
Pero en este post voy a exponer algunos argumentos sobre el aborto desde el punto de vista de cinco religiones(Catolicismo, Judaísmo, Islamismo,Budismo y Hinduismo) y que actitudes toman con respecto al mismo(Dentro de sus textos más sagrados y los pensamientos de eruditos, no de fanáticos religiosos que dicen tener la verdad sino de personas que estudiaron los fundamentos de su fe como pilar de una sociedad justa y equilibrada para todos los habitantes del planeta). No es un post para criticar las visión del mundo que cada religión tiene sino para tratar de entender o solo conocer sus puntos de vista con respecto a este tema tan delicado.
En los sociedades islámicas, a comparación de las occidentales humanistas, los casos de aborto son muy pocos; porque en estas sociedades se dan muy pocas relaciones sexuales extra matrimoniales o concubinatos. Y si se suscitan casos de aborto son - en su mayoría - como un solución para salvar la vida de la madre.
* Ahora pasaremos a ver el concepto del aborto y su status legal dentro de la Sharía Islámica.
El aborto es la acción de dar a luz antes de tiempo; es decir, la salida de feto del vientre materno antes de haber completado su desarrollo. Los eruditos islámicos lo han definido como: la salida del feto antes de cumplirse el tiempo de embarazo.
El aborto se puede producir por una acción voluntaria de la mujer beber alguna sustancia, levantar algo pesado o moverse violentamente, pidiendo una operación médica determinada, o por algún acto intencional de otra persona o, finalmente, involuntariamente.
El aborto se puede producir después de que se le insufle el espíritu al feto o antes que se le insufle el espíritu.
Si el aborto se produce después de que el feto recibe su espíritu, pues es prohibido e ilícito por consenso de todos los eruditos islámicos, sin importar si es causado por el padre, la madre, un médico o cualquier otra persona. La razón es obvia: es una atentado contra una vida humana inocente de todo delito.
Este tipo de aborto es un crimen. Debe imponérsele una indemnización, que es el equivalente al valor de un esclavo, que es el 10% de la indemnización por matar a un hombre adulto. Allah dijo: "No matéis a nadie que Dios ha prohibido, sino con justo motivo. Si se mata a alguien sin razón, damos autoridad a su pariente pero que este no se exceda en la venganza. Se le auxiliará". (Corán 17:33) Bujari y Muslim citan que Abu Huraira dijo: El Mensajero de Allah (B y P) dictó sentencia en el caso de una mujer de Bani Lihián que abortó; fue una indemnización de un esclavo o una esclava.
Esta indemnización se hace vigente desde que el feto presenta rasgos humanos como los dedos, una mano, una pierna, uñas o los ojos. El aborto intencional (feticidio) después de haber recibido el feto espíritu es pecado y un crimen en el consenso de todos los eruditos islámicos sin que defieran en ello.
En el caso del aborto antes que se le insufle al feto su espíritu pues es tema de discusión entre los jurisconsultos islámicos; algunos lo declaran permitido y otros lo declaran prohibido según sean las etapas de desarrollo del feto.
Nuestra opinión es que, si el aborto se provoca después de 40 días de la fecundación y cuando el feto ya está empezando a desarrollarse, es un pecado y un crimen, adoptándose el mismo veredicto que se emite en el caso del feto al que ya se le insufló el espíritu y se impone la indemnización por feticidio, 10% de la de un homicidio, porque la aparición de rasgos humanos en el desarrollo son un indicio de que ese feto estaba en camino de ser un ser humano completo y se la aplica el hadiz del aborto provocado que mencionamos anteriormente, en que Al Bujari cita a Abu Huraira, y también se aplica lo que Muslim cita, que Ibn Mas'ud dijo: Oí al Mensajero de Allah (B y P) decir: "Cuando el óvulo fecundado cumple cuarenta y dos noches Allah envía a un ángel para que le dé forma, le dote de oídos y vista y le dé su piel, su carne y sus huesos. Luego dice el ángel ..... ". En otra transmisión dice: la formación y la aparición de los órganos se da después de cuarenta o cuarenta y dos días de la fecundación.
