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nicolas41ar

Usuario (Argentina)

Primer post: 28 nov 2009
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Como hacer un barometro casero MEGAPOST
Como hacer un barometro casero MEGAPOST
InfoporAnónimo11/28/2009

Barómetro Un barómetro es un instrumento que mide la presión atmosférica, es decir, el peso que ejerce la atmósfera que se encuentra por encima nuestra, por unidad de superficie. En 1643, Evangelista Torricelli, atendiendo una sugerencia formulada por Galileo Galilei (inventor del telescopio), llenó con mercurio un tubo de vidrio y lo invirtió sobre un plato. Comprobó entonces que el mercurio no se escapaba, permaneciendo una columna de 760 mm en un día despejado a nivel del mar, y observó que en el espacio existente por encima del metal se creaba el vacío. Los barómetros se utilizan para determinar el estado de la atmósfera y así realizar predicciones meteorológicas. Las altas presiones se corresponden con la ausencia de precipitaciones, mientras que las bajas presiones indican tormentas y borrascas. Esto es así porque la mayor presión atmosférica impide la formación de núcleos nubosos y/o precipitaciones, mientras que las borrascas se forman cuando un frente de aire cálido es atrapado por un frente frío, que al enfriarse deja cielos nubosos, y con ello lluvias y lloviznas. Barómetro Elástico Casero Con nuestro sencillo barómetro casero dispondremos de una sencilla estación meteorológica, con la que podamos predecir el tiempo de una forma simple. Material Necesario • Un vaso o bote de cristal, con la boca lo más grande mejor. • Un globo de plástico grande. • Una pajita. Cuanto más larga, más precisión obtendrás en la medida. • Una goma elástica. • Pegamento • Una hoja de papel. 2. Usa la parte superior del globo de plástico. 3. Fijación del globo mediante goma elástica. 4. Colocación de la pajita sobre el globo. Instrucciones 1. Infla el globo de plástico para que se estire y desínflalo. Así será más sensible a las pequeñas variaciones de presión al haber perdido parte de su resistencia elástica. 2. Corta el globo en dos partes, utilizando la redonda. 3. Sitúa la parte redonda del globo tapando la boca del vaso. Asegúralo rodeándolo con la goma elástica. 4. Corta los dos extremos de la pajita de forma oblicua. Pega un extremo de la pajita en el centro de la tapa de globo por uno de sus extremos, utilizando el pegamento. 5. Fija la cartulina sobre la pared y sitúa el barómetro de tal forma que el extremo de la pajita esté delante de la cartulina. 6. Marca el nivel de la pajita en la cartulina, indicando el tiempo que hay existente. Explicación Las altas presiones o ausencia de nubes aplastarán el plástico haciendo que el extremo de la pajita, por efecto palanca, esté en la parte superior. A medida que la presión baja (llegada de una borrasca), el indicador irá bajando, indicando que llegan días nublados y lluviosos. Las variaciones de temperatura también influyen en nuestro barómetro. Por ello, no es conveniente dejar el barómetro en contacto directo con la luz del sol ya que esto provocará un aumento de temperatura, haciendo que el aire del interior del vaso se expanda, lo que provocará que el indicador baje, contradiciendo lo anteriormente explicado. Así, intenta tomar las medidas a una misma hora del día, para contar con temperaturas similares. Barómetro de Agua Material necesario • Un plato hondo • Una botella de plástico • Una cartulina • Pegamento Instrucciones 1. Pega verticalmente una tira de cartulina en la botella. 2. Llena el plato con agua hasta la mitad. 3. Realiza un agujero pequeño en el lateral de la boca de la botella. 4. Echa agua en la botella hasta llenarla 3/4 partes. 5. Tapa la botella y dale la vuelta, colocándola de una forma invertida en el plato. 6. Marca el nivel del agua en la cartulina, una vez que se ha estabilizado. El peso de la columna de líquido se equilibra con la presión que ejerce la atmósfera sobre el líquido del plato... Explicación Nada más dejar la botella sobre el plato lleno de agua, el agua baja hasta que se mantiene estabiliza. Esto es así porque la presión atmosférica ejerce su acción sobre el agua del plato, oponiéndose a que la totalidad del agua de la botella se vacíe en el plato. El nivel dentro de la botella subirá cuando la presión atmosférica aumente, lo que indicará la presencia de un anticiclón y tiempo soleado. En caso contrario bajará. Aunque las variaciones de temperatura también influyen en nuestro barómetro, al tratarse de agua líquida, estas variaciones son inapreciables siempre y cuando la temperatura sea tan baja (< 0ºC) o tan alta (> 100ºC) que se produzca el cambio de estado a sólido o gaseoso, respectivamente. REFERENCIAS: http://www.ideam.gov.co/ninos/at_ac01.htm http://www.ciese.org/curriculum/weatherproj2/es/docs/barometro.shtml http://new.taringa.net/posts/info/1170903/estacion-meteorologica-casera(para-tu-casa).html FUENTE: http://www.cienciapopular.com/n/Experimentos/Barometros_Caseros/Barometros_Caseros.php COMENTEN!

