PLAN NACIONAL DE VIVIENDAS
YO NO QUIERO UN CREDITO PARA COMPRARME UN AUTO
QUIERO UN CREDITO PARA COMPRARME UNA CASA
ASI ALGUN DIA SALIR DE ACA
NO QUIERO QUE ME REGALEN NADA Y SI ES POSIBLE CONSTRUIRLA CON MIS PROPIAS MANOS
Y A TODA ESA GENTE QUE DISCRIMINA
QUE NUNCA PASO HAMBRE Y PIENSA QUE TODOS SOMOS CHORROS , VAGOS ,DROGADICTOS
LES CONTESTO CON ESTO:
Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires
ARTÍCULO 11.- Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley.
Se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admiténdose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo.
La Ciudad promueve la remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad.
2. El derecho a comunicarse, requerir, difundir y recibir información libremente y expresar sus opiniones e ideas, por cualquier medio y sin ningún tipo de censura.
5. La inviolabilidad de la propiedad. Ningún habitante puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación deberá fundarse en causa de utilidad pública, la cual debe ser calificada por ley y previamente indemnizada en su justo valor.
ARTÍCULO 17.- La Ciudad desarrolla políticas sociales coordinadas para superar las condiciones de pobreza y exclusión mediante recursos presupuestarios, técnicos y humanos. Asiste a las personas con necesidades básicas insatisfechas y promueve el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades.
ARTÍCULO 18.- La Ciudad promueve el desarrollo humano y económico equilibrado, que evite y compense las desigualdades zonales dentro de su territorio.
ARTÍCULO 20.- Se garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente.
ARTÍCULO 23.- La Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática.
ARTÍCULO 26.- El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.
ARTÍCULO 27.- La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve.
ARTÍCULO 31.- La Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado. Para ello:
1. Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos.
2. Auspicia la incorporación de los inmuebles ociosos, promueve los planes autogestionados, la integración urbanística y social de los pobladores marginados, la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral, con criterios de radicación definitiva.
ARTÍCULO 40.- La Ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su integral inserción política y social y aseguren, mediante procedimientos directos y eficaces, su participación en las decisiones que afecten al conjunto social o a su sector.
Promueve su acceso al empleo, vivienda, créditos y sistema de cobertura social.
Crea en el ámbito del Poder Ejecutivo y en las Comunas, áreas de gestión de políticas juveniles y asegura la integración de los jóvenes.
ARTÍCULO 43.- La Ciudad protege el trabajo en todas sus formas. Asegura al trabajador los derechos establecidos en la Constitución Nacional y se atiene a los convenios ratificados y considera las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo. La Ciudad provee a la formación profesional y cultural de los trabajadores y procura la observancia de su derecho a la información y consulta.
Garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional. Se reconocen y organizan las carreras por especialidad a las que se ingresa y en las que se promociona por concurso público abierto. Asegura un cupo del cinco por ciento del personal para las personas con necesidades especiales, con incorporación gradual en la forma que la ley determine. En todo contrato de concesión de servicios o de transferencia de actividades al sector privado, se preverá la aplicación estricta de esta disposición.
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Diganme si algo de esto se cumple?
Los pibes no terminan el colegio y terminan tirados en la esquina muertos por el paco.
Alguien hizo algo?
la villa 31 hace 70 años que fue fundada.
Alguien hizo algo?
cuando vas a buscar trabajo no te quieren tomar porque vivis en una villa
A mi me paso en carne propia y lo puedo contar.
A todos esos pelotudos que dicen q tenemos plasmas , directv ect
los invito a mi casa
los que poseen esas cosas son punteros politicos.
si vivo en una villa no es por comodidad sino por necesidad.
si llego a alquilar no como.
creditos nunca me dieron y como trabajo en negro no existo para los bancos.
la constitucion dice que somos todos iguales
pero para algunos somos NEGROS DESCARTABLES.
Soy argentino igual que vos como la mayoria que vive aca y tenemos los mismos derechos que un boliviano, paraguayo o peruano.
O porque no paguemos impuestos no somos personas?
O porque no pague impuestos no tenemos derechos?
alguien alguna vez vino con un plan serio de vivienda?
nunca.....
Solo nos vienen a ver cuando hay elecciones.
por todo eso y mucho mas estamos cansados
hace 10 años que pedimos medidores de luz para ser "personas"
nunca hubo una respuesta.
lo mismo que con el agua.
basta de hablar sin conocer la realidad
basta de discriminar y aportemos ideas.
basta de negociados y torres lujosas.
el problema habitacional no es solo de las villas sino de toda la argentina.
de todos los planes del gobierno ninguno incluia viviendas populares, solo autos , turismo, electrodomesticos!!
despues no nos quejemos si la olla explota porque cuando pudimos quejarnos nos quedamos callados y con la plata de los jubilados se estan haciendo un festin!!
