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lerperpur

Usuario (Argentina)

Primer post: 18 jun 2012Último post: 24 abr 2017
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delincuencia en pcia de Bs As datos objetivos
InfoporAnónimo5/21/2014

Vos taringuero que pide penas duras, vos taringuero que pide represión y bala, vos taringuero que dice que en imposible convivir con la delincuencia. te voy a pasar un detallado informe de lo que realmente pasa en la provincia de Buenos Aires con la delincuencia. Estos datos son bastante objetivos ya que a esta altura todavia no han pasado por grados politicos (por si pensas que estos datos fueron retocados por políticos de turno a los que les conviene esconder cosas bajo la alfombra. PROCURACIÓN GENERAL ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INFORME ESTADÍSTICO ANUAL 2013 METODOLOGÍA Y ABORDAJE El presente Informe Estadístico Anual 2013 tiene por objeto analizar los datos obrantes en el Registro Único de Personas Detenidas de la Procuración General -en adelante: RUD- al 17 de Diciembre de 2013. Se consideran en este informe, las personas mayores de edad1 que han sido informadas al RUD como detenidas a disposición del fuero penal del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, bajo el régimen de la Ley 11.922 y sus modificatorias (cfr. Res. 3198/09 PG/SCBA)2 . A la fecha de elaboración del informe, constan en el RUD 149 personas con medida de seguridad dispuesta por un organismo jurisdiccional del fuero penal (art. 34, Código Penal). Dadas las características del instituto, que se diferencian sustancialmente del trámite ordinario del proceso penal, las personas detenidas bajo medidas de seguridad en los términos del art. 34 del Código Penal, no han sido incluidas en este informe. En todos los casos en que en este Informe se alude a “personas”, se hace en referencia a personas físicas, con independencia de la cantidad de procesos en los cuales medie imputación contra cada una de ellas. En los casos en que se verificó la existencia de más de un proceso, se consideró para la presente estadística aquél que conste en un estadío procesal más avanzado. El presente informe se divide en dos segmentos. En el primer título (“Estado de situación de las personas privadas de la libertad al 17 de diciembre de 2013), se toma como base la nómina de todas las personas detenidas a esa fecha y –sobre ese universo- se analizan distintos indicadores. En cambio, en el segundo tramo del Informe (“Evolución de Indicadores de detención”), se da cuenta de diversos indicadores procesales correspondientes a las personas que fueron detenidas durante el período 2009-2013, más allá de si las mismas continúan en ese estado o recuperaron su libertad personal. Por último, cabe aclarar que a los fines del presente informe, el Departamento Judicial de Mercedes, comprende también los partidos de Moreno y General Rodríguez. 1 Los datos de las personas detenidas bajo el régimen de la Ley 13.634, son objeto de tratamiento a través de un Registro específico (Registro de Procesos del Niño). 2 No se incluyeron los registros correspondientes a personas que permanecen detenidas bajo la Ley 3.589, ya que dicha normativa presenta características procesales cuyas diferencias con la Ley 11.922 tornan inconsistente –técnica y jurídicamente- su análisis conjunto. I. ESTADO DE SITUACIÓN DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD AL 17 DE DICIEMBRE DE 2013 Bajo este título, se consideran diversos indicadores estadísticos correspondientes a las personas que al 17 de diciembre de 2013, permanecen privadas de libertad a disposición del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, a saber: a) Datos generales b) Tasa de detención por departamento judicial c) Detenidos con arresto o prisión domiciliaria d) Detenidos según sexo e) Detenidos según edad f) Detenidos según estado procesal g) Detenidos según estado procesal y departamento judicial h) Detenidos según delito i) Participación de cada departamento judicial en la cantidad de personas detenidas y en la distribución de los lugares de alojamiento del servicio penitenciario bonaerense. DATOS GENERALES Del banco de datos del RUD, al día 17 de diciembre de 2013 surge un total de 31.621 personas privadas de la libertad en los términos de la Ley 11.922. Dicho número incluye todas las personas detenidas a disposición del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, alojadas tanto en la esfera del Servicio Penitenciario Bonaerense, cuanto en las Alcaidías y dependencias policiales de la Provincia; como asimismo los arrestos o prisiones domiciliarias y, en menor medida, las personas ubicadas en el Servicio Penitenciario Federal o los Servicios Penitenciarios de otras provincias. El siguiente cuadro muestra la cantidad de personas detenidas por Departamento Judicial. Cuadro N° 1: Cantidad de personas detenidas(1) al 17 de Diciembre de 2013, por Departamento Judicial Dpto. Judicial Total Porcentaje Azul 626 2% Bahía Blanca 765 2% Dolores 452 1% Junín 321 1% La Matanza 3004 10% La Plata 2852 9% Lomas De Zamora 5118 16% Mar Del Plata 1330 4% Mercedes 2804 9% Morón 2521 8% Necochea 168 1% Pergamino 244 1% Quilmes 2521 8% San Isidro 2789 9% San Martin 4141 13% San Nicolás 756 2% Trenque Lauquen 364 1% Zárate-Campana 845 3% Total Provincial 31621 100% (1) Incluye personas detenidas bajo prisión o arresto domiciliario. (2) Los detenidos del Dpto. Judicial Necochea en etapa de ejecución (41), fueron computados en ese Departamento Judicial pese a que se encuentran a disposición de Juzgados de Ejecución de Mar del Plata. Los detenidos del Dpto. Judicial Pergamino en etapa de ejecución (58), por su parte, fueron considerados en ese Dpto. Judicial pese a que se encuentran a disposición del Juzgado de Ejecución de Junín. Fuente: RUD, 17/12/2013 Dpto. Judicial Total Porcentaje Azul 626 2% Bahía Blanca 765 2% Dolores 452 1% Junín 321 1% La Matanza 3004 10% La Plata 2852 9% Lomas De Zamora 5118 16% Mar Del Plata 1330 4% Mercedes 2804 9% Morón 2521 8% Necochea 168 1% Pergamino 244 1% Quilmes 2521 8% San Isidro 2789 9% San Martin 4141 13% San Nicolás 756 2% Trenque Lauquen 364 1% Zárate-Campana 845 3% Total Provincial 31621 100% (1) Incluye personas detenidas bajo prisión o arresto domiciliario. (2) Los detenidos del Dpto. Judicial Necochea en etapa de ejecución (41), fueron computados en ese Departamento Judicial pese a que se encuentran a disposición de Juzgados de Ejecución de Mar del Plata. Los detenidos del Dpto. Judicial Pergamino en etapa de ejecución (58), por su parte, fueron considerados en ese Dpto. Judicial pese a que se encuentran a disposición del Juzgado de Ejecución de Junín. Fuente: RUD, 17/12/2013 Conforme surge del cuadro y el gráfico anterior, Lomas de Zamora es el Departamento Judicial con mayor cantidad de personas privadas de la libertad en la Provincia de Buenos Aires, con un total que asciende a las 5118 personas, representando un 16% del total de detenidos de la provincia; seguido por San Martín (13%), La Matanza, (10%) La Plata (9%), San Isidro (9%) y Mercedes (9%). Estos seis Departamentos Judiciales, sumados, explican el 66% de personas privadas de la libertad de toda la provincia de Buenos Aires. En cuanto a los Departamentos con menor cantidad de detenidos, encontramos Necochea con 168 detenidos, seguido por Pergamino con 244 detenidos, Junín con 321 detenidos y Trenque Lauquen con 364 personas privadas de la libertad. Cuadro N° 2: Cantidad de personas detenidas al 17 de Diciembre de 2013, según localización del Departamento Judicial Interviniente (1) Detenidos Porcentaje Conurbano 20094 64% Interior 11527 36% Total 31621 100% (1) A los fines de este informe, se considera “Conurbano” a los Departamentos Judiciales de La Matanza, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Isidro y San Martín. Fuente: RUD, 17/12/2013 TASA DE DETENCIÓN POR DEPARTAMENTO JUDICIAL El siguiente cuadro nos muestra la tasa de detención de los 18 Departamentos Judiciales. La tasa de detención es una fórmula que permite conocer la cantidad de personas detenidas cada 100.000 habitantes. Se computaron en el cálculo todas las personas detenidas al 17 de diciembre de 2013, incluyendo las alojadas en dependencias policiales e incluso aquellas respecto de las cuales aún no se ha resuelto el dictado de prisión preventiva o se ha otorgado arresto o prisión domiciliaria. Cuadro N° 3: Tasa de detención según Departamento Judicial (1) (1)Conforme la nómina de personas que constaban en el RUD como actualmente detenidas al 17/12/2013. Fuente: RUD, 17/12/2013. (2) Elaboración del Dpto. de Control de Gestión de la Procuración General, conforme datos del Censo Nacional del año 2010. Del presente cuadro surge que la tasa de detención de la provincia de Buenos Aires asciende a 202 detenidos cada 100.000 habitantes. Entre los Departamentos Judiciales con índices más altos aparecen San Martín (256) Mercedes (255) y La Plata Dpto Judicial Personas Detenidas Población (2) Tasa de detención (detenidos por cada 100,000 habitantes) Azul 626 435636 144 Bahía Blanca 765 626894 122 Dolores 452 284172 159 Junín 321 274158 117 La Matanza 3004 1775816 169 La Plata 2852 1160614 246 Lomas De Zamora 5118 2435802 210 Mar Del Plata 1330 723685 184 Mercedes 2804 1098701 255 Morón 2521 1198668 210 Necochea 168 118855 141 Pergamino 244 129480 188 Quilmes 2521 1333192 189 San Isidro 2789 1400996 199 San Martin 4141 1618813 256 San Nicolás 756 314234 241 Trenque Lauquen 364 243214 150 Zárate-Campana 845 452154 187 Total Provincial 31621 15625084 202 Registro de Personas Detenidas – Informe Estadístico 2013 - Página 9 de 37 (246). Por su parte, Necochea (141), Bahía Blanca (122) y Junín (117) surgen como los Departamentos Judiciales con tasas de detención más reducidas respecto a su población DETENIDOS CON PRISIÓN O ARRESTO DOMICILIARIO POR DEPARTAMENTO JUDICIAL El siguiente cuadro nos muestra la cantidad de detenidos con prisión o arresto domiciliario, y la participación porcentual en relación al total de detenidos de cada departamento judicial. Cuadro N° 4: Cantidad de personas detenidas con prisión o arresto domiciliario, respecto del total de detenidos de cada Departamento Judicial (1) (1)Conforme la nómina de personas que constaban en el RUD como actualmente detenidas al 17/12/2013. Fuente: RUD, 17/12/2013. Depto. Judicial Detenidos en general Detenidos con prisión o arresto domiciliario Porcentaje de detenidos con prisión o arresto domiciliario sobre el total Departamental Azul 626 63 10% Bahía Blanca 765 55 7% Dolores 452 100 22% Junín 321 38 12% La Matanza 3004 45 1% La Plata 2852 247 9% Lomas De Zamora 5118 198 4% Mar Del Plata 1330 122 9% Mercedes 2804 197 7% Morón 2521 66 3% Necochea 168 46 27% Pergamino 244 63 