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Proyecto de aborto es inconstitucional-abogado lo analiza

Info8/5/2018


Proyecto de aborto es inconstitucional-abogado lo analiza

abogado




Transcribí algunas partes de exposición del abogado Fernando Toller en el Senado, donde analiza el proyecto de ley de aborto.






Primero analiza el articulo 5 del proyecto


ARTÍCULO 5°- Objeto. Esta ley tiene por objeto garantizar el derecho de las mujeres o personas gestantes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo de conformidad con las disposiciones de la misma. 


Es interesante que no dice crear el derecho al aborto, sino garantizar el derecho al aborto. Está hablando de un derecho que ya estaría creado, lo que no está claro es donde estaría creado.


Hubiera sido mas honesto poner "Esta ley instaura un nuevo derecho, que es el derecho al aborto. Pero han dicho que garantizan un derecho que ya está.

En esta ley está claro el fin, es una garantía de derecho al aborto y por lo tanto todo los diseños de los medios está puesto para que el aborto se haga.

Los derechos son cosas buenas, tiene un bien humano bueno. Escuché personas a favor y en contra, y mas a favor, diciendo que nadie está a favor del aborto, que nadie quiero el aborto. Entonces digo es un derecho muy particular cuyo contenido nadie quiere, pero se quiere garantizar ese derecho.


Se quiere garantizar un "hiper derecho". No encontré ningún derecho que tenga la fuerza de este derecho en esta ley. Se puede decir por tanto que la ley está diseñada para fomentar el aborto. Lo dice con una claridad meridiana (articulo 5).



Por lo tanto el aborto, algo que nadie quiere está super amparado y promovido a punto tal de que se quita todo obstáculo, y que cualquier obstáculo que aparece se lo amenaza con el derecho penal.

Que esta sea el corazón de la norma, significa varias cosas, por un lado ya no se reclama un derecho de libertad como las reivindicaciones del aborto, ahora se reclama un derecho de prestación, pero no hacia el Estado sino hacia todos. Ademas dice que si no me das las prestación vas a terminar con los huesos en la cárcel.


No hay una sola norma en las 129 de la CN, donde se puede basar el derecho a abortar.


No hay una sola norma de derecho internacional con jerarquía constitucional en este país que tenga el derecho a abortar


El código penal no puede reconocer derechos ni crearlos, sirve para decir que cosas estan mal y los chicos malos tienen que ir a la carcel o sufrir algun tipo de menoscabo. 

La CN le llama niño al no nacido, y ademas dice que hay dictar un régimen integral de seguridad social para ese niño. Hay una subjetivizacion constitucional del no nacido al cual se lo reconoce como persona y para poder gozar de un régimen integral de seguridad social es menester ser (articulo 1 y 2 de la Convención Americana de Derecho Humanos: todo ser humano es persona y el articulo 4-1 dice los seres humanos son desde la concepción)


¿Puede el Congreso dictar un regimen general de desproteccion y destrucción? No


Tiene oblicacion de poner cadena perpetua al medico que hace el aborto? No obliga a penalizar pero si obliga a existir.


No puede haber un régimen de negación de la subjetividad humana del no nacido negandole totalmente la existencia y tratándolo como cosa.


Todos los Tratados que nosotros firmamos y le hemos dados jerarquía constitucional reconocen que todo humano es persona, empezando por el articulo 1-2 de la Convención Americana de Derecho Humanos, lo dice también Pacto internacional de derechos civiles y políticos, la Declaración Americana, la Declaración Universal, etc.


Por tanto todo ser humano es persona, no hay seres humanos de segunda, no hay semovientes.


Ademas dice Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. (articulo 3 Convención Americana de Derecho Humanos)


Todos los Tratados reconocen a ese ser humano que es persona el derecho a la vida.





CONVENCIÓNINTERNACIONALSOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO 

Preambulo - parrafo 9

TENIENDO PRESENTE que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”


Es un preambulo que por el articulo 31 de la Convención de Viena sobre Derecho tratados es normativo.


