Bajar música de Internet no constituye delito, según lo establece en un fallo la Corte Suprema de Justicia de Colombia, siempre y cuando de esta actividad no se obtenga ningún provecho económico, en una sentencia divulgada este lunes. El fallo, cuyos apartes fueron reproducidos por la prensa, señala que cuando no se obtiene lucro respecto a la obra "resulta imposible afirmar la existencia de una conducta punible". El tribunal emitió el fallo al revertir una sentencia a 24 meses de cárcel y una multa de 2 millones (1.100 dólares) contra una persona que realizaba copias en formato Mp3 de discos de vinilo que le suministraban sus clientes. La Corte Suprema de Justicia revirtió esa condena señalando que las copias realizadas por uso personal no podían ser penalizadas pues no provocaban un detrimento contra los intereses de los autores. El fallo también determinó que cuando una persona comparte la música con otras sin obtener de ello un provecho económico, no puede considerarse que afecte los derechos del autor. Fuente :http://www.26noticias.com.ar/no-es-delito-65623.html
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