26% Quilmes 2521 191 8% San Isidro 2789 66 2% San Martin 4141 67 2% San Nicolás 756 91 12% Trenque Lauquen 364 21 6% Zárate-Campana 845 17 2% Total Provincial 31621 1693 5% DETENIDOS SEGÚN SEXO El siguiente cuadro nos muestra la cantidad de detenidos según sexo. Cuadro N° 5: Cantidad de personas detenidas al 17/12/2013, según sexo (1) Sexo Detenidos Femenino 1610 Masculino 30011 Total 31621 (1) Conforme la nómina de personas que constaban en el RUD como actualmente detenidas al 17/12/2013. Fuente: RUD, 17/12/2013. femenino, en el total de personas detenidas en cada Departamento Judicial. Cuadro N° 6: Cantidad de personas detenidas al 17 de diciembre de 2013 según sexo, en porcentajes sobre el total de cada Departamento Judicial (1) Dpto Judicial Femenino Masculino Total Azul 5% 95% 100% Bahía Blanca 5% 95% 100% Dolores 4% 96% 100% Junín 4% 96% 100% La Matanza 6% 94% 100% La Plata 5% 95% 100% Lomas De Zamora 6% 94% 100% Mar Del Plata 5% 95% 100% Mercedes 3% 97% 100% Morón 5% 95% 100% Necochea 3% 97% 100% Pergamino 5% 95% 100% Quilmes 7% 93% 100% San Isidro 5% 95% 100% San Martin 5% 95% 100% San Nicolás 5% 95% 100% Trenque Lauquen 4% 96% 100% Zárate-Campana 3% 97% 100% Total Provincial 5% 95% 100% (1) Fuente: RUD, datos al 17/12/2013 Del presente cuadro surge que en la Provincia de Buenos Aires el 95% de las personas privadas de la libertad son de sexo masculino, y sólo un 5% es femenino. La información presenta escasas variaciones en los distintos Departamentos Judiciales, resaltando Quilmes (con un 7% de personas detenidas de sexo femenino) y Zárate – Campana, Mercedes y Necochea (con sólo el 3% de personas detenidas de ese sexo). Registro de Personas Detenidas – Informe Estadístico 2013 - Página 15 de 37 DETENIDOS SEGÚN EDAD El siguiente cuadro nos muestra el promedio de edad de los detenidos, según rango etario y Departamento Judicial. Para la presente estadística, se calculó primero la edad actual de los detenidos –al 17 de diciembre de 2013- en función de la fecha de nacimiento informada; luego se agruparon los datos según los rangos etarios que surgen del cuadro, y finalmente, se computó la cantidad de detenidos que surgen en cada rango etario, en porcentajes sobre el total de detenidos de cada Departamento Judicial. Cuadro N°7: Detenidos según rango etario y Departamento Judicial, en porcentajes sobre el total de cada Departamento Judicial (1) Dpto. Judicial Menos de 30 años de edad Entre 30 y 40 años de edad Más de 40 años de edad Azul 41% 29% 30% Bahia Blanca 48% 33% 20% Dolores 34% 40% 26% Junin 43% 35% 22% La Matanza 53% 30% 17% La Plata 49% 33% 19% Lomas De Zamora 49% 33% 18% Mar Del Plata 55% 30% 16% Mercedes 44% 33% 23% Moron 47% 34% 19% Necochea 53% 29% 18% Pergamino 59% 25% 16% Quilmes 45% 34% 21% San Isidro 45% 35% 20% San Martin 56% 28% 16% San Nicolas 54% 28% 17% Trenque Lauquen 44% 26% 30% Zarate-campana 48% 31% 21% Total Provincial 49% 32% 19% (1) Datos según promedio de edad al 17/12/2013, computando la fecha de nacimiento en los casos en que consta correctamente informada. Fuente: RUD, datos al 17/12/2013 Si bien se presentan fluctuaciones, puede apreciarse que un importante segmento de las personas detenidas en la Provincia de Buenos Aires (el 49%), cuenta con menos de 30 años de edad DETENIDOS SEGÚN ESTADO PROCESAL El cuadro y el gráfico siguientes, nos muestran los estados procesales en que se encuentran las personas que constan como actualmente detenidas en la Provincia de Buenos Aires, al 17 de diciembre de 2013. Cuadro N° 8: Cantidad de personas detenidas al 17 de diciembre de 2013, según su estado procesal (1) Estado Procesal Cantidad de Detenidos Porcentaje Detenido 13833 43,7 % Detenido (sentencia no firme) 4956 15,7 % Condenado 12832 40,6 % Total 31621 100 % (1) En los casos de personas detenidas en más de un proceso, se consideró el estado procesal más avanzado. Fuente: RUD, 17/12/2013 Cuadro N° 9: Cantidad de personas detenidas al 17 de diciembre de 2013 sin sentencia de primera instancia, según tipo de organismo jurisdiccional interviniente (1) Tipo de organismo Participación porcentual Juzgados de Garantías 44% Organismos de Juicio (2) 56% Total 100% (1) Se consideran aquí “Organismos de Juicio” a los Juzgados Correccionales y los Tribunales en lo Criminal. (2) Fuente: RUD, 17/12/2013 DETENIDOS SEGÚN ESTADO PROCESAL Y DEPARTAMENTO JUDICIAL El siguiente cuadro nos muestra la cantidad de detenidos de cada Departamento Judicial según su estado procesal. Cuadro N° 10: Cantidad de personas detenidas al 17 de diciembre de 2013, según su estado procesal, por Departamento Judicial (1) (1) En los casos de personas detenidas en más de un proceso, se consideró el estado procesal más avanzado. Los detenidos del Dpto. Judicial Necochea en etapa de ejecución (41), fueron computados en ese Departamento Judicial pese a que se encuentran a disposición de Juzgados de Ejecución de Mar del Plata. Los detenidos del Dpto. Judicial Pergamino en etapa de ejecución (58), por su parte, fueron considerados en ese Dpto. Judicial pese a que se encuentran a disposición del Juzgado de Ejecución de Junín. Fuente: RUD, 17/12/2013. Dpto. Judicial Detenido Detenido (sentencia no firme) Detenido (condenado) Total Azul 241 161 224 626 Bahia Blanca 175 198 392 765 Dolores 252 104 96 452 Junin 108 67 146 321 La Matanza 1109 391 1504 3004 La Plata 1703 316 833 2852 Lomas De Zamora 2104 869 2145 5118 Mar Del Plata 548 225 557 1330 Mercedes 1391 185 1228 2804 Moron 758 548 1215 2521 Necochea 86 37 45 168 Pergamino 124 55 65 244 Quilmes 1431 347 743 2521 San Isidro 1014 518 1257 2789 San Martin 1786 572 1783 4141 San Nicolas 358 214 184 756 Trenque Lauquen 140 68 156 364 Zarate-campana 505 81 259 845 Total DETENIDOS SEGÚN ESTADO PROCESAL Y DEPARTAMENTO JUDICIAL El siguiente cuadro nos muestra la cantidad de detenidos de cada Departamento Judicial según su estado procesal. Cuadro N° 10: Cantidad de personas detenidas al 17 de diciembre de 2013, según su estado procesal, por Departamento Judicial (1) (1) En los casos de personas detenidas en más de un proceso, se consideró el estado procesal más avanzado. Los detenidos del Dpto. Judicial Necochea en etapa de ejecución (41), fueron computados en ese Departamento Judicial pese a que se encuentran a disposición de Juzgados de Ejecución de Mar del Plata. Los detenidos del Dpto. Judicial Pergamino en etapa de ejecución (58), por su parte, fueron considerados en ese Dpto. Judicial pese a que se encuentran a disposición del Juzgado de Ejecución de Junín. Fuente: RUD, 17/12/2013. Dpto. Judicial Detenido Detenido (sentencia no firme) Detenido (condenado) Total Azul 241 161 224 626 Bahia Blanca 175 198 392 765 Dolores 252 104 96 452 Junin 108 67 146 321 La Matanza 1109 391 1504 3004 La Plata 1703 316 833 2852 Lomas De Zamora 2104 869 2145 5118 Mar Del Plata 548 225 557 1330 Mercedes 1391 185 1228 2804 Moron 758 548 1215 2521 Necochea 86 37 45 168 Pergamino 124 55 65 244 Quilmes 1431 347 743 2521 San Isidro 1014 518 1257 2789 San Martin 1786 572 1783 4141 San Nicolas 358 214 184 756 Trenque Lauquen 140 68 156 364 Zarate-campana 505 81 259 845 Total 13833 4956 12832 31621 En el siguiente cuadro podemos observar la información de los estados procesales de las personas detenidas, en porcentajes sobre el total de cada Departamento Judicial. Cuadro N° 11: Cantidad de personas detenidas al 17 de diciembre de 2013, según su estado procesal, en porcentajes sobre el total de detenidos de cada Departamento Judicial (1) Dpto. Judicial Detenido Detenido (sentencia no firme) Detenido (condenado) Total Azul 38% 26% 36% 100% Bahía Blanca 23% 26% 51% 100% Dolores 56% 23% 21% 100% Junín 34% 21% 45% 100% La Matanza 37% 13% 50% 100% La Plata 60% 11% 29% 100% Lomas De Zamora 41% 17% 42% 100% Mar Del Plata 41% 17% 42% 100% Mercedes 50% 7% 44% 100% Morón 30% 22% 48% 100% Necochea 51% 22% 27% 100% Pergamino 51% 23% 27% 100% Quilmes 57% 14% 29% 100% San Isidro 36% 19% 45% 100% San Martin 43% 14% 43% 100% San Nicolás 47% 28% 24% 100% Trenque Lauquen 38% 19% 43% 100% Zarate-campana 60% 10% 31% 100% Total Provincial 44% 16% 41% 100% (1) En los casos de personas detenidas en más de un proceso, se consideró el estado procesal más avanzado. Fuente: RUD, 17/12/2013 DETENIDOS SEGÚN DELITO El siguiente cuadro muestra, en porcentajes, la cantidad de personas detenidas según el delito más grave por el que se encuentran imputadas o condenadas. A tal fin, se agruparon los delitos según las categorías utilizadas por la Oficina de Estadística de la Procuración General. Cabe advertir en ese sentido que el “Bien Jurídico” aludido en el agrupamiento, no necesariamente es el exclusivamente lesionado por cada delito, por cuanto algunos de ellos –como el robo agravado por el empleo de arma- pueden implicar la afectación de diversos tipos de derechos –en el ejemplo, la integridad física y la propiedad Cuadro N° 12: Personas actualmente detenidas, según delito más grave imputado (en porcentajes) (1) Bien Jurídico Protegido Delito Cantidad de detenidos por delitos (en porcentaje) Delitos contra las personas Homicidio 11% Homicidio “criminis causa” 4% Otros homicidios agravados 3% Homicidio en ocasión de robo 2% Homicidio culposo - Homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor - Lesiones culposas - Lesiones leves - Otros delitos contra las personas 1% Delitos contra la integridad sexual Abuso sexual con acceso carnal 5% Otros delitos contra la integridad sexual 4% Delitos contra la libertad Amenazas - Apremios ilegales y torturas - Otros delitos contra la libertad - Delitos contra la propiedad Daño - Estafa - Hurto 1% Hurto agravado de vehículos dejados en la vía pública - Secuestro extorsivo - Robo 3% Robo agravado uso de arma 37% Otros robos agravados 9% Otros delitos contra la propiedad - Delitos contra la seguridad pública Infracción Ley 23.737 9% Delitos contra la seguridad pública 6% Delitos contra el orden Público Delitos contra el orden público - Delitos contra la Administración Pública Encubrimiento 1% Otros delitos contra la administración pública 1% Delitos contra la fe Pública Delitos contra la fe pública - Leyes(2) Leyes - Otros(3) Otros - Total 100% (1) Se muestra, en porcentajes de participación sobre el total, la cantidad de personas detenidas según Bien Jurídico, conforme clasificación y desagregación del Departamento de Estadística de la Procuración General. En los casos en que se registró más de un delito, o distintos procesos con diversos delitos, se considera sólo el más grave. No se distinguió entre concursos reales o ideales, ni entre tentativa y delito consumado. En los casos de valores porcentuales iguales o próximos a 0, se indica un guión (“-“), ya que son insuficientes para la certeza estadística (en conjunto representan cerca del 3%). Fuente: