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luigis33

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Determinan cuándo es delito la tenencia de drogas para cons
InfoporAnónimo11/20/2009

La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal al emitir el fallo en cuatro causas por tenencia de estupefacientes para consumo personal, analizó el criterio seguido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el reciente fallo “Arriola”, precisando en qué casos tal conducta constituye un delito. Los jueces que componen la Sala II, dictaron el sobreseimiento del imputado sólo en una de las causas. Se trata de la causa “Roldán”, donde los jueces Horacio Cattani y Martín Irurzun al analizar la causa iniciada tras la requisa realizada a una persona en la villa 1.11.14, a quien se le secuestraron cinco envoltorios de nylon con marihuana y otros cuatro con cocaína mezclados con cloruros y cafeína, consideraron que la escasa cantidad de droga secuestrada al imputado, no deriva elemento alguno que permita atribuirle finalidad de desarrollar un consumo que trascienda de sí mismo. Los magistrados destacaron que en virtud de la conducta investigada, el tribunal se encuentra obligado a resolver analizando las circunstancias de cada caso concreto a fin de establecer si tales conductas pueden considerarse resguardadas por la esfera de la intimidad, tal como lo dispuso la Corte en Arriola. En dicho fallo, los camaristas recordaron lo establecido en el caso “Thomas”, donde los jueces de la Sala II consideraron que en función del artículo 19 de la Constitución Nacional resulta exigible atender al contexto en que se verificó la tenencia de droga destinada al uso personal, a fin de determinar si la actividad concreta que se analiza puede reputarse como representativa para la salud pública. De acuerdo a lo establecido por la Sala, en aquellos casos en que se configura la ausencia de delito no resulta necesario declarar la inconstitucionalidad de la figura penal prevista en el segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737. Por otro lado, en las otras tres causas en las que el pasado lunes se pronunció el tribunal, se consideró que las circunstancias particulares de cada uno de tales casos muestra que los hechos investigados pusieron en peligro la salud pública, el cual es el bien jurídico protegido por el artículo 14, segundo, de la ley 23.737. En el caso “Roberto”, el imputado había sido observado por personal policial fumando marihuana en la vía pública a media tarde, mientras que en el fallo “Arce”, los jueces consideraron que la cantidad de marihuana encontrada excede lo que puede ser considerado para consumo personal y privado de los nombrados. Por otro lado, en el caso “Acosta”, donde al imputado le habían sido incautadas pastillas compuestas por un derivado anfetamínico dentro de un predio donde se desarrollaba un evento de música electrónica, los jueces consideraron que se configuró una situación representativa del riesgo para la salud. Fuente:http://www.abogados.com.ar/determinan-cuando-es-delito-la-tenencia-de-drogas-para-consumo-personal/4479 Si te interesó el tema pasate por la comunidad respuestas legales y sumate http://www.taringa.net/comunidades/legal/

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Condenan a diario por publicación de información inexacta
InfoporAnónimo12/2/2009

En el marco de una causa por daños y perjuicios iniciada contra un diario que había informado erróneamente que la mujer del actor lo había matado al intentar evitar un asalto, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil destacó que el derecho a informar no es absoluto, no pudiendo menoscabar otros derechos de igual jerarquía como el de integridad moral y el honor de las personas. En la causa “Martínez Norberto Héctor y otro c/ Editorial La Razón S.A. y otro s/ daños y perjuicios”, la Sala E confirmó la sentencia que había sido dictada en primera instancia donde se había responsabilizado a la editorial por la publicación y difusión de una noticia inexacta. El diario demandado, había publicado que luego de que el accionante fuese abordado por dos delincuentes en la puerta de su casa, su mujer al tomar conocimiento del hecho, tomó un arma y efectuó disparos, afirmando que había herido a su marido quien supuestamente murió minutos después, lo cual era falso. Al analizar el caso, los camaristas consideraron que si bien debe respetarse la libertad de expresión contenida en el artículo 14 de la Constitución Nacional, no implica que deba protegerse su ejercicio cuando mediante él se afectan derechos de particulares, no siendo tal derecho absoluto, sino que dicha actividad debe ser desempeñada conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, las que vedan aquellos actos que perjudiquen a terceros, siendo ello expuesto en la doctrina establecida en el fallo “Campillay”. Con relación a ello los jueces destacaron que la Corte Suprema fue precisando los límites dentro del ejercicio de la libertad de prensa, sosteniendo que no existe falsedad cuando el medio individualiza la fuente y transcribe la noticia de forma sustancialmente fiel. En tal sentido, para eximirse de responsabilidad hace falta que quien divulga la información la atribuya directamente a la fuente. Según determinaron los jueces “en autos, la demandada ha incumplido con la mayoría de estas pautas, omitiendo la fuente de información, identificando con nombre y apellido y su domicilio a los damnificados del robo -accionantes de este litigio- y omitiendo el uso de verbos potenciales, por ello debe considerarse su conducta como antijurídica y que lesiona el honor de las personas involucradas en la noticia, la cual solo refleja en forma parcial la verdad de los sucesos acontecidos”. Los magistrados consideraron que se había provocado un daño al honor de los accionantes como consecuencia de haber publicado la falsa afirmación de que el actor había muerto luego de que su esposa le disparase. Según manifestaron los jueces en el fallo emitido el pasado 14 de octubre, al no haberse cumplido ninguno de los estándares exigidos por la doctrina emanada del caso “Campillay”, la conducta seguida por el periódico devenía en antijurídica, lesionando el honor de las personas involucradas en la noticias. “Cabe hacer notar que el honor de las personas no sólo puede verse afectado por medio de los delitos de calumnias e injurias cometidos a través de la prensa, ya que puede existir injustificada lesión a dicho bien que resulte de un acto meramente culpable o aún del ejercicio abusivo del derecho de informar, por lo que el propietario o editor del periódico que de a conocer las falsas o erróneas imputaciones se encuentra obligado a reparar los daños y perjuicios ocasionados”, agregaron los jueces Fuente: http://www.abogados.com.ar/condenan-a-un-diario-por-la-publicacion-de-informacion-inexacta/4570

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La cárcel más rara del mundo
InfoporAnónimo4/24/2009

