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Evitá ser estafado cuando compras un auto y mas

Info12/30/2009

Informes previos a la compra de un vehiculo usado



Evite ser estafado

Antes de concretar la operación de compraventa de un automotor y de pagar el precio convenido, exija al vendedor la exhibición del Título y la Cédula y anote:

1. Número de dominio (patente)

2. Número de Control del Título del Automotor

3. Número de Control de la Cédula de identificación (cédula verde).

Pida un “informe de dominio” en el Registro de la radicación. Con este informe usted podrá conocer los datos del titular registral (el que debe firmar la Solicitud Tipo “08” como vendedor), los de su cónyuge, los números de Control del Título y la Cédula vigentes, los datos del automotor así como las afectaciones sobre éste o sobre el titular, que debe conocer antes de comprar. Controle que los datos coincidan con los que usted tomó.


Si bien para la realización de algunos trámites es exigible la verificación policial del automotor, resulta aconsejable realizarla previamente a su adquisición en todos los casos. Es obligatoria para automotores inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 1985 (o tambien en caso de extravio del Titulo del Automotor). Verifique el automotor personalmente o por una persona de su confianza en Planta de Verificación Policial habilitada, esto impedirá que le entreguen verificaciones falsas.

Plantas Verificadoras en Capital Federal:

- Cazadores 2066 - Cap. Fed.
Horario. Lunes a Viernes de 07:00 a 18:00 Sabados 07:00 a 12:00
Teléfono. 4784-6939/40

- Av Velez Sarsfield 1901 y Zepita - Cap. Fed.
Horario. Lunes a Viernes de 07:00 a 18:00 hs, Sabados de 07:00 a 12:00 hs
Teléfono. 4301-6853/6056

- Av. Gendarmería Nacional 717 (Edificio Centinela) - Cap. Fed.
Horario. Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00 hs
Teléfono. 4310-2767

Para otras plantas en la Provincia de Buenos Aires e interior del pais Click Aqui

Al concretar la operación y salvo que concurran ambas partes al Registro a inscribir la transferencia de dominio le deberán entregar:

1. Título del Automotor
2. Cédula de identificación
3. Formulario “08” firmado por el titular registral y por su cónyuge si correspondiere, con las firmas certificadas por escribano publico o por el registro automotor.


Cedula Verde




Titulo del Automotor



Importante: Si usted no sigue estos pasos, además de poder ser victima de un delito, no podrá invocar su “buena fe”.



Transferencia de vehiculos usados

Documentación necesaria:

- Formulario “08”

- Verificación Policial del vehiculo. Formulario “12”. (obligatoria para modelos 1985 en adelante o por extravio de Titulo Automotor)

- Título del Automotor.

- Cédula de identificación.

- DNI., L.C., L.E.: original y una fotocopia.

- Formulario 381 A.F.I.P.: declaración jurada de bienes regístrales para vehiculos que hayan superado los $25.000 y no haya sido presentado en el Registro Automotor

- En caso de existir prenda, constancia de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario.

- En caso de encontrarse inscripto contrato de leasing, constancia de que el tomador del leasing está en conocimiento de la venta, mediante presentación de la copia del telegrama o carta documento emitida por el correo.

- Constancia de inscripción en la C.U.I.T., C.U.I.L. o C.D.I.

- Comprobantes de pago de impuesto provincial o municipal a la radicación de automotores

- Patentes: automotores radicados: Cáp. Fed.: al dia y en Pcia. dee Bs. As: al dia.