Por ello es que decimos que atentar contra este embrión es atentar contra una vida humana inocente de todo delito y seria equivalente a enterrarlo en vida después de nacer, algo que Allah prohibió cuando dijo: "... cuando se pregunte a la niña enterrada viva qué crimen cometió para que la mataran" (81:8-9). Así pues es un pecado provocar el aborto después de los 40 o 42 días.
El padre, la madre, el médico o cualquier otra persona que provoque el aborto está cometiendo un pecado y un crimen -feticidio- imponiéndosele una indemnización por el feto abortado -un esclavo o esclava o, en su defecto, la décima parte de la indemnización por un adulto - como lo menciona el hadiz mencionado.
Extraer lo que se encuentra en la matriz antes de pasados los 40 días de la fecundación es lícito; no pesa sobre ello pena alguna, pues aún no se convirtió en feto; aún es un óvulo zigoto y no se le aplica el hadiz del aborto del feto.
Extraer el zigoto antes de que se convierta en feto es similar al coito interrupto (cuando la eyaculación se produce fuera de la vagina). El coito interrupto es una medida para evitar el embarazo; la eyaculación fuera de la vagina significa la muerte de los espermatozoide y el óvulo de la mujer, además de evitar que se encuentren; lo cual evita el embarazo. Este método anticonceptivo lo declaró lícito el Profeta (B y P) cuando se le preguntó por quien tenía relaciones con su pareja pero no deseaba embarazarla. El le dijo: "Eyacula afuera si lo deseas". Yábir bin Abdallah dijo que un hombre vino al Profeta y dijo: "Tengo una esclava que nos sirve y nos ayuda con la palmeras". Yo tengo relaciones con ella pero no deseo que quede embarazada. El Profeta (B y P) le dijo: "Puedes eyacular fuera de ella si lo deseas pues lo que se le predestinó le llegará de cualquier forma". Esto lo llamó el Profeta (B y P): "El enterramiento desapercibido" en un hadiz que relató Yudhama.
Los Sahabas solían recurrir al coito interrupto cuando deseaban evitar el embarazo. Esto sucedía con conocimiento del Profeta (B y P) y él no se los prohibió. Yábir relató : "Solíamos practicar el coito interrupto en la época del Mensajero de Allah (B y P) y cuando aún se revelaba el Corán". Lo citan Al Bujari y Muslim. Este último cita otra versión que dice: "Solíamos practicar el coito interrupto en la época del Profeta (B y P). Él lo sabía y no nos lo prohibió".
¿Cuándo es que se permite el aborto?
El aborto de un feto en formación o después de recibir el espíritu es permitido cuando médicos especialistas declaran que, de seguir el embarazo, el feto provocarla la muerte de la madre y su propia muerte. En estos casos es lícito provocar un aborto y salvar así la vida de la madre. El Islam predica la salvación de vidas humanas en todas formas y este aborto se tomaría como un tratamiento médico, algo muy recomendado por el Mensajero de Allah (B y P).
AL IMLÁS
Al imlás es una palabra árabe que designa el acto de atacar a una mujer embarazada y provocarle el aborto.
Es un pecado y un crimen; sobre él se impone un indemnización por homicidio. En los dos "Sahih" se relata que Omar bin Al Jattab consultó a los Sahabas sobre una mujer que abortó a causa de un golpe que le propinaron en el vientre. Al Mughira bin Shyu'ba le dijo: "El Mensajero de Aláh (B y P) dictaminó que se le debe indemnizar con un esclavo a una esclava" y Muhammad bin Maslama confirmó sus palabras.

La posición más clara la desvela la maestra zen Barbara O'Brien:
Los budistas generalmente son reacios a intervenir en la decisión personal de una mujer a interrumpir su embarazo. El budismo, sin embargo, desaconseja el aborto pero también desalienta la rígida imposición de los absolutos morales. Esto puede parecer contradictorio. En nuestra cultura, muchos piensan que si algo es moralmente incorrecto debería ser prohibido, pero el criterio budista es que el seguimiento rígido de las normas no es lo que nos convierte en “seres morales” ¿Y dónde quedan en el budismo los derechos humanos? En primer lugar, la visión budista del aborto no incluye un “concepto de derechos”, ya sea un "derecho a la vida" o un "derecho al propio cuerpo". En parte, esto se debe a que el budismo es una religión muy antigua, y el concepto de los derechos humanos es relativamente reciente.