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Historia de un perro no me copien q es mio!!
Historia de un perro no me copien q es mio!!
InfoporAnónimoFecha desconocida

PERRO VS PANADERO Historia de un Perro Había una vez un perro que entró a una panadería y compró pan. El problema fue cuando luego de realizar la compra vio el pan y este estaba azul. En ese instante con una gran prisa tomó su collar y salió a la calle. Cuando llegó a la panadería le preguntó al panadero, "¿Debo asumir que usted tiene título de la Universidad Universal Uniforme Unipersonal de Panaderos Unidos Anonimamente?". Inmediatamente el panadero se sorprendió y saltó por la ventana. El Perro denunció a la panadería y el fisco la cerro. El problema es que el fiscal era amigo del panadero no-panadero y por ello al poco tiempo reabrió la panadería. Indignado el perro fue donde el fiscal y protestó enérgicamente. El Sr. Fiscal. Dr. Lic. Edemundo Univivi le dijo "Usted Señor Perro no realizó la denuncia correctamente y por ello tuve que abrir la panadería". El perro encontró el error, la fecha de la solicitud de denuncias APTNU-956 (color azulado-verdoneo) difería de la ficha de confirmación de denuncia código PEKLI-634754A (color rojo enojo) y de la ficha de confirmación de la confirmación de denuncia TF-75423C (color amarillo patito). Resulta que el empleado que estampó la fecha en la solicitud APTNU-956 (color azulado-verdoneo) era primo del fiscal que a su vez era amigo del panadero. El empleado por hacerle un favor a su primo que le estaba haciendo un favor a su amigo estampó otra fecha para que su primo (el fiscal) tenga la oportunidad de invalidar la denuncia. El perro estaba indignado. Contrató una manada de matones para que terminen con la panadería. Al día siguiente el perro lee en los titulares de los principales diarios "Panadero muerto en horno de su panadería en asalto". La policía tocó a su puerta y rápidamente lo llevaron preso. Luego de 16 años de prisión preventiva, el juicio no se pudo llevara cabo porque nadie entendía el sistema judicial en el país (Argentina). Los jueces y fiscales no sabían como llevar a cabo un caso donde no se les pagaba para que haya un resultado a favor del delincuente. Por lo tanto deciden que el perro debe quedar libre. El perro luego investiga que sus matones no mataron al panadero, fue la Universidad Universal Uniforme Unipersonal de Panaderos Unidos Anonimamente que no querían competencia y lo mataron. Sabido esto denunció al estado por miles de millones y así se volvió rico. MORALEJA: No le vendas pan azul a un perro. PD: EL POST ES INFO MIA DE UNA WEB QUE YO HISE NO COPIEN Q LOS DENUNCIO!!!!!!!!!!!!

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Resumen de Derecho Romano: litigio pt1
Apuntes Y MonografiasporAnónimo2/27/2012

