asumir la dirección de cualquier ministerio u organismo central de la Administración; d) proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular, una vez elegido por esta los miembros del Consejo de Ministros; e) aceptar las renuncias de los miembros del Consejo de Ministros, o bien proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular o al Consejo de Estado según proceda, la sustitución de cualquiera de ellos y, en ambos casos, los sustitutos correspondientes. f) recibir las cartas credenciales de los jefes de las misiones extranjeras. Esta función podrá ser delegada en cualquiera de los Vicepresidentes del Consejo de Estado. g) desempeñar la Jefatura Suprema de todas las instituciones armadas y determinar su organización general; h) presidir el Consejo de Defensa Nacional; i) declarar el Estado de Emergencia en los casos previstos por esta Constitución, dando cuenta de su decisión, tan pronto las circunstancias lo permitan, a la Asamblea Nacional del Poder Popular o al Consejo de Estado, de no poder reunirse aquella, a los efectos legales procedentes; j) firmar decretos-leyes y otros acuerdos del Consejo de Estado y las disposiciones legales adoptadas por el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo y ordenar su publicación en la Gaceta Oficial de la República; k) las demás que por esta Constitución o las leyes se le atribuyan. Artículo 94.- En caso de ausencia, enfermedad o muerte del Presidente del Consejo de Estado lo sustituye en sus funciones el Primer Vicepresidente. Artículo 95.- El Consejo de Ministros es el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye el Gobierno de la República. El numero, denominación y funciones de los ministerios y organismos centrales que forman parte del Consejo de Ministros es determinado por la ley. Artículo 96.- El Consejo de Ministros esta integrado por el Jefe de Estado y de Gobierno, que es su Presidente, el Primer Vicepresidente; los Vicepresidentes, los Ministros, el Secretario y los demás miembros que determine la ley. Artículo 97.- El Presidente, el Primer Vicepresidente, los Vicepresidentes y otros miembros del Consejo de Ministros que determine el Presidente, integran su Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo puede decidir sobre las cuestiones atribuidas al Consejo de Ministros, durante los periodos que median entre una y otra de sus reuniones. Artículo 98.- Son atribuciones del Consejo de Ministros: a) organizar y dirigir la ejecución de las actividades políticas, económicas, culturales, científicas, sociales y de defensa acordadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular; b) proponer los proyectos de planes generales de desarrollo economico-social del Estado y, una vez aprobados por la Asamblea Nacional del Poder Popular, organizar, dirigir y controlar su ejecución; c) dirigir la política exterior de la República y las relaciones con otros gobiernos; ch)aprobar tratados internacionales y someterlos a la ratificación del Consejo de Estado; d) dirigir y controlar el comercio exterior; e) elaborar el proyecto de presupuesto del Estado y una vez aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, velar por su ejecución; f) adoptar medidas para fortalecer el sistema monetario y crediticio; g) elaborar proyectos legislativos y someterlos a la consideración de la Asamblea Nacional del Poder Popular o del Consejo de Estado, según proceda; h) proveer la defensa nacional, al mantenimiento del orden y la seguridad interiores, a la protección de los derechos ciudadanos, así como a la salvaguarda de vidas y bienes en caso de desastres naturales; i) dirigir la administración del Estado, y unificar, coordinar y fiscalizar la actividad de los organismos de la Administración Central y de las Administraciones Locales; j) ejecutar las leyes y acuerdos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, así como los decretos-leyes y disposiciones del Consejo de Estado y, en caso necesario, dictar los reglamentos correspondientes; k) dictar decretos y disposiciones sobre la base y en cumplimiento de las leyes vigentes y controlar su ejecución. l) revocar las decisiones de las Administraciones subordinadas a las Asambleas Provinciales o Municipales del Poder Popular, adoptadas en función de las facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado, cuando contravengan las normas superiores que les sean de obligatorio cumplimiento; ll)proponer a las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular revocar las disposiciones que sean adoptadas en su actividad especifica, por las administraciones provinciales y municipales a ellas subordinadas, cuando contravengan las normas aprobadas por los organismos de la Administración Central del Estado, en el ejercicio de sus atribuciones; m) revocar las disposiciones de los Jefes de organismos de la Administración Central del Estado, cuando contravengan las normas superiores que les sean de obligatorio cumplimiento; n) proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular o al Consejo de Estado la suspensión de los acuerdos de las Asambleas Locales del Poder Popular que contravengan las leyes y demás disposiciones vigentes, o que afecten los intereses de otras comunidades;; o los generales del país; ñ)crear las comisiones que estimen necesarias para facilitar el cumplimiento de las tareas que le están asignadas; o) designar y remover funcionarios de acuerdo con las facultades que le confiere la ley; p) realizar cualquier otra función que le encomiende la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado. La ley regula la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros. Artículo 99.- El Consejo de Ministros es responsable y rinde cuenta, periódicamente, de todas sus actividades ante la Asamblea Nacional del Poder Popular. Artículo 100.- Son atribuciones de los miembros del Consejo de Ministros: a) dirigir los asuntos y tareas del Ministerio u organismo a su cargo, dictando las resoluciones y disposiciones necesarias a ese fin; b) dictar, cuando no sea atribución expresa de otro órgano estatal, los reglamentos que se requieran para la ejecución y aplicación de las leyes y decretos-leyes que les conciernen; c) asistir a las sesiones del Consejo de Ministros, con voz y voto, y presentar a este proyectos de leyes, decretos-leyes, decretos, resoluciones, acuerdos o cualquier otra proposición que estimen conveniente; ch)nombrar, conforme a la ley, los funcionarios que les corresponden; d) cualquier otra que le atribuyan la Constitución y las leyes. Artículo 101.- El Consejo de Defensa Nacional se constituye y prepara desde tiempo de paz para dirigir el país en las condiciones de estado de guerra, durante la guerra, la movilización general y el estado de emergencia. La ley regula su organización y funciones. CONTINUA EN EL POST "2da PARTE" ACA PARA ACCEDER A LA 2da PARTE Fuente