RUD, datos al 17/12/2013. (2) Leyes: incluye leyes especiales (n° 13.944; n° 14.346; n° 24.270; n° 11.723; n° 25.761; 12.331; etc.) (3) Otros: Otros delitos no considerados en la nómina. PARTICIPACIÓN DE CADA DEPARTAMENTO JUDICIAL EN LA CANTIDAD DE PERSONAS DETENIDAS Y EN LA DISTRIBUCIÓN DE LOS LUGARES DE ALOJAMIENTO DEL SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE Inicialmente se exhibe la distribución porcentual de personas detenidas, según el lugar geográfico en que se encuentra la Unidad Penitenciaria donde están alojadas. En el cuadro puede visualizarse la nómina de Departamentos Judiciales, con la descripción de las Unidades Penitenciarias que geográficamente se ubican en los mismos, y la cantidad de detenidos alojados en dichas Unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense, en porcentajes sobre el total provincial. Cuadro N° 13: Cantidad de detenidos según localización geográfica de las Unidades en que se encuentran anotados, en porcentajes sobre el total provincial (1) Dpto Judicial Cantidad de Detenidos según localización geográfica de la Unidad Penitenciaria donde se encuentra alojado (en porcentajes sobre el total provincial) Azul (U.P. N° 2, 7, 14, 17, 27, 30, 37, 38 y 52) 19% Bahía Blanca (U.P. N° 4 y 19) 4% Dolores (U.P. N° 6) 1% Junín (U.P. N° 13, 16 y A. P. Junín) 5% La Matanza (U.P. N° 43 y A.F.P.I.C.) 2% La Plata (U.P. N° 1, 8, 9, 10, 12, 18, 22, 25, 26, 28, 29, 33, 34, 35, 36, 45 y 51) 32% Lomas De Zamora (U.P. N° 40) 2% Mar Del Plata ( U.P. N° 15, 50 y A.P. Batán) 5% Mercedes (U.P. N° 5) 2% Morón (U.P. N° 39) 2% Necochea - Pergamino - Quilmes (U.P. N° 23, 24, 31, 32, 42 Y 54) 14% San Isidro (U.P. N° 47) 1% San Martín (U.P. N° 46, 48, A.P. José C. Paz y A.P. Malvinas Argentinas) 3% San Nicolás (U.P. N° 3 y 11) 2% Trenque Lauquen (U.P. N° 20) ** Zárate-campana ( U.P. N° 21 y 41) 5% Total 100% (1) Fuente: Elaboración propia en base a datos del Servicio Penitenciario Bonaerense y del RUD. (**) El dato es próximo al 0%. El próximo cuadro nos permite comparar el porcentual provincial de detenidos según el lugar geográfico en que se encuentran alojados, con el correspondiente a los detenidos por Departamento Judicial. Cuadro N° 14: Cuadro comparativo de detenidos según localización geográfica de las Unidades Penitenciarias y los detenidos a disposición de cada Departamento Judicial (1) Dpto Judicial Cantidad de Detenidos según localización geográfica de la Unidad Penitenciaria donde se encuentra alojado (en porcentajes sobre el total provincial) Cantidad de detenidos según Dpto. Judicial (en porcentajes sobre el total provincial) Azul 19% 2% Bahía Blanca 4% 2% Dolores 1% 1% Junín 5% 1% La Matanza 2% 10% La Plata 32% 9% Lomas De Zamora 2% 16% Mar Del Plata 5% 4% Mercedes 2% 9% Morón 2% 8% Necochea - ** Pergamino - 1% Quilmes 14% 8% San Isidro 1% 9% San Martín 3% 14% San Nicolás 2% 2% Trenque Lauquen ** 1% Zárate-campana 5% 3% Total 100% 100% (1) Fuente: Elaboración propia en base a datos del Servicio Penitenciario Bonaerense y del RUD. (**) El dato es próximo al 0% II. EVOLUCIÓN DE INDICADORES DE DETENCIÓN A diferencia del título anterior –en que se analizaban los datos de la población privada de libertad al 17 de diciembre de 2013-, en esta sección del informe se analizará la cantidad de detenciones y la evolución de otras variables a lo largo del tiempo. En esa línea, se presenta aquí un estudio del tiempo promedio transcurrido entre la detención y la sentencia de primera instancia, donde por razones de metodología estadística se tomaron los datos a partir del 1° de enero de 2009. Se dividió en tiempo promedio entre detención y sentencia de primera instancia dictada en procedimiento de flagrancia o en procedimiento común. Asimismo, se analiza la cantidad de aprehensiones y detenciones que tuvieron lugar a lo largo del año 2013, distinguiendo según la forma en que se originó la privación de libertad (aprehensión o detención por orden judicial previa). TIEMPO PROMEDIO TRANSCURRIDO ENTRE LA DETENCIÓN Y LA SENTENCIA EN PRIMERA INSTANCIA En este capítulo se analiza, respecto de las personas que fueron detenidas a partir del 1/1/20093 , el tiempo promedio que transcurrió entre el inicio de la última detención informada4 y la sentencia condenatoria dictada en el proceso. Cabe aclarar que este Registro, en función de su reglamentación, sólo cuenta con datos de sentencias condenatorias recaídas sobre personas que, al momento del dictado de la sentencia, se encontraban detenidas. Por esa razón, el presente cálculo no toma en cuenta los casos de personas que fueron detenidas pero se encontraban en libertad al momento del juicio. Sí, en cambio, incluye casos de personas que hayan estado detenidas al momento de la sentencia, aun cuando inmediatamente después hayan recuperado su libertad. Se incluyeron en el cómputo las personas detenidas bajo arresto o prisión domiciliaria. Cuadro N° 15: Tiempo promedio transcurrido entre el comienzo de la privación de libertad, y el dictado de sentencia condenatoria en primera instancia (1) Tipo de sentencia Días promedio hasta sentencia Procedimiento flagrancia (2) Procedimiento Común Sentencia Condenatoria 143 370 Sentencia Condenatoria en Juicio Abreviado 87 345 (1) Se computaron sólo las sentencias recaídas sobre personas detenidas, cuya privación de libertad comenzó después del 1/1/2009. A tal fin, se consideró un universo de 10.772 sentencias condenatorias en juicio oral, y 18.541 sentencias condenatorias dictadas a través del procedimiento de juicio abreviado. El tiempo promedio está computado en días corridos. Fuente: RUD, 17/12/2013 (2) El dato se releva en base a los procesos que, en el Sistema Informático del Ministerio Público, son identificados por las Fiscalías como correspondientes a ese dispositivo procesal. PRIVACIONES DE LIBERTAD INICIADAS DURANTE 2013 El siguiente cuadro muestra la cantidad de aprehensiones y/o detenciones que se registraron como ocurridas durante 2013, según el Departamento Judicial interviniente y el mes en que se produjo la aprehensión o detención. Cabe señalar que por razones de registración, se computaron aquí sólo las aprehensiones y/o detenciones en las que se haya celebrado la audiencia prevista en el art. 308 primer párrafo del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Ello responde a que en dicho acto procesal se recaba la totalidad de la información de las personas imprescindible para su correcto ingreso al Sistema Informático del Registro de Personas Detenidas Cuadro N° 16: Cantidad de aprehensiones y/o detenciones ocurridas durante 2013, con intervención del Ministerio Público Fiscal, por mes y Departamento Judicial interviniente (1) Dpto. Jud Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre(2) Total Azul 49 53 61 64 61 62 46 50 93 75 89 37 740 Bahia Blanca 128 83 115 103 102 121 100 113 112 133 122 32 1264 Dolores 152 109 83 59 72 74 71 65 92 87 93 46 1003 Junin 43 61 64 48 43 57 39 65 36 69 37 50 612 La Matanza 131 179 150 221 206 167 170 215 264 209 243 99 2254 La Plata 235 185 248 216 237 181 240 291 278 279 267 163 2820 Lomas De Zamora 438 373 559 458 488 394 454 496 521 585 592 282 5640 Mar Del Plata 241 215 213 226 220 207 212 205 230 231 216 140 2556 Mercedes 201 221 240 203 257 228 189 240 245 251 249 128 2652 Moron 126 111 198 142 138 137 102 151 185 202 187 84 1763 Necochea 22 31 37 28 36 21 21 30 46 26 40 36 374 Pergamino 24 20 38 43 37 32 26 37 45 63 56 22 443 Quilmes 171 236 267 207 272 210 236 208 291 227 257 132 2714 San Isidro 159 192 237 171 209 181 183 260 234 193 180 83 2282 San Martin 205 158 245 240 213 210 194 235 249 307 237 139 2632 San Nicolas 115 89 121 89 106 103 108 100 118 97 117 52 1215 Trenque Lauquen 26 38 40 59 46 52 38 42 39 33 38 27 478 Zarate-campana 57 119 71 73 60 69 58 63 83 81 98 61 893 Total 2523 2473 2987 2650 2803 2506 2487 2866 3161 3148 3118 1613 32335 (1) Datos correspondientes a la totalidad de las personas que resultaron aprehendidas y/o detenidas durante el período, sin perjuicio de que luego hayan recuperado (o no) su libertad personal. A los fines de este cuadro se considera “aprehensión” el supuesto en que la privación de libertad inicia por actuación policial en flagrancia, y “detención” el caso en que la privación de libertad comienza por la ejecución de una orden judicial de detención. Por razones de registración, se computaron aquí sólo las aprehensiones y/o detenciones en las que se haya celebrado la audiencia prevista en el art. 308 primer párrafo del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Los datos comprenden el período del año 2013 hasta el 17/12/2013, fecha de corte estadístico. Fuente: RUD, 17/12/2013. FORMA DE INICIO DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD El siguiente cuadro muestra la cantidad de aprehensiones y/o detenciones que se registraron como ocurridas durante 2013, según forma de inicio de la Privación de Libertad. Cuadro N° 17: Cantidad de personas que resultaron aprehendidas y/o detenidas durante 2013, con intervención del Ministerio Público Fiscal, según Departamento Judicial y forma de inicio de la privación de libertad (1) Dpto. Judicial Aprehensión Detención (Orden Judicial Previa) Cantidad Porcentaje Cantidad Porcentaje Azul 629 85% 111 15% Bahia Blanca 1211 96% 53 4% Dolores 907 90% 96 10% Junin 542 89% 70 11% La Matanza 1995 89% 259 11% La Plata 2343 83% 477 17% Lomas De Zamora 5299 94% 341 6% Mar Del Plata 2453 96% 103 4% Mercedes 2238 84% 414 16% Moron 1599 91% 164 9% Necochea 351 94% 23 6% Pergamino 370 84% 73 16% Quilmes 2487 92% 227 8% San Isidro 2094 92% 188 8% San Martin 2446 93% 186 7% San Nicolas 1015 84% 200 16% Trenque Lauquen 453 95% 25 5% Zarate-campana 769 86% 124 14% Total 29201 90% 3134 10% (1) Datos correspondientes a la totalidad de las personas que resultaron aprehendidas y/o detenidas durante el período, sin perjuicio de que luego hayan recuperado (o no) su libertad personal. A los fines de este cuadro se considera “aprehensión” el supuesto en que la privación de libertad inicia por actuación policial en flagrancia, y “detención” el caso en que la privación de libertad comienza por la ejecución de una orden judicial de detención. Por razones de registración, se computaron aquí sólo las aprehensiones y/o detenciones en las que se haya celebrado la audiencia prevista en el art. 308 primer párrafo del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Los datos comprenden el período del año 2013 hasta el 17/12/2013, fecha de corte estadístico. Fuente: RUD, 17/12/2013. (2) Corresponde a la participación porcentual sobre el total de las personas aprehendidas y/o detenidas durante 2013 en el Departamento Judicial de referencia. Al no poder agregar cuadros de PDF te recomiendo que ingreses al link y podras verlo mas claramente