La cárcel más singular del mundo Unos 200 reos del penal boliviano de San Pedro viven con sus familias La prisión de San Pedro, en La Paz, es la más grande de Bolivia, pero no es una cárcel cualquiera. Alberga a 1.500 presos. Y a sus invitados. Cerca de 200 reos conviven ahí con sus familias. Las mujeres y los hijos pueden entrar y salir de la prisión sin ningún problema. Pero la rocambolesca situación no termina ahí. Hasta hace un mes, San Pedro también era el sitio turístico más extraño del mundo, según la guía de viajes Lonely Planet. ¿La razón? Por unos 35 dólares (unos 26 euros), cualquier visitante podía conocer la peculiar sociedad establecida en el interior de la prisión, consumir la cocaína producida en el mismo sitio y hasta pasar una noche en una celda. Uno de los presos de la cárcel de San Pedro, en una protesta en 2006 para exigir mejoras en los penales.- EFE “El centro dispone de una peluquería, tiendas de alimentos y un salón de billar” Entre sus reos están varios de los prisioneros más famosos de Bolivia. Algunos de ellos son el ex prefecto de Pando, el opositor y autonomista Leopoldo Fernández, a quien el Gobierno ha señalado como el responsable de la matanza efectuada en esa región el año pasado; el destituido presidente de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) Santos Ramírez, y hasta los dos detenidos la semana pasada por el supuesto complot en contra del presidente Evo Morales. El criminal de guerra nazi Klaus Barbie (acusado de 4.500 asesinatos en campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial) estuvo encarcelado en la prisión unos meses durante 1983 antes de ser extraditado a Francia, donde murió en 1991. Pero ninguno de estos presos fue el que convirtió a San Pedro en una atracción turística. Un británico nacido en Tanzania, Thomas McFadden, pasó tres años encarcelado por tráfico de drogas, entre 1996 y 1999. Su temporada en prisión le inspiró fundar la singular compañía de viajes que ofrecía recorridos y estancias en el interior de la cárcel. "Mostraba las condiciones con las que los presos vivían. Era un sitio muy extraño", explica. La mayoría de los presos trabajan en las cárceles para matar el tiempo. No en San Pedro. Los reos consiguen trabajos remunerados, con los que pueden aspirar a mejorar sus condiciones. El centro dispone de una peluquería, pequeñas tiendas de alimentos y un salón de billar. La prisión se divide en ocho secciones, de acuerdo con el poder adquisitivo del preso. Las más lujosas tienen baño privado, cocina y televisión por cable; los prisioneros más pobres comparten celda. McFadden, gracias al éxito de su "empresa turística", consiguió hacerse propietario de una cafetería y un pequeño supermercado en el interior del penal. La fama del sitio comenzó a pasar de boca en boca y llegó a oídos del mochilero australiano Rusty Young, que visitó La Paz en 1998, donde conoció a McFadden. Los dos son autores de un libro basado en las memorias de McFadden, Marching powder (Polvo en marcha), publicado en 2002. La novela incluso ha llamado la atención de Hollywood. El libro será llevado al cine en 2010. La película será producida por Brad Pitt; el director, el brasileño José Padilha (Tropa de élite, 2008) y el papel de McFadden será interpretado por el actor estadounidense Don Cheadle (Traffic y Ocean's eleven). La notoriedad, sin embargo, llevó a las autoridades a poner un alto a los recorridos. El diario boliviano La Razón publicó en febrero un reportaje sobre el sitio, donde además denunciaba el tráfico de drogas. Las restricciones causaron un motín en la prisión y dos gobernadores de la cárcel fueron destituidos por no poder orden. El Gobierno boliviano también había anunciado su intención de separar a las familias e impedir que los niños y las mujeres siguieran viviendo en San Pedro. Esta última decisión fue revocada ayer, después de que 18 presos se declararan en huelga de hambre desde el martes. El actual gobernador de la prisión, José Cabrera, declaró que la meta de las autoridades es "que los internos entiendan que este es un centro penitenciario". Fuente: http://www.elpais.com/articulo/internacional/carcel/singular/mundo/elpepuint/20090424elpepuint_2/Tes

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Contra un mito de 200 años
InfoporAnónimo5/12/2009

Bicentenario de América Latina La desigualdad en el continente no se remonta a la colonia sino a principios del siglo XX La región creció al nivel de los países más ricos entre 1860 y 1938 El rey Juan Carlos dio ayer el pistoletazo de salida de las conmemoraciones de los 200 años de las independencias latinoamericanas. Entre lo que queda de este año y el próximo, el grueso de los países de la región celebrará el primer grito de libertad de la corona española. Habrá discursos revisionistas críticos, los más, y alguno que otro que intente mirar hacia adelante. En cualquier caso, será difícil soslayar los puntos más negros de la historia latinoamericana: la desigualdad y la exclusión social, y las crisis económicas crónicas. Pero ni la desigualdad se remonta a la colonia -más bien arranca en los albores del siglo XX- ni las crisis que han diezmado la región son añejas, pues Latinoamérica perdió el tren del desarrollo hace apenas 30 años. "En comparación con el resto del mundo, la desigualdad no era alta en la América precolombina ni lo fue durante la conquista y la colonización. Ni tan siquiera lo fue durante gran parte del siglo XIX. La desigualdad crónica de América Latina es un mito", afirmó Jeffrey Williamson, profesor emérito y ex director del Departamento de Economía de la Universidad de Harvard, en la conferencia sobre desigualdad en la historia económica que organizaron el Instituto Figuerola de la Universidad Carlos III y la Fundación Ramón Areces la semana pasada en Madrid. Jan Luiten van Zanden, vicepresidente de la Asociación Internacional de Historia Económica, y Peter Lindert, profesor de la Universidad de California-Davis, respaldaron la tesis de Williamson. "Es importante entender que hasta la industrialización, América Latina no era más desigual que el norte de Europa. En una economía agraria, de trabajadores poco cualificados, los desequilibrios son menores. Es en el siglo XX, cien años después de las independencias, cuando surge la desigualdad urbana. Es cuando los mayores salarios por el trabajo cualificado y la educación disparan la brecha", concluyen Lindert y Van Zanden. "Cuando a mediados del siglo pasado Juan Domingo Perón, por ejemplo, hace su revolución, quienes más se benefician son los trabajadores de los sindicatos que apoyan al Gobierno. Pasa lo mismo en Chile durante el tiempo que Salvador Allende pudo gobernar: los estibadores y mineros fueron los más beneficiados de sus políticas. Así que entre éstos y los demás trabajadores, especialmente los del sector informal, se acentuó la desigualdad", explica Williamson. Ninguno de los tres historiadores económicos cree que la desigualdad y la exclusión puedan reducirse de un zarpazo. Hoy, a las puertas del bicentenario, la mayoría de los Gobiernos de América Latina se identifica con la izquierda, desde la más moderada a la más radical. ¿Cuál es el mejor modelo para estrechar la brecha de la desigualdad? "Tomemos el ejemplo de Cuba, es la revolución más longeva. Redujo la desigualdad, pero también se empobreció la isla, y entre pobres las diferencias son menores. Es más, puede que ahora aparezcan los desequilibrios entre quienes reciben dinero de sus familiares en Estados Unidos y los que no", cuenta Williamson. "La revolución de Chávez, en Venezuela, no sólo no ha reducido la desigualdad, sino que la ha acentuado", explica Lindert. "Es un régimen que sólo se ha ocupado de crear clientelismo político", añade. En la historia económica de América Latina siempre ha habido dos jinetes del apocalipsis: la oligarquía y el imperialismo. Ningún historiador cuestiona las maniobras de los terratenientes primero, y las de los industriales después, para mantener sus privilegios en todos los países y con todos los regímenes. Tampoco que Estados Unidos ha intervenido en la región en defensa de sus intereses por encima de todo. Pero, a pesar de todo esto, el historiador británico Victor Bulmer-Thomas, ex director del Instituto de Estudios Latinoamericanos de Londres -hoy Instituto de las Américas-, concluye en su libro La historia económica de América Latina desde la independencia que "las limitaciones externas, aunque formidables, nunca fueron abrumadoras (...) Las principales razones del relativo atraso de América Latina se encuentran dentro de la propia región (...) Nunca ha tenido el don de la oportunidad. El modelo de crecimiento guiado por las exportaciones cobró impulso casi en proporción inversa a las ventajas comerciales de que disfrutaron las materias primas. Luego la región se cerró en pleno auge del comercio internacional y, por último, llegó la crisis de la deuda de los ochenta...". En la conferencia en Madrid se sostuvo que América Latina quedó rezagada en los últimos decenios del siglo pasado. Refuta, entre otras ideas, la teoría de la dependencia, es decir, que sostiene que el fracaso de las economías latinoamericanas se debe fundamentalmente a la herencia colonial -La herencia colonial de América Latina, de Stanley J. y Barbara H. Stein es capital en esta tesis-. Si se compara el desarrollo económico latinoamericano desde la independencia con el club de los países ricos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), se observa que la región mantuvo el paso de los países más avanzados desde 1860 hasta 1938, y que en la segunda mitad del siglo XX cambia esta tendencia hasta que el declive se acentúa entre 1980 y 2000. "La región se cierra al mundo con su política de sustitución de las importaciones en los ochenta, y cuando se abre en los noventa el proceso es nefasto. La liberalización se hace a medias, porque en muchas ocasiones lo que se denominó privatizaciones sólo supuso un traspado de los monopolios públicos a los privados", explica Leandro Prados de la Escosura, catedrático de Historia Económica de la Universidad Carlos III de Madrid. "La mayoría de los países de América Latina alcanzaron su techo de riqueza entre finales de la II Guerra Mundial y 1960", sostiene Branko Milanovic, un economista del Banco Mundial experto en desigualdad global. "A partir de entonces, hubo picos y descensos pero, básicamente, la creación de riqueza está estancada desde entonces. La única excepción es Brasil, que desde hace unos años mantiene una línea ascendente", añade. Fuente: http://www.elpais.com/articulo/internacional/mito/200/anos/elppgl/20090512elpepiint_6/Tes