0
3
¿
¿Asesinó Castro a Camilo Cienfuegos?
InfoporAnónimo8/16/2008

Registrate y eliminá la publicidad! ¿Asesinó Castro a Camilo Cienfuegos? Jefe del Estado Mayor del Ejercito, Cte Camilo Cienfuegos Gorriarán Existen indicios que hacen presumir que el dictador cubano fue quien ordenó la desaparición, (asesinato), de uno de sus lugartenientes, el jefe del Estado Mayor del Ejercito, comandante Camilo Cienfuegos Gorriarán. El comandante Cienfuegos, un hombre que al decir de muchos, tenía tanto arraigo popular como Fidel Castro desapareció en octubre de 1959 en un vuelo entre las ciudades de Camaguey y La Habana. El Comandante, que se caracterizaba por usar un sombrero de ala ancha y que según sus amigos era muy bromista, ejercía un gran atractivo sobre las masas, había participado en la expedición del yate Granma y fue uno de los líderes de la sobredimensionada invasión de Oriente a Occidente junto a Ernesto Guevara. Su prematura muerte le posibilitó convertirse en uno de los dioses de la mitología del totalitarismo cubano. Según la versión oficial el comandante había viajado a Camaguey para arrestar al también comandante Huber Matos, jefe militar de la provincia, que había remitido a Fidel Castro una enérgica carta en la que denunciaba la penetración y control que los comunistas estaba ejerciendo en todas las esferas del gobierno revolucionario. La carta, sin dudas, uno de los documentos más costoso en la historia de Cuba, hizo que Matos cumpliera veinte años de cárcel y que Cienfuegos nunca llegase a su destino. El 23 de octubre de 1959 comparece el comandante Camilo Cienfuegos en el Canal 11 de la televisión de Camaguey para informar sobre el arresto del comandante Huber Matos. La conferencia de prensa fue conducida por el periodista y publicista (1) Cebrián de Quesada, con la participación de los también periodistas Frank Prendes, Juan Abel Adán y Manolo de la Torre. Afirma de Quesada que Cienfuegos ante las diferentes preguntas declaró: A) Que Huber Matos estaba conspirando, pero que como prueba solo presento unas fotos de la revista “Cuba Nueva” del regimiento de Camaguey, en la que aparecían unos niños en condición famélica. B) Que Matos había sido escoltado hasta La Habana para ser juzgados por Fidel y Raúl Castro. C) Que entre los hombres mas valiosos de la Revolución se encontraban los comunistas, restándole importancia a las acusaciones de Matos de que el proceso estaba bajo influencia marxista. D) Califico de prensa amarilla y como enemigo del Pueblo a los medios que estaban denunciando los fusilamientos, defendió las ejecuciones y negó que se estuvieran fusilando a personas inocentes. Por otra parte estudiosos de la desaparición de Cienfuegos y defensores de la hipótesis de que el alto oficial fue asesinado, afirman que los agentes de la Seguridad del Estado que dirigía (2) Osvaldo Sánchez, tenebroso dirigente de las fuerzas de choque del Partido Socialista Popular, primer jefe G-2 (Inteligencia Militar), y que curiosamente también pereció en un “accidente” aéreo, vigilaban estrechamente al Comandante. Según estos individuos la Seguridad del Estado llego a la convicción de que Cienfuegos no creyó la trama urdida alrededor de Matos, y que entonces, por temor a que descubriese el complot, los hermanos Castro ordenaron su muerte. Según varias versiones, un oficial de la Fuerza Aérea de Cuba encontró una cinta magnética en la que estaban registrados los datos del despegue de la avioneta de dos motores Cessna 310, en la que viajaba Camilo Cienfuegos, pero que también en la cinta estaba grabada la información de que cuatro minutos después de decolar el Cessna 310, numero 53, despegó un caza británico tipo Sea Fury, al mando del piloto personal de Raúl Castro con su cañón de 20mm. desenfundado. (3) Publicaciones de la época señalan que el comandante Camilo Cienfuegos partió del aeropuerto de Camaguey aproximadamente a las 6 PM. del 28 de octubre de 1959 en compañía del soldado Félix Rodríguez y como piloto Luciano Fariñas Rodríguez, que tenia mas de 2,000 horas de vuelo, y vasta experiencia tripulando el modelo de avión que les transportaba. Según informaciones oficiales el piloto Fariñas nunca informó la ruta y solo una vez se comunico con la base para que el comandante Camilo Cienfuegos le impartiese instrucciones al capitán Méndez, quien quedaba al frente de la provincia. Es importante destacar que las altas esferas del gobierno se percataron de la desaparición de Cienfuegos, 24 horas después de su partida de Camaguey. El difícil comprender como una dirigencia paranoica, que percibía conspiraciones por doquier ignorase por tanto tiempo la situación de uno de los hombres mas importantes de la Revolución, que por otra parte, venia de sofocar un supuesto complot militar. El Gobierno Revolucionario de Cuba en un comunicado oficial refiere que la desaparición de la avioneta fue consecuencia de un mal tiempo entre las provincias de Camaguey y Matanzas, sin embargo investigaciones meteorólogas sobre ese día afirman que las condiciones climáticas eran razonablemente buenas. No obstante varios reportes indican que por lo menos la tripulación de dos aviones comerciales reportaron fuertes turbonadas. (4) La desaparición de Cienfuegos genero una gran cantidad de rumores. Se comento que en Aguada de Pasajeros, Las Villas, se había producido un accidente aéreo; que sobre el central Adelaida había volado una avioneta haciendo señales de luces hasta que desapareció rumbo norte en dirección al mar. (5) Un periodista de apellido Vázquez afirmo que durante la noche del miércoles había presenciado un encarnizado duelo aéreo, estas declaraciones fueron investigadas y según la versión oficial fueron posteriormente descartadas. El avión C-46 en el que viajaba el comandante Ernesto Guevara avistó en Cayo Anguila, frente a las costas de Caibarién, los restos semidestruidos de dos aparatos, uno de ellos parecía tener la línea del Cessna, mas tarde se comprobó que era un error. (6) Juan Orta, un ex-secretario de Castro le manifestó al joven poeta Iván Pórtela, cuando ambos estaban exiliados en la embajada de México: “yo estoy plenamente convencido de que el avión de Camilo fue derribado por ordenes de Fidel Castro”. Orta que estuvo tres años asilado en la embajada de México, continuo diciendo a Pórtela, “que estaba reunido con Fidel cuando Raúl Castro y Ernesto Guevara le plantearon a Fidel: Camilo se opone a cambios estructurales en el ejército rebelde, a lo que Fidel respondió. El plan será llevado a cabo, cueste lo que cueste, ni cien Camilos podrán oponérsele”. El doctor Orta en las conversaciones que sostuvo con Pórtela y en artículos que (7)escribió en el exilio, gustaba afirmar que las personas que en alguna medida estuvieron relacionadas con la misteriosa muerte-desaparición de Cienfuegos, sufrieron una suerte similar. - El piloto del Sea Fury que, supuestamente, despego poco después que lo hiciese la avioneta de Cienfuegos, desapareció. - El mecánico de avión que reportó que el caza británico traía una ametralladora completamente descargada murió ese mismo día porque un automóvil lo atropello. - El pescador que declaro que había visto que una avión caza atacaba una avioneta fue conducido a La Habana para ampliar las investigaciones y no se supo mas de él. - El comandante Cristino Naranjo, amigo personal de Camilo y oficial de la Columna Invasora que este comandaba, que había iniciado una investigación por su cuenta fue baleado a entrada del Campamento Libertad,(antigua Columbia) porque supuestamente no se había identificado. - El ejecutor el capitán Manuel Beatón, poco después se alzo en armas contra el gobierno en la Sierra Maestra, capturado y sumariamente ejecutado. No obstante, continúa Orta su relato, un miembro del tribunal, el teniente Agustín Onidio Rumbaut logro entrevistarse con el detenido y éste le confeso que Fidel Castro, Raúl Castro, Ernesto Guevara, el también comandante Félix Torres y el informador Jorge Enrique Mendoza, eran los responsables directos de la muerte de Cienfuegos. - Días mas tarde, después de haber preparado un informe confidencial, el Teniente Agustín Onidio Rumbaut murió en un “accidente de caza”. Afirma (8) Huber Matos, que Camilo Cienfuegos también estaba descontento con la penetración comunista pero que a su vez se confesaba un hombre totalmente fiel al líder de la Revolución. Apunta que en una ocasión le entrego un escrito pro marxista que había sido incluido en la publicación (9)“Verde Olivo” y que Cienfuegos se molestó y responsabilizó a Ernesto Guevara y a Raúl Castro de lo publicado. Por otra parte comenta que aun después de su arresto Cienfuegos no dejo nunca de tratarle con respeto y consideración, actitud que le era informada al Dictador por el capitán Jorge Enrique Mendoza. Matos opina que estas informaciones precipitaron las acciones punitivas contra el carismático comandante. Después de la muerte de Camilo Cienfuegos y la prisión de Huber Matos, la influencia y el poder de Mendoza se incremento considerablemente. Refiere Matos que Raúl Castro sentía una gran aversión hacia Camilo Cienfuegos por la popularidad que este tenia y que Fidel Castro temía que Cienfuegos pudiera provocar una crisis de grandes proporciones, no solo dentro de la estructura del poder revolucionario sino también en la población. Cuenta que Cienfuegos criticó la manera en que Castro dirigió su caso lo que puso en alerta al gobernante sobre posibles futuros problemas con un individuo que le había sido hasta ese momento incondicional. Continúa Matos, exponiendo que Castro envió a Cienfuegos para que le arrestase en su despacho en el regimiento “Ignacio Agramonte” con la intención de que se originase un tiroteo en el que el famoso Comandante fuese muerto y así salir de los dos de una vez por todas, pero que tuvo la precaución de ordenarle a sus oficiales que las tropas no disparasen cuando le fueran a detener, lo que frustró el supuesto plan. Sobre la avioneta Cessna 310, desaparecida con tres hombres a bordo, dice que no tiene la más mínima duda que fue abatida por orden de Fidel Castro. Apunta que el piloto, teniente Luciano Fariñas Rodríguez era un hombre muy disciplinado que no se habría desviado de la ruta sin haber pedido autorización. Este aspecto es también comentado por el doctor (10) Orta, quien afirma “que desde la torre de control aéreo de Camaguey le indicaron a Cienfuegos que el comandante Félix Torres estaba perdido sobre el mar al sur de la ciudad de Trinidad, Las Villas, y que era necesario participara en su búsqueda”. Según el declarante esto propició que un avión Sea Fury derribase el Cessna de Cienfuegos. Por otra parte afirma Matos, que estando en la prisión del Castillo del Morro, La Habana, recibió dos mensajes de Camilo en el que este le advertía que tendría que declarar en su contra ya que su situación personal, la de Cienfuegos, era muy difícil. Le decía que de ir a juicio sería fusilado y que estaba dispuesto a ayudarle para que se fugara de la prisión, a lo que el prisionero se negó aduciendo que quería un proceso judicial para denunciar públicamente lo que estaba pasando en el país. Sin embargo el también comandante (11) Lázaro Asencio, Segundo Frente Nacional del Escambray, afirma en un articulo que Cienfuegos era comunista y que sus diferencias con Raúl Castro no eran por defender a Huber Matos sino porque este protegía oficiales como el hoy general Dermidio Escalona. Continúa Asensio su relato planteando que un matrimonio que vivía en la Punta de la Bahía de Massio, cerca de Casilda, Trinidad, sintió en horas del atardecer del 28 de octubre de 1959 una terrible explosión, vio una bola de fuego que descendía del cielo y después el ruido de un avión. Apunta que cuando se conoció de la declaración el entonces capitán Osmaní Cienfuegos viajó personalmente a Casilda para conducir a La Habana al matrimonio del que no se volvió a saber, pero que supo de esta historia porque la pareja secuestrada se lo comunico a un funcionario de la Cruz Roja quién a su vez se lo hizo conocer a él. Asensio también comparte la idea de que el avión de Cienfuegos fue derribado por un avión Sea Fury, que la orden la dio el comandante comunista Félix Torres que a su vez la había recibido de los hermanos Castro. Agrega que el Oficial de Día de la Aviación, José Paz, que conoció del informe de que un Sea Fury había descargado sus ametralladoras murió en un accidente en la Vía Blanca, cuatro días después de desaparecer Camilo Cienfuegos. Concluye Asensio su relato recordando que se encontraba en la Bahía del Masio dos días después de la desaparición del Cessna, en compañía de otros oficiales del Ejercito Rebelde en la embarcación de un pescador de Casilda de nombre Juan quien señalo una mancha de aceite y una almohada que presumiblemente pertenecían a la avioneta que buscaban. Esta información se comunico de inmediato por radio. Una hora después se dijo que Cienfuegos había sido hallado vivo lo que determino que se suspendiese la búsqueda en toda la isla por varias horas lo que (12) “permitió borrar las pruebas en el Masio de la caída allí de la avioneta de Camilo Cienfuegos”. Referencias (1) Entrevista del autor a Cebrián de Quesada. Miami, noviembre -2005 (2) Entrevista con Ricardo Bofil. Osvaldo Sánchez pertenecía al grupo de acción del Partido Socialista Popular .Esta sindicado de haber asesinado al dirigente comunista disidente Sandalio Junco, 1942. Por órdenes de Castro organizó el cuerpo de la Seguridad del Estado en Cuba y fue muerto por fuego antiaéreo del ejército rebelde cuando la avioneta en que volaba sobre la provincia de Matanzas fue confundida con un avión enemigo. (3) Revista Recuento de la Gran Mentira Comunista. Reproduccion de artículos de la Revista Bohemia. Sección en Cuba. Noviembre, 6 -1959 (4) Ídem (5) Ídem (6) Dr. Juan Orta, secretario personal del Primen Ministro Fidel Castro al triunfo de la Revolución. Conversación sostenida con el poeta Iván Pórtela durante su permanencia como exiliado en la embajada de México en La Habana (7) Semanario Libre. pp. 43 a pp. 49. noviembre 9 - 2001 (8) Entrevista del autor a Hubert Matos. Diciembre 7-2005 (9) Revista interna del Ejercito Rebelde, que incluía material informativo y político. (10) Semanario Libre. pp. 43 a pp. 49. noviembre 9 -2001 (11) Semanario Libre. pp. 18. nov 5 -1999 (12) Ídem Fuente

0
6
Fortuna y Secretos de Fidel Castro
Fortuna y Secretos de Fidel Castro
InfoporAnónimo9/3/2008