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en contra de ivo cutzarida, pensa y sos libre
InfoporAnónimo9/19/2014

Taringueros, a ver si podemos razonar un poco sobre la OLA DE VIOLENCIA Y REPRESIÓN QUE ESTA PIDIENDO CIERTA GENTE, EN SU MAYORÍA E CAPITAL FEDERAL Y CONURBANO BONAERENSE. Bien empecemos con el famoso dicho de "Ahora analista en seguridad Ivo Cutzarida " link: https://www.youtube.com/watch?v=wagifgi81xI Bien te lo resumo, dice con palabras y frases terriblemente violentas que ha todo el que mata en un principio, luego agrego al que roba y termina ampliando a casi cualquier dilito que debe reprimirse con toda la fuerza posible, un estilo de primero dispara luego pregunta, si parece chjorro , ladron asesino, aplica la fuerza luego pregunta. eso mas o menos es lo que pide el señor cutzarida. y para eso pide la refornma del codigo penal, hechar jueces y demás medidas que él cree necesarias y oportunas. AHHH ME OLVIDABA ÉL QUE NUCA SUFRIÓ UN HECHO DE INSEGURIDAD, SSISI LEÍSTE BIEN NUNCA SUFRIÓ UN HECHO DE INSEGURIDAD, SE ARROGA LA VOZ DEL PUEBLO ARGENTINO EN ESTE TEMA SISI NUEVAMENTE LEÍSTE BIEN ÉL SE ARROGA LA VOZ DEL PUEBLO ARGENTINO EN ESTE TEMA. BIEN TE PREGUNTARAS SI NO CONOCES A ESTE PERSONAJE QUE ES UN ANALISTA EN SEGURIDAD, ABOGADO, PERITO DE ALGÚN ESTILO, DIRIGENTE SOCIAL, BIEN NADA DE ESO ES UN ACTOR QUE REGRESO HACE MUY POCO AL PAÍS DESPUÉS DE VIVIR EN MIAMI, ESPAÑA, ETC. SISI NUEVAMENTE LEÍSTE BIEN ES UN ACTOR DE TELENOVELAS RECIÉN LLEGADO AL PAÍS. Dicho lo anterio quiero contarte quye le sr. cutzarida esta muy equivocado, si el quiere cambiar la forma de juzgar a los sospechosos de cometer ilicitos no debe pedir la modificación del codigo penal sino el código procesal penal que es la forma en que se aplica en cada una de la provincias las normas penales que contiene el código penal. Osea el código penal rige en todo el país y es igual en todo el territorio nacional disponiendo prohibiciones generales ejemplo el que matare de 8 a 25 años de prisión. En cambio el código procesal penal es la forma de aplicar esa norma general a un caso en particular y como debe actuar el estado en ese proceso desde la aplicación de las famosas prisiones preventivas hasta las libertades anticipadas de los penados y cada provincia dicta su código procesal penal. Bien ahora que entedemos la diferencia, que busca el codigo procesal penal, algo IMPORTANTISIMO que ha costado muchisima sangre a lo largo de la historia y que es uno de los mayores logros que ha adquirido la humanidad desde que vive en sociedades que son LAS GARANTIAS QUE TENEMOS FRENTE AL ESTADO, SON LOS DERECHOS QUE EL ESTADO CON TODO SU PODER ANTE UN INDIVIDUO DEBE RESPETAR ESO ES EL CÓDIGO PROCESAL acá te dejo alguna de las garantías que te ofrece nuestro código procesal bonaerense * La Defensa en Juicio ( Art. 18 CN "es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos" ), esto en resumidas cuantas, quiere decir que siempre debe estar asegurada un defensa profesional, letrada tanto particular o del estado, que la persona debe estar en conocimiento de todo lo que se lo acusa y tener la posibilidad de realizar un descargo. * Igualdad ante la ley (Art. 16 CN): esto que es que no existan privilegios o excepciones de ningún tipo independientemente de la persona de la que se trate. * Debido Proceso (Art. 18 CN) Esto significa respetar las garantías y la obligación del estado en fundar cada una de sus acciones. * Juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso (Art 18 CN) Esto quiere decir que no nos pueden imputar la comisión de un delito si previo a que se cometa dicho acto ilícito no existe una ley que lo tipifique esto es que describa el acto prohibido. Ademas de que para que se condene a una persona debe realizarse un juicio (con todas estas garantías), luego una sentencia emana por el juez o tribunal dispondrá la culpabilidad o exhoneración del imputado, hasta ese momento la personas INOCENTE. *Juez Natural (Art. 18 CN "ningún habitante de la Nación puede ser juzgado por comisiones especiales o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa": esto quiere decir que ante la posible comisión de un delito solo nos podrá juzgar un juez que ya estuviera desempeñando el cargo antes de la comisión del supuesto delito. lo que intenta hacer esta garantías es evitar que se perjudique al imputado nombrándole un juez al efecto de que lo juzgue a él o se cree una comisión al solo efecto de juzgarlo, lo cual obviamente atentaría con la garantía de que el juez debe ser imparcial. *Imparcialidad (Art. 18 y 75 Inc. 22 CN) esto quiere decir que el juez que nos va a juzgar debe ser imparcial en la controversia, no debe tener un interés en como se resuelve el caso. si tuviera algún interés ya sea que sea enemigo, acreedor etc de alguna de las partes debe recursar al juez, esto es cambiar al juez por otro que sea imparcial. *Independencia (Art. 109 CN) esto quiere decir que los jueces son independientes, y ningún otro poder del estado (ejecutivo o judicial), puede arrogarse la jurisdicción penal. * Presunción de inocencia (Art. 75 Inc. 22 CN) esto quiere decir que nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario, y solo se va a demostrar su culpabilidad con una sentencia judicial que disponga lo contrario (la sentencia debe ser firme pero es un tema mas técnico) *Derecho a no declarar contra si mismo (art. 18 CN "Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo" y Art 75 Inc. 22 CN) esto quiere decir que no nos pueden obligar a declarar lo que no queremos declarar como así también nadie puede obligarnos a decir que somos culpable , ya sea tanto en sede judicial como en SEDE POLICIAL. si alguien nos acusa de algo debe probarlo quien acusa, de ninguna forma estamos obligados a confesar nada (el imputado siempre, el testigo no tiene este beneficio) * Non bis In Idem (tiene fundamento constitucional con base en la cosa juzgada y su estabilidad), esto quiere decir que el estado no nos puede perseguir dos veces por el mismo hecho si ya nos perseguido alguna vez. esto otorga una seguridad jurídica y tranquilidad a la persona *irretroactividad de la ley penal (Art. 18 CN "Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso" esto quiere decir que para que me imputen la comisión de un delito la ley debe haber existido antes de la comisión del acto, y toda legislación penal que se dicte debe regir para el futuro. ya que si rigiera para el pasado lo que hoy no es delito mañana podría serlo y juzgarnos por algo que cuando lo hicimos no constituía un ilícito y después se dispuso lo contrario. esto afectaría enormemente la liberta y seguridad jurídica de las personas. Ademas en la provincia de Buenos Aires se dicto la ley de juicios por jurados, por tanto será el propio pueblo el que tendrá la enorme responsabilidad de determinar, terminado el juicio, de decir si una persona es culpable o inocente, democratizando el poder judicial y aumentando inmensamente el poder ciudadano. Bien lector, piense ahora antes de opinar ya que si ha leído el post ha adquirido ese conocimiento que lo distingue de personas como ivo cutzarida, de pensamiento y dichos grotescos propio de otra época. nadie piensa que un delincuente debe quedar libre y no tener responsabilidades por su hechos pero disparar por doquier no nos va a llevar a ningún lado mas que para atrás. Es por eso que confiamos en sus convicciones y hoy sera el pueblo el que en juicio de por medio decidirá el destino de aquellos que se encuentran acusados de violar las normas sociales pre-establecidas.