El articulo 1 (CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO) hay que interpretarlo desde la concepción

La CN argentina no es conmutativa y flexible, sino que es rigida



No hay ningún tratado que hable de la palabra aborto, hay por lo menos 5 tratados que nos vinculan que hay derecho a la vida, y nos quieren hacer creer que hay un derecho al aborto y no un derecho a la vida.


Hay un derecho a la vida, claro y contundente, está en las normas; y no hay ni una sola norma de derecho interno de caracter constitucional ni de caracter internacional que nos vincule con jerarquia constitucional  que reconozca el aborto.


El derecho a la vida tiene que estar protegido por las leyes


A este proyecto le falta a tonelada calidad juridica, tecnica juridica, no se puede hacer una ley que esté tan desorbitada con el ordenamiento juridico.


Por tanto el articulo 5 no puede ser aprobado porque la finalidad es ilegitima que es garantizar un derecho que no existe y desproteger y destruir derechos que si existen.


¿Por qué en la semana 14? En la semana 13 sos la nada y en la semana 15 sos persona, ¿qué magia hay entre medio?, no se sabe.


Curiosidad mas importante, no se exige medico. El aborto clandestino inseguro no va a existir mas pero no va a ser seguro, sino simplemente no va a ser clandestino porque la ley lo va a admitir.


O sea una persona puede hacer aborto hasta la semana 14 o puede hacer aborto de la causales hasta la semana 40 ¿quién? Cualquiera.


Legrado también porque está dentro de la OMS, dice que no lo recomienda pero tampoco lo prohíbe.


Cuando uno tiene un fin que es el aborto seguro gratuito y legal tiene que tener medios que lleven a eso si resulta que el medio que han puesto no lleva al fin la norma es irrazonable (Primer principio del Tribunal Aleman de por que una norma es insconstitucional)


Esta norma es inconstitucional porque los medios que está poniendo para lo que pide, el fin es ilegitimo (ya es inconstitucional) y el primer medio que pone también está mal porque no van a lograr seguridad haciendo que cualquier habitante de este país pueda hacer abortos farmacológicos y quirúrgicos en cualquier momento del embarazo.


Conclusión sobre el articulo 1, es ilegítimo por poner 14 semanas y tampoco logra ninguna seguridad.


Articulo 2 crea delito de dilación, es muy grave esto. El principio  de legalidad penal no se cumple simplemente porque haya una ley que diga "tal cosa va preso" sino que la ley tiene que tener el contenido suficiente para que uno pueda conocer la criminalidad del acto y dirigir sus acciones. Esta ley falla porque está fallando el principio  de legalidad penal, no se puede meter preso sin principio  de legalidad penal. Esta norma es vaga, en EEUU le dan inconstitcional.


Artculo 3. Acá el problema grave es el inciso "b" que habla de la salud de la mujer considerada como derecho humano.

Articulo 9. Según lo que dice la ley con una remisión a un decreto ( Sres Senadores, una ley federal no puede remitir a un decreto) Que dice ese decreto (articulo 7 del 415/06): un referente afectivo puede prestar consentimiento. No puede ser aprobado seriamente si las niñas vayan a abortar sacadas de la autoridad familiar con algún referente comunitario que podria ser en muchos casos situaciones de abusos.

Articulo 11. El plazo es irrealista y descontractualizado. NO puede aceptarse.


Articulo 12. La consejerías punto por punto empujan al aborto y no da alternativas, donde ademas prohibe todo consejo ético personal, bajo la pena de dilación. No puede aceptarse.

Articulo 13. Prohíbe la objeción de conciencia y que se debe hacer. Esta obligación universal es injusta, desproporcionada, innecesaria, viola la libertad de conciencia, viola la libertad de asociación, no puede aceptarse.

Articulo 15. prohíbe la objeción de conciencia, está mal por todos lados. No puede aceptarse.



Articulo 16. Cobertura, lo pagan todos.

Articulo 18. No puede ser esa la salud para que haya una causa, una excusa absolutoria sobre el aborto.


Finalmente de 20 artículos 18 me da que no pasa un test de razonabilidad de constitucionalidad y una ley que 18 de sus artículos no pasan es una ley muy mala técnicamente y muy injusta desde el punto de vista del derecho constitucional.






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