Buenas! Estaba revisando mis documentos en busca de archivos para borrar y encontré algunos de los resúmenes que use en derecho romano. Por cierto el resumen es mío y mi profesor en ese entonces de romano era Francisco Samper, quien es uno de los mejores profesores de derecho romano. Esta va a ser la primer parte ya que no voy a subir el archivo a ningún servidor y contiene un poco de litigio y acciones, una vez que suba la segunda parte pondré el link al final del post. Espero que les sirva! Forma de proteccion de los derechos : • Agere: se llamaba asi al hecho de litigar 1. Periodo arcaico o época preclasica: Se empleaba en la legis actio (acciones de la ley) como forma de litigar. Habia 2 tipos de agere. el Manus iniectio: exigir el cumplimiento de dedas y obligaciones. y Vindicatio: proteger el dominio. Características:  Se realizaban ante un magistrado romano. Eran Orales. No sordos ni mudos. Solemnes y rituales: empleo de determinadas palabras. (Certa verba) que si no eran pronunciadas hacían perder el litigio. y Sacrales que podían litigar solo ciudadanos romanos. 2. Epoca clásica: • epoca clásica temprana: litigios primitivos. nuevo tipo de juicio. Agere per formulas. • Época clásica alta: Agere per formulas . Formula escrita donde se describe conflicto, pretensiones, y hechos controvertidos. • Epoca clásica tardia: litigio formulario reemplazado por la cognitio extraordinem. 3. Epoca post clásica: Cognitio extraordinem. No hay formula, no es escrito. Funcionario único imperial. Jerarquia de tribunales, resoluciones revisadas por tribunales superiores. Doble instancia y apelaciones. Accion: Concepto. Acto jurídico del demandante o actor dirigido a conseguir en el juicio una sentencia favorable a su pretensión. Acto jurídico en virtud del cual una persona afirma solemnemente su derecho para que sea reconocido y declarado en juicio . Accion: 1) Formal o procesal: Acto de iniciar un litigio • Magistrado otorgue la acción y luego de concedida, • Demandando, a través de la redacción de la intentio en la formula. 2) Sustantivo o material: Pretencion del actor, existencia de un conflicto de relevancia jurídica. Expresa la pretensión al juez para que resuelva en su favor. La pretencion puede referirse a: una cosa(dominio), una limitación, acciones personales (perseguir el cumplimiento de cualquier clase de obligación) El concepto de acción varia según la forma de litigar. A. Legis Actionis: • Declaraciones formales y rituales que las partes resitaban ante el magistrado • Certa verba. B. Agere per formulas: Reconocimiento del magistrado ante la petición del actor de que existía una controversia que debía ser resuelta por un juez quien declarara la existencia o no de tal derecho del actor. Magistrado otorgaba la acción diriga al juez C. Conditio Extraordinem: acción facultad de demandar y obtener una protección de un delegado imperial. El litigio formulario: Agere per formulas (forma mas importante de litigar) Características: 1. De carácter privado: tipo de dcho en discusión referido al campo del derecho privado. Concierne a personas privadas .La solución corresponde a una persona privada designada por las partes, “juez” 2. 2 Etapas: Fase in iure. Ante al magistrado quien: • Concede o deniega la formula , petición deber estar protegida por una acción en el dcho civil(jurisprudencia) o en el albun pretorio, y sino esta protegida la concederá solo si el conflicto es digno de protección. • Exige distintas clases de estipulaciones y juramentos • Redacta la formula anterior al tenor de los hechos declarados por las partes • Ordena al juez que dicte sentencia • Cierra las tablilla produciéndose la Litiscontestatio • Garantiza que la sentencia sea cumplida. Fase apud iudicem, ante el juez, en ella: • Se recibe la formula • Se rinden pruebas de los hechos. Quien afirma un hecho lo prueba. • Se dicta sentencia (iudicatum) • declara el derecho solucionando el conflicto. • No hay doble instancia, ni puede revisar la sentencia tribunales 3. Sujetos: Actor o demandante (A.A), Demandado o defensor (N.N) ,Magistrado, Juez. Magistrado o Ostenta poder publico (potestas imperium) o Las partes lo eligen o Poder: iurisdictio o Facultad de encauzar litigios, otorar o denegar acción, redactar la formula o Determinar contenido de litigio o Garantizar el cumplimiento de la sentencia JUEZ o Es un particular o Lo eligen las partes, si no hay acuerdo lo designa el magistrado o Iudicatio o Facultad de Resolver conflictos privados o Resolver el conflicto de acuerdo a las pruebas de los hechos afirmados por las partes en la formula. 