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(IC) compras, aduana julio 2016 la posta certificado

Info7/23/2016
Hola, como ya había comentado antes. Compré algunas cosas a China por eBay y Banggood. Finalmente llamaron de “Correo Argentino” que pase. Cuando llegué me comentaron que tenía 4 paquetes en aduanas esperando, que les deje $50 por cada uno. Pedí explicación y los muchachos que atienden no me supieron explicar bien el porqué. No cuentan con la información; Se vino del fondo un tipo mayor que está a cargo y de muy mala manera me dijo: “son $50 por paquete querido” ¿está claro? O sea, si a la primera no te saben explicar no insistas “siempre hay algún viejo que te atiende malísimo” Acá la factura certificada, de que pagué un total de $200 por los 4 envíos. Como me quedé con la duda llamé por teléfono a la aduana local: Aduana GUALEGUAYCHÚ (71) Domicilio: San Lorenzo 420 Teléfono +54-03446-426263 Horario de atención: 07:00 a 15:30 No pasó mucho que me atendieron, medio corto pero bien. Me dijo el tipo que ellos ya no tienen nada que ver con los paquetes que llegan, que si no ven nada raro y estiman que valen poco, se los entregan a Correo Argentino para que los haga llegar a destino. Envié email a Correo Argentino “página oficial” [email protected] Y me respondieron de buena manera bastante rápido, siendo que le llegan miles de emails. *** Le comentamos que dicho monto corresponde a la "Tasa de Presentación de Aduana" y se cobra a cada envío que es retenido por Aduana, independientemente del valor de su contenido. *** Atentamente. Sr Alexander, De nuestra mayor consideración, nos contactamos con Usted en respuesta a su inquietud, en la cual nos solicitaba información del/los envío/s. Desde ya, agradecemos el habernos contactado por ser ésta una de las oficinas encargadas de recepcionar todo tipo de inquietud, disconformidad y mención de irregularidades en la prestación de servicios por parte de los clientes de Correo Oficial. Con respecto a su consulta, le informamos que la ADUANA (ya sea de Argentina como en los demás países), puede disponer que un envío pueda circular sin ningún inconveniente a su destino final o que sea retenido por algún motivo que lo justifique y DERIVADO AL ASIENTO ADUANERO MAS CERCANO AL DOMICILIO DEL DESTINATARIO, como así también cargar de impuestos / tasas aduaneras a la pieza ingresada al país, de las que Correo Oficial no participa, puesto que sólo se limita a entregar el envío. Por este motivo, al ser un organismo independiente de Correo, DESCONOCEMOS LOS MONTOS O TARIFAS que se deben abonar NI LAS RAZONES para detener los envíos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - EN CASO QUE EL ENVIO SEA RETENIDO, la ADUANA le enviará una notificación al DESTINATARIO, donde se lo citará a presentarse en: • el Centro Postal Internacional (CPI - RETIRO) sito en la Calle Comodoro Py y Antártida Argentina (Retiro), en el horario de Lunes a Viernes de 9 a 16 hs. • En caso que viva en el interior del país, se le indicará que debe acercarse a la oficina de ADUANA más próxima a su domicilio. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Le indicamos que además del Aviso enviado por la ADUANA (completo al dorso), el DESTINATARIO debe presentarse siempre con el Original de la documentación que el Correo Oficial reconoce como válida para acreditar la identidad: P E R S O N A S F I S I C A S • Documento Nacional de Identidad; • Cédula de Identidad vigente, extendida por la Policía Federal o Policía Provincial; • Cédula de Identidad del Mercosur; • Libreta de Enrolamiento o *Cívica; • Pasaporte de ciudadanos extranjeros visado por la autoridad nacional; • Cédulas de Identidad expedidas por autoridades de países limítrofes. • Tarjeta de Identidad Postal; • Constancia de Registro de Firma; • En caso de TERCEROS, el Aviso de Visita o una autorización firmados por el DESTINATARIO y alguna documentación ORIGINAL de las mencionadas arriba (del DESTINATARIO y de la persona autorizada, por ejemplo: los dos DNI ORIGINALES). