mauritoo0
Usuario (Argentina)

Trabajo realizando traspasos para una importante obra social del país, y me di cuenta quel la mayoría de las personas no está conforme con su obra socal y desconoce del derecho que posee a cambiarse de obra social de forma totalmente gratuita. Usted tiene la posibilidad de ejercer el derecho de opción de cambio entre las Obras Sociales y Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Para elegir una Obra Social es conveniente tener en cuenta: * Si la Obra Social elegida tiene cobertura en su zona de residencia * La cartilla de prestaciones que ofrece (clínicas, sanatorios, consultorios, farmacias, etc) * Los servicios que brinda: línea telefónica gratuita de consulta, oficinas de atención personalizada, e-mail, etc. Obligaciones de la Obra Social elegida: La Obra Social debe brindar como mínimo las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO) y otras coberturas obligatorias, sin carencias, preexistencias o exámenes de admisión. El afiliado puede elegir abonar un plan superador al PMO. La correspondiente cuota adicional queda a cargo del beneficiario. Cambio para beneficiarios de Obras Sociales Sindicales *El beneficiario puede ejercer el derecho a la opción de cambio desde el momento mismo del inicio de la relación laboral (Decreto 1400/01) eligiendo una obra social del Listado de Obras Sociales Sindicales. *El trámite se realiza en forma personal e individual por el titular afiliado. *El único lugar autorizado para realizar la opción de cambio es la sede o delegación de la Obra Social elegida. No debe ejercerse en oficinas de medicina privadas ni en el lugar de trabajo. *La opción de cambio puede realizarse una vez al año. *La misma, se efectiviza el primer día del tercer mes desde la presentación de la solicitud. Durante dicho período la Obra Social de origen debe otorgar al afiliado la prestación médica correspondiente. *El trámite es totalmente gratuito. El beneficiario debe completar el formulario de opción sin tachaduras ni enmiendas y presentar la siguiente documentación: * Último recibo de sueldos o en su defecto certificación laboral. * Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) El formulario de opción deberá contar con su firma debidamente certificada por autoridad competente: escribano, autoridad policial, bancaria o judicial (Resolución 950/2009). Al momento de efectuar la opción, la Obra Social debe entregar al beneficiario: * La copia amarilla del formulario de opción de cambio. * La cartilla médica con la nómina completa de sus prestadores. * Credencial con el nombre de la Obra Social. La opción de cambio es irretractable, excepto las expresas excepciones que establece la reglamentación vigente. No pueden ejercer el derecho de opción: * Los beneficiarios que hayan extinguido su relación laboral. * Los trabajadores cuya retribución mensual sea inferior a dos bases mínimas jubilatorias de las previstas por el artículo 7º de la resolución 135/2009 ANSES o la que la reemplace en el futuro (Decreto 330/2010). Ahora que ya conoces este derecho, no dudés en utilizarlo cuando te sea necesario! Si estás buscando una buena obra social y estás interesado en un traspaso, no dudés en contactarme por aquí! Fuente: http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=beneficiarios&opc=cambio_os

Un diseñador de modas original y poco convencional presentó una creación práctica pero extraña: un pantalón mejorado que incorpora a su hechura un par de parlantes, un teclado y un bolsillo para el mouse. ¿Llegará alguna vez a las tiendas? El responsable de diseñar y presentar esta audaz idea de jeans o tejanos, es el diseñador Erik De Nijs. En las rodillas, del lado de afuera, pueden apreciarse los parlantes. El teclado se lo ve a simple vista. Y el bolsillo trasero puede sumar al mouse. Mejor ni hablar donde puede colocarse un eventual Joystick. LO USARIAN?? FRANCAMENTE INCREIBLE JAJAJAJA