4. La acción es concreta y típica: existían tantas acciones como conflictos o derechos dignos de proteger. Cada vez que el magistrado otorgaba una acción, al redactar la formula creaba una nueva acción. ESTRUCTURA DE LA FORMULA. Documento mediante el cual el magistrado relataba los hechos controvertidos, al tenor de lo afirmado por las partes y le daba instrucciones al juez. Estaba contenido en unas tablillas. Se redactaban los hechos por eso era esencial la presencia de ambas partes, si uno se negaba recibia una sanción. Elementos Fundamentales. Elemento material: Se establece el contenido del conflicto Elemento fromal: Expresa la iurisdictio del magistrado, poder para encausar los litigios, redactar formula i garantizar cumplimiento de sentencia si el juez se atiene, el magistrado ordena al juez que dicte sentencia (iussus iudicandi) Partes en la formula: A. Clausula preliminar: Se designaba al juez. B. Clausulas principales: • Intentio • Condemnatio. C. Clausulas anexas: excepciones replicationes duplicationes etc. Clausulas principales: Intentio: Pretensión del actor, clausula que contiene la acción. Contenido: derecho que lo regula: debe hacerse alusión al derecho civil si no lo hace la acción es pretoria Objeto: podía pedir cualquier cosa, según lo que pida determina la naturaleza de la acción. La acción puede ser: 1) Accion real: • Recuperar una cosa determinada • La intentio designa al actor, la cosa que se persigue y el derecho en virtud deel cual reclama un aprovechamiento de la cosa. No se nombra al demandado • Si la acción es civil dira “EX IURE QUIRITIUM”, ciudadnos de roma y luego es el dcho civil. 2) Accion personal: • Obtener una determinada conducta de una persona, obtener cumplimiento de una obligación por parte de un deudor. Dar una cosa o ejecutar o no un hecho. • La intentio debe designar a amabas partes, descirbir el tipo de obligación. • Si la acción era civilla intentio hara alusión a un “OPORTERE” significa deber seugn el derecho civil • Según la intentio se puede determinar que tipo de acción es y que derecho la regula. Las acciones personales pueden ser ciertas o inciertas según la naturaleza de la obligación, si la obligación es de “ hacer” o dar un objeto inciero la acción es incierta (causata) por lo que requiere una clausula adicional. Demostratio: se ha de probar frente al juez la causa de la acción. Comienzan con las palabras ”Puesto que” Si la obligación es de dar un objeto o cantidad cierta la acción es abstracta se presume la causa de la acción. Solo intentio. Comienzan con “si resulta..” Condemnatio: orden dada por el magistrado al juez para que condene o absuelva según resulten probados o no los hechos afirmados en la intentio. Regla general: toda formula contiene una condemnatio. Excepción: juicios divisorios en vez de una condenatio, contiene una orden del magistrado al juez para que determine un condominio sobre la cosa común y lo divida. Luego el juez debe adjudicar (adiudicatio) Condemnatio puede resultar como clausula accesoria cuando se quiere terminar con el condominio de una sola cosa no divisible. El juez adjudica la cosa a un comunero y lo condenaba a pagarle a los otros el valor de las cuotas. Si el condominio recaía sobre una cosa divisible materialmente solo había adiudicatio. Condena: Siempre es dinero Criterios para determinar la condena: • Generalmente fijado en la sentencia, sino el juez debe fijarla. Para determinar el monto hay dos criterios. 1) Subjetivo: de acuerdo al valor de afeccion que tiene para el actor el objeto litigioso. (LITISAESTIMATIO). Se utiliza en acciones que se buscaba incentivar al actor a restituir el objeto. 2) objetivo: de acuerdo al valor que la cosa tena en el mercado y depende de como este redactada la formula. • Si esta en pasado, el valor que tenia la cosa al momento de la comisión del hecho • Si esta en presente, el valor que tiene la cosa al momento de cerrarse las tablas de la formula • Si esta en futuro, el valor que tenga la cosa al dictarse sentencia. Clausulas anexas: a) excepsiones b) replicationes c) duplicationes, triplicationes, etc. D) praescriptio. a) Excepsiones: Forma de defensa del demandado. Consisten en la aceptación de los hechos, agregación de circunstancias o hechos nuevos, que si son probados obligan al juez a absolverlo. Caracteristicas: • Electivas, no son necesarias. • Es una forma de defensa del demandado pero no la única.Si niega la intentio (infitiato) y miente a través de ella tiene sanciones. • Aceptan los hechos de la intentio como ciertos. Exime al actor la carga de la prueba. • Afirma nuevos hechos que deben ser probados por el demandado. Tipos de excepsiones 1) Exceptio doli: reprimir el comportamiento doloso del actor. Se utiliza cuando no hay ninguna mas especifica que oponer. A) Si el actor actuo dolosamente para obtener que el damandado consienta la celebración de un acto que ahora el actor esta tratando de hacer cumplir. B) Actor actua dolosamente al demandar. C) Comportamiento doloso del actor no tiene ninguna sanción mas especifica. 