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baltazar garzon - uribe quien es quien en la vida
InfoporAnónimo9/21/2012

Interesante discusión entre Baltazar Garzon y Alvaro Uribe. primero quiero decirles que vale la pena ver el vídeo. además les dejo biografías y momentos importantes de cada uno, para que despues cada lector saque su conclusión link: http://www.youtube.com/watch?v=8lDz6OWyaG0&feature=player_embedded#! Baltazar Garzon Después de terminar el bachillerato en el Instituto de Baeza en 1974, se licenció en Derecho por la Universidad de Sevilla en 1979. Antes de terminar sus estudios, desempeñó distintos trabajos como albañil, camarero, y ayudó a su padre en una gasolinera. Aprobó las oposiciones para juez en 1981. Su primer destino fue Valverde del Camino (Huelva). Posteriormente, fue trasladado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Villacarrillo (Jaén). En 1983 ascendió a magistrado, siendo destinado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Almería. En 1987 se le nombró inspector delegado para Andalucía del Consejo General del Poder Judicial, y el 29 de enero de 1988 tomó posesión como magistrado del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional.5 También ha sido profesor de Derecho Penal en la Universidad Complutense de Madrid. Baltasar Garzón está casado y es padre de tres hijos. Fue suspendido en forma cautelar en sus funciones como juez de la Audiencia Nacional por el Consejo General del Poder Judicial el 14 de mayo de 2010, después de que el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela acordara la apertura de juicio oral contra Garzón por presunta prevaricación por la decisión de declararse competente para investigar los crímenes de la represión franquista desde su juzgado de la Audiencia Nacional.6 El juicio se abrió tras admitir a trámite una querella presentada por la organización de ultraderecha Falange Española de las JONS, por el sindicato7 Manos Limpias y la asociación Igualdad e Identidad. Ha estado imputado en tres causas abiertas en el Tribunal Supremo.8 9 Dos continúan su proceso; la primera tuvo un fallo contrario a Garzón: el 9 de febrero de 2012, este tribunal le condenó por prevaricación de forma unánime por las escuchas ilegales durante la investigación del caso Gürtel con la pena de «11 años de inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado con pérdida definitiva del cargo que ostenta». Tras su paso por la política en las listas electorales del PSOE, volvió a la Audiencia Nacional, donde sus investigaciones contra el llamado terrorismo de Estado contribuyeron también a denunciar las acciones de José Barrionuevo Peña, Ministro de Interior del PSOE, con relación a los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), la llamada "guerra sucia" contra el terrorismo. Éste fue uno de los factores que llevó a la derrota del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en las elecciones de 1996.16 Respecto al Caso Marey (primero de los del GAL), Rafael Vera presentó el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que dictó sentencia el 6 de enero de 2010.17 En dicha sentencia se afirma que "la imparcialidad del juez de instrucción Nº 5 de la Audiencia Nacional Española podría estar en entredicho" por las "relaciones personales conflictivas" y la "enemistad manifiesta" entre el demandante y el Magistrado (Garzón)". Dicho Tribunal no condenó a España, pues otro Juez, esta vez D. Eduardo Moner del Tribunal Supremo, llevó a cabo una nueva instrucción Garzón cobró fama internacional por promover una orden de arresto contra el ex dictador chileno Augusto Pinochet por la muerte y tortura de ciudadanos españoles durante su mandato, y por crímenes contra la Humanidad, basándose en el informe de la Comisión chilena de la verdad (1990-1991) y en el caso Caravana de la Muerte instruido en Chile por el juez Juan Guzmán Tapia.20 Garzón ha manifestado reiteradamente su deseo de investigar también al ex secretario de Estado estadounidense Henry Kissinger en relación con la instauración de las dictaduras de la década de 1970 en América Latina en lo que se llamó la Operación Cóndor. Garzón no ha sido el único magistrado no estadounidense que ha intentado investigar el papel de Kissinger en el golpe de estado pinochetista, destacando en esta tarea la magistrada francesa Sophie Hélène Chateau. Garzón asimismo abrió la posibilidad de que se levantaran en España cargos de genocidio contra funcionarios argentinos por la desaparición de ciudadanos españoles durante la dictadura argentina de 1976-1983. En ese marco, el 19 de abril de 2005, la Audiencia Nacional condenó al represor Adolfo Scilingo a 640 años de prisión En diciembre de 2001, Garzón puso en marcha una investigación de las cuentas en el extranjero del segundo banco más grande de España, BBVA, por supuestos delitos de lavado de dinero. En enero de 2003, el magistrado criticó acremente al gobierno de Estados Unidos por la detención de sospechosos de Al Qaeda en la bahía de Guantánamo, Cuba. También hizo una campaña intensa contra la guerra de Irak de 2003, y ordenó el arresto de Osama bin Laden, jefe de la red terrorista Al Qaeda Causa contra los crímenes del franquismo Desde septiembre de 2008 Garzón estuvo recabando información del Gobierno, la Conferencia Episcopal y varios ayuntamientos con el fin de elaborar un censo de fusilados, desaparecidos y enterrados en fosas comunes a partir de la victoria franquista en la Guerra Civil Española. El 16 de octubre del 2008, Garzón emite el primer auto declarándose competente y justificando su intención de investigar las desapariciones registradas durante la Guerra Civil y los primeros años de la dictadura de Francisco Franco, e instruyó la apertura de 19 fosas comunes diseminadas en todo el país, entre ellas en la que se supone se encuentra enterrado el poeta Federico García Lorca. La decisión de declararse competente contó con la oposición de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que interpuso recurso de apelación ante el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia (no ante el propio Juez, sino al organismo superior). El 18 de noviembre de 2008 el juez se inhibió a favor de los juzgados territoriales donde se encuentran las respectivas fosas. Posteriormente el 28 de noviembre de 2008 el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, declaró la incompetencia de Garzón en este caso por catorce votos contra tres El 23 de abril de 2010, el magistrado instructor Varela decidió expulsar del proceso contra Garzón a Falange Española y de las JONS,38 al no atender dicha formación dentro del plazo establecido al requerimiento que el mismo Varela ponía un día antes, en el cual les instaba a que corrigiera el escrito de acusación presentado, al considerar que incumplía "de manera notoria" a las obligaciones procesales, al extenderse en múltiples «valoraciones» y no limitarse a la «descripción» de hechos.38 39 El día 24 de abril, Garzón presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de recusación contra el magistrado instructor Luciano Varela, acusándole de tener «interés directo en el procedimiento y parcialidad en el mismo» y de haber realizado «una labor más próxima a una asesoría o consejo jurídico» al haber concedido un plazo, a los querellantes para corregir una serie de defectos de sus escritos de acusación, hecho que definió como «dar oportunidades atípicas y extraprocesales» a una de las partes. En opinión de Garzón, «la intervención del instructor no se encuentra amparada en ningún precepto de la normativa procesal vigente y es manifiestamente ajena a las normas esenciales del procedimiento».40 El 3 de mayo, la Fiscalía del Tribunal Supremo presentó un escrito de rechazo a la recusación de Luciano Varela por parte de Garzón, donde expresaba que era «absolutamente inviable por carecer de fundamentación y justificación alguna», y que, por esta razón, interesaba «la desestimación del incidente de recusación planteado».41 El día 6 de mayo de 2010 el Magistrado instructor de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Andrés Martínez Arrieta, dictó un auto donde no admitía a trámite el recurso de recusación planteado por Garzó Miles de personas participaron el 24 de abril de 2010 en las concentraciones y manifestaciones convocadas en toda España para denunciar la "impunidad" del franquismo y apoyar al juez Baltasar Garzón, convocadas por plataformas de reconocimiento a la Memoria Histórica Suspensión cautelar en sus funciones como magistrado Decisión del Consejo General del Poder Judicial El pleno extraordinario del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió el 14 de mayo de 2010, por unanimidad, suspender cautelarmente en sus funciones a Baltasar Garzón, después de que el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela acordara el 12 de mayo la apertura de juicio oral por la investigación de los crímenes del franquismo.6 La suspensión estará vigente al menos hasta que el Tribunal Supremo, en el que Garzón tiene abiertas contra él otras dos causas, decida sobre la culpabilidad o la inocencia del juez, a quien se acusa de prevaricación. Al mismo tiempo, Carlos Dívar, Presidente del Consejo, convocó una reunión de urgencia de la Comisión Permanente del CGPJ para estudiar la solicitud de una comisión de servicios especiales presentada por Garzón para trasladarse al Tribunal Penal Internacional de La Haya como asesor de la Fiscalía.6 Reacciones La organización pro derechos humanos Human Rights Watch lamentó la suspensión cautelar del juez Baltasar Garzón En los medios de comunicación más destacados de Estados Unidos y Europa que trataron la noticia, The New York Times, bajo el título del editorial, «Una injusticia en España», señalaba el 15 de mayo que «a Garzón debería permitírsele regresar cuanto antes a su trabajo. España necesita una explicación honesta sobre su turbulento pasado, no la persecución de aquellos que tienen el coraje para demandarla».57 Por su parte, el británico The Guardian, calificaba la separación de la judicatura como una «persecución por motivos políticos».58 El también británico, The Times, señalaba a Garzón como «el juez de las cruzadas»59 y el diario francés Le Figaro, lo calificaba de «superjuez», afirmando que en medios políticos y judiciales españoles se señalaba que, apartando a Garzón de la Audiencia Nacional, «se le acabarían todos los problemas».60 Tiempo después la fundación José Saramago propondría a Baltasar Garzón para Premio Nobel de la Paz, «por estar involucrado en la defensa de los derechos humanos y por no haber bajado la cabeza ante ninguna artimaña, ni ningún poder, por haber seguido adelante y por haberse puesto en cualquier continente y país de parte de las víctimas».61 El 7 de julio de 2011 es elegido miembro del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos Inhumanos o Degradantes.62 En la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso de la Nación Argentina, la Presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, miró arriba a la derecha, hacia las gradas donde se hallaba el juez para decirle: “Agradezco a Baltasar Garzón que pusiera preso a Scilingo por los vuelos de la muerte”. Garzón, flanqueado a su izquierda por Hebe de Bonafini y del otro lado a Estela de Carlotto, fue aplaudido de pie por todo el Congreso; el Poder Ejecutivo y miembros de la Corte de Justicia como Eugenio Zaffaroni.63 link: http://www.youtube.com/watch?v=xr09MXOLxXw PERO LUEGO LOS RECONOCIMIENTOS DE LA GENTE link: http://www.youtube.com/watch?v=DSHAueTrVws Álvaro Uribe Vélez (nació el 4 de julio de 1952 en Medellín, Antioquia) es un político y abogado colombiano que fue elegido presidente de la República de Colombia en 2002, y reelegido en 2006, luego de una reforma constitucional que su gobierno promovió en el Congreso y que está judicialmente cuestionada por la Corte Suprema de Justicia .6 Uribe se graduó en derecho en la Universidad de Antioquia y cursó posteriormente estudios en administración, gerencia y negociación de conflictos en la Escuela de Extensión de la Universidad de Harvard;7 8 fue también "miembro senior asociado" de un college de la Universidad de Oxford.9 8 Como político ha desempeñado diferentes cargos en las Empresas Públicas de Medellín, en el Ministerio de Trabajo y la Aeronáutica Civil, sirviendo como Alcalde de la ciudad de Medellín durante (1982), ejerciendo de senador de la República (1986-1994) y, más tarde, de gobernador de