. FORTUNASYSECRETOS DEFIDELCASTRO Durante 50 años de poder, el líder comunista cubano Fidel Castro ha disfrutado de una de las más grandes fortunas modernas, y de complejos agrícolas, áreas residenciales y clínicas privadas propias, según el agente de más alto rango de la inteligencia cubana que ha desertado en los últimos 20 años, el mayor Roberto Hernández del Llano. Hernández del Llano fue entrevistado durante tres sesiones especiales por la periodista cubano-estadounidense María Elvira Salazar en el programa María Elvira Live de la cadena MegaTV, en Miami, Estados Unidos. El ex mayor de la inteligencia cubana desertó en octubre pasado, luego de haber filmado importantes instalaciones oficiales y residencias de la élite gobernante cubana durante tres años. Trajo a Estados Unidos seis horas de videos. Sus afirmaciones fueron confirmadas por otros dos desertores recientes, el ex funcionario del Ministerio de Economía, Jesús Marzo Fernández y el ex escolta de Castro, Carlos Calvo, quienes también aparecieron ocasionalmente en los tres programas. Según Hernández del Llano la "multimillonaria fortuna" de Castro la manejan y protegen tres hombres poco conocidos: el cubano nacionalizado suizo Constantino Paez Roselló, quien opera las transacciones del Banco de Crédito Suizo (Credit Suisse) y del UBS en Cuba; el chileno Max Marambio, guardia personal de Salvador Allende y ex presidente de la Corporación CIMEX, también conocido como "El Guatón"; y el ex presidente de la poderosa empresa estatal Cubanacán, Abraham Maciques Maciques, hombre de gran experiencia en la arena internacional y de gran influencia dentro de Cuba. ¿Por qué depositar su confianza en tres personajes apenas conocidos?, preguntó Salazar al ex agente, quien respondió que el lazo de unión entre dos de estos individuos es una influyente mujer cubana, Lupe Véliz, viuda del histórico capitán rebelde y geólogo Antonio Nuñez Jiménez. Según Hernández del Llano, Véliz fue amante de Castro hace años y es suegra de Paez Roselló y Marambio. El lazo entre Castro y Maciques es Roxana Maciques, la esposa de este último, quien de acuerdo con Hernández del Llano "fue amante de Castro en los años 70", y con quien el líder cubano "tuvo un hijo llamado Fito". El ex mayor declaró a Salazar que "en 2006 Castro, en su retirada, regaló a Fito una casa en el casco histórico de la ciudad" de La Habana. El ex agente no mencionó el monto total de la presunta fortuna de Fidel Castro, pero aseguró que la revista Forbes, que ha afirmado que el capital del líder cubano oscila entre los 900 y los mil 500 millones de dólares podría estar en lo cierto. Del Llano se graduó de la escuela de espionaje e inteligencia de la KGB en la antigua Unión Soviética, y trabajó durante 14 años para los servicios de inteligencia cubanos. Su misión era "captar a agentes de la CIA" con el propósito de que trabajaran para Cuba. Hace 12 años se desvinculó de ese trabajo y desertó en Venezuela, recientemente. Al llegar a Estados Unidos, fue sometido a intensos interrogatorios por parte de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI), que finalmente lo liberó y le tramitó su asilo político. Residencias,ClínicasyGranjas Entre los videos presentados por Hernández del Llano en María Elvira Live, están los de 45 residencias situadas en los perímetros del llamado Punto Cero, zona donde vive Castro, su familia y sus allegados. Miles de hombres custodian a Fidel Castro como parte de sus fuerzas de seguridad personal, y trabajan en los planes especiales del "comandante en jefe" a un costo de millones de dólares, según el ex agente. Otras 200 residencias localizadas en los alrededores de Punto Cero han estado deshabitadas durante casi 30 años por órdenes del propio Castro. La Casa No. 6 de Punto Cero es la que ocupa Mirtha Díaz Balart, primera esposa de Castro y madre de su primer hijo Fidel Castro Díaz Balart, cuando visita Cuba, dijo el ex mayor de la inteligencia cubana. Mirtha Díaz Balart vive en España y es también tía de los congresistas norteamericanos de origen cubano Lincoln y Mario Díaz Balart. Los cuatro hijos de Castro con Dalia Soto del Valle, su mujer durante casi 40 años, "están obligados a vivir dentro de Punto Cero... Castro no les permite vivir fuera", dijo Hernández del Llano. Por otra parte, hace años, Castro se hizo construir una clínica en la calle 43, en el actual municipio Playa, "con todos los adelantos médicos para su uso personal y de su familia", dijo Hernández del Llano. Más tarde, otros miembros del círculo de poder comenzaron a atenderse en esa clínica, y el comandante Castro ordenó construir otra instalación médica con la más moderna tecnología dentro del propio Palacio de la Revolución, en el complejo de la Plaza de la Revolución, también para su uso personal. Según Del Llano allí recibió Castro "todos los tratamientos y operaciones o malas operaciones", en los momentos de crisis de salud que sufrió a partir de julio de 2006. Un psicólogo -dijo el ex mayor- recomendó a Castro salir de esa clínica cuando experimentó alguna mejoría, porque la instalación apenas tiene contacto con la naturaleza exterior, "es toda de concreto". El general y médico Eugenio Zelman, de 86 años, fue quien practicó las fallidas operaciones a Castro, que fueron dirigidas por el propio líder cubano. Según Hernández del Llano, Castro se negó a que le sacaran al exterior parte del intestino durante una operación del colon, como también informó en enero pasado el diario español El País. Fue necesario conectar el intestino directamente después de la operación, hecho que provocó una aguda y persistente infección que estuvo a punto de causar la muerte del dirigente comunista. Zelman, fundador del conocido Club de los 120 Años para personas longevas, fue retirado tras la crisis de salud de Castro. "Tuvieron que citar a un congreso médico como una especie de concurso en el que había que curar a un paciente con las características de la crisis de Castro, sin decir el nombre del enfermo, y fue el médico español quien lo ganó", dijo el ex agente refiriéndose al Dr. José Luis García Sabrido, quien en diciembre de 2006 visitó a Castro y afirmó más tarde en España, de manera muy escueta, que el dirigente cubano no padecía de cáncer. El ex mayor presentó también un video de una vaquería que Castro tiene en el área capitalina de Siboney, por los alrededores de Punto Cero, en la que se producen quesos especiales y otros productos lácteos para el líder cubano y sus colaboradores, y que últimamente se venden a los turistas. También se divulgaron imágenes del Complejo Agrícola-160, en Punta Brava, "con cientos de hectáreas" de terreno, en el que se crían puercos, vacas, toros, caballos e inclusive animales exóticos de Fidel Castro. La finca Kuquine del ex dictador Fulgencio Batista, colinda con el Complejo Agrícola-160 y ahora es oficialmente una casa de visita del Partido Comunista, cuyas caballerizas han terminado "como residencia de los trabajadores de la finca". Por la misma zona está el Museo Fílmico, donde se guardan fotos, videos y material cinematográfico que se han tomado a Fidel Castro durante las últimas cinco décadas. Están almacenados con una cuidadosa fórmula de climatización, que permite su preservación. Hernández del Llano también habló del llamado Museo de Fidel Castro, una edificación en la que se guardan tesoros del patrimonio nacional cubano, obras de arte y regalos que han hecho a Castro varios jefes de Estado, entre ellos, citó, Mohamar Gadafi y el ejecutado Saddam Hussein. Hernández del Llano y Marzo Fernández recordaron un escándalo que se produjo hace pocos años, cuando se perdió del museo un cuadro del conocido pintor cubano Tomás Sánchez, valorado en miles de dólares. Entre los círculos cercanos a Castro se comentó que lo había robado Antonio, uno de los hijos del dictador, pero nadie lo ha podido probar. Entrevista con el Oficial de Inteligencia de Cuba Mayor de Inteligencia Hernández del Llano Fortuna y Secretos de Fidel Castro Parte 1 Parte 2 Parte 3 Parte 4 Parte 5 Por Fidel Nuñez / 29-12-2007 Fuente .

0
21
Constitucion de Cuba - 2da Parte
Constitucion de Cuba - 2da Parte
InfoporAnónimo8/14/2008