Patentamiento de 0 Km

Documentación necesaria:

- Certificado de Fabricación o Aduana

- Formulario "01"

- Verificación Policial. Formulario "12"

- Original y fotocopia de la factura de compra

- Original y fotocopia del documento del comprador (pág. 1, 2, último cambio de domicilio y posterior en blanco)

- Fotocopia de la constancia de la CUIL, CUIT, CDI o haber jubilatorio, del comprador

- Formulario "13A", de alta impositiva. ( A partir de determinado valor)

- Formulario 381 A.F.I.P.: declaración jurada de bienes regístrales para vehiculos que hayan superado los $25.000



Cedula Azul

Requisitos

- Se debe presentar el titular del automotor

- DNI del propietario

- Datos de las personas autorizadas a conducir el vehiculo

Cedula Azul


Denuncia de Venta

Documentación necesaria

- Formulario “11”

- Número de dominio del automotor.

- Nombre, apellido, número y tipo de documento de identidad del vendedor titular registral. Nombre y apellido del comprador. Su omisión no impedirá la toma de razón del trámite.

- Lugar y fecha en que se efectuó la entrega del automotor. Si no recordare ese dato se consignará la fecha aproximada de entrega.

- Cualquier otro dato que a juicio del presentante resulte de interés (Ej.: domicilio del comprador)

- Original y fotocopia de cualquier constancia que el vendedor posea de la celebración de venta, si la tuviere (Recibo de Venta, Responsabilidad Civil, etc)



Denuncia de robo o hurto del automotor

Qué documentación se debe presentar: Requisitos

1.- Denuncia policial o judicial del robo o hurto realizada por el titular o un tercero. En original y fotocopia simple. Allí deberá constar como mínimo el número de dominio.
2.- Solicitud Tipo “04” (para trámites varios que requieren declaración de deudas y gravámenes).
3.- Título del automotor.
4.- Cédula de identificación.
5.- Si existiere prenda: notificación al acreedor en la Solicitud Tipo “04” firmada y certificada, o acreditación de haber realizado la comunicación mediante telegrama o Carta Documento.
6.- Documento que acredite identidad:
- Argentinos: DNI, LC o LE.
- Extranjeros:

a) Sin residencia: pasaporte.
b) Con residencia permanente: DNI.
c) De países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.




Solicitud de obtención de Licencia de Conducir en forma gratuita


- ¿ En qué consiste, para qué y cuándo realizarlo?
Este trámite se realiza para el otorgamiento de la licencia de conducir , en aquellos casos, en que el interesado esté en condiciones económicas desfavorables.

- ¿Dónde y en qué horario se realiza?
El trámite se realiza en la Dirección General de Licencias, Av. Coronel Roca 5252, P.B., de lunes a viernes de 7:30 a 19:00.
Para realizarlo se deberá previamente solicitar turno
Se puede solicitar por Internet; llamando al Call Center del GCBA (0800-999-2727) o en la Dirección General de Licencias.
El mismo continúa en Av. Coronel Roca 5252 , en la ventanilla de atención al público asignada oportunamente.

- ¿Quién puede efectuarlo?
El trámite es estrictamente personal e intransferible, no se aceptan intermediaciones y/o gestorías. Estas constituyen un delito y están penadas por la Ley.

- ¿Qué se necesita para realizarlo? Requisitos:

1) Formulario impreso del turno solicitado por internet en el caso que corresponda.
2) DNI con domicilio en Ciudad de Buenos Aires y fotocopia de primera y segunda página.
3) Certificado de Libre deuda de infracciones. Esta documentación se puede tramitar en las delegaciones habilitadas de la DAI.
4) Certificado de pobreza: se tramita en el CGPC que corresponda a su domicilio, con dos testigos en cualquier.
5) Examen psico-físico: examen visual, auditivo, psicológico y clínico en la Dirección General de Licencias., el día que se inicia el trámite.
6) Asistir al Curso de Educación Vial. Este curso se dicta en las Academias Autorizadas y en la sede de la Dirección General de Licencias, Av. Coronel Roca 5252.

Para asistir al mismo se deberá previamente solicitar turno en la academia seleccionada o en la Dirección General de Licencias llamando al 4604-1333 (de lunes a viernes de 7.30 a 19.00 hs. Para cumplimentarlo, se requiere la concurrencia en dos días consecutivos de tres horas de duración por día para los trámites de otorgamiento en todas las categorías.

