Desde el principio de los tiempos, el hombre primitivo convivió con animales. Llegó a venerarlos a través de las religiones: elefantes y vacas en la India; corderos y palomas en el Antiguo Testamento. De hecho, los gatos, antes de ser virales en las redes sociales, fueron importantísimos en la cultura egipcia. ¿Cuándo fue que comenzamos a abandonarlos en el Jardín Botánico?
La ley 14.346l considera delitos a los “malos tratos y actos de crueldad a los animales”, lo cual incluye una mala o nula alimentación; jornadas de trabajo excesivas o su empleo para una tarea para la cual no son aptos; la tracción a sangre, prohibida por la Ordenanza Municipal Nº 12.867; el tráfico ilegal de animales exóticos; abandono; y, por supuesto, su tortura, mutilación o asesinato injustificado. Desde septiembre de 2013, una reforma del código penal aumentó las sanciones contra estos delitos a inhabilitación para la tenencia del animal, indemnizaciones que van desde los mil pesos, trabajo comunitario y hasta un año de cárcel, según el caso.
Pancho, un perro comunitario que vive en avenida Jorge Newbery y la calle Fraga, en Chacarita
A comienzos de 2013, vecinos del barrio porteño de Chacarita se toparon con una propuesta que los dejó horrorizados y desconcertados por igual. Un perro, legalmente identificado bajo la figura de “Comunitario”, mordió a un joven que se acercó a su comida que se encuentra, al no pertenecer a una vivienda particular, en la avenida Jorge Newbery y Fraga. El joven agredido convocó al policía que custodiaba la zona y a los vecinos responsables del perro, y amenazó con denunciar a todos, así que el oficial ofreció: “Si quieren le pego un tiro acá mismo y así nos ahorramos los trámites”. La resolución que el efectivo propuso es ilegal porque un agente no puede dispararle a un animal a no ser que la vida de alguien corra peligro, ya que no le servirá de excusa cuando al final de su jornada deba justificar el uso de su arma.
“La ley argentina no protege a los animales, sino a la moral de la gente de la mala sensación que, se presume, le produciría a una persona ver un hecho de crueldad hacia un animal”, explica el fiscal porteño Federico Villalba Diaz, cuya fiscalía se encarga de este tipo de casos de maltrato.
La desinformación sobre qué y cómo se puede denunciar el maltrato animal hace que muchos casos queden impunes o que el sometimiento continúe. Testigos que han acudido alguna vez a una comisaría para realizar una denuncia de maltrato animal (ya que ninguna fundación ni refugio tiene el poder de recibirlas) comentan que la Policía recomienda no hacer un trámite de este tipo, alegando que “no vale la pena”.
Gato lastimado recibe tratamiento veterinario, tras una denuncia de maltrato
Por eso, el Ministerio Público incita, no solo para este tipo de casos sino para cualquier otro, a llevar a cabo las denuncias directamente ante la Fiscalía. Para ello, cuentan con la página web (www.fiscalias.gob.ar), en la que están señalizadas la opción para denunciar personalmente, con las direcciones de las fiscalías más cercanas a la ubicación de uno, la opción de hacerlo a través de correo electrónico, y el número de la línea de teléfono gratuita a la que se puede llamar las 24 horas (0800-3334-7225).
Aunque es posible efectuarla de forma anónima, el fiscal Villalba Diaz despeja el mito de que denunciar compromete a uno la causa: “Después de que uno contacta a la fiscalía para reportar un delito ligado a la ley 14.346l, nosotros mandamos un patrullero al lugar. Si la Policía encuentra el maltrato infraganti, ya no es necesario el testimonio del denunciante por lo que ya no tendría por qué estar involucrado. Si el patrullero no logra captar el hecho, se le tomará declaración al testigo (lo cual puede realizarse hasta por teléfono) y, a lo sumo, si el caso llega a juicio será llamado por última vez a declarar personalmente”.