Constitución de la República de Cuba CONTINUACION CAPÍTULO XI: LA DIVISIÓN POLÍTICO-ADMINISTRATIVA Artículo 102.- El territorio nacional, para los fines político-administrativos, se divide en provincias y municipios; el numero, los limites y la denominación de los cuales se establece en la ley. La ley puede establecer, ademas, otras divisiones. La provincia es la sociedad local, con personalidad jurídica a todos los efectos legales, organizada políticamente por la ley como eslabón intermedio entre el gobierno central y el municipal, en una extensión superficial equivalente a la del conjunto de municipios comprendidos en su demarcación territorial. Ejerce las atribuciones y cumple los deberes estatales y de administración de su competencia y tiene la obligación primordial de promover el desarrollo económico y social de su territorio, para lo cual coordina y controla la ejecución de la política, programas y planes aprobados por los órganos superiores del Estado, con el apoyo de sus municipios, conjugandolos con los intereses de estos. El Municipio es la sociedad local, con personalidad jurídica a todos los efectos legales, organizada políticamente por la ley, en una extensión territorial determinada por necesarias relaciones económicas y sociales de su población, y con capacidad para satisfacer las necesidades mínimas locales. Las provincias y los municipios, ademas de ejercer sus funciones propias, coadyuvan a la realización de los fines del Estado. CAPÍTULO XII: ÓRGANOS LOCALES DEL PODER POPULAR Artículo 103.- Las Asambleas del Poder Popular, constituidas en las demarcaciones politico-administrativas en que se divide el territorio nacional, son los órganos superiores locales del poder del Estado, y, en consecuencia, están investidas de la mas alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en sus demarcaciones respectivas y para ello, dentro del marco de su competencia, y ajustandose a la ley, ejercen gobierno. Ademas, coadyuvan al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades establecidas en su territorio que no les estén subordinadas, conforme a lo dispuesto en la ley. Las Administraciones Locales que estas Asambleas constituyen, dirigen las entidades económicas, de producción y de servicios de subordinación local, con el propósito de satisfacer las necesidades económicas, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas y recreativas de la colectividad del territorio a que se extiende la jurisdicción de cada una. Para el ejercicio de sus funciones, las Asambleas Locales del Poder Popular se apoyan en los Consejos Populares y en la iniciativa y amplia participación de la población y actúan en estrecha coordinación con las organizaciones de masas y sociales. Artículo 104.- Los Consejos Populares se constituyen en ciudades, pueblos, barrios, poblados y zonas rurales; están investidos de la mas alta autoridad para el desempeño de sus funciones; representan a la demarcación donde actúan y a la vez son representantes de los órganos del Poder Popular municipal, provincial y nacional. Trabajan activamente por la eficiencia en el desarrollo de las actividades de producción y de servicios y por la satisfacción de las necesidades asistenciales, económicas, educacionales, culturales y sociales de la población, promoviendo la mayor participación de esta y las iniciativas locales para la solución de sus problemas. Coordinan las acciones de las entidades existentes en su área de acción, promueven la cooperación entre ellas y ejercen el control y la fiscalización de sus actividades. Los Consejos Populares se constituyen a partir de los delegados elegidos en las circunscripciones, los cuales deben elegir entre ellos quien los presida. A los mismos pueden pertenecer los representantes de las organizaciones de masas y de las instituciones mas importantes en la demarcación. La ley regula la organización y atribuciones de los Consejos Populares. Artículo 105.- Dentro de los limites de su competencia las Asambleas Provinciales del Poder Popular tienen las atribuciones siguientes: a) cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado; b) aprobar y controlar, conforme a la política acordada por los organismos nacionales competentes, la ejecución del plan y del presupuesto ordinario de ingresos y gastos de la provincia; c) elegir y revocar al Presidente y Vicepresidente de la propia Asamblea; ch)designar y sustituir al Secretario de la Asamblea; d) participar en la elaboración y control de la ejecución del presupuesto y el plan técnico-económico del Estado, correspondiente a las entidades radicadas en su territorio y subordinadas a otras instancias, conforme a la ley; e) controlar y fiscalizar la actividad del órgano de administración de la provincia auxiliándose para ello de sus comisiones de trabajo; f) designar y sustituir a los miembros del órgano de Administración provincial, a propuesta de su Presidente; g) determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, educacionales, de salud, cultura les, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas al órgano de Administración provincial; h) adoptar acuerdos sobre los asuntos de administración concernientes a su demarcación territorial y que, según la ley, no correspondan a la competencia general de la Administración Central del Estado o a la de los órganos municipales de poder estatal ; i) aprobar la creación y organización de los Consejos Populares a propuesta de las Asambleas Municipales del Poder Popular; j) revocar, en el marco de su competencia, las decisiones adoptadas por el órgano de administración de la provincia, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptadas en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado; k) conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que les presenten su órgano de administración y las Asambleas del Poder Popular de nivel inferior, y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos; l) formar y disolver comisiones de trabajo; ll)atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado; m) fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país; n) cualquier otra que le atribuyan la Constitución y las leyes. Artículo 106.- Dentro de los limites de su competencia, las Asambleas Municipales del Poder Popular tienen las atribuciones siguientes: a) cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado; b) elegir y revocar al Presidente y al Vicepresidente de la Asamblea; c) designar y sustituir al Secretario de la Asamblea; ch)ejercer la fiscalización y el control de las entidades de subordinación municipal, apoyándose en sus comisiones de trabajo; d) revocar o modificar los acuerdos y disposiciones de los órganos o autoridades subordinadas a ella, que infrinjan la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, resoluciones y otras disposiciones dictados por los órganos superiores del Estado o que afecten los intereses de la comunidad, de otros territorios, o los generales del país, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptados en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado; e) adoptar acuerdos y dictar disposiciones dentro del marco de la Constitución y de las leyes vigentes, sobre asunto de interés municipal y controlar su aplicación; f) designar y sustituir a los miembros de su órgano de administración a propuesta de su Presidente; g) determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, de salud y otras de carácter así stencial, educacionales, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas a su órgano de Administración; h) proponer la creación y organización de Consejos Populares, de acuerdo con lo establecido en la ley; i) constituir y disolver comisiones de trabajo; j) aprobar el plan económico-social y el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas para ello por los organismos competentes de la Administración Central del Estado, y controlar su ejecución; k) coadyuvar al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de producción y de servicios de las entidades radicadas en su territorio que no les estén subordinadas, para lo cual podrán apoyarse en sus comisiones de trabajo y en su órg ano de Administración; l) conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que le presente su órgano de administración y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos; ll)atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado; m) fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país; n) cualquier otra que le atribuyan la Constitución y las leyes. Artículo 107.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias de las Asambleas Locales del Poder Popular son publicas, salvo en el caso que estas acuerden celebrarlas a puertas cerradas, por razón de interés de Estado o porque se trate en ellas asuntos referidos al decoro de las personas. Artículo 108.- En las sesiones de las Asambleas Locales del Poder Popular se requiere para su validez la presencia de mas de la mitad del numero total de sus integrantes. Sus acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos. Artículo 109.- Las entidades que se organizan para la satisfacción de las necesidades locales a fin de cumplir sus objetivos específicos, se rigen por las leyes, decretos-leyes y decretos; por acuerdos del Consejo de Ministros; por disposiciones que dicten los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado en asuntos de su competencia, que sean de interés general y que requieran ser regulados nacionalmente; y por los acuerdos de los órganos locales a los que se subordinan. Artículo 110.- Las comisiones permanentes de trabajo son constituidas por las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular atendiendo a los intereses específicos de su localidad, para que las auxilien en la realización de sus actividades y especialmente para ejercer el control y la fiscalización de las entidades de subordinación local y de las demás correspondientes a otros niveles de subordinación, que se encuentren radicadas en su demarcación territorial. Las comisiones de carácter temporal cumplen las tareas especificas que les son asignadas dentro del termino que se les señale. Artículo 111.- Las Asambleas Provinciales del Poder Popular se renovaran cada cinco años, que es el periodo de duración del mandato de sus delegados. Las Asambleas Municipales del Poder Popular se renovaran cada dos años y medio, que es el periodo de duración del mandato de sus delegados. Dichos mandatos solo podrán extenderse por decisión de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en los casos señalados en el Artículo 72. Artículo 112.- El mandato de los delegados a las Asambleas Locales es revocable en todo momento. La ley determina la forma, las causas y los procedimientos para ser revocados. Artículo 113.- Los delegados cumplen el mandato que les han conferido sus electores, en interés de toda la comunidad, para lo cual deberán coordinar sus funciones como tales, con sus responsabilidades y tareas habituales. La ley regula la forma en que se desarrollan estas funciones. Artículo 114.- Los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular tienen los derechos y las obligaciones que les atribuyan la Constitución y las leyes y en especial están obligados a: a) dar a conocer a la Asamblea y a la Administración de la localidad las opiniones, necesidades y dificultades que les trasmitan sus electores; b) informar a sus electores sobre la política que sigue la Asamblea y las medidas adoptadas para la solución de necesidades planteadas por la población o las dificultades que se presentan para resolverlas; c) rendir cuenta periódicamente a sus electores de su gestión personal, e informar a la Asamblea o a la Comisión a la que pertenezcan, sobre el cumplimiento de las tareas que les hayan sido encomendadas, cuando estas lo reclamen. Artículo 115.- Los delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular tienen el deber de desarrollar sus labores en beneficio de la colectividad y rendir cuenta de su gestión personal según el procedimiento que la ley establece. Artículo 116.- Las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular eligen de entre sus delegados a su Presidente y Vicepresidente. La elección se efectúa en virtud de candidaturas propuestas en la forma y según el procedimiento que la ley establece. Artículo 117.- Los Presidentes de las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular son a la vez presidentes de los respectivos Órganos de Administración y representan al Estado en sus demarcaciones territoriales. Sus atribuciones son establecidas por la ley. Artículo 118.- Los órganos de Administración que constituyen las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular funcionan de forma colegiada y su composición, integración, atribuciones y deberes se establecen en la ley. Artículo 119.- Los Consejos de Defensa Provinciales, Municipales y de las Zonas de Defensa se constituyen y preparan desde tiempo de paz para dirigir en los territorios respectivos, en las condiciones de estado de guerra, durante la guerra, la movilización general o el estado de emergencia, partiendo de un plan general de defensa y del papel y responsabilidad que corresponde a los consejos militares de los ejércitos. El Consejo de Defensa Nacional determina, conforme a la ley, la organización y atribuciones de estos Consejos. CAPÍTULO XIII: TRIBUNALES Y FISCALÍA Artículo 120.- La función de impartir justicia dimana del pueblo y es ejercida a nombre de este por el Tribunal Supremo Popular y los demás Tribunales que la ley instituye. La ley establece los principales objetivos de la actividad judicial y regula la organización de los Tribunales; la extensión de su jurisdicción y competencia; sus facultades y el modo de ejercerlas; los requisitos que deben reunir los jueces, la forma de elección de estos y las causas y procedimientos para su revocación o cese en el ejercicio de sus funciones. Artículo 121.- Los tribunales constituyen un sistema de órganos estatales, estructurado con independencia funcional de cualquier otro y subordinado jerárquicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado. El Tribunal Supremo Popular ejerce la máxima autoridad judicial y sus decisiones, en este orden, son definitivas. A través de su Consejo de Gobierno ejerce la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria; toma decisiones y dicta normas de obligado cumplimiento por todos los tribunales y, sobre la base de la experiencia de estos, imparte instrucciones de carácter obligatorio para establecer una practica judicial uniforme en la interpretación y aplicación de la ley. Artículo 122.