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Me pueden exigir el pago de expensas ?

Info3/31/2010
Prescriben las expensas?


Prescribir.. entindase como que no pueden exigir el pago de la deuda.




La prescripción aplicable al caso de las expensas comunes, es la contemplada en el artículo 4027, inciso 3 del Código Civil, pues atento a su naturaleza ya la forma en que se las debe satisfacer, su adecuación a tal precepto es correcta, sin que resulte obstáculo a esta conclusión ni la causa de la obligación (expensas comunes) ni la circunstancia de que el monto de los períodos sea irregular.

El citado artículo 4027 del Código Civil, en su inciso tercero, establece: " Se prescribe por cinco años la obligación de pagar los atrasos de todo lo que debe pagarse por años, o plazos periódicos más cortos", Carlos Diego Calvo, en su libro "Manual Práctico de Propiedad Horizontal" (página 117), dice que "la prescripción liberatoria se opera en el caso de expensas comunes a los cinco años (artículo 4027 del Código Civil) si es que no ha sido interrumpido dicho término por la interposición de la demanda judicial o suspendido por la constitución en mora del deudor efectuada en forma auténtica".

Fuente
www.admininistracion.filizzola.com.ar Administracion de Consorcios
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A@Anónimo4/10/2012+0-0
Por suerte, la ley 13.512 no solo explica que no prescribe, si no que se te puede rematar la propiedad (lo cual es algo bastante usual) por más que la tengas como bien de familia. Es una de la pocas causas por la que se remata. Si no pagas las expensas perjudicas a tus vecinos que pagan más por tu culpa (si este es el caso).
A@Anónimo9/9/2011+0-0
Operará siempre y cuando el consorcio no opere ninguna acción tendiente al cobro de las mismas. Bastará con enviar cartas documento para cortar esa prescripción, porque recordemos que la prescripción liberatoria opera solo por desidia del acreedor.
A@Anónimo3/31/2010+0-0
estas Hablando en el caso de un Contrato de alquiler.. La prescripción que habla la nota es otra cosa.
A@Anónimo3/31/2010+0-0
si el contrato dice que las tenes que pagar, las tenes que pagar

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