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Según las averiguaciones realizadas, le indicamos la información que debe presentar en el puesto aduanero es: http://www.correoargentino.com.ar/sites/default/files/informacionimportante20150316.pdf y también el Formulario 4550 versión 100 (digitalizado) y acuse de recibo. Ambos Impresos. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = Si Usted está en desacuerdo con esta situación, el REMITENTE puede presentarse en el correo donde hizo el envío, presentando el comprobante de pago (ticket o factura), los datos del REMITENTE (Usted) y del DESTINATARIO, a fin de que se hagan las averiguaciones correspondientes. En cuanto al DESTINATARIO, podrá realizar su reclamo en el mismo lugar donde se encuentra el envío. Saludamos a Usted muy atentamente. También envié email a la afip [email protected] Me respondieron muy rápido a lo que esperaba. (2 días, igual que el correo). Atento a su consulta, le informamos que por aplicación de la RG 3579/14 los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial —incluido el servicio puerta a puerta— o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán confeccionar el Formulario Nº 4550 con el detalle de la adquisición realizada, con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente. Para la confección del formulario se deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Mis Aplicaciones Web”. Allí se deberá seleccionar el Formulario Nº 4550 (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada. Podrá acceder a un instructivo ingresando al siguiente link: http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/PasoaPasoF4550.pdf Recuerde que a efectos de confeccionar la declaración jurada, los adquirentes de las mercaderías deberán poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2. En caso de requerir una, deberá acompañar una nota en los términos de la Resolución General Nº 1.128 (Formulario 206/M – Formulario Multinota) en la que manifieste su voluntad de obtener la “Clave Fiscal” y acreditar su identidad mediante la presentación DNI en original y fotocopia. En caso de poseer CUIT y registrado los datos biométricos: Podrá constituirse personalmente en cualquier dependencia de esta Administración Federal, independientemente de la jurisdicción a la que pertenece. En caso de poseer CUIT sin haber registrado los datos biométricos: Deberá presentarse en la dependencia de AFIP que le corresponda según su domicilio fiscal. En caso de poseer CUIL/CDI: Podrá constituirse personalmente en cualquier dependencia de esta Administración Federal, independientemente de la jurisdicción a la que pertenece, e indistintamente de tener o no registrado los datos biométricos. En caso de no poseer el servicio habilitado deberá seguir los siguientes pasos: 1) Ingrese en nuestra página Web: http://www.afip.gob.ar/ 2) Acceso con Clave Fiscal 3) Consigne su CUIT, clave fiscal, y presione "Ingresar" 4) Ingrese al “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” que se encuentra bajo el título “Servicios Administrativos Clave Fiscal” 5) Seleccione "Adherir servicio" 6) Marque "AFIP"; “Servicios Interactivos” 7) Indique el servicio que desea habilitar “Mis Aplicaciones Web” 8) Presione "Confirmar" 9) Visualizará el F. 3283/E (no resulta necesaria su impresión) 10) Cierre la página de Internet 11) Cuando vuelva a ingresar al sistema con su CUIT y clave fiscal tendrá habilitado el servicio para operar. El Régimen de Encomiendas mediante el Correo Oficial (Res ANA 2048/82 y modif.) establece una franquicia anual por persona de U$S 25 disponible en la primera encomienda recibida. Sobre el excedente o sobre el valor total de tratarse de la segunda encomienda del año, se abona un tributo único del 50%. En tal caso, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o, en su caso, en la Aduana correspondiente, con el acuse de recibo de la declaración jurada presentada, el formulario 4550 y la constancia del pago efectuado. Podrá visualizar el formulario “F. 4550 - Compras a Proveedores del Exterior” presentado ingresando al servicio “Mis aplicaciones Web”, opción “Buscar”. Allí podrá filtrar la búsqueda por los parámetros que figuran en pantalla (CUIT, Tipo de