- Los jueces, en su función de impartir justicia, son independientes y no deben obediencia mas que a la ley. Artículo 123.- Los fallos y demás resoluciones firmes de los tribunales, dictados dentro de los limites de su competencia, son de ineludible cumplimiento por los organismos estatales, las entidades económicas y sociales y los ciudadanos, tanto por los directamente afectados por ellos, como por los que no teniendo interés directo en su ejecución vengan obligados a intervenir en la misma. Artículo 124.- Para los actos de impartir justicia todos los tribunales funcionan de forma colegiada y en ellos participan, con iguales derechos y deberes, jueces profesionales y jueces legos. El desempeño de las funciones judiciales encomendadas al juez lego, dada su importancia social, tiene prioridad con respecto a su ocupación laboral habitual. Artículo 125.- Los tribunales rinden cuenta de los resultados de su trabajo en la forma y con la periodicidad que establece la ley. Artículo 126.- La facultad de revocación de los jueces corresponde al órgano que los elige. Artículo 127.- La Fiscalía General de la República es el órgano del Estado al que corresponde, como objetivos fundamentales, el control y la preservación de la legalidad, sobre la base de la vigilancia del estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales, por los organismos del Estado, entidades económicas y sociales y por los ciudadanos; y la promoción y el ejercicio de la acción penal publica en representación del Estado. La ley determina los demás objetivos y funciones, así como la forma, extensión y oportunidad en que la Fiscalía ejerce sus facultades al objeto expresado. Artículo 128.- La Fiscalía General de la República constituye una unidad orgánica subordinada únicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado. El Fiscal General de la República recibe instrucciones directas del Consejo de Estado. Al Fiscal General de la República corresponde la dirección y reglamentación de la actividad de la Fiscalía en todo el territorio nacional. Los órganos de la Fiscalía están organizados verticalmente en toda la nación, están subordinados solo a la Fiscalía General de la República y son independientes de todo órgano local. Artículo 129.- El Fiscal General de la República y los vicefiscales generales son elegidos y pueden ser revocados por la Asamblea Nacional del Poder Popular. Artículo 130.- El Fiscal General de la República rinde cuenta de su gestión ante la Asamblea Nacional del Poder Popular en la forma y con la periodicidad que establece la ley. CAPÍTULO XIV: SISTEMA ELECTORAL Artículo 131.- Todos los ciudadanos, con capacidad legal para ello, tienen derecho a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes elegidos para integrar los órganos del Poder Popular, y a participar, con este propósito, en la forma prevista en la ley, en elecciones periódicas y referendos populares, que serán de voto libre, igual y secreto. Cada elector tiene derecho a un solo voto. Artículo 132.- Tienen derecho al voto todos los cubanos, hombres y mujeres, mayores de dieciséis años de edad, excepto: a) los incapacitados mentales, previa declaración judicial de su incapacidad; b) los iñabilitados judicialmente por causa de delito. Artículo 133.- Tienen derecho a ser elegidos los ciudadanos cubanos, hombres o mujeres, que se hallen en el pleno goce de sus derechos políticos. Si la elección es para diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, deben, ademas, ser mayores de dieciocho años de edad. Artículo 134.- Los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y demás institutos armados tienen derecho a elegir y a ser elegidos, igual que los demás ciudadanos. Artículo 135.- La ley determina el numero de delegados que integran cada una de las Asambleas Provinciales y Municipales, en proporción al numero de habitantes de las respectivas demarcaciones en que, a los efectos electorales, se divide el territorio nacional. Los delegados a las Asambleas Provinciales y Municipales se eligen por el voto libre, directo y secreto de los electores. La ley regula, asimismo, el procedimiento para su elección. Artículo 136.- Para que se considere elegido un diputado o un delegado es necesario que haya obtenido mas de la mitad del numero de votos validos emitidos en la demarcación electoral de que se trate. De no concurrir esta circunstancia, o en los demás casos de plazas vacantes, la ley regula la forma en que se procedera. CAPÍTULO XV: REFORMA CONSTITUCIONAL Artículo 137.- Esta Constitución solo puede ser reformada, total o parcialmente, por la Asamblea Nacional del Poder Popular mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del numero total de sus integrantes. Si la reforma es total o se refiere a la integración y facultades de la Asamblea Nacional del Poder Popular o de su Consejo de Estado o a derechos y deberes consagrados en la Constitución, requiere, ademas, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral, en referendo convocado al efecto por la propia Asamblea. Esta Constitución proclamada el 24 de febrero de 1976, contiene las reformas aprobadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular en el XI Periodo Ordinario de Sesiones de la III Legislatura celebrada los días 10, 11 y 12 de julio de 1992. LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL Palacio de las Convenciones La Habana 26 de junio del 2002 La Nueva Cuba Junio 27, 2002 Ricardo Alarcón de Quesada, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular HAGO SABER : que la Asamblea Nacional del Poder Popular en Sesión Extraordinaria celebrada el día 26 del mes de junio del 2002, en votación nominal, conforme a las reglas que establece en su Capítulo XV, Artículo 137, la Constitución de la República, adoptó por unanimidad el Acuerdo No. - mediante el cual habilitó la siguiente Ley de Reforma Constitucional: POR CUANTO : El pueblo de Cuba titular del poder soberano del Estado y por ende del poder constituyente de la nación, que se traduce en la Constitución vigente cuyo anteproyecto original, discutido y analizado por millones de personas que aportaron sus ideas y modificaciones al texto presentado, posteriormente aprobada en referendo nacional mediante el voto libre, directo y secreto del 97,7% de los electores que acudieron a las urnas y proclamada el 24 de febrero de 1976. POR CUANTO : La Revolución socialista rescató a Cuba del humillante dominio imperialista y la convirtió en una nación libre e independiente que se fundamenta en la estrecha unidad, la cooperación y el consenso de un pueblo culto, rebelde, de hombres y mujeres valientes y heroicos, que es la fuerza, el gobierno y el poder mismo de la nación cubana y que con su valor, su inteligencia y sus ideas ha sabido enfrentar y defenderse de las agresiones del más poderoso imperio que haya conocido la historia de la humanidad. POR CUANTO : Pese a las agresiones de todo tipo y a la guerra económica impuesta por el gobierno de los Estados Unidos de América para pretender humillar, asfixiar y exterminar a nuestro pueblo, la nación cubana se ha crecido en estos gloriosos años de Revolución hasta lograr alcanzar altos índices educacionales, culturales y sociales, con una tasa de analfabetismo del 0,2%, una tasa de escolarización de la enseñanza primaria del 100%, una tasa de escolarización de la enseñanza secundaria del 99,7%, una mortalidad infantil de 6,2 por mil nacidos vivos, con 590 médicos, 743 enfermeras y 630,6 camas hospitalarias por cada cien mil habitantes y una esperanza de vida al nacer de 76 años, se logran entre muchos otros, niveles fundamentales para una vida sana, decorosa y justa de todos los ciudadanos. POR CUANTO : Las grandes transformaciones ocurridas en nuestra sociedad desde el triunfo revolucionario, incorporaron al pueblo a la conducción real del país, asumiendo un nuevo y siempre creciente protagonismo y sobre esta base ha surgido y se desarrolla una nueva institucionalidad y un sistema electoral, que garantizan el contenido democrático de la activa participación ciudadana, al reconocer, solo en el pueblo, el derecho a nominar, postular, elegir, controlar y revocar a sus representantes y que además contribuyen a desarrollar una cultura participativa que incluye la discusión y toma de decisiones sobre los principales problemas del país. POR CUANTO : Teniendo presentes las groseras medidas de agresión contra Cuba que ha anunciado el Presidente de Estados Unidos de Norteamérica, George W. Bush, aupado por la mafia terrorista radicada en Miami, en ocasión de conmemorarse cien años del establecimiento de la neocolonia yanqui, fruto de la guerra imperialista que arrebató a los cubanos su libertad, así como su declarada pretensión de derrocar el sistema político cubano y destruir la obra de la Revolución. POR CUANTO : El pueblo de Cuba, en un proceso plebiscitario popular, puesto de manifiesto en la Asamblea Extraordinaria de las direcciones nacionales de las organizaciones de masas, actos y marchas a todo lo largo y ancho del país, donde participaron más de nueve millones de personas y luego mediante la firma pública y voluntaria de 8 198 237 de electores, han solicitado a la Asamblea Nacional del Poder Popular reformar la Constitución de la República. POR TANTO : La Asamblea Nacional del Poder Popular, expresando la voluntad del pueblo de Cuba y en uso de la potestad que le confiere el Artículo 70 y en correspondencia con el inciso a) del Artículo 75 y el Artículo 137, todos de la Constitución de la República, acuerda la siguiente: LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 1 : Se modifica el Capítulo I, Fundamentos Políticos, Sociales y Económicos del Estado del modo que sigue: a) Adicionar un párrafo al final del Artículo 3. b) Adicionar un párrafo al final del Artículo 11. Los que quedan redactados de la forma siguiente: Artículo 3.- En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes. Ricardo Alarcón leyó el proyecto que fue aprobado en la sesión extraordinaria. Todos los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución. El socialismo y el sistema político y social revolucionario establecido en esta Constitución, probado por años de heroica resistencia frente a las agresiones de todo tipo y la guerra económica de los gobiernos de la potencia imperialista más poderosa que ha existido y habiendo demostrado su capacidad de transformar el país y crear una sociedad enteramente nueva y justa, es irrevocable, y Cuba no volverá jamás al capitalismo. Artículo 11.- El Estado ejerce su soberanía: a) sobre todo el territorio nacional, integrado por la Isla de Cuba, la Isla de la Juventud, las demás islas y cayos adyacentes, las aguas interiores y el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que sobre éstos se extiende; b) sobre el medio ambiente y los recursos naturales del país; c) sobre los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas, el lecho y el subsuelo de la zona económica marítima de la República, en la extensión que fija la ley, conforme a la práctica internacional. La República de Cuba repudia y considera ilegales y nulos los tratados, pactos o concesiones concertados en condiciones de desigualdad o que desconocen o disminuyen su soberanía y su integridad territorial. Las relaciones económicas, diplomáticas y políticas con cualquier otro Estado no podrán ser jamás negociadas bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera. ARTÍCULO 2: Se modifica el Capítulo XV, Reforma Constitucional, en la forma siguiente: a) Suprimir en el Artículo 137, primer párrafo, las palabras: "...total o parcialmente..." y en el segundo párrafo, las palabras: "...es total o..." b) Adicionar al final del primer párrafo del Artículo 137: "...excepto en lo que se refiere al sistema político, económico y social, cuyo carácter irrevocable lo establece el Artículo 3 del Capítulo I, y la prohibición de negociar acuerdos bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera". El cual queda redactado de la manera que sigue: Artículo 137.- Esta Constitución solo puede ser reformada por la Asamblea Nacional del Poder Popular mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de sus integrantes, excepto en lo que se refiere al sistema político, económico y social, cuyo carácter irrevocable lo establece el artículo 3 del Capítulo I, y la prohibición de negociar acuerdos bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera. Si la reforma se refiere a la integración y facultades de la Asamblea Nacional del Poder Popular o de su Consejo de Estado o a derechos y deberes consagrados en la Constitución, requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral, en referendo convocado al efecto por la propia Asamblea. ARTÍCULO 3 : Adicionar al final del texto constitucional, luego del Capítulo XV, Artículo 137, una Disposición Especial, que exprese lo siguiente: DISPOSICIÓN ESPECIAL . El pueblo de Cuba, casi en su totalidad, expresó entre los días 15 y 18 del mes de junio del 2002, su más decidido apoyo al proyecto de reforma constitucional propuesto por las organizaciones de masas en asamblea extraordinaria de todas sus direcciones nacionales que había tenido lugar el día 10 del propio mes de junio, en el cual se ratifica en todas sus partes la Constitución de la República y se propone que el carácter socialista y el sistema político y social contenido en ella sean declarados irrevocables, como digna y categórica respuesta a las exigencias y amenazas del gobierno imperialista de Estados Unidos el 20 de mayo del 2002. Todo lo cual fue aprobado por unanimidad, mediante el Acuerdo No. - adoptado en sesión extraordinaria de la V Legislatura, celebrada los días 24, 25 y 26 del mes de junio del 2002. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA: Teniendo en cuenta las modificaciones realizadas por esta Ley de Reforma Constitucional, corríjase en lo pertinente e imprímase íntegramente en un solo texto con carácter oficial la Constitución de la República de Cuba con las reformas aquí aprobadas y en el correspondiente texto único consígnese las fechas y demás datos de la presente Reforma. SEGUNDA: Se derogan cuantas disposiciones legales se opongan al cumplimiento de lo establecido en la presente Ley. TERCERA: Esta Ley de Reforma Constitucional comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República. Dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de las Convenciones, Ciudad de La Habana, a los 26 días del mes de junio del 2002, "Año de los Héroes Prisioneros del imperio". Fuente