El budismo dice que la vida “no tiene un comienzo". Los científicos nos dicen que la vida llegó a este planeta, de alguna manera, hace alrededor de cuatro mil millones de años y desde entonces la vida se ha expresado en diversas formas. Pero nadie ha observado el "principio". Nosotros, los seres vivos, somos manifestaciones de un proceso ininterrumpido que ha estado ocurriendo durante cuatro mil millones de años, (según nuestro conocimiento actual y temporal). Por eso preguntar ¿cuándo empieza la vida? es una pregunta sin sentido.
Usted podría preguntarse, ¿qué pasa con el alma individual? Una de las preguntas más esenciales y más difíciles de las enseñanzas budistas es anatman o anatta – “sin alma”. El budismo enseña que nuestros cuerpos físicos no están poseídos de un “yo intrínseco”, y que nuestra sensación persistente de nosotros mismos como algo separado del resto del universo es una ilusión. Pero esta no es una enseñanza nihilista. El Buda enseñó que si podemos ver a través de la ilusión del pequeño yo individual, nos damos cuenta de un inmenso "yo" que no está sujeto al nacimiento y la muerte.
¿Qué es el yo?
Nuestros juicios sobre las cuestiones diarias dependen en gran medida la forma en que conceptualizamos. En la cultura occidental observamos a los individuos como “unidades autónomas". La mayoría de las religiones enseñan que estas unidades autónomas” que están dotadas de un alma. Ya he mencionado la doctrina de la anatman. Según esta doctrina, lo que consideramos como nuestro "yo" es una creación temporal de las skandhas. Las skandhas son atributos o forma: los sentidos, la cognición, la discriminación, la conciencia... que se unen para crear un distintivo, ser vivo. Como no hay alma que tiene que transmigrar de un cuerpo a otro, no hay "reencarnación" en el sentido usual de la palabra. El renacimiento se produce cuando el karma creado por una vida pasada se traslada a otra vida. La mayoría de las escuelas de budismo enseñan que la concepción es el inicio del proceso de renacimiento y que, por tanto, marca el comienzo de la vida de un ser humano.
El Primer Precepto Budista:
El primer precepto de budismo a menudo se traduce como "Me comprometo a abstenerme de destruir la vida". Algunas escuelas de budismo hacer una distinción entre la vida animal y vegetal, y otras no. Aunque la vida humana es más importante nos advierte del precepto de abstenernos de tomar la vida en cualquiera de sus innumerables manifestaciones. Desde esta perspectiva no hay duda de que la interrupción de un embarazo es un asunto sumamente grave, pero no como “precepto humano” sino como una acción extensiva a la conciencia del que lo hace. Sin embargo ninguna escuela de budismo absolutamente lo prohíbe desde un punto de vista “moral”.
El budismo nos enseña a no imponer nuestras opiniones sobre los demás y a sentir compasión por aquellos que se enfrentan situaciones difíciles. Aunque algunos países predominantemente budistas, como Tailandia, imponen restricciones legales sobre el aborto, muchos budistas no creen que el Estado deba intervenir en asuntos de conciencia, moral o religión.
Los países en donde la religión budista es mayoritaria (como Tailandia, Camboya o Japón) se aplican leyes de plazos y supuestos que permiten el aborto. De entre todos ellos, el caso de mayor permisividad y despenalización es el japonés.
En el Hinduismo, la vida humana representa el más alto nivel posible, el cual resulta de un ciclo continuo de nacer y renacer, en el cual el espíritu va en evolución hacia los más altos niveles de karma. La concepción de un nuevo ser es un acto divino que representa, como en otras religiones, la unión del cuerpo con el espíritu. El espíritu es portador del karma de sus anteriores existencias.