2) Exceptio pacti: En el caso que entra las partes haya habido un pacto para evitar un futuro conflicto o terminar con uno actual 3) Excepciones bonae fidei: derivadas de los contratos en que ambas partes resultan obligadas, una en beneficio de la otra. Si una de las partes no cumple su obligación no puede exigirle a la otra que la cumpla. El contenido afecta a la intentio, no se incluyen en la formula, se alegan directamente apud iudicem 4) Otras excepsiones: contra actos civilmente validos pero cuya celebración estaba prohibida por un senadoconsulto o una ley. 5) Otra clasificación: • Perpetuas o perentorias : no tienen plazo determinado para ser opuestas. • Dilatorias o temporales: ser opuestas dentro de determinado tiempo. b) Replicatio, duplicatio, triplicatio, etc. : respuesta del actor a la exceptio opuesta por el demandado. Sin negar los hechos afirmados en la exceptio, agrega circunstancias nuevas, que de ser probadas el juez debe condenar al demandado. Mismas características y efectos que las excepciones. A la replicatio el actor el demandado podía contraponer una duplicatio y ala vez el actor podía responder con una triplicatio y asi sucesivamente. d) Praescriptio: clausula extraordinaria de la fromula, una especie de aviso al juez para concretaar lo que pide en el litigio. La mas importante Es la que se incluye para evitar el efecto extintivo de la Litiscontestio(cerrar las tablillas) Clasificacion de las acciones: a) Atendiendo a su naturaleza: son 2 Personales (1)abstractas y 2) causadas) y reales. Acciones reales: se persigue una cosa sin sujeción a una persona determinada. Características: Se persigue: una cosa propia (dominio), una ventaja objetiva sobre la cosa ajena (derecho real, usufructo servidumbre, prenda , hipoteca) o una posesión justa. No esta determinado la persona demandada, la acción se produce contra quien posea la cosa en el momento de la Litiscontestio. En la intentio solo se menciona al actor y a la cosa o derecho que tiene el actor sobre la cosa. El demandado solo se se menciona en la condemnatio Se permitia al demandado a restituir la cosa para evitar la condena. La condena se determinaba cn un criterio subjetivo ELEMENTOS: Sujeto activo: el “duenio de la cosa” (usufructuario etc) , sujeto pasivo el que tenga la cosa a nombre propio potegido por los interdictos posesorios. Objeto: el bien sobre el caul recae el chos. Cosas especificas e identificables Contenido jurídico: facultades que otorga a su titular. Si es duenio tendrá el uso goce y disposición, si es usufructuario, tendrá el uso y el goce. Relacion del sujeto activo con la cosa: Directa, puee perseguir la cosa de manos de quien la tenga, cualquier persona puede ser demandada con acción real. Acciones personales. Se exige cumplimiento de las obligaciones. Dirigida contra deudaor de una obligación para que la cumpla. Características: Se persigue determinado comportamiento del deudor. El demandado esta determinado (deudor ). Si se dirige hacia otro que no sea el deudor la acción se pierde. En la intentio se mencióna al actor al demandado y la obligación. Elementos: sujeto activo, acreedor u obligante, le exige al deudor un determinado comportamiento para cumplir su obligación. Sujeto pasivo, deudor u obligador. Atado temporalemnte al acreedor. Objeto: prestación debida. La obligación puede consistir en: dar una cosa(obligacionde dar) o ejecutar o no un hecho(obligación de hacer). Puede recaer en cualquien conducta humana mientras sea moral licita y posible Contenido jurídico: disponer de el, cederlo constituir un derecho real. Ejercer su acción personal exigiéndole al deudor que cumpla la obligación o pague la condena. Relacion del sujeto activo y la cosa: Indirecta, puede conseguir la cosa a través del deudor. Solo puede dirigirse contra el deudor. Clasificacion de las acciones personales: atendiendo al tipo de objeto perseguido: acciones abstractas o acciones causatas: • Acciones abstractcas. Persiguen el cumplimiento de una acción de dar, una cosa especifica, cierta, o cosas genéricas determinadas en cantidad y calidad. Características: persiguen el cumplimietno de una obligación. La cosa debida es un objeto cierto. La abstracción consiste en que no es necesario (ante el magistrado) probar la causa de la demanda. Libera al actor de tener que demotrar el fundamento causal de su demanda. • Acciones causadas: persiguen el cumplimiento de una obligación de objeto incierto. Obligacion de hacer y obligación de dar un objeto alternativo. Se debe demostrar la causa de la demanda. La causa puede ser un acto jurídico, o un hecho que prodece consecuencia juridicar generando derechos y obligaciones.