Antioquia (1995-1997), siendo finalmente elegido presidente de la República de Colombia en 2002 Álvaro Uribe Vélez nació en Medellín el 4 de julio de 1952, hijo de Alberto Uribe Sierra y Laura Vélez Uribe. Sus hermanos son Santiago, María Isabel y María Teresa. También tuvo un hermano llamado Jaime Alberto, ya fallecido.11 12 La infancia de Álvaro Uribe transcurrió entre la ciudad y las fincas de su familia, situadas en el suroeste del departamento de Antioquia. Fue testigo de la participación de su madre en el plebiscito de 1957 por los derechos políticos de la mujer en Colombia, hecho que terminó con la triunfal elección de Laura Vélez para ejercer de senadora.13 El 19 de abril de 1981 nace el primer hijo de Álvaro Uribe y su esposa, Lina Moreno. Al primogénito lo llamaron Tomás, y el segundo hijo, nacido el 16 de julio de 1983, Jerónimo Alberto Uribe estudió leyes en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia. Álvaro Uribe estudió el bachillerato en el instituto Jorge Robledo a partir de 1970. Allí fue eximido de exámenes finales en todas las materias durante el 5° y el 6° Grado, gracias a su excelente rendimiento académico. Fue declarado el mejor bachiller de su clase.15 Tras su graduación resultó aceptado en la Universidad de Antioquia, donde cursó Derecho. Ahí conoció, siendo aún alumno, al profesor Carlos Gaviria Díaz, figura importante para él en los años posteriores. Se graduó en derecho en el año 1977, pasando a ejercer como abogado A partir de 1977 y hasta muy entrados los ochenta, Uribe estudió el marxismo, el maoísmo, y las revoluciones china y cubana[cita requerida]. Sin embargo, y según su propia declaración, pese a los estudios de regímenes socialistas siempre le convenció más el estado de derecho y el pluralismo[cita requerida]. Álvaro Uribe también dijo haber adherido las ideas liberales irracionalmente, pero que en la universidad las había confirmado, sintiéndose parte de la oposición. Durante esa época también se opuso al movimiento estudiantil, al que calificó de anárquico ya que, según dice, defendían la libertad de cátedra y finalmente la negaban, hablaban de la universidad científica y resultaba que era la universidad en desgobierno. Esas circunstancias lo convirtieron en un opositor a las tendencias mayoritarias del movimiento estudiantil de la época.13 En 1993, Álvaro Uribe obtuvo un certificado de administración y finanzas de la Escuela de Extensión de la universidad de Harvard en Boston, Estados Unidos,17 recibiendo también algo después un certificado de “Negociación de Conflictos”. Entre 1998 y 1999 Uribe estudió en el Saint Antony´s College de la universidad de Oxford en Inglaterra, gracias a la beca Simón Bolívar del Consejo Británico y donde participó como Senior Associate Member (SAM). El mandato presidencial de Álvaro Uribe se caracterizó por la lucha frontal contra los grupos irregulares en Colombia y el narcotráfico bajo un programa de gobierno denominado política de seguridad democrática que fue amparada en parte por el Plan Colombia y fue criticada por sectores de la oposición y disidentes, a pesar de la reducción en la tasa de homicidios.46 El gobierno de Uribe llevó a cabo una controvertida desmovilización de grupos paramilitares activos dentro de las AUC, que incluyeron la Ley de Justicia y Paz, para reducir los espacios de acción de las guerrillas como las FARC y el ELN.47 Fue acusado por sectores opositores y disidentes de presuntamente haber tenido relación con el Cartel de Medellín y el fomento del paramilitarismo en Colombia, por lo cual esta siendo investigado. Uribe ha negado cualquier relación con dichos sectores criminales, pero funcionarios de su gobierno y aliados políticos ha sido condenados en el escándalo de la parapolítica, lo que ha generado cuestionamientos. Uribe ha fomentado la economía de mercado mediante distintos tratados de libre comercio con otros países y una fuerte alianza estratégica con Estados Unidos, también criticada por crear dependencia de dicho país. También en el campo internacional ha mantenido relaciones de altibajos con los gobiernos del venezolano Hugo Chávez, el ecuatoriano Rafael Correa y el nicaragüense Daniel Ortega. Se presentaron diferentes controversias y críticas en torno al presidente Uribe, su entorno familiar y su desempeño en diferentes funciones públicas o políticas. Entre ellas se encuentran acusaciones por parte de Piedad Córdoba, Gustavo Petro y Virginia Vallejo sobre presuntos vínculos con el Cartel de Medellín y el paramilitarismo en Colombia, lo cual ha negado tajantemente Reformas Otra de las políticas impulsadas desde la campaña consistía en la disminución de los gastos del Estado. Uribe había prometido disminuir el gasto del Congreso, llevar a término una fusión de Ministerios y reducir los gastos pensionales de los servidores públicos. La fusión de algunos ministerios ha sido cuestionada por algunos expertos y por la misma Corte Suprema de Justicia, como es el caso del Ministerio del Interior y de Justicia.55 Uribe ha fusionado los ministerios de Justicia y Gobierno en el Ministerio del Interior y de Justicia; el Salud y el de Trabajo, en Ministerio de la Protección Social; y ha llevado a cabo una triple fusión entre los ministerios de Desarrollo, Vivienda y Medio Ambiente. La política de Uribe también se ha basado económicamente en los principios fundamentales del libre mercado y la privatización, algo demostrado con la liquidación de empresas estatales como Telecom, Inravisión, Caprecom y Cajanal para facilitar la creación de otros entes, con el argumento de que son más dinámicos y con menores pasivos pensionales. Para cumplir algunas de las promesas de campaña, Uribe promovió un referendo en el que incluía puntos como la muerte política de quienes defrauden al estado, la eliminación de las contralorías y personerías regionales, y un conjunto de reformas en la elección y conformación del congreso, asambleas y concejos. También incluía un polémico punto en el que se prorrogaba un año más el término de todas las autoridades regionales y locales del país, lo cual fue entendido por la oposición como un claro intento de obtener el respaldo de estas autoridades al proyecto completo. Debido a la situación fiscal del país, el referendo incluyó también algunos puntos de carácter económico. El referendo, celebrado en octubre de 2003, un día antes de las elecciones regionales, falló en convocar el número mínimo de votos válidos (25% del censo electoral publicado) en todos los puntos salvo el primero (muerte política), el cual obtuvo más de un 90% de votos por el "Sí" (5.874.193 votos). La derrota en parte se debió a la controversia que suscitó tanto la forma como el fondo del texto a refrendar entre los opositores y también entre varios de los aliados del gobierno, dando lugar a una campaña de abstención opositora que contribuyó a reducir la participación en el mismo. Según sus críticos, también influyeron los costos sociales que tendría el referendo y que esgrimieron como motivo de rechazo al mismo. Durante el año 2004, el Gobierno Nacional, impulsó una reforma constitucional para permitir la reelección inmediata del Presidente, la cual fue declarada exequible por la Corte Constitucional colombiana el 19 de octubre de 2005. Su gobierno ha sido criticado por presuntas violaciones recurrentes a los derechos humanos. Estas críticas han venido de diversas organizaciones sociales . La organización de derechos humanos Human Rights Watch ha conminado al gobierno de Estados Unidos a expresar su preocupación por ese mismo tema.61 Durante el 2005, se desataron en Colombia una serie de investigaciones que comprometían a varios aliados políticos y a algunos funcionarios del gobierno Uribe con grupos paramilitares ilegales colombianos en lo que se denominó la "Parapolítica". Durante el primer año de gobierno del sucesor de Uribe, Juan Manuel Santos Calderón, se detectaron varios casos de corrupción que implicaron a cercanos colaboradores, hombres de confianza y/o funcionarios de la administración Uribe.78 Uno de los casos más sonados es el de "AIS" -Agro Ingreso Seguro-, programa creado para subsidiar a campesinos de bajos recursos, cuyos fondos terminaron en manos de empresarios que habían aportado a la campana de reelección de Uribe y cuyo principal responsable, el ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias (acérrimo defensor de Uribe), fue detenido en un penal militar.79 Otro caso de corrupción dado durante la administración Uribe, fue el desvío de cientos de millones de pesos de los contribuyentes a cuentas de funcionarios de la oficina de administración de impuestos conocida como DIAN.80 81 También, otro de sus ministros de Agricultura estuvo envuelto en el "despojo" de cientos de hectáreas de tierra a campesinos del noroccidente del país que terminaron en poder de grandes empresas.82 En el año 2004 se presentó uno de los casos más sonados dentro del gobierno de Álvaro Uribe: El DAS. Según revelaciones de la revista colombiana SEMANA,83 se presentaron varios casos que dejaron en entredicho el nombre del departamento administrativo de seguridad, uno de los más sonados fue El caso Granda. Este caso sucedió durante una operación realizada entre la policía, el ejército de Colombia y el DAS, en conjunto con las autoridades ecuatorianas se realizaría la captura de dos de los guerrilleros más buscados en el territorio colombiano, Rodrigo Granda y Raúl Reyes; quienes, según información de inteligencia colombiana, se reunirían en la capital del territorio ecuatoriano. A partir de este evento, el entonces director del DAS Jorge Noguera, realizó una operación encubierta para capturar a estos individuos sin dar conocimiento de esta al gobierno ecuatoriano; el resultado de esta operación fue negativo y reveló la presencia de agentes colombiano en territorio extranjero dando como resultado la captura de estos bajo los cargos de espionaje, permitiendo, además, alertar a los guerrilleros presentes en ecuador. Otro de los casos más sonados y publicados por la revista colombiana fue El caso Vence. Emilio Vence, director del DAS en el departamento del Atlántico, fue destituido por el entonces director del departamento administrativo de seguridad colombiano, Jorge Noguera, por los supuestos atentados contra el presidente Álvaro Uribe, que se realizarían en la visita, que el mandatorio, realizó a la ciudad de Barranquilla por motivo de la conmemoración de sus 100 años de fundación, y en la cual el presidente no pudo salir del aeropuerto. El escándalo radica en que, según un informante anónimo, dichos planes en contra de la vida de Uribe Vélez serían eventos ficticios con el único fin de congraciar a Vence con sus superiores y con el presidente mismo. También fue descubierto el escándalo de los falsos positivos. El gobierno del presidente Uribe y su ministro de defensa Juan Manuel Santos median los resultados de la lucha contra los grupos ilegales por el número de muertos. La situación conllevó a algunos militares inescrupulosos asesinaran a jóvenes inocentes y fueran mostrados luego como terroristas para inflar sus resultados operacionales. Y AHORA VEAMOS AL AMIGO CERCANO DE URIBE Y COMO SU GRAN AMIGO CASI TIENE SU GUERRA Ataque de Colombia a la "FARC" en territorio ecuatoriano: 1 de marzo de 2008 faleció el cabecilla Raúl Reyes, y otras 24 personas, entre ellas un ecuatoriano y cuatro estudiantes mexicanos http://www.noticias365.com.ve/wp-content/uploads/2011/07/CAMPAMENTO-FARC.jpg TODO ESTO TRAJO CONFLICTO EN LA REGIÓN SUDAMERICANA PROVOCANDO EN PRINCIPIO UNA CRISIS DIPLOMÁTICA CON ECUADOR CON EL PRESIDENTE RAFAEL CORREA A LA CABEZA PARA LUEGO TRASLADARSE EL CONFLICTO CON VENEZUELA AL PUNTO DE LLEGAR A UNA GUERRA VEAMOS: link: http://www.youtube.com/watch?v=n4ALvU-JNZ4 link: http://www.youtube.com/watch?v=o90zGgtqgQI POR SUERTE PRIMO LA UNION SUDAMERICANA Y LA CORDURA PERO APRENDAMOS DE ESTO link: http://www.youtube.com/watch?v=7snDRI6XtsM&feature=related link: http://www.youtube.com/watch?v=w4WUFIQSyPw ENTREMOS EN RAZÓN QUE LO ÚNICO QUE NOS SALVARA SERA LA UNIÓN, Y DEJEMOS A UN LADO DE UNA VEZ Y PARA SIEMPRE A PERSONAJES NEFASTOS DICTATORIALES COMO ALVARO URIBE. VEAMOS ESTOS DOS PERSONAJES Y SEPAMOS CLARAMENTE QUIEN ES UNO Y QUIEN ES OTRO QUE NO NOS CONFUNDAN MAS. ALGÚN DÍA ESTA AMÉRICA LATINA SE ENCONTRARA UNIDA Y EN PAZ, Y NUNCA MAS PERMITIREMOS QUE POTENCIAS EXTRANJERAS VULNEREN VILMENTE NUESTROS INTERESES. MUCHA SUERTE Y EL CAMBIO ESTA E MARCHA APOYALO

