dijo:Bueno, cuando lei esta nota se me ocurrio que de aca podemos hacer fuerza para que exista una ley similar
Chile es el primer país del mundo en aprobar Ley de Neutralidad en Internet
Con 100 votos a favor y una abstención, Chile se convierte en el primer país del mundo en aprobar una Ley que garantiza la neutralidad en la red.
Mientras que en otros países este asunto se sigue discutiendo y causando mucha polémica, en Chile parece que se ha dado un paso adelante en cuanto este tema.
La neutralidad en la red implica que los proveedores de Internet no puedan intervenir en los contenidos a los que podamos acceder los usuarios.
Si no te quedó claro lo de la neutralidad, este video de 2 minutos te lo puede aclarar.
Y de qué trata esta ley de neutralidad que se acaba de aprobar?
Básicamente consta de 5 prohibiciones:
1. Prohibición para los ISP (aquellos que prestan acceso a Internet) de interferir, discriminar o entorpecer de cualquier forma los contenidos, aplicaciones o servicios, salvo acciones destinadas a garantizar la privacidad de los usuarios, la protección contra virus y la seguridad de la red.
2. Obliga a los ISP a proveer servicios de control parental.
3. Obliga a proporcionar al cliente por escrito una serie de datos que le permitan identificar correctamente el servicio contratado.
4. Obliga a garantizar la privacidad de los usuarios, la protección contra virus y la seguridad de la red.
5. Obliga a garantizar el acceso a todo tipo de contenidos, servicios o aplicaciones disponibles en la red y ofrecer un servicio que no distinga contenidos, aplicaciones o servicios, basados en la fuente de origen del mismo o de la propiedad de éstos. Asimismo, prohíbe las actividades que restrinjan la libertad de los usuarios para el uso de los contenidos o servicios salvo expresa petición de los usuarios.
En esencia, se trata de proteger al usuario contra posibles restricciones o limitaciones que quieran imponer los proveedores de Internet(ISPs).
De paso los obligan a dar mayor información y un mejor servicio al usuario.
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