Argentina, situación actual:
A pesar de los seis años transcurridos del histórico fallo FAL que ordena el aborto legal en la Argentina, solo nueve provincias argentinas cuentan con protocolos que respetan las pautas que estableció la Corte.
En Argentina el aborto se encuentra penalizado. Solo hay dos excepciones que no se consideran delito: en el caso de una violación de una mujer, y en el caso de que la madre corra riesgo de vida. El código penal en su artículo 86 afirma: El aborto no es punible:
Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
Si el embarazo proviene de una violación, o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
En el año 2012, en un fallo unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que los abortos en caso de que el embarazo sea producto de una violación no son punibles, que estos no deberían ser judicializados y que cada provincia debería determinar un protocolo para la atención de todos aquellos casos en los que hubiera un aborto no punible. Esta interpretación de la corte fue necesaria, porque dejó atrás una interpretación conflictiva acerca del inciso 2º del artículo 85 del código penal.
En el resto del mundo:
¿Que dice la ciencia?
Sergio Pérez Acebrón, doctor en bioquímica explica a partir de qué momento del embarazo se considera que el feto es una persona:
Tipos de aborto:
¿En que consiste el proyecto?
-Interrumpir el embarazo de forma gratuita y sin orden judicial hasta las 14 semanas de gestación
-Que no sea necesaria ninguna autorización judicial previa para practicar un aborto.
-La iniciativa aclara específicamente que a partir de los 16 años la mujer "tiene plena capacidad" para ejercer este derecho, y para el rango de 13 a 16 años también "se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento".
-Se autoriza a las menores de 13 años, en cuyo caso se requerirá el consentimiento informado de la mujer, "con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o un representante legal".
-En el artículo 5, se señala que el sector público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y otros agentes que brinden servicios médicos deberán incorporar la cobertura integral de la interrupción del embarazo como prestación médica obligatoria para sus afiliados.
Posturas en contra:
Provida (en inglés pro-life) es la posición ética y política que afirma la defensa del derecho humano a la vida sean cuales sean las circunstancias, sostenida por diversas asociaciones y corrientes de pensamiento. Desde la perspectiva de esas asociaciones, la vida humana comienza desde el momento de la concepción, de modo que el cigoto, el embrión y el feto se consideran como personas humanas. Por esta razón, se suelen oponer a prácticas como la eutanasia, la clonación humana, las investigaciones con células madre embrionarias (no con las adultas) y, particularmente, el aborto inducido.
Posturas a favor:
Proelección o proderecho a decidir (en inglés pro-choice), es la posición política y ética de que la mujer debe tener control o soberanía sobre su fertilidad y embarazo, incluyendo los derechos reproductivos, que incluyen el derecho a la educación sexual, el acceso al aborto electivo (realizado por profesionales y en el marco legal), a la anticoncepción, a los tratamientos de fertilidad, y la protección legal contra abortos forzados. Las personas y organizaciones que apoyan esta posición se denominan «proelección». Sus partidarios lo resumen como la defensa de la soberanía sobre el cuerpo y derecho a la vida de la mujer. Quienes comparten esta postura consideran la interrupción del embarazo como último recurso, y se centran en situaciones en las que consideran que ésta es necesaria. Entre ellas se encuentran la concepción como consecuencia de una violación, el riesgo para la salud o la vida de una mujer, métodos anticonceptivos ineficaces o incapacidad para criar un hijo.
Personas a favor:
Avelluto
Aranguren
Bergman
Agrupaciones de izquierda
Feministas
Federico Pinedo
Javier Milei
Eduardo Feinmann
Papa Francisco
Rogelio Frigerio
Jorge Triaca
Guillermo Dietrich
Cristina Kirchner (que tuvo la desgracia de sufrir una interrupción no deseada del embarazo)
https://www.lmneuquen.com/cristina-explico-que-razon-se-opuso-al-aborto-legal-n565113
Nicolás Massot
Finalmente les dejo lo que todos estaban esperando: memes
A pesar de los seis años transcurridos del histórico fallo FAL que ordena el aborto legal en la Argentina, solo nueve provincias argentinas cuentan con protocolos que respetan las pautas que estableció la Corte.