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Al final el papa era uruguayo
InfoporAnónimo3/14/2013

AL FINAL EL PAPA ES URUGUAYO Próximamente saldrá en una revista Uruguaya una nota en donde el entonces Cardenal Bergoglio reconoce que sus padres al escapar de Italia fueron a Uruguay, en donde concibieron y nació el hoy Papa Francisco I, por lo que el PAPA NO SERIA ARGENTINO SINO URUGUAYO. En la misma entrevista dice que su lugar de nacimiento fue CANELONES, lugar donde se encuentra su casa de nacimiento y que en alguna oportunidad visito. POR TODO ESO EL PAPA ES algunos otros aportes del pueblo uruguayo al mundo :

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Iroman 3 un aburrimiento de 2 horas -critica-
Iroman 3 un aburrimiento de 2 horas -critica-
InfoporAnónimo5/14/2013

Critica a Iroman 3 Un aburrimiento de dos horas la película comienza con poca acción, luego se torna un tanto emocionante y termina siendo un aburrimiento en donde no paras de bostezar. Cual fue el problema a mi entender los siguientes 1) La trama se termina bazando en una tipica historia de amor yankee. a ver si los productores se dan cuenta de algo, si uno quiere ver una historia de amor va con su novia a ver crepusculo o similares. pero si uno va a ver Iroman quiere ver acción, efectos especiales, explosiones. Yo creo que eso se había superado en Los Vengadores en donde el dialogo era mínimo y la historia de amor reemplazadas por chistes cortos. 2) Se altera la historia del Comic Original con El Mandarín (no voy a comentar que pasa para aquellos lectores que no vieron todavía la película). pero si quiero decir que marvel ha traicionado su historia con esta película, ya que una de las mejores cosas que tenían las películas de MARVEL es que respetaba a rajatabla el Comic y los personajes resultaban fisicamente muy parecidos a los personajes de Comic. Con esta Película Marvel traiciona la historia del Mandarin y la verdad que fue muy pero muy mala la vuelta que le dio. 3) Se cambia el triunfo del super héroe, es terrible para los que seguimos a los comic que quien resulta la situación no es el héroe sino un personaje secundario que termina transformándose de un momento para el otro en el personaje más importante y potenciar a una mujer como heroina. A ver, si voy a ver la pelicula de Iroman quiero ver acción de Iroman no que creen nuevos personajes de la nada y sin mayor sentido. 4) Grandes diálogos: una pelicula como Iroman 3 que es atractiva por seguramente grandes efectos especiales, faraonicas batallas, resulta no serlo y a cambio de eso ofrecen inmensos diálogos en donde solo se aprecia algún que otro escenario natural, al estilo NatGeo. Vuelvo a repetir si voy a ver Iroman quiero ver acción, efectos especiales, etc. En conclusión la película es MALISIMA, solo ha tenido el exito taquillero en la confianza de la gente deslubrada por los dos primeros films. POR TODO ESO NO ES RECOMENDABLE Y ESPEREMOS QUE THOR NO SEA IGUAL. SALUDOS

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La cuestión del garantismo argentino
InfoporAnónimo7/25/2012

GARANTISMO EN ARGENTINA : DETALLES Y REFLEXIÓN: voy a escribir lago que hace mucho tengo ganas de escribir, voy a disculparme de antemano por algún error tipográfico o gramatical debido a que lo voy a realizar en medio de mi trabajo, por lo que por ahí se me pierde alguna hilo conductor en una idea. Pero de todas maneras mi pensamiento va a estar bien plasmado. En los últimos tiempos sobre todo, ha empezado una corriente a criticar el garantismo en la República Argentina, al igual que ante cualquier situación de inseguridad se trata de culpar por eso a la existencia y aplicación de derechos humanos. Ahora bien, aquella doña rosa o a aquel sujeto que realiza a la ligera y sin mas un critica al garantismo me gustaría consultarle SI REALMENTE CONOCE EL SIGNIFICADO DE AQUELLO A LO QUE LLAMA GARANTISMO. en mi opinión debo entender que no, ya que a lo que se llama garantismo no es mas que el cumplimiento del DEBIDO PROCESO JUDICIAL. Déjeme explicarle a aquellos que no conozcan el derecho, esta bien que no lo conozcan a fondo toda persona que no resulte ser abogado, el debido proceso consta en respetar todas y cada una de las garantías que la CONSTITUCIÓN NACIONAL, Tratados Internacionales, Leyes Naciones, Constituciones Provinciales otorgan a las personas. Para ser más ejemplificativo, cuando una persona comete un delito y el estado toma conocimiento de la comisión de ese hecho se activa la maquinaria estatal, piénsese en la inmensa diferencia de poder que existe entre el estado con sus inmensos medios contra un simple ciudadano con, muchas veces, muy limitados recursos. Ante ello el derecho ha evolucionado poniendo limites al poder punitivo del estado, y estos limites se llaman garantías que juegan por consiguiente no a favor del estado sino de los personas. Ahora veamos "estas terribles garantías" que para algunos representan el fin de la sociedad. Algunas de las garantías son: * La Defensa en Juicio ( Art. 18 CN "es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos" ), esto en resumidas cuantas, quiere decir que siempre debe estar asegurada un defensa profesional, letrada tanto particular o del estado, que la persona debe estar en conocimiento de todo lo que se lo acusa y tener la posibilidad de realizar un descargo. * Igualdad ante la ley (Art. 16 CN): esto que es que no existan privilegios o excepciones de ningún tipo independientemente de la persona de la que se trate. * Debido Proceso (Art. 18 CN) Esto significa respetar las garantías y la obligación del estado en fundar cada una de sus acciones. * Juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso (Art 18 CN) Esto quiere decir que no nos pueden imputar la comisión de un delito si previo a que se cometa dicho acto ilícito no existe una ley que lo tipifique esto es que describa el acto prohibido. Ademas de que para que se condene a una persona debe realizarse un juicio (con todas estas garantías), luego una sentencia emana por el juez o tribunal dispondrá la culpabilidad o exhoneración del imputado, hasta ese momento la personas INOCENTE. *Juez Natural (Art. 18 CN "ningún habitante de la Nación puede ser juzgado por comisiones especiales o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa": esto quiere decir que ante la posible comisión de un delito solo nos podrá juzgar un juez que ya estuviera desempeñando el cargo antes de la comisión del supuesto delito. lo que intenta hacer esta garantías es evitar que se perjudique al imputado nombrándole un juez al efecto de que lo juzgue a él o se cree una comisión al solo efecto de juzgarlo, lo cual obviamente atentaría con la garantía de que el juez debe ser imparcial. *Imparcialidad (Art. 18 y 75 Inc. 22 CN) esto quiere decir que el juez que nos va a juzgar debe ser imparcial en la controversia, no debe tener un interés en como se resuelve el caso. si tuviera algún interés ya sea que sea enemigo, acreedor etc de alguna de las partes debe recursar al juez, esto es cambiar al juez por otro que sea imparcial. *Independencia (Art. 109 CN) esto quiere decir que los jueces son independientes, y ningún otro poder del estado (ejecutivo o judicial), puede arrogarse la jurisdicción penal. * Presunción de inocencia (Art. 75 Inc. 22 CN) esto quiere decir que nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario, y solo se va a demostrar su culpabilidad con una sentencia judicial que disponga lo contrario (la sentencia debe ser firme pero es un tema mas técnico) *Derecho a no declarar contra si mismo (art. 18 CN "Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo" y Art 75 Inc. 22 CN) esto quiere decir que no nos pueden obligar a declarar lo que no queremos declarar como así también nadie puede obligarnos a decir que somos culpable , ya sea tanto en sede judicial como en SEDE POLICIAL. si alguien nos acusa de algo debe probarlo quien acusa, de ninguna forma estamos obligados a confesar nada (el imputado siempre, el testigo no tiene este beneficio) * Non bis In Idem (tiene fundamento constitucional con base en la cosa juzgada y su estabilidad), esto quiere decir que el estado no nos puede perseguir dos veces por el mismo hecho si ya nos perseguido alguna vez. esto otorga una seguridad jurídica y tranquilidad a la persona *irretroactividad de la ley penal (Art. 18 CN "Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso" esto quiere decir que para que me imputen la comisión de un delito la ley debe haber existido antes de la comisión del acto, y toda legislación penal que se dicte debe regir para el futuro. ya que si rigiera para el pasado lo que hoy no es delito mañana podría serlo y juzgarnos por algo que cuando lo hicimos no constituía un ilícito y después se dispuso lo contrario. esto afectaría enormemente la liberta y seguridad jurídica de las personas. Ahora lector que conoce las garantías, le parecen que atentan contra los ciudadanos nobles, contra los buenos padres de familia. yo creo que de ninguna manera, ademas son derechos que nos han costado siglos de sangre y lucha conseguirlos, estas garantías, que no son mas que limites que los ciudadanos le fijasmos al estado, nos brindan una tranquilidad y libertad que no hace mucho no tenían. Ahora no le resulta un tanto tonto (por decirlo así) que la misma ciudadanía acuse al estado de respetar esas garantías, se estará dando cuanta aquél ciudadano que lo que pide es que borremos esos limites que tanto nos ha costado poner al estado. o quizás no sepa lo que en realidad esta pidiendo?. Lector, espero que si usted desconocía lo aquí expresado y es una de lo que cuestiona el garantismo tome conciencia de su pedido y cambie su parecer porque si su deseo se concreta y dejamos de lado las garantías quizás sea usted el que luego implore por que vuelvan. En cambio si usted lector defiende dichas garantías difundalas, comentelas y de esa manera las fortaleceremos mucho más. Espero que el post les hayas servido, no me he referido a los derechos humanos porque me reservo el tema para otro post, dado la importancia de ellos y lo extenso de sus contenidos Saludos