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Límite horario de los locales bailables- Ley 14050
InfoporAnónimo11/9/2009

LEY 14050 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°: Encuéntranse comprendidos en los términos de la presente Ley los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de bailes, clubes, y demás locales donde se realicen actividades bailables y/o similares, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuere su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora. ARTICULO 2°: Encuéntranse también comprendidos en la presente norma los establecimientos o locales cuya actividad se desarrolla tanto en lugares abiertos como cerrados, cualquiera fuere su denominación o actividad principal, y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, en los que se vendan, expendan o suministren bebidas alcohólicas destinadas a ser consumidas exclusivamente en el ámbito físico en que funcionan. Están comprendidos en esta categorización, restaurantes, cantinas, cervecerías, cafeterías, bares, casinos bingos y salas de juego y otros sitios públicos donde se desarrollen actividades similares, no resultando esta enumeración taxativa. ARTICULO 3°: Los establecimientos comprendidos en el artículo 1° abrirán sus puertas para la admisión hasta la hora dos (02,00), y finalizarán sus actividades como horario límite máximo a la hora cinco y treinta (05,30). El horario de cierre de actividades podrá modificarse -por excepción- por la autoridad competente fundada en razones estacionales y/o regionales hasta la hora seis y treinta (06,30). ARTICULO 4º: Los establecimientos comprendidos en el artículo 1° que desarrollen con habitualidad las actividades descriptas en el mismo, deberán dentro de los noventa (90) días de promulgada la presente, contar en sus accesos y egresos con cámaras de videovigilancia, las cuales deberán cumplir con los requisitos mínimos que se establecerán en el Decreto Reglamentario. ARTICULO 5°: Los establecimientos y locales comprendidos en los artículos 1° y 2º cesarán la venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas a las cuatro y treinta (4,30) horas. Durante el horario de actividad los establecimientos comprendidos en los artículos 1° y 2° no podrán vender, expender, o suministrar a cualquier título bebidas alcohólicas en vasos, copas o similar, que superen los trescientos cincuenta (350) mililitros de capacidad, con excepción de los restaurantes. Todos los establecimientos y locales comprendidos en los artículos 1º y 2° deberán contar con la provisión gratuita y suficiente de agua potable en los lugares adecuados. Los establecimientos y locales comprendidos en los artículos 1° y 2° no podrán, en ningún caso, vender, expender o suministrar a cualquier título, las bebidas que por su fórmula se consideren energizantes y/o suplementos dietarios, durante todo el desarrollo de su actividad. Los establecimientos y locales comprendidos en el artículo 2° podrán iniciar la venta de bebidas alcohólicas a partir de las diez (10) horas y siempre cumpliendo con los límites establecidos en la Ley 11748 (T. O. por Decreto 626/05) respecto a la edad de los consumidores. ARTICULO 6º: No se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de niños menores de catorce (14) años en los establecimientos y locales enunciados en el artículo 1º. ARTICULO 7º: No se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de menores de catorce (14) años en los establecimientos o locales enunciados en el artículo 2º de veinticuatro (24,00) a ocho (08,00) horas si no estuvieren acompañados por su padre, madre, tutor o adulto responsable. En ningún caso se admitirá la presencia de menores de dieciocho (18) años en casinos, bingos, salas de juego. ARTICULO 8º: Los menores de entre catorce (14) a diecisiete (17) años sólo podrán permanecer en los establecimientos y locales comprendidos en el artículo 1° hasta las veintitrés (23,00) horas como horario máximo. La apertura de puertas para el inicio de actividades se realizará a partir de las diecisiete y treinta (17,30) horas al solo efecto que los padres, tutores o responsables legales de los menores tengan la posibilidad de realizar la revisión de las instalaciones. A partir de las dieciocho (18,00) horas se dará inicio a la actividad bailable. En tales establecimientos no se realizará venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas. ARTICULO 9º: No se admitirá la concurrencia en los locales e instalaciones bailables de menores de catorce (14) a diecisiete (17) años en forma simultánea con mayores de dieciocho (18) años de edad. ARTICULO 10°: Serán sancionados con multa de pesos cinco mil (5.000) hasta pesos treinta mil (30.000), y clausura del local hasta treinta (30) días, los responsables legales de los establecimientos que transgredieren las disposiciones contenidas en los artículos 3º, 4º, 5º y 7° segundo apartado. Si resultare reiterada la violación, se duplicarán los montos de la sanción de multa, y se dispondrá la clausura definitiva del local. ARTICULO 11°: Será sancionado con multa de pesos treinta mil (30.000) hasta pesos cincuenta mil (50.000), y clausura definitiva del local y/o establecimiento comercial, quien violare la disposición contenida en el artículo 6º de la presente Ley. ARTICULO 12°: Será sancionado con multa de pesos cinco mil (5.000) hasta pesos treinta mil (30.000) y clausura hasta sesenta (60) días del local, quien transgrediere las disposiciones contenidas en los artículos 7º primer apartado, 8° y 9° de la presente Ley. Si la violación resultare reiterada, se duplicarán los montos de las multas, y se dispondrá la clausura definitiva de la instalación comercial. ARTICULO 13°: El Poder Ejecutivo determinará las Autoridades de Aplicación y comprobación de las infracciones de la presente Ley. ARTICULO 14°: Se aplicará el procedimiento previsto en el Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley 8.031/73 (T. O. por Decreto 181/87) y modificatorias. ARTICULO 15°: Los ingresos percibidos por multas, ya sean pagadas voluntariamente o percibidas por vía del juicio de apremio, se distribuirán de la siguiente forma: 1. 1. El cuarenta (40) por ciento con destino a la Subsecretaría de Atención a las Adicciones, para solventar gastos que demande el cumplimiento de sus objetivos y metas. 2. 2. El diez (10) por ciento con destino al Ministerio de Producción para solventar gastos que demande la aplicación de la presente Ley. 3. 3. El diez (10) por ciento para el presupuesto de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, con destino de solventar gastos de equipamiento y otros que se produzcan por la aplicación de la presente Ley. 4- 4- El cuarenta (40) por ciento con destino a la Municipalidad donde se hubiere cometido la falta. ARTICULO 16°: Derógase la Ley 12588, y toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ley. ARTICULO 17°: Las Municipalidades deberán adecuar sus reglamentaciones locales a las previsiones de esta Ley, sin perjuicio de la aplicación de las normas propias cuando las mismas contemplen límites o modalidades horarias y de funcionamiento más restrictivas. ARTICULO 18°: Modifícase el artículo 1° de la Ley 11.825, que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 1°: Dispónese en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires la prohibición de venta, expendio o suministro a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas, para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro a cualquier título a partir de las veintiuna (21,00) horas y hasta las diez (10,00) horas.” ARTICULO 19°: Modificase el artículo 4° de la Ley 11.825, régimen de venta, expendio o suministro de bebidas alcohólicas el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4°: Dispónese en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, la prohibición de efectuar concursos, y/o competencias cuyo objeto, medio o fin sea el consumo de bebidas alcohólicas. Prohíbese el expendio o promoción de bebidas alcohólicas cualquiera sea su graduación, en la modalidad conocida como “canilla libre” en locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, clubes, pubs y bares. Se entiende por “canilla libre” a la entrega ilimitada ya sea en forma gratuita o mediante el pago de un precio fijo previamente concertado. Las consumiciones de bebidas que correspondan a la entrada de los comercios mencionados en el párrafo anterior no podrán ofrecer más de una (1) bebida con alcohol. Prohíbese el recupero, venta, expendio o suministro a cualquier título, del remanente de bebidas alcohólicas existente en vasos y envases de los clientes. Dichos remanentes deben ser desechados.” ARTICULO 20°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil nueve.