0
1
L
Las Mentiras de Fidel Castro
InfoporAnónimo9/3/2008

¿Porqué titulamos este tema "LAS MENTIRAS DE FIDEL CASTRO"? Porque él afirma lo contrario de lo que piensa, disfraza su pensamiento haciendo que sus pronunciamientos parezcan otra cosa. Porque falsifica lo prometido quebrantando su palabra. De él podemos decir que "Miente más que habla".Castro en su Manifiesto de La Sierra, dirigido al Pueblo de Cuba y publicado en la Revista Bohemia del 26 de Julio de 1957, prometió:- Restaurar la Constitución de 1940- Convocar a elecciones libres, democráticas y multipartidistas, de acuerdo con el Código Electoral de 1943, al año de derrocado el gobierno. - Celebrar dichas elecciones a los seis meses de convocadas, o sea, que prometió gobernar provisionalmente solo año y medio. - En dicho manifiesto prometió al pueblo también total libertad de prensa, así como la excarcelación de todos los presos políticos.Las siguientes infames mentiras fueron utilizadas por el tiranosaurio para engatusar al pueblo cubano, para mas tarde traicionar los verdaderos principios de la revolución vendiendo nuestra patria al imperio del oso siberiano."Y quiero decirle al pueblo y a las madres de Cuba, que resolveré todos los problemas sin derramar una gota de sangre. Le digo a las madres, que nunca a causa de nosotros tendrán que llorar" (Fidel Castro, 9 de enero de 1959)1. "Habrá libertad para los que hablan a favor nuestro y para los que hablan en contra nuestro y nos critican". 1o. de enero de 1959 en Santiago de Cuba. Impidió toda expresión del pensamiento que no estuviera conforme con la línea fijada por el castrismo. Eliminó a cuantos osaron criticar el proceso revolucionario, enviándolos a prisión o fusilándolos.2. "Quien dice libertad de prensa, dice libertad, dice libertad de reunión; libertad de reunión y derecho a elegir libremente, no solo al Presidente, sino los trabajadores a elegir a sus dirigentes. Derechos que no se pueden arrebatar". Discurso en Camagüey, Cuba, Enero 5, 1959. Todos esos derechos les han sido arrebatados al pueblo cubano por la tiranía castrista. El 15 de enero de 1959 inicio el proceso de las purgas de los lideres sindicales, democráticamente elegidos en el X congreso de la CTC llevado a cabo en noviembre de 1959, destruyendo el movimiento sindical obrero y aboliendo los derechos conquistados por los obreros.3. "Cuando se suprime un derecho se termina por suprimir todos los demás derechos, desoyendo la democracia. Las ideas se defienden con razones, no con armas. Soy un amante de la democracia". claraciones a la prensa, La Habana, Enero 7, 1959. Precisamente ese ha sido su meta real, empezó por suprimir un derecho y terminó por suprimirlos todos, con objeto de satisfacer sus deseos de poder absoluto. Para llevarlo a cabo inicialmente enarboló la bandera democrática.4. "Para implantar una Dictadura, bastan unos cuantos. A los miles de soldados los mandaban unos cuantos generales, tenían a los soldados engañados, les habían prohibido pensar". Club de Leones, La Habana, Enero 12, 1959. A los soldados de la dictadura los manda él, el hermanísimo y sus generales mas allegados, a los que han engañado, encarcelado, ejecutado y prohibido pensar.5. "Yo no soy Comunista ni tampoco el movimiento, pero no tenemos que decir que somos anti-comunistas por agradar al extranjero". Declaraciones de Prensa, La Habana, Enero 13, 1959. Esta maquiavélica declaración la hizo para ganar tiempo, pues las condiciones no le eran propicias al comienzo del régimen para declararse marxista-leninista.6. "Los que hablan de democracia deben empezar por saber en que consiste el respeto a todas las ideas, a todas las creencias, en que consiste la libertad y el derecho de los demás... no perseguimos a nadie... Si perseguimos a un periódico y lo clausuramos, Ah!, cuando se empiece a clausurar un periódico, no se podrá sentir seguro ningún diario, cuando se empiece a perseguir a un hombre por sus ideas políticas, no se podrá sentir seguro nadie, cuando se empiece a hacer restricciones, no se podrá sentir seguro ningún derecho". Suprimió todas las ideas que criticaron su manera de gobernar, persiguió todas las creencias religiosas, clausuro todos los periódicos, las estaciones de radio y de televisión. Persiguió y mando al paredón, la cárcel o al exilio a todos aquellos que se opusieron o discreparon de sus ideas, aboliendo los derechos políticos, sociales, laborales y todos los derechos humanos.Prision en la Habana. Donde los opositores eran fusilados.En la fotografia se observa a quienes posteriormente cumpliaran, mas de 20 años de prision y otros, con menor suerte, seran fusilados.7. "Armas para que". Discurso, La Habana, Enero 15, 1959. Convirtió a la Isla en un gigantesco cuartel, llegando a tener mas de 500,000 hombres sobre las armas durante las décadas del 70 y el 80. Un libro publicado por la tiranía castrista en Abril de 1997 hace alarde de su participación militar con tropas, armamento y dinero en mas de una docena de países.8. "La Democracia es derecho para unos y para otros, que se discutan todas las teorías, todas las prédicas que se escriban, que se discutan, porque el hombre es razón y no fuerza, el hombre es inteligencia y no imposición y no capricho, que se hable, que se discuta, que lo que nosotros estamos buscando en esa libertad donde todas las ideas se discutan, en que todos tengamos derecho a pensar, libertad para escribir, libertad para reunirse, para todos los actos lícitos y legales. El hombre es verdaderamente demócrata... Y aunque sea en una esquina y donde lo oigan 20 personas si no lo pueden oír 100, ese hombre pueda expresar su pensamiento. Y si quieres sacar en mimeógrafo una tesis política que la imprima y la reparta en la Universidad sin que se lo lleven a la estación de policía ". Ante la Prensa, CMQ TV, La Habana, Abril 2, 1959. Todo eso es verdad en una democracia, no bajo la tiranía castrista en la que han sido abolidas las teorías que difieren del sistema imperante, el derecho ha escribir y de expresar las ideas que critiquen al régimen. Que se lo digan a todos aquellos que han osado expresar sus pensamientos en una esquina y han ido a parar a la cárcel.9. "Respeto al Comunismo, solo puedo decirles una cosa, NO SOY COMUNISTA, ni los comunistas tienen fuerza para ser factor determinante en mi país". Discurso en la Sociedad Norteamericana de Editores de Periódicos de Washington, abril 17, 1959. En su comparecencia en el programa de televisión "La Universidad Popular" en diciembre 1de 1961 declaró: "Puedo decir, con satisfacción plena y confidencia, que soy marxista-leninista y lo seré hasta el último día de mi vida". El ojo del amo ruso engorda al caballo.Fidel Castro en la URSS con la cupula Comunista10. "Esta revolución no es comunista sino humanista". Discurso ante la prensa, Washington, abril 17, 1959. Negó enfáticamente que el comunismo tuviera algo que ver con él, para proclamar tiempo después que había sido marxista leninista toda la vida.11. "El problema más grave de la América Latina ha sido la presencia continua de las dictaduras en el hemisferio. Aquellas que todavía permanecen, merecen nuestra atención especifica". Entrevista con Manuel Camín del diario Excélsior, 1959. El tiranosaurio Castro lleva 44 años de férrea dictadura. Sangre, sudor y lágrimas han sido para los desdichados habitantes de la isla-cárcel los frutos de estas 4 décadas de la tiranía castrista.12. "La revolución del 26 de julio, pan sin terror, pan con libertad". Discurso durante la reunión del comité de los 21 de la OEA, mayo 1959. Revolución comunista, terror sin pan ni libertad.13. "La revolución es verde como las palmas". Discurso durante la reunión del comité de los 21 de la OEA, mayo 1959. Como el melón, verde por fuera y rojo por dentro.14. "Acusó al Presidente Urrutia de estar apunto de cometer tracción al denunciar la presencia comunista en su gobierno". Comparecencia en la TV el 17 de julio de 1959. Fidel es el traidor que apoyó la infiltración comunista del ejército y elimino a todos aquellos que se opusieron a la misma.15. "Condenó al Comandante Hubert Matos a 20 años de cárcel por traidor cuando renunció a su cargo por no estar de acuerdo con la infiltración comunista en el ejército". Sentenciado el 15 de diciembre de 1959 en el Campamento de Columbia. Matos se refería a la infiltración de los comunistas, Raúl, Che y Ramiro, que reemplazaron a los miembros del 26 de julio en el ejército revolucionario con militantes comunistas. En el meeting del Consejo de Ministros antes del juicio, Fidel destituyo de sus cargos a los ministros Faustino Pérez, Manuel Ray y Enrique Oltuski por considerar a Matos inocente de actividades contrarrevolucionarias.16. "Martí era marxista". Si mi abuela tuviera ruedas sería una bicicleta. Esa futura esclavitud --decía Martí--es el socialismo. La Futura Esclavitud", New York, Abril de 1984, página 954 de las Obras Completas de José Martí.17. "Martí fue el guía espiritual del ataque al cuartel Moncada" (se asesinaron enfermos en sus camas.). Castro es totalmente contrario y tergiversador de la doctrina martiana como lo demuestran estas sentencias: "Esa futura esclavitud --decía Martí--es el socialismo. De ser siervo de si mismo, pasaría el hombre a ser siervo del estado" (La Futura Esclavitud, New York, Abril de 1984, Obras Completas de José Martí). "El derecho del obrero no puede ser nunca el odio al capital: es la armonía, la conciliación, el acercamiento común de uno y de otro" (Escenas Mexicanas, 1875). "Es rica una nación que cuenta con muchos pequeños propietarios" (Nuestra América, 1878).18. "Jamás se ha torturado a nadie en una cárcel revolucionaria". Uno de los lugares preferidos de los carceleros para sancionar a los presos lo son las llamadas "gavetas" de cuatro pies de ancho por seis de largo. Otro tipo de celda de castigo lo es la llamada "La Ratonera", en la prisión de La Cabaña, de unos 7 por 4 pies. En los últimos años las más utilizadas han sido las "tapiadas", de la cárcel de Boniato en Oriente, así como "los candados" y "el rectángulo de la muerte" en el Combinado del Este en La Habana. Ciento de miles de prisioneros políticos cubanos han sido torturados en dichas celdas.19. "En Cuba no hay opositores, solo contrarrevolucionarios pagados por los EE UU". En Cuba en los últimos 42 años no ha existido un estado de derecho, solo una sanguinaria tiranía. Este es el pensamiento de Martí con respecto a la patria: "Todo lo de la patria es de propiedad común de todo el que haya nacido en Cuba. La patria es dicha de todos y dolor de todos, y cielo para todos, y no feudo ni capellanía de nadie".Fusilamiento, sin juicio previo, de un Prisionero de Guerra (Soldado Cubano)20. "En Cuba no protegemos a los narcotraficantes". En Cuba los narcotraficantes están en el poder. El tráfico de drogas no puede tener lugar sin el conocimiento y la aprobación de Fidel Castro. Recordemos la frase del Coma_andante "Dentro de la revolución todo, fuera de la revolución nada".21. "A los etarras en Cuba los trajimos para tenerlos controlados". Tanto en el pasado como en el presente numerosos terroristas y prófugos de la justicia de varios países han sido acogidos por el tiranosaurio cubano. Castro les da entrenamiento y protección en Cuba a miembros del grupo terrorista ETA.22. "No entrenamos terroristas en nuestro territorio nacional". Castro proporcionó entrenamiento, armas y apoyo propagandístico a prácticamente todos los movimientos subversivos que asolaron el continente. En la X Cumbre Iberoamericana acabó por admitir que Cuba capacitó y entrenó a guerrilleros que han operado en varias naciones latinoamericanas.23. "Aunque caigan raíles de punta La Reforma Agraria Va". 