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estoy indignado y te pido .....
InfoporAnónimo12/21/2012

Ayer y hoy días tristisimo Siendo argentino me siento con la ayer de las tristeza, junto a una inmensa bronca por los hechos de vandalismo que han ocurrido en este país en el día de ayer y de hoy. Me siento avergonzado para con muchos países con los cuales nos hemos aliado para poder derrotar inmensos poder que han atacado esta américa latina durante tantos años, me siento avergonzado para con la gente que ha sido utilizada por sector políticos y gremiales que han utilizado nuevamente a los sectores marginales para desestabilizar al gobierno elegido democraticamente y con un 54% de votos hace un año atrás, si como escucho un año atras. Siento que como sociedad no podemos permitir que sectores políticos y gremiales hagan este tipo cosas, NO SE PUEDE PERMITIR MÁS. porque bien sabes los argentinos que al gobierno de De La Rúa le hicieron lo mismo, pero el pueblo argentino cansado de su bochornoso gobierno convalido estos actos, haciendo la gran salvedad que en aquel momento el hambre y la falta de trabajo eran dos hechos que aquejaban enormemente a este país. pero hoy esto no es así, y uno podrá ser de izquierda o de derecha kirchnerista o antikirchnerista, pero de ninguna manera usted lector, usted argentino puede convalidar que grupo políticos y gremiales organicen tamaña salvajada, tamaño acto antidemocratico, gracias a ellos hubo dos muertos si dos muertos por culpa directa de políticos y gremialistas que buscan la desestabilización. pongamos las cosas sobre la mes ay hablemos en claro, a usted le cabe alguna duda que estos hechos de saqueos se encuentran organizados, que estos hechos se produzcan un 21 de diciembre. LA RESPUESTA ES NO y más allá de su opinión política o partidaria no permita que grupos políticos y sindicales actúen de eta manera, porque de lo contrario el poder no se encontrara en el gobierno sino en estos minúsculos grupos de fuerza. no responsabilice a los saqueadores, ellos son simplemente utilizados por gente bien educada y con grandes heladeras llenas de comida rodeados de electrodomésticos. o usted piensa que en argentina verdaderamente como dice hugo moyano el hambre es insoportable, realmente usted cree eso. argentinos no permitamos que esto suceda, exprese su disconformidad de alguna manera, expresense por redes sociales, en la calle en el boca a boca pero no deje que lo pasen por arriba no deje que pequeños grupos nos roben lo que tanto nos ha costado conseguir. no olvide que dentro de los detenidos se encuentran personas del gremio de camiones (que tiene un sueldos básico de $7.000), que se encuentra gente del gremio de barrionuveo (que dijo que tenia qe para de afanar por 3 años). hoy me encuentro absolutamente indignado con estos hechos, una discusión política no seda por estos medios patoteriles, queres una sociedad del respeto, de la paz social repudiemos fervientemente estos hechos de violencia, estas utilizaciones políticas de gremialistas inescrupulosos que siempre le han sido serviles a los poderes mas oscuros. estimado lector no deje pasar estos, despierte le están haciendo ver imágenes de hace 10 años atrás, verdaderamente y piénselo verdaderamente usted piensa que estamos en una situación económica y social igual a la de hace 10 años atrás. sino es así lo están engañando, lo quieren utilizar, no lo permita porque lo que buscan es robarle lo que ha conseguido durante estos años. el poder que buscan estos sectores no lo han conseguido por lo votos ni por el apoyo del pueblo sino vea la marcha lamentable y con tan poco concurrencia que ha realizado michelli junto a mayo, no es casualidad que después de fracasar la marcha hayan comenzado los saqueos. como puede pasar que distintos grupos en distintas ciudades del país con idiosincrasias diferentes economías diferentes hayan salido a saquear supermercados, ademas que los sectores mas humildes y por consiguientes mas necesitados dígase la matanza, lomas de zamora, el norte argentino no se han sumado a los saqueos. como analizaría usted esto, yo entiendo que esto se encuentra absolutamente organizado y con la sola búsqueda de la desestabilización usando medios patoteriles típicos de otras epocas, o que pensé que ya no se utilizaban. estimado lector mi indignación es enorme espero que usted se sume a la mía y haga lo propio, NO PERMITAMOS MÁS LOS ARGENTINOS QUE MINÚSCULOS SECTORES DE PODER DESESTABILICEN UN GOBIERNO EN BENEFICIO PROPIO, NO PERMITA QUE LO ENGAÑEN MÁS. SI USTED HACE ESTO SEGURAMENTE ÉSTE HABRÁ SIDO EL ÚLTIMO MOVIMIENTO VIL DE AQUELLOS GRUPO SINIESTROS QUE BUSCAN EL PODER TAMPOCO OLVIDE ESTIMADO LECTOR QUE EN ESTE INTENTO DESESTABILIZADOR ESTOS GREMIALISTAS MICHELLI Y MOYANO HAN UTILIZADO A LOS SECTOR E MAS BAJOS RECURSOS, YA QUE HAN PERDIDO EL APOYO DE LOS TRABAJADORES, Y EN ESA UTILIZACIÓN HAN MUERTO LE REPITO HAN MUERTOS DOS PERSONAS, QUIEN LE LLEVARA PAZ A ESAS FAMILIAS QUIEN SERA RESPONSABLE. QUIZÁS SI USTED DA SU APOYO ESTOS GREMIALISTAS DESPUÉS DE TANTOS AÑOS DE IMPUNIDAD RECIBAN UN CASTIGO DE LA SOCIEDAD ESE SERÁ MI DESEO Y ESPERO QUE EL SUYO POR UN PAÍS EN PAZ Y DEMOCRÁTICO LE DESEO UNAS FELICES FIESTAS Y EN PAZ

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Noche de gritos en T!
HumorporAnónimo12/2/2015

HOY ES LAS NOCHE DE LOS GRITOS EN TARINGA Y AHORA PASAMOS A LOS GRITOS MAS FAMOSOS FIN

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Noche de gritos en T!
Noche de gritos en T!
HumorporAnónimo12/2/2015

HOY ES LAS NOCHE DE LOS GRITOS EN TARINGA Y AHORA PASAMOS A LOS GRITOS MAS FAMOSOS FIN

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Lider de Korea del Norte seria Uruguayo
HumorporAnónimo4/24/2017

ESTADOS UNIDOS: Investigadores de la Universidad de Massachusetts, luego de una ardua investigación de mas de 20 años habrían llegado a la conclusión que el hoy líder de la República Popular de de Korea Kim Jong-un habría nacido en la República Oriental del Uruguay en ocasión de un viaje diplomático secreto de su padre Kim Jong-il junto a su señora embarazada y habría dado a luz en la capital del país suramericano . La investigación que se presume traerá una primicia mundial que seguramente afectara a las dos naciones ha sufrido el ataque diplomático por parte del actual gobierno del presidente Vasquez. Finalmente el investigador a cargo Andrew Wilson ha quedado perplejo luego de conocer los aportes de este pequeño país para con la comunidad internacionales dado que a este nuevo personaje mundial debe recordarse que el Uruguay también ha aportado el Tango junto a su mayor cantante Carlos Gardel, la creación del dulce de leche, como así también incursionaron el transporte desenrollando el colectivo, no solo eso sino que también fue ese país quien aporto la birome a la comunidad internaciónal y actualmente se esta investigando sobre el posible nacimiento del Papa Francisco primero en Canelones. Wilsson culmina exhortando a la comunidad internacional a conocer más sobre este grandioso país del sur

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