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Elefante gigante hallado en Java
InfoporAnónimo6/9/2009

Hallado en la isla de Java el esqueleto de un elefante gigante de hace 200.000 años La osamenta es la más completa encontrada hasta ahora en Indonesia. Sólo el fémur mide 1,2 metros El esqueleto de un elefante gigante de hace 200.000 años, el más completo encontrado hasta ahora en Indonesia, ha sido hallado en la isla de Java, según anunciaron hoy investigadores australianos. Se trata "de una especie ya extinta y es enorme, mucho más grande que los actuales elefantes asiáticos. "Sólo el fémur mide 1,2 metros", indicó la universidad australiana de Wollongong a través de un comunicado. Algunos huesos del paquidermo quedaron al descubierto el año pasado al derrumbarse una cantera de arena, lo que causó la muerte de dos trabajadores. De la tarea desenterrar la osamenta completa, trabajo que se prolongó durante cuatro semanas, se encargaron un equipo de investigadores de la Universidad de Wollongong y expertos del Instituto de Investigación Geológica de Indonesia. Los huesos, revestidos en yeso para su protección, fueron enviados al Museo de Geología de Bandung, en Java Occidental. Se cree que el elefante murió en la orilla del río Solo y la arena debió cubrirle rápidamente protegiéndole de ser devorado por otros animales, según la hipótesis del paleontólogo de Wollongong, Gert Van Den Bergh. Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Hallado/isla/Java/esqueleto/elefante/gigante/hace/200000/anos/elpepusoc/20090609elpepusoc_5/Tes

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Proyecto de ley para adelantar los comicios
InfoporAnónimo3/18/2009