1960. Cuatro décadas después de la instauración de La Reforma Agraria, Cuba es el único país en el hemisferio donde todos los indexes económicos han bajado. El territorio de Cuba es muy fértil y es capaz de proveer alimentación a su pueblo. Castro es el único responsable de que el pueblo Cubano no pueda comer frutas, vegetales, café y azúcar.24. "Cuba producirá mas naranja que la Florida". Desde el principio de los años sesenta se necesita una receta médica para comprar naranjas.25. "La vaca revolucionaria Ubre Blanca la mayor productora de leche en el mundo". Ja, ja, ja, no me hagas reír que tengo el labio partido. Desde principios de los años 60 a los niños al cumplir los 7 años se les suprime la leche que recibían por la libreta de racionamiento.26. "No se concibe un país libre cuya economía es de extranjeros". Febrero 24 de 1960. La Habana. Hoy mas que nunca la economía de la tiranía castrista depende en alto grado de factores externos, pues se suple con el influjo de dólares producto de las remesas, turismo e inversiones extranjeras. El índice de dolarización ya sobrepasa el 60 por ciento, lo que hace al país dependiente de la economía extranjera.Los Secretos de Fidel CastroParte 1DivShare File - Los secretos de Castro_ parte 1.flvParte 2DivShare File - Los secretos de Castro_ parte 2.flvParte 3DivShare File - Los secretos de Castro_ parte 3.flvParte 4DivShare File - Los secretos de Castro_ parte 4.flvParte 5DivShare File - Los secretos de Castro_ parte 5.flv27. "En diez años tendremos un nivel de vida superior al de los Estados Unidos". La Habana, 1962. En la actualidad el per cápita de Cuba apenas llega a 1,570 dólares, ocupando el penúltimo lugar de pobreza entre todos los países de América Latina. Sólo un país latinoamericano es más pobre que Cuba, Haití.28. "La gran batalla de los huevos ha sido ganada. De ahora en adelante el pueblo podrá contar con sesenta millones de huevos cada mes". Discurso en enero 2 de 1965, designado Año de le Agricultura. Según su aporte a las matemáticas, la producción sería de 720 millones de huevos al año. En el año 1959, para una población de 6 millones, el consumo ascendió a 47 huevos anuales por persona equivalente a 282 millones de huevos al año; mientras que en el año 2000, para una población de 11 millones, ascendió solamente a 13 huevos anuales por persona equivalente a 143 millones de huevos al año. Resultado final: cacareo sin huevos.29. "En 1970 la Isla habrá de tener 5,000 expertos en la industria ganadera y alrededor de 8 millones de vacas y terneras que habrán de ser buenas productoras de leche". Discurso durante la asamblea de la Federación de Mujeres Cubanas en diciembre de 1966. En 1959 con una población de 6.5 millones de habitantes la Isla contaba con 7 millones de cabezas de ganado vacuno. A finales del 2001, según los datos suministrados por el Anuario Estadístico de Cuba, con una población de 11.2 millones la cifra del ganado vacuno se había reducido a 4 millones de cabezas.30. "La agricultura crecerá un 15% anual durante los próximos diez años". Predicción hecha durante el discurso del 2 de enero de 1969. La crisis de la producción agrícola que sufre el país se debe a la política económica del castrismo. Cuba, que hasta 1960 exportaba productos agrícolas a los Estados Unido, no produce lo suficiente para alimentar a su población. El informe "El Estado de la Inseguridad Alimenticia en el Mundo 2001", de la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO), publicado en octubre del 2002, coloca a Cuba entre los países con una alta tasa de desnutrición, con un total de cerca de 2 millones de personas desnutridas.31. "La zafra de los 10 millones de toneladas va". Discurso a los lideres de la industria azucarera en el Teatro Blanquita, octubre 27, 1969. Todavía la estamos esperando. La zafra del 2001-2002 solo alcanzó 3.6 toneladas de azúcar, según anunció oficial. Con el desmantelamiento del 50% de los centrales, Cuba simplemente ha dejado de ser un país azucarero.32. "Desecaremos la Cienaga de Zapata y la convertiremos en tierra productiva". La Cienaga de Zapata todavía esta ahí, con los cocodrilos vivitos y coleando. El ornitólogo cubano Carlos Wotzkow, basado en sus estudios de la región, estima que el 50 por ciento del sistema ecológico de la Ciénaga de Zapata se ha perdido dada la acelerada destrucción del Medio Ambiente. En la actualidad solamente el 65% del área agrícola está en producción y el pueblo muriéndose de hambre.33 "Yo no engañe a nadie al ocultar que queríamos implantar el marxismo-leninismo en vez de un régimen dictado por la constitución de 1940 como prometimos". La mentira y el engaño son parte intrínseca de su personalidad megalomaniática. Esta es la gran mentira, la madre de las mentiras.34 "Ahora no hay censura, la prensa es libre y uno puede estar seguro de que la censura no va a ser restablecida, nunca". Desde que usurpó el poder en1959, la libertad de prensa e información dejó de existir. El régimen ha controlado y censurado los periódicos y revistas, la radio, la televisión y la industria del cine en su totalidad.35 "Hoy no hay tortura, ni asesinatos, ni dictadura. Hoy hay sólo felicidad". Estadísticas de los últimos 42 años: 44,700 fusilados; mas de 800,000 presos políticos han pasado por las cárceles; mas de 90, 000 muertos en el estrecho de la Florida tratando de escapar; alrededor de 18,000 cubanos muertos en guerras "internacionales de solidaridad". La Comisión de Derechos Humanos de la ONU ha denunciado durante los últimos diez años las torturas de los presos políticos cubanos.36 "Deseamos establecer en Cuba una verdadera democracia, sin trazo alguno de fascismo, peronismo o comunismo. Estamos en contra de toda clase de totalitarismo". Estableció un estado totalitario, el castrismo, donde se prohibieron los partidos políticos. Destruyó el movimiento obrero y se eliminaron sus múltiples conquistas laborales y sociales. Persiguió y arrinconó las instituciones religiosas. Censuró e incautó los órganos de prensa, radio y televisión. Su propósito ha sido el de detentar un poder absoluto, personal y de duración indefinida.37 "Es que todos los derechos del hombre son los derechos de la Revolución. Es que la libertad de opinar, la libertad de escribir, la libertad de hablar, la libertad de reunirse y la libertad de creer, son libertades sagradas de nuestra Revolución". Hace ya 42 años que estos derechos elementales, básicos, fundamento de una democracia, no se cumplen en Cuba. Periódicos, estaciones de radio, estaciones de televisión, han sido confiscadas, clausuradas, cerradas. Miles de personas presas o perseguidas por expresar, o tratar de expresar, sus opiniones. La negación de los derechos humanos por la tiranía castrista han originado todos los actos de barbarie, miles de fusilados, miles de presos políticos torturados, el éxodo de dos millones de cubanos, durante todo ese tiempo.38 "Nosotros hemos dicho que convertiremos a Cuba en el país más próspero de América, hemos dicho que el pueblo de Cuba alcanzará el nivel de vida más alto que ningún país del mundo, porque mientras las grandes potencias tienen que invertir un porcentaje inmenso de sus energías en fabricar armas, nosotros lo vamos a invertir todo en producir riquezas, en hacer escuelas, en establecer industrias, en poner a producir nuestros campos, en desarrollar las inmensas riquezas que tenemos en nuestra maravillosa tierra que además de rica es también la más hermosa". El programa de desarrollo de las Naciones Unidas colocó a Cuba en 1999 en el penúltimo lugar de pobreza entre los países de América Latina. Sólo un país latinoamericano es más pobre que Cuba, Haití. Los informes estadísticos de Cuba y organismos especializados reflejan que las producciones de la agricultura cubana disminuyeron, de año en año, en toda la década del 80 y del 90. Hay escasez de frutas, vegetales, papas, plátanos, mangos, boniatos, malanga, arroz y otros comestibles que tradicionalmente han sido producidos en la isla. La zafra azucarera 2001-2002 con una producción de 3.6 millones de toneladas de azúcar representa una de las más pequeñas de los últimos 50 años. Desde 1970 hasta 1990, la tiranía castrista recibió unos cinco mil millones de dólares al año en subsidios de la Unión Soviética. Durante esos años los recursos dedicados a la construcción de viviendas y la infraestructura fueron mínimos, no se mejoró el transporte público, no se suprimió la tarjeta de racionamiento, ni se mejoró el nivel de vida de la población. El per cápita de Cuba en el 2000 apenas llega a 1,570 dólares, el más bajo de todos los países de Latinoamérica.39 ¿Cuándo me ha visto nadie a mí mentirle al pueblo?. Tremenda cara dura del Comediante en Jefe. No, no le ha mentido al pueblo una sola vez, sino una y mil veces. Este tema es testimonio de ello.40 "Las mujeres cubanas se hacen jineteras (prostituyen) por que les gusta el sexo". Discurso a la Asamblea Nacional, 1992. El ministro del turismo de la tiranía ha lanzado una campaña internacional anunciando el esplendor de las mulatas cubanas, usándolas como carnada, distribuyendo pasquines (posters) de playas de arena blanca y mujeres cubanas con el torso desnudo (topless) a las agencias de viaje alrededor del mundo. El sexo, por supuesto, es la razón primordial por la que la mayoría de los turistas viajan a Cuba. En su informe del 2000-2001, la End Child Prostitution, Pornography and Trafficking (Ecpat, UK), reporta la existencia de prostitución infantil y tráfico de menores en Cuba, y añade que en el país no se han tomado medidas al respecto.41 "Cuba no constituye un peligro para la seguridad de Estados Unidos". En septiembre de1998 El FBI acusó a un grupo de diez cubanos conocidos como "La Red Avispa'', de trabajar como agentes del gobierno de Cuba en el área de Miami. Otros cuatro individuos, que no habían sido arrestados, fueron retirados por la tiranía castrista antes de que el FBI actuara en contra de ellos. Los diez han sido condenados por espiar para la tiranía castrista.Ana Belén Montes, la analista principal de asuntos cubanos del Pentágono se declaró culpable de espiar para el gobierno de la isla, fue arrestada el 21 de septiembre del 2001 a escasos 10 días después de los atentados terroristas contra el World Trade Center de Nueva York y el Pentágono. ''El hecho de que información sensitiva de seguridad nacional que pertenece a los Estados Unidos fue comprometida es un indicio de que Castro sigue determinado en penetrar al gobierno estadounidense y minar la seguridad de nuestro pueblo'', comentó el senador republicano por la Florida, Bob Graham, también presidente del Comité de Inteligencia del Senado.42 "En Cuba a nadie se le ocurrido construir ni armas nucleares, químicas, ni biológicas". Según el ex coronel soviético Ken Alibek, que fuera el segundo a cargo del desarrollo de armas bacteriológicas en la ex Unión Soviética, el programa cubano ha dado muestras irrefutables de estar produciendo armamentos biológicos desde 1991. En el reparto habanero de Cubanacán, se encuentra un complejo de investigaciones biológicas en el cual la tiranía castrista ha invertido cientos de millones de dólares y que se conoce como el Polo Científico. El centro neurálgico de este corredor biológico es el Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología (CIGB).43 "Negó que su gobierno esté preparando "un ataque cibernético contra Estados Unidos". Es el mismo que en la crisis de octubre de 1962 pidió a Khrushchev lanzar un ataque nuclear preventivo contra Estados Unidos. La Base Electrónica de Bejucal tiene la capacidad de espiar electrónicamente las telecomunicaciones de los Estados Unidos, así como la penetración en redes computacionales, interferencia microelectrónica, etc., siendo una amenaza potencial contra la seguridad de este país.44 "En Cuba no hay libros prohibidos, sino que no hay dinero para comprarlos". Declaraciones de Fidel Castro en la Feria Internacional del Libro, celebrada en febrero de 1998 en La Habana. El régimen ha controlado y censurado las ediciones de libros y publicaciones, tomándose el atributo decidir lo que el pueblo cubano puede o no puede leer. Esta censura refleja el temor a una de las grandes verdades de José Martí: "Ser cultos para ser libres". Dicha declaración creó la oportunidad de poner en marcha el proyecto de bibliotecas independientes de las cuales se han creado más de cincuenta, las cuales brindan acceso irrestricto del lector cubano a libros, revistas, documentos y otras publicaciones vetadas en las instituciones estatales por ser consideradas propaganda enemiga."Fidel Castro y los Derechos Humanos", libro editado en 1988, por la tiranía castrista es sin dudas un "Yo me acuso", donde Castro afirma:45 "A las dictaduras hay que imponerles restricciones financieras, económicas y materiales, para que no se enraícen largos años". Que mejor justificación del embargo que sus propias palabras. "Medidas diplomáticas y morales no funcionan contra las dictaduras, porque estas se burlan de los Gobiernos y de los pueblos". La comunidad internacional debe aplicar sanciones efectivas diplomáticas y comerciales sin más dilaciones y subterfugios.46 "Nuestro país no prohíbe a ninguna familia que emigre al exterior" Fidel Castro, Periódico Granma, dic. 24th, 1999. La tiranía castrista es el líder mundial en el número de familias divididas con mas de 200 casos de niños retenidos en Cuba en contra de la voluntad de sus padres que residen en el exterior. Castro es el que impide la reunificación de dichos niños con sus padres.47 "La política perseguida por la revolución es que cualquier persona que desea irse de nuestro país e ir a algún otro lugar pueden hacerlo si tiene el permiso de entrar en otro país. Nuestro país no evita que ninguna familia emigre porque la construcción de una sociedad evolutiva y justa en socialismo es una decisión voluntaria y libre". Conferencia de prensa en Pabexpo, 4 de Marzo del 2000 durante la clausura del Segundo Festival Internacional del tabaco. El Coast Guard de los Estados Unidos estima las muertes en el Estrecho de la Florida en más de 100,000. De cada uno de los "balseros" que sale de Cuba tratando de escapar por la única vía posible y que vive, 2.6 no llegan con vida. De los 39,000 que han llegado, el 2.6 que no llego suman 101,400. "Prefiero morir en el mar, que seguir viviendo en Cuba", es una expresión común entre los "balseros". Los cubanos se ven obligados a irse de esta forma ya que el derecho a salir de su país, y a regresar al mismo ha sido violado prácticamente desde el mismo inicio de la tiranía castrista.En otra epoca cuando era una reconocida y condecorada profesional de la Medicina cubanaLa Dra. Hilda Molina, no esta autorizada a salir de Cuba por Fidel Castro48 "Nosotros nunca hemos prohibido la migración legal, NUNCA." "Nosotros hemos permitido la libre migración, Estados Unidos ha puesto el limite. En más de una ocasión, cuando las familias