La mayoría de quienes practican el Hinduismo viven en India, un país culturalmente diverso y tradicional en sus creencias religiosas, las cuales afectan la formación de las familias, las preferencias por el hijo varón y la situación dependiente de la mujer dentro del hogar. El Hinduismo es conocido como Sannatan Dharma, o Tradición Eterna. Más que una sola religión, es una confederación de varias
religiones que representan una combinación de lo espiritual con lo práctico inspirado por un ideal de bienestar para todos los seres humanos y las criaturas que los rodean.
Estudiosos del Hinduismo han señalado que el concepto hindú dharma, que se refiere a la ley natural, es incompatible con una postura absolutista contra el aborto, ya que dharma se caracteriza por el cambio, la adaptabilidad y la sensibilidad frente al contexto y frente al individuo. Cuando una mujer experimenta un dilema moral frente a la opción de un aborto, el dharma le permite considerar su decisión a la luz de las exigencias de la situación y de su propia conciencia.
La tradición hindú no ha conferido al feto mayor importancia que a la vida de la mujer, a pesar del alto valor que da a la vida del feto. Antiguos textos hindúes, incluidos tratados médicos, admiten la práctica del aborto en casos en que el embarazo ponga en riesgo de lesión grave o de muerte a la madre, o en casos de malformación fetal donde las probabilidades de un parto normal son mínimas.
En el año 2002, el aborto fue legalizado en Nepal, el único país oficialmente hindú del mundo. Debido, en gran medida, a la alarmante tasa de mortalidad y morbilidad materna del país, la legislación nepalesa fue reformada para permitir el aborto a petición de la mujer en embarazos de hasta 12 semanas; en casos de violación o incesto para embarazos de hasta 18 semanas, y en cualquier momento en caso de que el embarazo ponga en riesgo la vida de la mujer o su salud física o mental, o si hay riesgo de malformación fetal. En India, el aborto está disponible con pocas restricciones desde 1971. Los análisis y discusiones que sugieren avanzar en la liberalización de la legislación sobre aborto no han encontrado oposición por parte de la comunidad religiosa hindú organizada.
prayashchitta
Edificado dentro de la gran religión Hindú se encuentra el proceso de expiación. ¿Cuál es el prayashchitta, la penitencia que se debe hacer para expiar el aborto? Una que funciona muy bien en esta era moderna es adoptar a un niño, criarlo con amoroso cuidado, creyendo que este alma es similar a aquella abortada que buscó tomar refugio en la familia de uno. Esto, entonces logra la expiación. Mahatma Gandhi utilizó este principio cuando un día aconsejó a un hombre Hindú que dijo haber matado a un Musulmán en venganza por la muerte de su hijo en manos de un Musulmán. Él estaba profundamente perturbado por su crimen. Gandhi le aconsejó adoptar y criar a un niño Musulmán por su acción.
Para más info ver SANDHYA JAIN, “The Right to Family Planning, Contraception, and Abortion: The Hindu View”, en Sacred Rights: The Case for Contraception and Abortion in World Religions, DANIEL C. MAGUIRE (ed.), 2003, p. 130. Ibid., p. 136. Nepal Raj Patra (Official Gazette), Pt. 52, número adicional 47, pt. 2, 26 de septiembre, 2002, pp. 22–23; LEGAL AID AND CONSULTANCY CENTRE, The Eleventh Amendment of National Code of Nepal (Muluki Ain) on Women’s Right, pp. 6–7 y India, Acta de Interrupción Médica del Embarazo, no. 34 de 1971, secs. 3 y 4.

La halajá -normativa judía- no sólo permite en determinadas circunstancias el aborto, son que a veces lo indica como procedimiento ineludible. Cuando la vida de la madre está en riesgo a causa del feto, y tras la consulta médica, rabínica y paterna es obligatorio el aborto.
Según el Talmud Babilonio, Oholot 7:6, un niño nonato posee el estatus de "vida humana en potencia" hasta que su cabeza no ha emergido de las entrañas materna.
Una vida humana en potencia es valiosísima, por lo que no debe ser perjudicada ni eliminada banalmente.
Pero, es mayor el valor de una vida humana existente.
Por lo tanto, ante la disyuntiva entre salvar al nonato o salvar a la madre, se opta por salvar a la madre.
Pues, el feto es asumido como un miembro de la madre, por lo tanto, el aborto a veces es una lamentable pero necesaria operación.