17/03/09 - P.E.N. - Proyecto de Ley para adelantar la fecha de los comicios. AL HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN: Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un proyecto de ley tendiente a fijar, de modo excepcional, en atención a la profundidad y la extensión de la crisis económica internacional, la fecha de las elecciones nacionales de Diputados Nacionales y Senadores de la Nación para el próximo 28 de junio de 2009. Tal medida se propicia con la finalidad de evitar los inconvenientes y los cuantiosos gastos que provocarían las múltiples celebraciones de actos electorales convocados a un mismo efecto pero en fechas y oportunidades diferentes que, de concretarse, dejarían establecida una verdadera maratón electoral de largo aliento. Si bien es cierto que existen algunas Provincias que en sus Constituciones establecen la prohibición de la simultaneidad de elecciones, ocurre también que, en alto número, esas normas las permiten y propician, por lo que, para evitar la dispersión de actos electorales, se las invita a concentrarlos en la fecha indicada. En el orden internacional, han estallado los mercados financieros, desatando una crisis de cuya intensidad, extensión y profundidad todavía no se conocen datos, llegándose al punto de que ni los expertos intentan vaticinar su término ni mucho menos arriesgan una solución. La realidad de esa crítica situación, en cuya génesis no tienen responsabilidad los argentinos, que sin embargo se ven expuestos a sufrir sus consecuencias, hace desaconsejable la extensión de las campañas electorales desde inicios de marzo hasta el cuarto domingo del mes de octubre, establecido en el Código Electoral Nacional. El adelantamiento de los comicios ya anunciado en dos de los principales distritos, a los que pueden sumarse otros, terminará por instaurar un verdadero estado deliberativo que hará que el año 2009, casi íntegro, resulte dedicado, por superposición, a campañas electorales de distinto tipo y nivel con una sola finalidad, que es el ejercicio ciudadano de sufragar para expresar la voluntad popular en la elección de sus representantes. Es que, para poder concentrar en un solo día fijo todos los comicios tendientes a las renovaciones de cargos electivos, objetivo que persigue el artículo 1º de la Ley Nº 25.983, se requiere de la concurrencia de las voluntades de todas las Provincias y, como vemos, los adelantamientos ya producidos rompieron la posibilidad de concretar aquel ideal. Cabe señalar que aquella ley, modificatoria de los artículos 53 y 54 del Código Electoral Nacional, sancionada en diciembre de 2004, a instancias del Mensaje PEN Nº 1463 del 21 de octubre de ese año, reubicó en cabeza del Poder Ejecutivo Nacional, la facultad de la convocatoria nacional, casualmente para evitar la dispersión que su anterior texto permitía. Se trataba, entonces, de poner fin a la anómala situación a que daba lugar que la convocatoria para cargos electivos nacionales pudiera provenir, para la Capital Federal, del Presidente de la Nación y para las Provincias, de cada Gobernador. El texto volvía así al formato tradicional en cuanto a la convocatoria y, además, avanzaba sobre el tema de la fecha, fijándola el cuarto domingo de octubre, para que ésta no fuera discrecional, intentando dotar de previsibilidad al esquema electoral. La circunstancia de la crisis internacional apuntada, por sí sola, y la consecuente necesidad de que todos nos aboquemos a la defensa de los puestos de trabajo recuperados y creados, del ahorro y la inversión nacional para el sostén y mantenimiento de una actividad que permita seguir creciendo a nuestro país, tornan prudente y hacen aconsejable acortar ese espacio de propaganda electoral. Ante el hecho consumado del adelantamiento de los comicios en los principales distritos ya mencionado, el mejor modo de cumplir la finalidad de la renovación parlamentaria, evitando la distracción de esfuerzos por demasiado tiempo, es la concentración de los comicios en la fecha más próxima posible, tal como se propone. Además, la actualización de la voluntad popular permitirá, también, que enfrentemos la crisis mundial con la legitimidad que sólo el ejercicio de la democracia confiere. Con la finalidad de preservar debidamente el derecho de los electores así como el de quienes se postulen a los cargos respectivos, dotando de transparencia a la totalidad del proceso electoral, por única vez y en razón de la proximidad de la fecha establecida, corresponde dejar elaborado el cronograma electoral, adecuando los plazos a la excepcionalidad de la circunstancia. En tales condiciones, fijada la fecha y el cronograma precitado, corresponde habilitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL para disponer los términos puntuales de la convocatoria electoral a regirse por el Código Electoral Nacional y el presente proyecto de ley. Se suspenden, en consecuencia las disposiciones de aquella norma que, por el presente proyecto y para este acto eleccionario, resulten sustituidas. En razón de lo expuesto, solicito a Vuestra Honorabilidad tenga a bien dar curso favorable a la presente iniciativa. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad. ________________________________________ MENSAJE Nº EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO,… SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º.- Fíjase, por única vez y con carácter excepcional, en virtud de la profundidad y extensión de la crisis económica internacional, el día 28 de junio de 2009, como fecha para las elecciones de DIPUTADOS NACIONALES para el período 2009-2013 y, en los distritos que corresponda, para las elecciones de SENADORES DE LA NACIÓN para el período 2009-2015. ARTICULO 2º.- El PODER EJECUTIVO NACIONAL efectuará la convocatoria al electorado de la NACIÓN ARGENTINA para que, en la fecha indicada en el artículo 1º, proceda a elegir DIPUTADOS y SENADORES NACIONALES según corresponda a cada distrito con arreglo al artículo 54 del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983), sus modificatorias y conforme esta Ley. ARTICULO 3º.- Las elecciones de DIPUTADOS y SENADORES NACIONALES se realizarán de acuerdo con el sistema electoral establecido en el Título VII, Capítulos II y III del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (texto ordenado por Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983), sus modificatorias y esta Ley, conforme al cronograma que, como ANEXO I, forma parte de la presente. A los fines del cumplimiento del cronograma el PODER EJECUTIVO NACIONAL adoptará las medidas necesarias para la organización y realización de los comicios en la fecha establecida. ARTICULO 4º.- Invítase a las Provincias cuyas Constituciones lo permitan, a la convocatoria de elecciones provinciales simultáneas con las nacionales, a los fines del acortamiento de las campañas y de la disminución de los costos respectivos. ARTICULO 5°.- Suspéndese, por única vez, lo dispuesto en el artículo 53 del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, para la elección de DIPUTADOS y SENADORES NACIONALES a celebrarse el 28 de junio de 2009. ARTICULO 6º.- Suspéndese, por esta única vez, la aplicación del plazo previsto en el artículo 26 del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, sustituyéndolo por lo establecido en el cronograma del ANEXO I. ARTICULO 7º.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial. ARTICULO 8º.- Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL. ________________________________________ ANEXO I CRONOGRAMA ELECTORAL ACTIVIDAD PLAZO NORMA APLICABLE Cierre Registro de Electores (convocatoria 28 de marzo) 30 de diciembre de 2008 Art. 25 CEN Distribución y exhibición de listas provisorias 14 de abril de 2009 La presente ley Fin plazo de reclamo de electores 29 de abril de 2009 Art. 27 CEN Fin plazo de constitución de alianzas 28 de abril de 2009 Art. 10 de la Ley N° 23.298 Inicio Campaña Electoral Diputados y Senadores 29 de abril de 2009 Art. 64 bis CEN Fin plazo de registro de candidatos y oficialización de listas 9 de mayo de 2009 Art. 60 CEN Inicio campaña por medios de comunicación 27 de mayo de 2009 Art. 64 ter CEN Distribución y exhibición de padrones 29 de mayo de 2009 Art. 29 CEN Presentación de boletas para su oficialización 29 de mayo de 2009 Art. 62 del CEN Límite para la designación y ubicación de mesas 29 de mayo de 2009 Art. 77 CEN Límite para la designación de Autoridades de mesa 8 de junio de 2009 Art. 72 CEN Restricción publicidad actos de gobierno 21 de junio de 2009 Art. 64 quater CEN Día de Elección 28 de junio de 2009 La presente ley Fuente: Biblioteca - CA.M.D.P.<biblioteca@camdp.org.ar>

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Me despidieron ¿cuáles son mis derechos?
InfoporAnónimo11/7/2009