han estado separadas, nosotros hemos presionado para su reunificación. En otras palabras, respetamos completa y absolutamente los derechos de los padres". Castro ha sido el mayor obstáculo en la reunificación de las familias cubanas. Hay literalmente miles de familias cubanas separadas por la tiranía castrista, que encabeza el mundo en este campo, como en el caso de José Cohen y otros miles de padres cubanos en EU y otros países cuyas hijas e hijos han sido secuestrados por el máximo mafioso de Las Américas.49 "Cuba no comprará ni una aspirina, ni un grano de arroz.. Han puesto un montón de restricciones (al permiso de venta de alimentos y medicinas incluido en la modificación) que la hacen humillante para el país, pero además la hacen imposible en la práctica" , dijo Castro en la manifestación llevada a cabo el 18 de octubre de 2000 frente a la Oficina de Intereses de Estados Unidos para protestar el proyecto de ley sancionado por el Senado que levanta la prohibición a la venta de productos agrícolas y medicinas. Desde diciembre del 2001 hasta diciembre del 2002, el régimen castrista ha firmado contratos de mas de $200 millones con compañías norteamericanas para la compra de sus productos pagando en efectivo.50 "Cuba jamás admitirá la dolarización ni privatización de su economía", afirmó el presidente Fidel Castro, al criticar a los gobiernos de América Latina que asumieron esos cambios económicos. Advirtió que Cuba "no se ha vestido de verde (dólar)". Declaraciones hechas en un discurso en La Habana el 15 de noviembre del 2000.La economía cubana está totalmente dolarizada. El índice de dolarización se ha incrementado 45,0 por ciento en 1996 a 49,0 por ciento en 1997, y 53,0 por ciento en 1998, lo que es indicativo de un deterioro de las funciones de la moneda nacional"."Pero en Cuba la mayor parte de la gente no tiene dólares para comprar leche y otros productos producidos en el país ni siquiera porque existen las Casas de Cambio, en las que se puede comprar la moneda estadounidense, porque en estos establecimientos el Estado vende cada dólar a 27 pesos y el salario promedio mensual es inferior a los 240 pesos"Fidel Castro... Sin Palabras...!!! 51 "El virus del dengue ha sido erradicado en Cuba", dijo Castro después de entregar diplomas a los representantes de los grupos reclutados durante la campaña". Hoy es un día de satisfacción para todos los residentes de la capital y para todo el país". Fidel Castro declaró la victoria de su gobierno en la campaña de estilo militar llevada a cabo contra el dengue durante la ceremonia donde se honró a aquellos cuyo esfuerzo ayudó a eliminar el mosquito que propaga el virus. HAVANA - Marzo 2002 (AP). Como dice el refrán "primero se coge a un mentiroso que a un cojo". A finales de diciembre del 2002, después de haber sido erradicado el virus del dengue según la propaganda oficial, el número de casos de dengue hemorrágico fue alrededor de 1000, con un número de muertes cercano a los 50. Esta fue la Victoria Pirrica del castrismo.52 . "Con la solidez de la Revolución, con el desarrollo de nuestras relaciones con todo el mundo, con nuestros sólidos vínculos con el CAME y con la Unión Soviética, garantizado en este país el combustible, garantizado en este país el trigo, los alimentos, los equipos, las inversiones industriales, con qué nos pueden amenazar los imperialistas?". Discurso en el Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba diciembre de 1975.Desde 1970 hasta 1990, Cuba recibió unos cinco mil millones de dólares al año en subsidios de la Unión Soviética. Con la desaparición del campo socialista y el desplome de la Unión Soviética a principio de los años noventa, la economía cubana sufrió un fuerte golpe, dando origen a la implantación del Período Especial, el cual todavía se encuentra vigente.Al comienzo de la revolución, Cuba se encontraba entre los tres países más prósperos de Latinoamérica. Actualmente el país más rico de Latinoamérica es Chile, y el penúltimo más pobre Cuba, superando solamente a Haití. Ambos países en 1958 eran similares en cuanto a población, la composición racial de la misma, los factores económicos y la educación. El producto interno bruto (PIB) per capita en 1958 era de $356 en Cuba y de $360 en Chile, mientras que en 2005 el estimado del World Bank es de $1,970 para Cuba y de $12,000 para Chile. La diferencia entre estos resultados es atribuible a los nefastos efectos de la tiranía sobre la economía cubana.53 . "Al principio bastante que fastidiaron con sus cancelaciones pero cuando ya por suerte no dependemos de ellos para nada, ni en el comercio, ni en los abastecimientos, ni en nada, si ya salimos victoriosos ahora, después de la victoria, ¿con qué nos pueden amenazar? ¿Con cancelar qué cosa?''. Discurso en el Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba diciembre de 1975.Desde el 2003, Estados Unidos ha sido el principal proveedor de alimentos y productos agrícolas para Cuba. Desde diciembre del 2001 hasta diciembre de 2006, el régimen castrista ha firmado contratos de más de $2,200 millones con compañías norteamericanas para la compra de sus productos pagando en efectivo. En la actualidad Estados Unidos ocupa el sexto puesto como socio comercial de Cuba.54 "La bancarrota de la economía capitalista ha confirmado lo inexorable de las predicciones de Carlos Marx, y contrasta con el creciente y vigoroso progreso de las economías de los países que, agrupados en la comunidad socialista del CAME, tienen en el sólido desarrollo de la Unión Soviética su punto fundamental de apoyo''. Discurso en el Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba diciembre de 1975.En la actualidad la deuda del régimen cubano asciende a 22,000 millones de dólares con los antiguos países del campo socialista y a 19,000 millones de dólares con el resto los países. Desde 1992 Castro no paga la deuda externa y por consiguiente no ha podido obtener más créditos de dichos países. Cuba es el único país de Latinoamérica donde los índices económicos no han experimentado ningún crecimiento en los últimos 48 años.55. "Si el Estado cubano optara por desarrollar actos terroristas,…estamos seguros de que seríamos unos terroristas muy eficientes… ¡Que nadie piense lo contrario!... no significa que hemos renunciado a ello (…) Que esto sirva de advertencia. Teatro Carlos Marx, 6 de Junio de 1976."¡Terrorismo NO!" "¡Estamos y estaremos contra el terrorismo y contra la guerra!". 29 de Septiembre de 2001.El régimen castrista ha estado involucrado en el uso de fuerza letal, secuestros, chantaje flagrante, proporcionar refugio a terroristas, mantener lazos con otros países patrocinadores de terrorismo, trafico de drogas ilegales y el lavado de dinero durante 50 años."El XX Aniversario", "El 13 de Marzo" ¿Cuantos barcos habrán sido hundidos por la sanguinaria tiranía castrista a través de los últimos 50 años, ocasionando la muerte de incontables e inocentes niños, mujeres y hombres?. La masa flotante de los icebergs solo sobresale un 10% sobre el agua, el resto bajo el agua nos es visible. Lo mismo sucede con estos asesinatos en masa, donde solo un 10% es de conocimiento público, el resto bajo el agua no se conoce todavía.Testimonio del padre Loredo: "... en cada asesinato, en cada tortura a lo largo y ancho de la historia del presidio político cubano, siempre estuvo y está, el conocimiento, el consentimiento y la responsabilidad de Fidel Castro. Yo lo acuso [1][1] Miguel Angel Loredo, sacerdote franciscano cubano, DESPUÉS DEL SILENCIO.56. ..."los que no tienen el coraje, los que no quieren adaptarse al esfuerzo, al heroísmo de la revolución, que se vayan, no los queremos, no los necesitamos"...Discurso pronunciado en Mayo de 1980.Editorial del GranmaAbril 7, 1980"¡Que se vayan los vagos!''"¡Que se vayan los antisociales!''"¡Que se vayan los lumpen!'' "¡Que se vayan los delincuentes!'' "¡Que se vaya la escoria!''Castro se deshizo de los cubanos que podían ayudar en el crecimiento económico de Cuba, las personas que la nación necesitaba para alimentar al resto de la población.En el pasado reciente, a los cerca de dos millones de exiliados cubanos, el régimen les impidió visitar su Patria por décadas. Hoy en día, la dictadura cubana se mantiene con los dólares que el exilio envía a Cuba, alrededor de $1,150 millones anuales. Durante muchos años en Cuba el dólar estuvo prohibido y era totalmente ilegal usarlo, el que fuera sorprendido con el mismo era condenado a largos años de prisión.El don de gentes, la iniciativa, el esfuerzo, la ética en el trabajo, la diligencia en los estudios y la determinación de lograr el éxito mostrado por los exiliados cubanos en Estados Unidos, podría haber sido la fundación del éxito económico de la república democrática cubana. En su lugar, privación, miseria y hambruna son el legado de Castro, su regalo a las generaciones futuras.57. "No hay sistema político, ni justicia social, ni socialismo sin economía". Fidel Castro en el VI Congreso de la ANEC, 25 de noviembre de 2005.El estado de bancarrota de la economía cubana es responsabilidad solamente del régimen castrista. Bajo este sistema, la economía seguirá deteriorándose paulatinamente, sin esperanzas de mejoría. La economía está estrechamente vinculada al desarrollo social y al nivel de vida de la población cubana, lo que hace imposible el mejoramiento de los mismos bajo el régimen actual.Según la Oficina del Censo de los EU., las empresas propiedad de cubanos en el año 2002 ascendían a 151,700, con un volumen de venta de $35,500,000 millones, que sobrepasan los $19,924,000 millones del producto interno bruto de la Isla durante el 2002. Esto a sido llevado a cabo por el 11 % de la población (1.4 millones en el exilio en los EU. contra 11.24 millones en la isla en el 2002).La mayoría de los cubanos en la Isla, si los dejaran escoger, preferiría la oportunidad a una vida mejor bajo el capitalismo sobre la igualdad de una pobreza garantizada por la tiranía castrista.58. "Tenemos asegurada cuatro veces la capacidad de generación eléctrica que va a necesitar el país. Sería muy difícil que para junio o julio del próximo año no tengamos ya el 80 por ciento de las nuevas capacidades de generación instalados, a las cuales se añaden un 80 por ciento de capacidades en plantas de emergencia", aseguró Fidel Castro en una de las sesiones de la Asamblea, Granma, La Habana, 24 de Diciembre de 2005.A pesar de los micro generadores incorporados al sistema eléctrico nacional, los apagones siguen ocurriendo casi a diario debido al deterioro de las plantas eléctricas existentes después que Castro anunciara que desaparecerían gracias a la Revolución Energética. Las fluctuaciones en el voltaje ocasionan roturas de los equipos electrodomésticos de la población, obligada por la tiranía castrista a la compra de dichos equipos, al mismo tiempo que se ha aumentado la tarifa eléctrica desde un 50% hasta un 300% por ciento por kilowatt/hora consumido.La experiencia histórica nos demuestra que la famosa revolución energética no es más otro de los fantásticos planes del dictador cubano condenados al fracaso.59. ''Es una campaña para pintarme como un ladrón. Tengo el honor de poder decir que no poseo ni cuento en mi haber con un solo dólar. Toda mi fortuna, señor Bush, cabe en el bolsillo de su camisa'', advirtió Castro, quien oficialmente recibe un sueldo mensual de 700 pesos cubanos. "Tengo el honor de poder decir que no poseo ni cuento en mi haber con un solo dólar". Programa de la TV Mesa Redonda, 15 de Mayo de 2006.María Werlau en el documento "Fidel Castro Inc.: A Global Conglomerate", provee declaraciones de testigos desertores del régimen que coinciden en describir, en diferentes épocas y circunstancias, operaciones inescrupulosas para depositar en las cuentas internacionales de Castro.Aunque los pillos comunistas mientan descaradamente parloteando sobre su honradez, la fortuna de Castro el "honrado" sigue creciendo. El dueño de la hacienda sigue exprimiendo al pueblo cubano. Hace y deshace, pone y quita a su antojo, compra y vende como le da su real gana. En adición a controlar la economía de Cuba, Castro posee y controla personalmente cuentas bancarias internacionales e inversiones bursátiles. Castro miente al retar a Forbes. Hay que describir a Castro como lo que realmente es: como el caco del siglo. Como el más desvergonzado, desorejado y descarado ladrón que han producido jamás Cuba y la América Latina entera.Revolucionarios cubanos RezandoHumberto Bert CorzoHumberto (Bert) Corzo nació en Matanzas, Cuba. Graduado de La Universidad de La Habana con el título de Ingeniero Civil en 1962. Desde su arribo a los Estados Unidos en 1969 como exiliado se estableció en Los Angeles, California, obteniendo la registración como Profesional Engineer en 1972. Cuenta con más de 45 años de experiencia en la rama de la Ingeniería Estructural. Miembro de la American Society of Civil EngineersEste trabajo fue publicado en el año 2003Fuente.

0
0
PosteameloArchivo Histórico de Taringa! (2004-2017). Preservando la inteligencia colectiva de la internet hispanohablante.

CONTACTO

18 de Septiembre 455, Casilla 52

Chillán, Región de Ñuble, Chile

Solo correo postal

© 2026 Posteamelo.com. No afiliado con Taringa! ni sus sucesores.

Contenido preservado con fines históricos y culturales.