Pero, el Talmud es muy claro cuando establece: "desde el momento que su cabeza ha emergido está prohibido tocarlo (quitarle la vida), pues una vida no tiene precedencia sobre la otra" (Sanhedrin 72b).
"El acto sexual ha de ser un acto responsable. Si bien de acuerdo con el judaísmo no todo acto sexual debe tender a la procreación (ya que el goce sexual en el orden matrimonial está ponderado), tener hijos es uno de los más importantes preceptos. Así pues, cuando el embarazo se produce debe llegar a término, si es que no se interpone un proceso natural que lo interrumpa. La responsabilidad frente a la vida en potencia es grande incluso en el tratamiento del semen mismo, es decir antes de que siquiera entre en juego el desarrollo de un ser viable.
Pero, por otro lado, hasta que no nace, un feto no es considerado completamente vivo, por lo que en ciertas circunstancias es posible abortar.
Básicamente hablando, el aborto por el mero deseo de descontinuar un embarazo está prohibido en la ley judía. Aunque este aborto no se considera en absoluto un asesinato, ya que sólo cuando la criatura salió y se transformó en un cuerpo independiente es cuando adquiere un completo status de ser vivo.
Pero, cuando la vida de la madre está en peligro, entonces el aborto – que es el aborto terapéutico – no sólo está permitido, sino que está obligado, pues la vida de la madre está por encima de la del feto que depende de ella. A estos efectos, el feto es considerado un órgano de la madre, y es un órgano que la pone en peligro. Por ello, aún hasta antes del parto es perentorio el aborto (o la embriotomía) si la vida de la madre está en serio riesgo. Sólo se suspende está decisión cuando la criatura sacó la cabeza del canal de parto (o bien la mayoría del cuerpo si se presenta la cola). Por otro lado, hay quienes prescriben el aborto si existe un peligro de desequilibrio psíquico a causa del embarazo, ya que una enfermedad mental es considerada rayana con el peligro a la vida y si está en nuestras manos evitarla, hay que evitarla.
En un embarazo múltiple, en el que el feto pone en peligro a los otros, está permitido eliminar a uno de ellos, para permitir la viabilidad de los otros. Así también, está permitido por muchas autoridades rabínicas, seleccionar los cigotos que serán implantados en el útero en la fecundación in – vitro. Implantar todos implicaría la puesta en peligro de todos los embriones e incluso de la madre misma, por lo que implantar solo algunos se entiende como evitar una situación real de aborto posterior. Los cigotos que no han sido implantados no son considerados plenamente seres vivos, ni tampoco son seres necesariamente viables. Sólo un ser con claras características y formas humanas (aunque fueran deformes) que han salido ya del útero es considerado un ser vivo con derecho pleno.
Por lo que vemos, el aborto no es considerado con un no rotundo en el judaísmo; pero tampoco es aceptado con un sí absoluto. Sino que cada situación ha de ser juzgada en su individualidad y tomada en cuenta sobre la base de un cúmulo de antecedentes legales ético-morales."

MAURIAC78 dijo:Siendo esta la fe en que fui criado es en la que más critico me vuelvo por sus contradicciones y por el gran numero de interpretaciones que permiten las grandes autoridades de esta fe con respecto a sus libros más sagrados.
«La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida (cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, instrucción “Donum vitae” 1, 1). “Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado” (Jeremías 1, 5). “Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra” (Salmo 139, 15)».
«Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral. “No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido”. (Didajé, 2, 2; Bernabé, ep. 19, 5; Epístola a Diogneto 5, 5; Tertuliano, apol. 9). “Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables” (“Gaudium et spes”, 51, 3)».
«La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. “Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae” (Código de Derecho Canónico, CIC, canon 1398), es decir, “de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito” (CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad».