DESPIDO LABORAL Por Dra. Di Cataldo Vanesa Cuando un despido es justificado o no? Que se entiende por causal de despido? El despido es dejar a un empleado sin trabajo, sin importar el tiempo que hace trabaja, cuantas horas lo haga o con que puesto, ya que se lo perjudica, razón por la que la ley laboral (20744) crea su reparación lógica en la indemnización. Por la misma lógica, quien renuncia haciendo uso de su derecho, no puede pretender indemnización alguna, dado que no ha habido despido, sino que se va por su propia cuenta. Cuando y bajo que circunstancias esta bien despedir? Para el empleado nunca esta bien que se lo despida, y en gral nunca se reconoce, al menos delante del empleador, en tanto que eso sería razón suficiente para “despedirse de la indemnización”, suculenta o no suma que arregla muchas otras deudas que se generaron para el empleado. Así y todo, firmar un “descargo” es la forma mas simple e indiscutible, por llamarla de alguna manera, en que queda clara la causa de despido. El empleado, reconoce en un documento labrado en la empresa que ocurrieron los hechos que allí se relatan, de la forma que allí se relatan y que él reconoce esto y entiende que es causa de despido, suspensión, etc. No es como el telegrama que se esta pendiente de si se recibió o no, sino que allí, cabe la firma del trabador, y frente a esto, mucho por discutir luego no hay, al menos los hechos y como sucedieron, se discutirá sí, si estuvo bien o no. Obviamente que si se eligió despedírselo porque llego tarde, por mas que firme, no es causal suficiente, y será discutido en juicio, ya que harán falta muchas llegadas tarde o repetidas inconductas para entender justificado el despido, y/o una proporcionalmente justificada por su envergadura (por Ej. robar elementos de la empresa). En cualquier caso podrá notificarse de esta manera o por telegrama notificado a su domicilio. Por esto es que hablamos de despido directo o indirecto. Directo será aquel como el relatado: la empresa prescinde de los servicios por equis causa, la que se debe volcar en el telegrama, y efectuar el despido a través de este, e Indirecto será el que se origine en el empleador, es decir, que la causa se le endilgue a este, pero que lo llevará a cabo el empleado, por culpa del patrón ( a pesar de que el empleado a veces no entienda que aun cuando el se de por despedido cobra igual indemnización) . Es el ejemplo, de quien tiene negada inexplicadamente la entrada a su trabajo, o aquel que ha sufrido injuria suficiente que le da el elemento para configurar el despido (Ej. Malos tratos, cambio de lugar de trabajo u horario laboral, etc.). Es bueno aclarar también, que la causa de despido no puede variar del intercambio de telegramas anterior al juicio, a la que se reclame en la demanda judicial, al igual que tampoco es valido, despedir en base a un contrato de trabajo a prueba, si nunca ese contrato se registró como tal ante el Ministerio. Tampoco da mucho resultado despedir por baja producción o reducción de empleados (debiendo comenzar además por el mas joven y con menos cargas de flia), ya que se pretende aplicar el Art. 247 de la LCT (mitad de la indemnización) y en gral los jueces no hacen lugar..” en tanto que si no hiciste socio a tu empleado cuando te iba bien, es decir, en tus ganancias, no lo hagas socio tampoco en tus perdidas…” La indemnización estará compuesta por un mes por cada año de trabajo o fracción mayor de 3 meses (Art. 245 LCT), el aguinaldo complementario proporcional a los meses trabajados, el preaviso (de 1 o 2 meses según haga menos o mas de 5 años que trabaja), vacaciones proporcionales y aguinaldo sobre preaviso. A lo que se suma la doble indemnización (ley 25561) hoy multiplicado el total por 1.8, mas las multas de ley de caber: Art. 80 LCT (3 sueldos) por no entregar el Certificado de Servicios (tan útil al momento de jubilarse), arts 8 a 15 ley de empleo, por estar en negro o gris, multas por demora en el pago, por no abonar obra social y aportes, etc. Y en gral recordemos que en el ámbito de los contratos laborales llevados a cabo en la Capital Federal, antes del juicio, pasaremos por el Servicio de Conciliación laboral Obligatoria (Seclo), autoridad administrativa que le dará validez al acuerdo, de arribar a alguno, ya que el acuerdo firmado sin juez, escribano o autoridad administrativa delante, pueden ser reclamados nuevamente por el trabajador.- Si te interesó el tema pasate por la comunidad Respuestas legales y participá!http://www.taringa.net/comunidades/legal/

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La Ciencia se translada a los países emergentes
InfoporAnónimo12/19/2008