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Resumen de Derecho romano pt2
Apuntes Y MonografiasporAnónimo2/27/2012

dijo:Buenas! Estaba revisando mis documentos en busca de archivos para borrar y encontré algunos de los resúmenes que use en derecho romano. Por cierto el resumen es mío y mi profesor en ese entonces de romano era Francisco Samper, quien es uno de los mejores profesores de derecho romano.[/quote] Esta es la segunda parte del resumen, el resumen contiene litigio y acciones (un poco de cada cosa) La primer parte: ESPERO QUE LES SIRVA! Tipos especiales de acciones inciertas Acciones bonae fidei: Bilateralidad funcional (ambas partes resultan obligadas una en beneficio de la otra. La causa de la obligación de una de las partes es el cumplimiento de la obligación de su contraparte. Formula: puesto que a.a vendio y entrego una vaca a N.n por lo que se litigo, todo lo que por tal motivo debe n.n dar o hacer a A.A, según la buena fe, a ello, condena juez a n.n en favor de a.a. Acciones divisorias: Poner termino al condominio que tiene 2 o mas personas sobra una misma cosa. Al juicio en que se divide el condominio se le llama partición. Adiudicatio en vez de condena. Formula: puesto que ticio y cayo han pedido que se les de juez para dividir el funde coneliano, adjudica juez… B) CLASIFICACION DE ACCIONES ATENDIENDO AL DERECHO QUE LAS REGULA. 1) acciones civiles: creadas y reguladas por la jurisprudencia para amparar derechos y consideran dignos de protección. Finalidad: proteger situaciones y derechos que la jurisprudencia considera dignos de protección. Efectos: juicios civiles. Clasificación: a)Acciones reales: incluyen en su intentio “ex iure quiritum”. La liticontestatio las extingue “ope exceptionis” b)Acciones personales: palabra oportere. La litiscontestio los extingue “ipsoiure” 2)Acciones pretorias u honorarios. Acciones contenidas en el edicto del pretor. Finalidad: •Extender la aplicación de las acciones civiles a situaciones por la jurisprudencia. •Complementar al derecho civil. •Crear nuevos recursos para proteger casos no contemplados por el derecho civil. Efectos: juicios de imperio, la litiscontestaio las extinguen siempre “ope exceptionis” Clasificación: oFittcias oTranspuestas oIn factum a)Acciones ficiticias o útiles Finalidad: Extender la aplicación del derecho civil a casos no contemplados por jurisprudencia. Caracteriticas: contienen una orden que envía el magstrado al juez para que finja verdaderas circunstancias que no lo son, que son presupuesto necesario para la aplicación del derecho civil. Formula: si de ser a.a ciudadano romano el fundo corneliano.sobre el que se litigo. Le pertenecería según el derecho de los quirites, a no ser que restituya según tu arbitrio, condena juez n.n a favor a.a por cuanto dinero la cosa valga Si no resulta, absuelve. b)Acciones transpuestas: Finalidad: hacer exigibles deudas contraídas por dependientes o por representantes Características: en su intentio mencionan al dependiente o representante que contrajo la obligación. c)acciones in factum: la comdemnatio, se fundamenta en los hechos descritos y no en algún derecho. No hay mención del derecho civil o de un “oportere” finalidad: reprimir o castigar hechos que el pretor considera dolosos. Características: oindependientes del derecho civil. oEl pretor mediante este tipo de acciones no crea derecho. Protege situaciones determinadas, reprime o sancióna hechos o comportamientos que considera dolosos. oSon acciones personales porque persiguen sancionar conductas de personas determinadas. Formula: si resulta a.a entrego en prenda a n.n una cadena de oro por causada una deuda y habiéndose solucionado la deuda o satisfecho a su nombre…, no ha sido devuelta la cadena de oro a A.A . Condena juez… Se concede cuando ocurrían los siguientes hechos: oEl cumplimiento de la obligación garantizado. oEl acreedor se niega a restituir la prenda. oLa entrega de la cosa en prenda para garantizar una obligación. Ojalá les haya servido.