Lo sorprendente de este mensaje oficial del vaticano es que en la primera oración del primer párrafo contradice las palabras de la biblia(el libro que es la base de su fe y que en otros temas son inflexibles en su interpretación de lo que esta escrito en el), porque en Levítico 17:11, Moisés escribió: “Porque la vida de la carne en la sangre está” y en los feto humanos la sangre solo es propia a partir del tercer mes, antes de este tiempo solo reciben nutrientes y oxigeno a través del cordón umbilical de la madre. Pero no todos los grupos catolicos piensan de esta manera, por ejemplo:
No hay tan sólo una actitud respecto a la anticoncepción o el aborto en la iglesia católica. Existe, por supuesto, la actitud conservadora, bien conocida, del papa y bastantes miembros de la jerarquía, y de una minoría significantiva de los teólogos católicos. Esta perspectiva afirma que los anticonceptivos artificiales y el aborto son siempre malos. Para esta perspectiva conservadora, ni siquiera un esposo cuya pareja haya contraído HIV puede usar anticonceptivos . Esta es una forma de interpretación posible de las tradiciones católica y cristiana, pero la mayoría de la gente -católica o no- piensa que es extrema. Si fuera la única postura católica, ortodoxa y legítima, sería trágico, pero no es así. Junto a estas enseñanzas tan estrictas existe en la tradición y fe católicas, la perspectiva de que la anticoncepción es, no sólo permisible, sino que el uso de los anticonceptivos es en muchas circunstancias obligatorio desde el punto de vista moral. Está claro que el uso de anticonceptivos es necesario para prevenir el contagio de infecciones, pero también para limitar la fertilidad. La planificación familiar es tan esencial para la vida humana como la razón. Como dice el científico Harold Dorn con lógica aplastante: "Ninguna especie ha sido capaz de multiplicarse sin límite. Desde el punto de vista biológico hay dos formas de controlar un crecimiento rápido de la población -- un índice de mortalidad alto y un índice de fertilidad bajo. Al contrario que otros organismos biológicos, los seres humanos pueden escoger cuál de estas formas prefieren, pero deben escoger una." Si hay un exceso de producción, la naturaleza nos va a matar mediante el hambre, las enfermedades y la destrucción medioambiental, como ya ocurre en tantas partes del mundo. La alternativa es la planificación familiar. En el mundo ideal todo el mundo tiene acceso a anticonceptivos, las mujeres y los hombres son cultos y respetuosos para con los demás, la pobreza no causa estragos n la vida de la gente --- en ese mundo, en esa utopía, apenas necesitaríamos el aborto. El mundo no es una utopía. En el mundo hay embarazos no deseados ni planeados, y las mujeres pueden, por razones serias y de peso, decidir terminarlos con un aborto. Todas las religiones del mundo lo reconocen. En el libro ELECCIONES SAGRADAS: EL DERECHO A LA ANTICONCEPCIÓN Y EL ABORTO EN DIEZ RELIGIONES DEL MUNDO (Fortress Press, 2001), se demuestra que todas las grandes religiones del mundo --incluyendo el catolicismo-- reconocen que la fertilidad es una bendición que puede ser también un castigo. Todas estas religiones tienen perspectivas conservadoras respecto a la planificación familiar, igual que el catolicismo. Pero también tienen perspectivas más moderadas que permiten la anticoncepción y también el aborto cuando sea necesario por razones serias.
Y ahora vamos a ver la definición de aborto según las leyes argentinas y que acciones toma con los que lo practican:
Se dice este que es “el término proviene del latín abortus: ab partícula privativa y ortus, nacimiento. Es decir ‘no nacer’; es una palabra latina que expresa, no con completa exactitud, la acción y el efecto de la interrupción del proceso reproductivo de la especie.”
Art. 85.- El que causare un aborto será reprimido:
1º. con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer;
2º. con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El máximum de la pena se elevara a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.
Art. 86.- Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo.
El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
1º. si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;
2º. si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
Art. 87.- Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado de embarazo de la paciente fuere notorio o le constare.
Art. 88.- Será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible.
Las estadísticas más conservadoras, muestren que en la Argentina se practican entre 500 mil a 700 mil abortos por año(cerca de 2000 por día), producto de los cuales, la muerte materna es la principal causa de mortalidad femenina en mujeres menores de 40 años.
El problema no es un tema religioso, o de falta de amor maternal de quien decide interrumpir su embarazo. Es un problema de salud pública, como lo han afirmado demasiadas veces los médicos sanitaristas más prestigiosos.