Formulario, Versión, Período Fiscal, Estado, Fecha Modificación) y posteriormente seleccionar “Aceptar”. Como consecuencia el sistema mostrará una lista con todas las presentaciones realizadas hasta el momento, una vez localizada la Declaración Jurada, deberá seleccionar la opción “PDF” dentro de la columna “ACCIONES”. El pago de derechos se realizará vía Volante Electrónico de Pago (VEP). El mismo será generado automáticamente luego de presentar la DDJJ (F. 4550) por el servicio “Mis Aplicaciones WEB” presionando el botón “GENERAR VEP” ó bien podrá generarse a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” (podrá acceder al manual para la generación del mismo ingresando en http://www.afip.gob.ar/comprasenelexterior/documentos/GENERACIONVEPF3020.pdf) Únicamente deberá confeccionar y abonar el VEP en caso de haber recibido un aviso para retirar el envío en una oficina del Correo Oficial/Aduana. De corresponder, previo a la liberación de la mercadería, el servicio aduanero exigirá una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada y el pago adicional efectuado conforme lo establecido en el párrafo anterior. Dicha rectificativa deberá generarse ingresando al servicio “Mis aplicaciones Web”, opción “Buscar”. Allí podrá filtrar la búsqueda por los parámetros que figuran en pantalla (CUIT, Tipo de Formulario, Versión, Período Fiscal, Estado, Fecha Modificación) y posteriormente seleccionar “Aceptar”. Como consecuencia el sistema mostrará una lista con todas las presentaciones realizadas hasta el momento, una vez localizada la Declaración Jurada que desea rectificar, deberá seleccionar la opción “Rectificar” dentro de la columna “ACCIONES”. Deberá dar cumplimiento a lo indicado precedentemente para las mercaderías que se recepcionen por el sujeto comprador a partir del 21/01/2014. Al momento de confeccionar el Formulario 4550 y el Volante Electrónico de Pago, en el campo "Identificador del envío" deberá informar el número local asignado por el Correo Oficial y que éste le comunica al adquirente cuando arriba la mercadería. Un envío suele tener un número de tracking internacional y cuando llega al país el Correo Argentino le asigna otro número local. Este último es el que debe consignarse en dicho campo (posee el formato AA999999999AR). Finalmente le recordamos que por aplicación de las RG 3579/14 y RG 3582/14, se podrán efectuar compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial —incluido el servicio puerta a puerta—, en 2 oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de U$S 25, prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c) del Decreto N° 1001/82. Quedan excluidos de la limitación mencionada en el párrafo anterior los libros, medicamentos con receta médica, obras de arte de la Ley 24.633 y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero. Para mayor información podrá consultar el Micrositio "Compras en el exterior" disponible en http://www.afip.gob.ar/comprasenelexterior y las preguntas frecuentes que figuran en nuestra página Web: www.afip.gob.ar, dentro de la sección “¿Necesitás Ayuda?”opción “ABC/ Preguntas Frecuentes” sector “Normativa”, opción "Aduana y Comercio Exterior" >> "Envíos Postales y Courier". Podrá consultar la normativa citada en “Biblioteca Electrónica” ingresando en nuestra página Web: www.afip.gob.ar. Adicionalmente, podrá consultar la misma en “Infoleg” accediendo a través del siguiente link: http://www.infoleg.gob.ar/ F.G.D. Esta es toda la info actual. Y para el que no se enteró aún, ayer a la mañana escuché por Radio Continental que van a aumentar el límite de compras por año a u$s1000 por persona, y hasta 50Kg. Es solo para curriers (DHL, FeDex, otros). Si es por Correo Argentino hasta u$s200, y 5 compras al año en vez de 2. No se podrán repetir los artículos solicitados para evitar el comercio, se supone que serán para uso propio del comprador. No habrá inconvenientes de pedir celulares, notebooks, u otro artículo electrónico que necesiten conseguir a un menor costo que el local. En otro post les mostraré mis primeros 4 envíos
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