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Origami y manualidades 1.
Origami y manualidades 1.
Hazlo Tu MismoporAnónimo8/25/2011

Buenas!Buenas, hoy a diferencia de los dibujos posteados con anterioridad (por cierto no tan buenos ) hoy posteo el resultado de mas rato al pedo. Espero que les gusteBueno ojalá les haya gustado

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Reflexión sobre el ser humano y la actualidad
OfftopicporAnónimo3/8/2013

Hay un concepto filosófico llamado “estado de naturaleza” que habla de lo que sería la forma original del ser humano, es decir de como es el humano en si antes de que se relacione con los demás seres humanos. Entre los filósofos que hablan del estado de naturaleza hay dos que proponen algo muy cierto y ellos son: -Nicolas Maquiavelo expresó en su libro "El Príncipe" que el hombre es perverso y egoísta por naturaleza. Solo se preocupa por su seguridad y por aumentar su poder sobre los demás. - Thomas Hobbes sostiene que el ser humano es egoísta y malo por naturaleza. Explica la necesidad de pasar del estado de naturaleza al Estado de sociedad. Es indispensable vivir en colectividad, pues sin esta los individuos se destruirían a si mismos. Entre estos dos pensadores Hobbes presenta algo interesante que es la necesidad de vivir en colectividad. Es verdad que desde el principio de los tiempos que el ser humano es una criatura que ante lo diferente y lo desconocido tiende a actuar con miedo y luego con violencia y muy rara vez analiza lo sucedido. El mejor ejemplo es la violencia entre diferentes credos, en algún momento de la antigüedad una persona vio un relámpago y se le atribuyó al rayo la propiedad de ser el arma de un dios o se vio al sol que brindaba la luz y el calor y se pensó que tal vez este cuerpo celeste era una deidad llamada Ra o Zoroastro, etc y cuando se encontraron dichos credos (no particularmente estos) se generaron guerras en múltiples ocasiones, por ejemplo las cruzadas en el medioevo. Luego después de que el hombre y sus tribus se unieran generalmente con otros del mismo credo se iniciaron luchas y guerras por como debía de ser la organización de la misma y/o todas las tribus, mas tarde reinos, países, imperios, etc. Y siempre pareciera que hay una pugna por las diferentes opiniones respecto a los credos religiosos y las posturas políticas, y generalmente hay una cosa en común en todas las situaciones y es que al menos una de las partes involucradas clama tener la verdad respecto al asunto por el cual se riñe.... y eso suele ser la mentira ya que la verdad como propuso Platón en la alegoría de la caverna es algo que no podremos ver nunca y sólo veremos sombras de la misma y nosotros sacamos las conclusiones por medio del raciocinio. Por suerte en mi vida la cual hasta el momento considero muy corta a mis veintidós años me he encontrado en muchas situaciones en las cuales he escuchado decir “no aguanto a los que piensan _____” o “es imposible que puedan creer en algo así” y también afortunadamente me he visto rodeado de gente y/o extraños que han podido debatir una idea sin que pase a una pelea, lo cual es mas raro de lo que parece. Es acaso tan grande la soberbia del humano que nos creemos dueños de la verdad? Pareciera que si, Como es que podemos predicar que lo que otros creen no sólo no es cierto sino que son una suerte de abominaciones?. Yo siendo un joven residente en Argentina y formado académicamente en Buenos Aires no puedo creer la situación actual del país, como es que pareciera que o sos de un grupo o sos de los “otros” o como pareciera que hay un enemigo del país, de nuestros derechos, de nuestro pueblo en todo momento y cuando cambia pareciera que nunca hubo otro enemigo, siempre fue el mismo... pareciera que no tuviésemos memoria. Yo personalmente recuerdo lo que algunos dijeron en el ayer y lo que dicen hoy y muchas veces es totalmente lo contrario... Ayer Néstor Kirchner le daba la mano a Héctor Magnetto y firmaba la fusión de cablevisión y fibertel y hoy Clarín es el enemigo público número uno. Ayer en el 2001 se pedía por planes sociales que ayudaran a los que están en el estrato socioeconómico bajo y hoy se quejan de que hay demasiados planes sociales (lo cual en cierta medida es cierto)..... Ayer se quejaban de los militares y la falta de derechos y algunos hoy los extrañan por qué las cárceles en Argentina tienen puerta giratoria.... Volviendo al tema principal los grupos suelen buscar un objetivo noble y terminan corrompiendose en el camino por ejemplo muchos de los gobiernos que preceden una revolución como los comunistas en rusia o los militares en Argentina buscaban una sociedad mas equilibrada pero en ambos casos ocurrió lo contrario y se cometieron actos terribles desde los kulaks y las matanzas por inanición a los opositores al régimen comunista a las desapariciones y la proscripción del peronismo en argentina aunque cabe destacar que por mas que en Rusia fueron decenas de millones de muertos y aca decenas de miles no cambia el hecho que se cometieron atrocidades... y todo en nombre de la justicia y la libertad. Hoy en Argentina no se comenten las mismas atrocidades, pero se vive en una sociedad dividida principalmente en quienes apoyan al gobierno de turno y su movimiento político y quienes están en contra pero pertenecen a diversos grupos. Y se puede decir que el gobierno de turno está igualmente corrompido por el poder que le es otorgado por el pueblo y se le han quitado derechos en nombre de la justicia y la igualdad con algunas cosas como por ejemplo la estatización de las AFJP y el uso del dinero de la ANSES para solventar planes que mas allá de que si están bien o mal están siendo solventados con un dinero que no debiera ser utilizado para eso... Han segregado a la población y algunos viven con miedo y tienen algo de razón al tenerlo, por ejemplo alguno recuerda cuando al programa Periodismo para todos quiso hacer una investigación al grupo Tupac Amaru (grupo afín al gobierno actual) y les robaron las cámaras para que no mostraran “algo”. Vivimos en una sociedad donde una persona que quema viva a su mujer después de haberla golpeado y puede salir de prisión para militar por el gobierno de turno, donde una persona puede tomar una comisaria siendo empleado público salir en televisión en vivo desde la comisaría y aún así salir sobreseído por sus afinidades al gobierno... Vivimos en un país en el cual se propone “democratizar la justicia” lo que iría en contra de la constitución, por mas que se pudiesen arreglarlo sin que se modifique la misma, yendo en contra de la esencia de la constitución argentina que dispone un país que se divide en tres poderes independientes entre si y tienen herramientras para controlarse mutuamente por lo que “cortarle las piernas” a alguno de los tres sería una locura y ademas anticonsitucional... en fin ahora que me doy cuenta me fui del tema principal y probablemente es una prueba de que no se armar ensayos.... pero bueno ojala alguien saque algo interesante de esto...