Los horarios disponibles en la Dirección General de Licencias son:
* Categorías Particulares (A, B): 7.30 hs., 10.30 hs. y 14.30 hs.
* Categorías Profesionales (C, D, E): 7.30 hs. y 14.30 hs.

Documentación del vehículo:

- Cédula Verde a nombre del titular del vehículo
- Constancia de seguro del vehiculo
- Patente actualizada del vehículo

Qué otro dato se debe tener en cuenta?

La vigencia de las licencias de conducir son:

- Entre los 17 y los 20 años: los menores de edad serán habilitados por un año la primera vez y por TRES (3) las siguientes renovaciones, hasta cumplir los VEINTIUN (21) años de edad.
- Entre los 21 y los 45 años: cada 5 años.
- Entre los 46 y los 60 años: cada 4 años.
- Entre los 61 y los 70 años: cada 3 años.
- De los 71 años en adelante: una vez por año.

Se debe tener en cuenta que queda a criterio médico la modificación del período de validez de la licencia, sobre la base de los resultados de los exámenes médicos.


Según la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, para transitar en regla con un automóvil es indispensable tener en cuenta varias exigencias; entre ellas, que nuestro automóvil posea los papeles adecuados. Es obligatorio también llevar matafuegos en el habitáculo y balizas portátiles. Todos los pasajeros deben tener colocados los cinturones de seguridad. Deben funcionar correctamente las luces de posición delanteras, traseras y las de stop. En rutas y autopistas del país es obligatorio circular con las luces bajas las 24 horas. Pero también debemos conocer que el incumplimiento de estas disposiciones puede impedir continuar la circulación hasta que la falta sea subsanada.




Documentos que se pueden exigir al conductor del automóvil

- Registro de conducir : No debe estar vencido.

- DNI del propietario o conductor: El conductor del vehículo o propietario del mismo debe llevar consigo el Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, libreta de enrolamiento o cédula de identidad.

- Cédula verde: El conductor debe poseer la cédula verde o documento que identifique al vehículo. La misma no puede estar vencida si es que el automóvil es conducido por una persona que no fuese su dueño.

- Patente del automotor paga: El conductor debe poseer el comprobante del pago del impuesto a la radicación del vehículo (la ley no especifica cantidades de comprobantes).

- Oblea VTV: La ley nacional de tránsito y la de la provincia de Buenos Aires establecen que los vehículos deben poseer la constancia de revisión técnica vehicular. Particularmente, en la provincia de Buenos Aires se exige el comprobante de pago y la oblea.

- Seguro Obligatorio: El Seguro debe cubrir -como mínimo- la responsabilidad civil. Nos pueden exigir además de la tarjeta del seguro, el último comprobante de pago. Este último se debe solicitar en la compañía de seguros.

- Incentivo docente: Eventualmente se puede solicitar el comprobante de pago y la oblea del Impuesto de Emergencia Fondo Nacional de Incentivo Docente, pero la ley nacional y provincial aún no lo exigen.

- Equipos de Gas: El conductor debe llevar la tarjeta de identificación del equipo y la oblea obligatoria. Si no las posee se lo multará por considerar que el vehículo no tiene las medidas de seguridad necesarias para circular.



Placas alfanumericas reflectivas



La autoridad pertinente, dando conocimiento a la autoridad de juzgamiento, puede retener:

1- A los conductores: cuando fuguen por no tener el vehículo habilitado, al conductor inhabilitado o con habilitación suspendida para conducir .

2- Registro de conducir : cuando estuviera vencido, hubiera caducado por cambio de datos no denunciados, o el titular se encuentre inhabilitado o suspendido para conducir .

3- A los vehículos: que no cumplan con las exigencias de seguridad reglamentaria, si son conducidos por personas inhabilitadas o con habilitación suspendida para conducir .




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