Nuevo mapa en ciencia: emergentes y estancados Primer misión espacial tripulada china (2005) La foto científica global suma ya a países como China, India o Brasil. Occidente ya no puede afrontar retos como el cambio climático sin talentos de todo el mundo. Y África sigue a la cola. La presidenta del prestigioso Instituto Tecnológico de Massachusetts (EE UU), Susan Hockfield, no piensa en las mujeres cuando le preguntan si hay que promover una mayor presencia femenina en la ciencia; piensa en su país: " compite cada vez más en innovación tecnológica (...). Ante este reto, es imperativo explotar el talento de las dos mitades de la población, la masculina y la femenina". Muchos basan en ese mismo argumento egoísta la necesidad de estimular la ciencia en el mundo en desarrollo. Hay más probabilidades de resolver los problemas actuales, desde el cambio climático a la crisis energética, si se aprovechan la inteligencia y la creatividad humanas, vengan de donde vengan. El cohete 'Chandrayaan' indio ¿Cuál es la situación actual al respecto? La botella está a medias. En la parte llena los expertos resaltan cómo en las últimas dos décadas países como Brasil, India y China, sobre todo, pero también otros, despegan con mayor o menor fuerza. El mundo ya no es Norte/Sur, sino multipolar, porque hay un Sur emergente. Lo malo es que también hay un Sur estancado, la botella medio vacía. Con el agravante de que la distancia entre los extremos sigue aumentando, y cada vez más rápido. Dos de los satélites que están ahora mismo dando vueltas en torno a la Luna son Chandrayaan-1, indio, y Chang'e-1, chino. China, India y Corea participan en el proyecto para construir en Francia el reactor de fusión nuclear ITER. Brasil y por supuesto China tuvieron un papel destacado en la secuenciación del genoma humano. Argentina, Bolivia, Brasil, México y Vietnam están entre los socios del observatorio de rayos cósmicos Pierre Auger, recién inaugurado en la pampa argentina. Varias instituciones mexicanas participan en el GTC, el telescopio español de 10 metros instalado en La Palma (Canarias). España es uno de los socios del futuro Telescopio Espacial Mundial, un proyecto liderado por Rusia en el que participan también China y Ucrania. Es decir, sí que hay países en vías de desarrollo que empiezan a entrar aunque sea tímidamente en la foto de la ciencia internacional. De hecho, las pasadas décadas "han estado marcadas por un crecimiento sin precedentes en ciencia y tecnología en una parte importante del Sur", afirma Jacob Palis, presidente de la Academia de Ciencias del Tercer Mundo (TWAS, siglas en inglés). "Pero también han aumentado las desigualdades en este mismo área, y como consecuencia hay países que se están quedando atrás en este desarrollo basado en la ciencia y que están siendo más marginados que nunca". La TWAS nació hace 25 años de la mano del ya fallecido Nobel de Física Abdus Salam, cuya frase "la ciencia es el legado común de la humanidad" se recuerda a menudo. En este tiempo, la Academia -financiada sobre todo por Italia y ahora administrada por la UNESCO- ha pasado de tener 41 miembros a más de 870, de ellos 16 premios Nobel. El 85% de los académicos es de países en vías de desarrollo. Central nuclear de Angra (Brasil) El crecimiento de la TWAS está en línea con dos cuestiones que deberían conducir a una ciencia realmente global. Una es que, para Palis, al contrario que hace unas décadas hoy ya nadie defiende que invertir en ciencia sea un lujo de ricos. Y la otra es que "esta vez nos enfrentamos a problemas -el cambio climático, la crisis alimentaria y energética y la pérdida de biodiversidad, por nombrar los más relevantes- más urgentes, más complejos y por tanto más difíciles de resolver", dice. Por eso lo que ahora es un lujo, pero uno que la ciencia no debería permitirse, es prescindir de gran parte de los cerebros del planeta. Palis es matemático, ciencia que conoce bien el valor de genios procedentes del lado pobre del mundo. Uno de los ejemplos es Srinivasa Ramanujan, un indio casi sin formación que a finales del siglo XIX, realizó destacadas contribuciones a las matemáticas. El aniversario de la TWAS ha servido para que publicaciones científicas de prestigio dediquen espacio a analizar el grosor actual de las brechas digitales, de conocimiento o tecnológicas. Mohamed H. A. Hassan, director ejecutivo de la TWAS, es quien ha aplicado en Science los términos "emergente" y "estancado" para los dos tipos de Sur. En Nature, Hassan expone además algunos datos: el número de artículos en revistas científicas de calidad con al menos un autor chino se ha multiplicado por 100 en los últimos 15 años, situando a China sólo detrás de EE UU en producción científica. En el caso de India, convertida en líder en tecnologías de la información gracias en parte a su peso en matemáticas y física, el aumento ha sido del 45% entre 2000 y 2005. Y en Brasil las publicaciones se han triplicado en los últimos 10 años, en consonancia con el gran aumento de población universitaria y doctores. Chile, Malaisia, Vietnam o Corea del Sur también avanzan. Pero en el Sur estancado está África. La TWAS identifica a 80 países incapaces de desarrollar su sector científico, y la mayoría están en el África subsahariana. Son una excepción Suráfrica y Ruanda, y en menor medida Kenia, Senegal, Tanzania y Uganda, donde también hay progresos. La TWAS no es el único organismo que hace examen. Abdul Hamid Zakri, director del Instituto de Estudios Avanzados (IAS, siglas en inglés) de la Universidad de Naciones Unidas, con sede en Japón, ha llamado varias veces la atención sobre la necesidad de promover la investigación en países en vías de desarrollo, en especial en África, en temas que realmente les interesen. "Las universidades y la investigación que se hace en ellas deben ser relevantes para los Gobiernos, para las necesidades de la comunidad. De lo contrario las universidades no sobrevivirán", dijo en un discurso en la Unesco en París hace dos años. Sobre otra de las consecuencias de la brecha científica planetaria publicó el IAS un estudio en mayo: Acceso a los recursos genéticos en África. El mundo desarrollado se desplaza a países en vías de desarrollo en busca de recursos naturales -sean nuevas moléculas de interés farmacológico o proteínas potencialmente útiles para biocombustible-, pero los países donantes apenas se benefician, o tardan en hacerlo, de los resultados de la investigación. El problema tiene que ver con lo que las ONG llaman "biopiratería", y ahora se plantea además en nuevos ámbitos, como la exploración del océano profundo. Atucha II Lo explica el oceanógrafo y Premio Nacional de Investigación Carlos Duarte: "Hay muchos recursos en el océano profundo, de mucho valor económico, y ya hay decenas de patentes derivadas de recursos genéticos marinos. El problema es que sólo hay cinco naciones con tecnología para acceder a 5.000 metros de profundidad: Japón, Canadá, Estados Unidos, Francia y Alemania. Esto plantea graves problemas éticos. Estos recursos se obtienen a menudo en aguas de países en vías de desarrollo, que no van a acceder a los potenciales beneficios". La Convención de Diversidad Biológica, que entró en vigor en 1994, ya incluyó entre sus objetivos "el reparto justo y equitativo de los beneficios que resulten del uso de recursos genéticos". Pero según el estudio del IAS esto "se ha demostrado difícil de implementar". De los 191 países a los que obliga la Convención, sólo 60 han adoptado medidas para el reparto de beneficios. Y nadie diría que el ejemplo siguiente es biopiratería, pero apoya la visión de que la ciencia puede ser global para unas cosas sí... y para otras no tanto. El proyecto internacional HapMap para estudiar las variaciones genéticas individuales, algo esencial para entender por qué los fármacos no funcionan igual en todos los pacientes, o para hallar genes que predisponen a las enfermedades más habituales, se nutre de muestras de 270 voluntarios. Como es indispensable disponer de poblaciones distintas hay voluntarios yoruba, de Nigeria y también de la etnia han china -tanto China como Nigeria participan-. Otro reciente trabajo del IAS destaca una incómoda consecuencia de la falta de tejido científico en el mundo en desarrollo: problemas de bioseguridad. La falta de preparación hace que un centenar de estas naciones no hagan un uso correcto de la biotecnología, por ejemplo en aplicaciones agrícolas, y eso "hace que la comunidad mundial sea vulnerable a amenazas de bioseguridad (...). No hay un sistema efectivo de bioseguridad", denuncia. Una de estas potenciales amenazas es el bioterrorismo, la liberación de agentes biológicos tóxicos. A la luz de este resultado Zakri se pregunta si la biotecnología ayudará a resolver los problemas del mundo pobre -teóricamente con la biotecnología se podrían lograr cultivos resistentes a la sequía, por ejemplo-. Diagnosticado el problema, ¿hay alguna solución? La TWAS destaca uno de sus logros: aprovechar precisamente el despegue científico del Sur emergente y establecer colaboraciones Sur-Sur. Han desarrollado programas de posgrado con India, China, México, Brasil y Pakistán, países que reciben ahora unos 300 estudiantes del Sur estancado. Son programas para evitar la fuga de cerebros -hay más investigadores africanos en EE UU que en África, dice la TWAS- y promover la formación en el país de origen. Destinar más fondos a Investigación y Desarrollo (I+D) también cuenta. La TWAS pidió recientemente que los países en vías de desarrollo aumentaran su inversión en I+D hasta alcanzar al menos el 1% de su PIB. ¿Qué hace mientras el mundo rico? La Unión Matemática Internacional dedica parte importante de sus fondos a cooperación. Europa, dentro del Séptimo Programa Marco de Investigación, tiene varias convocatorias de cooperación científica internacional, en especial con sus vecinos en la región mediterránea. El objetivo es promover el intercambio de investigadores y realizar proyectos comunes. España también concede varios tipos de becas a través de los ministerios de Exteriores y de Ciencia e Innovación, y de organismos como la Fundación Carolina. Sin embargo, en la Subdirección General de Proyectos de Investigación no hay programas orientados a la cooperación, y hay hasta ahora pocos trabajos de esta índole. Una de las razones, explican fuentes ministeriales, es que "no hay demanda por parte de la comunidad científica". 'Cerebros robados' La comunidad científica se enorgullece de guiarse por criterios científicos, esto es: si un trabajo es bueno, será reconocido como tal. En astrofísica, por ejemplo, las propuestas mejor evaluadas son las que obtienen tiempo en los telescopios, independientemente del país de origen, dice Antonio Mampaso, del Instituto de Astrofísica de Canarias. Ahora bien, cuando un país rico contrata a un científico de un país en desarrollo, ¿está siguiendo una política no discriminatoria, o robando un cerebro?, se pregunta este investigador. Su colega Ignacio García de la Rosa abunda en lo mismo: El sistema es perverso: al mundo rico no le interesa especialmente que haya ciencia en el Tercer Mundo, la considera demasiado seria como para dejarla en manos ajenas. Sí le interesa que haya educación científica en los países pobres, para reclutar a los alumnos más brillantes cuando ya estén suficientemente formados. Con eso importa a los mejores del mundo a precios de saldo. Andrés Martínez, ingeniero de telecomunicaciones y profesor en la Universidad Rey Juan Carlos, en Madrid, resalta otro aspecto: que la investigación en los países en desarrollo no se ajuste a las necesidades locales. Los buenos investigadores allí creen que para publicar en revistas buenas deben trabajar en los temas que aquí son punteros. Pero así no pueden competir, y en cambio no abordan proyectos útiles para su comunidad. Martínez investiga con grupos de cinco países latinoamericanos, para desarrollar aplicaciones de telecomunicaciones que mejoren la atención sanitaria en regiones aisladas. Abderrazzak Douhal, profesor de química-física de la Universidad de Castilla-La Mancha, entra en la categoría de cerebro robado por España a Marruecos. Tras doctorarse, estuvo en Japón y en Francia, y colabora con el Nobel egipcio Ahmed Zewail. Douhal ya no piensa en volver a Marruecos, pero busca colaboraciones con su país y traerse estudiantes. Pese a todo,"una persona brillante hoy tiene posibilidades", dice. Y echa de menos "voluntad política por los dos lados". Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Nuevo/mapa/ciencia/emergentes/estancados/elpepusoc/20081219elpepisoc_1/Tes

