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Ordenan incluir a Canal 13 en el reparto de la publicidad of

Info2/12/2014
POR LUCIO FERNÁNDEZ MOORES
Destacó la importancia de la libertad de expresión para proteger la actividad crítica de los periodistas. Determinó que el incumplimiento de las sentencias es “una clara violación de principios constitucionales”.


Ordenan incluir a Canal 13 en el reparto de la publicidad of

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó un fallo que obliga al Gobierno a incluir al Canal 13 en el reparto de la publicidad oficial. Con duros términos, el máximo tribunal dijo que las sentencias judiciales no pueden desconocerse y deben acatarse y remitió al antecedente del caso del diario Perfil, que ganó un juicio similar pero aún no recibe avisos oficiales por parte del Gobierno.

"El incumplimiento de una sentencia judicial constituye un desconocimiento de la división de poderes que resulta inadmisible en un estado de derecho y, en consecuencia, causa un grave deterioro del estado constitucional democrático", sostuvo el voto mayoritario firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt.

Elena Highton adhirió parcialmente con estos jueces aunque no suscribió ese duro párrafo. El juez Raúl Zaffaroni opinó que el tribunal debía pedir primero opinión a la Procuración General, dirigida por Alejandra Gils Carbó, mientras que sus colegas Enrique Petracchi y Carmen Argibay directamente votaron por desestimar la apelación del Estado y dejar confirmado el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo a favor del Canal 13.

En la parte sustancial del voto mayoritario, en la parte a la que sí adhirió Highton, los jueces le dijeron al Gobierno que en su apelación no llevó nuevos argumentos a los que ya había esgrimido en el caso de Perfil y el diario Río Negro. Y que por eso la Corte no modificaría su doctrina ya establecida en esos precedentes, donde sostuvo que debe haber un reparto "proporcional y equitativo" de la pauta publicitaria oficial en defensa de la "libertad de expresión" y las garantías constitucionales.

El Gobierno había alegado que tiene facultades para otorgar discrecionalmente la pauta oficial a los medios que crea conveniente, pero la Corte ya le había dicho que no en el caso de Perfil y Río Negro, y como ahora reiteró esa postura en el caso de Canal 13, el voto mayoritario de cuatro jueces le rechazó su apelación porque no le llevó nuevos argumentos para modificar su doctrina.

"Esta Corte ha manifestado en reiteradas oportunidades la importancia de la libertad de expresión en el régimen democrático, tanto en lo referente a la libertad que tienen los ciudadanos de expresar sus ideas como en la protección de la actividad de los periodistas y en el rechazo de todo tipo de censura", afirmaron Lorenzetti, Maqueda y Fayt.


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