YO NO QUIERO UN CREDITO PARA COMPRARME UN AUTO
QUIERO UN CREDITO PARA COMPRARME UNA CASA
ASI ALGUN DIA SALIR DE ACA
NO QUIERO QUE ME REGALEN NADA Y SI ES POSIBLE CONSTRUIRLA CON MIS PROPIAS MANOS
Y A TODA ESA GENTE QUE DISCRIMINA
QUE NUNCA PASO HAMBRE Y PIENSA QUE TODOS SOMOS CHORROS , VAGOS ,DROGADICTOS
LES CONTESTO CON ESTO:
Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires
ARTÍCULO 11.- Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley.
Se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admiténdose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo.
La Ciudad promueve la remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad.
2. El derecho a comunicarse, requerir, difundir y recibir información libremente y expresar sus opiniones e ideas, por cualquier medio y sin ningún tipo de censura.
5. La inviolabilidad de la propiedad. Ningún habitante puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación deberá fundarse en causa de utilidad pública, la cual debe ser calificada por ley y previamente indemnizada en su justo valor.
ARTÍCULO 17.- La Ciudad desarrolla políticas sociales coordinadas para superar las condiciones de pobreza y exclusión mediante recursos presupuestarios, técnicos y humanos. Asiste a las personas con necesidades básicas insatisfechas y promueve el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades.
ARTÍCULO 18.- La Ciudad promueve el desarrollo humano y económico equilibrado, que evite y compense las desigualdades zonales dentro de su territorio.
ARTÍCULO 20.- Se garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente.
ARTÍCULO 23.- La Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática.
ARTÍCULO 26.- El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.
ARTÍCULO 27.- La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve.
ARTÍCULO 31.- La Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado. Para ello:
1. Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos.
2. Auspicia la incorporación de los inmuebles ociosos, promueve los planes autogestionados, la integración urbanística y social de los pobladores marginados, la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral, con criterios de radicación definitiva.
ARTÍCULO 40.- La Ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su integral inserción política y social y aseguren, mediante procedimientos directos y eficaces, su participación en las decisiones que afecten al conjunto social o a su sector.
Promueve su acceso al empleo, vivienda, créditos y sistema de cobertura social.
Crea en el ámbito del Poder Ejecutivo y en las Comunas, áreas de gestión de políticas juveniles y asegura la integración de los jóvenes.
ARTÍCULO 43.- La Ciudad protege el trabajo en todas sus formas. Asegura al trabajador los derechos establecidos en la Constitución Nacional y se atiene a los convenios ratificados y considera las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo. La Ciudad provee a la formación profesional y cultural de los trabajadores y procura la observancia de su derecho a la información y consulta.
Garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional. Se reconocen y organizan las carreras por especialidad a las que se ingresa y en las que se promociona por concurso público abierto. Asegura un cupo del cinco por ciento del personal para las personas con necesidades especiales, con incorporación gradual en la forma que la ley determine. En todo contrato de concesión de servicios o de transferencia de actividades al sector privado, se preverá la aplicación estricta de esta disposición.
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Diganme si algo de esto se cumple?
Los pibes no terminan el colegio y terminan tirados en la esquina muertos por el paco.
Alguien hizo algo?
la villa 31 hace 70 años que fue fundada.
Alguien hizo algo?
cuando vas a buscar trabajo no te quieren tomar porque vivis en una villa
A mi me paso en carne propia y lo puedo contar.
A todos esos pelotudos que dicen q tenemos plasmas , directv ect
los invito a mi casa
los que poseen esas cosas son punteros politicos.
si vivo en una villa no es por comodidad sino por necesidad.
si llego a alquilar no como.
creditos nunca me dieron y como trabajo en negro no existo para los bancos.
la constitucion dice que somos todos iguales
pero para algunos somos NEGROS DESCARTABLES.
Soy argentino igual que vos como la mayoria que vive aca y tenemos los mismos derechos que un boliviano, paraguayo o peruano.
O porque no paguemos impuestos no somos personas?
O porque no pague impuestos no tenemos derechos?
alguien alguna vez vino con un plan serio de vivienda?
nunca.....
Solo nos vienen a ver cuando hay elecciones.
por todo eso y mucho mas estamos cansados
hace 10 años que pedimos medidores de luz para ser "personas"
nunca hubo una respuesta.
lo mismo que con el agua.
basta de hablar sin conocer la realidad
basta de discriminar y aportemos ideas.
basta de negociados y torres lujosas.
el problema habitacional no es solo de las villas sino de toda la argentina.
de todos los planes del gobierno ninguno incluia viviendas populares, solo autos , turismo, electrodomesticos!!

despues no nos quejemos si la olla explota porque cuando pudimos quejarnos nos quedamos callados y con la plata de los jubilados se estan haciendo un festin!!