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Ponían a Julio Iglesias y Nino Bravo para torturar
InfoporAnónimo12/18/2008

ENTREVISTA: ALMUERZO CON... MARCIA SCANTLEBURY "Los torturadores nos ponían a Julio Iglesias" Una mujer con mil vidas debe tener al menos tres nombres. Marcia Scantlebury (La Serena, Chile, 1945) fue también Natacha y 400. Natacha combatió el pinochetismo. 400 lo sufrió en varios centros de tortura y detención. La responsable del Museo de la Memoria de Chile fue víctima de Pinochet Un día fueron a su casa, le cubrieron la cabeza y la llevaron a Villa Grimaldi, una fábrica de desaparecidos de la que pocos salían vivos. Marcia lo hizo dos veces. También sobrevivió Michelle Bachelet, la actual presidenta de Chile, que le ha encomendado que monte el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos para explicar el pasado a los del futuro y difundir valores cívicos. -¿Nunca deseó vengarse? -No estoy preparada ni para eso. Ni para perdonar. Tengo un odio abstracto hacia lo que pasó, pero no hacia una persona en particular. Los desprecio. No quisiera que me llenaran la cabeza ni el corazón. Scantlebury participó en Salamanca en un encuentro sobre centros de memoria histórica, recién operada y con limitaciones dietéticas. "Es casi terrorismo que no me deje comer", le espetó a su médico. Obedeció, sin embargo. En El Bardo, un singular restaurante gestionado por una cooperativa desde que se fundó en 1980 en el casco histórico, comió unas porciones mínimas de pastel de verduras, aunque se rindió ante varias lonchas de jamón de Guijuelo, mientras resumía alguna de sus numerosas vidas (la pelea contra la dictadura, el periodismo, el exilio en Colombia, los años de Roma, la dirección general de Cultura, sus dos matrimonios con el mismo hombre). Habla torrencialmente. Y salpica esa lluvia de chisporroteos. "Soy muy latinoamericana, soy de izquierdas pero colecciono medallitas, me peleé con Dios pero después dejé que exista no más. Los acuarios creemos en todo. Por si acaso". Con la astrología salta otra chispa: "El día que me hicieron la carta astral me di cuenta de que me había pasado la vida leyendo el horóscopo equivocado y calzando zapatos pequeños. Pero creía que la vida era así, que apretaba un poco". Literatura oral. En Cuatro Álamos, uno de los centros donde permaneció detenida en 1975, leyó el nombre de Michelle Bachelet. Las presas de Pinochet dejaban huellas. Sus sucesoras las memorizaban, por eso Marcia Scantlebury recuerda a la actual presidenta. Las técnicas de resistencia de las detenidas fueron refinadas, a la altura del sadismo de sus captores. Parece una gracieta pero no lo es: las bombardeaban con Julio Iglesias y Nino Bravo para acallar los gritos del suplicio. Ellas contraatacaban: Palabras para Julia se convirtió en su himno. Se autoprohibieron la comunicación verbal con sus carceleros -delegaban el contacto en tres representantes-, colectivizaron la comida y los cigarrillos y socializaron el dolor. "El momento más completo de mi vida lo pasé ahí. Y el peor también. Tú eres una y eres otra después de la tortura". Un día, le arrancaron la venda adhesiva de los ojos y protestó por temor a perder las pestañas. "Te van a matar y te preocupas por las pestañas", le espetó anonadada otra presa. Pues sí porque también era presa de la cotidianeidad del horror. Y porque Marcia Scantlebury no gasta nunca pólvora en gallinazos. "Concentro el estrés en las cosas inevitables, el resto dejo que fluya". Fuente: http://www.elpais.com/articulo/ultima/torturadores/nos/ponian/Julio/Iglesias/elpepugen/20081218elpepiult_2/Tes

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