En Argentina el aborto se encuentra penalizado. Solo hay dos excepciones que no se consideran delito: en el caso de una violación de una mujer, y en el caso de que la madre corra riesgo de vida. El código penal en su artículo 86 afirma: El aborto no es punible:
Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
Si el embarazo proviene de una violación, o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
En el año 2012, en un fallo unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que los abortos en caso de que el embarazo sea producto de una violación no son punibles, que estos no deberían ser judicializados y que cada provincia debería determinar un protocolo para la atención de todos aquellos casos en los que hubiera un aborto no punible. Esta interpretación de la corte fue necesaria, porque dejó atrás una interpretación conflictiva acerca del inciso 2º del artículo 85 del código penal.
En el resto del mundo:
¿Que dice la ciencia?
Sergio Pérez Acebrón, doctor en bioquímica explica a partir de qué momento del embarazo se considera que el feto es una persona:
Tipos de aborto:
¿En que consiste el proyecto?
-Interrumpir el embarazo de forma gratuita y sin orden judicial hasta las 14 semanas de gestación
-Que no sea necesaria ninguna autorización judicial previa para practicar un aborto.
-La iniciativa aclara específicamente que a partir de los 16 años la mujer "tiene plena capacidad" para ejercer este derecho, y para el rango de 13 a 16 años también "se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento".
-Se autoriza a las menores de 13 años, en cuyo caso se requerirá el consentimiento informado de la mujer, "con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o un representante legal".
-En el artículo 5, se señala que el sector público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y otros agentes que brinden servicios médicos deberán incorporar la cobertura integral de la interrupción del embarazo como prestación médica obligatoria para sus afiliados.
Posturas en contra:
Provida (en inglés pro-life) es la posición ética y política que afirma la defensa del derecho humano a la vida sean cuales sean las circunstancias, sostenida por diversas asociaciones y corrientes de pensamiento. Desde la perspectiva de esas asociaciones, la vida humana comienza desde el momento de la concepción, de modo que el cigoto, el embrión y el feto se consideran como personas humanas. Por esta razón, se suelen oponer a prácticas como la eutanasia, la clonación humana, las investigaciones con células madre embrionarias (no con las adultas) y, particularmente, el aborto inducido.
Posturas a favor:
Proelección o proderecho a decidir (en inglés pro-choice), es la posición política y ética de que la mujer debe tener control o soberanía sobre su fertilidad y embarazo, incluyendo los derechos reproductivos, que incluyen el derecho a la educación sexual, el acceso al aborto electivo (realizado por profesionales y en el marco legal), a la anticoncepción, a los tratamientos de fertilidad, y la protección legal contra abortos forzados. Las personas y organizaciones que apoyan esta posición se denominan «proelección». Sus partidarios lo resumen como la defensa de la soberanía sobre el cuerpo y derecho a la vida de la mujer. Quienes comparten esta postura consideran la interrupción del embarazo como último recurso, y se centran en situaciones en las que consideran que ésta es necesaria. Entre ellas se encuentran la concepción como consecuencia de una violación, el riesgo para la salud o la vida de una mujer, métodos anticonceptivos ineficaces o incapacidad para criar un hijo.
Personas a favor:
Avelluto
Aranguren
Bergman
Agrupaciones de izquierda
Feministas
Personas en Contra:
Federico Pinedo
Javier Milei
Eduardo Feinmann
Papa Francisco
Rogelio Frigerio
Jorge Triaca
Guillermo Dietrich
Cristina Kirchner (que tuvo la desgracia de sufrir una interrupción no deseada del embarazo)
https://www.lmneuquen.com/cristina-explico-que-razon-se-opuso-al-aborto-legal-n565113
Nicolás Massot
Finalmente les dejo lo que todos estaban esperando: memes