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Sobre la Convivencia
Sobre la Convivencia
Salud BienestarporAnónimo1/22/2013

Consejos de una primera convivencia Buenas, mi nombre es Nicolás y escribo esto con el fin de compartir esta experiencia que puede generar miedo entre otras cosas... Estoy de novio hace casi 3 años (2 y 9 meses) de los cuales los ultimos 7 meses que convivo con mi novia. La convivencia es una gran experiencia llena de desafios pero tambien llena de momentos gratificantes de todo tipo. La convivencia exige dejar de lado una gran porción de libertad y tiempo e inevitablemente algo de dinero, uno pasa a tener que mirar la misma cara en todo momento al dormir y al despertar, al comer. También uno pasa a tal vez dedicarle menos tiempo a las actividades personales... desde videojuegos a amigos e inclusive al tan añorado momento de todos de la visita periodica a poringa ( dale muchachos no se hagan los boludos que no engañan a nadie ). Uno pasa a ver los momentos "feos" de la mujer por ejemplo cuando esta medio que pincha por que le crecen los cardos para sacarselos con la cera, y aunque sea el momento mas esperado pero mas temido tambien uno pasa a vivir la menstruacion de la mujer, que por un lado es un alivio si no queres tener hijos pero por otro lado significa a una mujer mas sensible e irritable que por decir o no decir una vocal puede generar una reaccion cuasi apocaliptica. En fin si uno que no convive puede pensar que el momento feo es cuando la mina no esta maquillada esta muy equivocado..... Ahora por otro lado la convivencia trae cosas buenas tambien como la compañia.... que no es solo una persona que fisicamente esta a tu lado sino que quiere decir que no estas solo un ej chistoso/boludo es que si estas cagando y te quedas sin papel tenes quien te lo alcanse Pero volviendo un poco a lo serio uno es contenido por la compañera y si la relacion es buena llega un momento en que se mimetizan y se complementan podiendo subsidiar los defectos o la falta de capacidad para ciertas cosas y/o tareas domesticas con la ayuda del otro/a como sea que 1 cocina y el otro limpia... La convivencia tambien tiene que tener limites ya que la sobre-convivencia pede arruinarse... cada uno debe tener su independencia con actividades propias y momentos lejos del otro ya que sino se desgasta y empiezan peleas por cosas sin sentido. Por lo que les puedo decir que en estos meses si bien no son muchos y tampoco son muy pocos, en lo person al estoy contento y vivo feliz... sin embargo aquello que tengan novia y piensen en mudarse juntos sepan que no todo es color de rosa y hay ciertos sacrificios que se deben hacer para conservar la pareja. Saludos!

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