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LICENCIAS ESPECIALES


EMPLEADOS DE COMERCIO


Nacimiento: 2 días hábiles.


Matrimonio
: 12 días corridos.


Fallecimiento
:

Cónyuge: 4 días corridos. Deberá computarse un día hábil. Cuando este fallecimiento ocurra a más de 500 km, se otorgarán 2 días corridos más de licencia paga, debiendo
justificar la realización del viaje.

Hijo: 4 días corridos. Deberá computarse un día ábil. Cuando este fallecimiento ocurra a más de 500 km, se otorgarán 2 días corridos más de licencia paga,debiendo justificar la realización del viaje.

Padres: 3 días corridos. Deberá computarse un día hábil. Cuando este fallecimiento ocurra a más de 500 km, se otorgarán 2 días corridos más de licencia paga, debiendo justificar la realización del viaje.

Hermanos: 3 días corridos. Deberácomputarse un día hábil. Cuando este fallecimiento ocurra a más de 500 km, se otorgarán 2 días corridos más de licencia paga, debiendo justificar la realización del viaje.

Suegros: 2 días cirridos.

Abuelos: 2 días corridos.

Padres Políticos: 2 días corridos.

Hermanos Políticos: 2 días corridos.

Hijos del Cónyuge
: 2 días corridos.


Estudios:

Enseñanza media y otras: 10 días de licencia pagos como máximo, por año, a estudiantes secundarios para preparar materias y rendir exámenes. A su pedido podrán acumularse a las
vacaciones.

Enseñanza universitaria: 20 días de licenciapagos como máximo, por año, a estudiantes
universitarios para preparar materias y rendir exámenes, hasta 4 días por examen, fijándose el lapso completo en 7 años. Cuando en el año se excediera de 5 exámenes sin
repetirlos se otorgarán 4 días más pagos. A su pedido podrán acumularse a las vacaciones.


Donación de Sangre
: 1 día


Licencias Gremiales
: Se otorgará a los representantes gremiales toda licencia gremial que requiera la organización sindical.


Mudanza: 2 días corridos.


Trámite Prematrimonial
: 1 día.


Casamiento Hijo: 1 día.


Enfermedad Parientes: Licencia sin goce de remuneraciones hasta 30 días por año por enfermedad del cónyuge, padres o hijos que requiera asistencia personal justificada conforme art 210 de la Ley de Contrato de Trabajo.


Licencia Especial Para Compras: A pedido del empleado se otorgará una hora de licencia mensual paga para compras en lugares donde por sus horarios se viera imposibilitado para
concretar sus adquisiciones.


Comparencia Ante Reparticiones Oficiales: Autorización paga a quién por su situación o emplazamiento personal con carácter de carga pública comparezca ante reparticiones oficiales.


http://www.trabajo.gba.gov.ar/documentos/convenios/c130-75.pdf



http://74.125.47.132/search?q=cache:vpUZH-d_zFYJ:www.confis.com.ar/gestion/art_articulos_ART_FILEDATA_bv.php%3FART_CODIGO%3D403+Licencias+especiales+-+Empleados+de+comercio&cd=3&hl=es&ct=clnk&gl=ar&client=firefox-a
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