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Horacito26

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Te están llamando por teléfono por deudas? Que responder
InfoporAnónimo10/27/2010

Que responder a los que llaman por teléfono por deudas Hola amigos de T! Como es sabido, en nuestro país cada vez que aparece un nuevo "negocio" se cuelga todo el mundo y nos saturan de la misma propuesta. Pasó con las canchas de Paddle, los videoclubs, Sacoa,los Call Centers, etc. Y como es costumbre, cuando empieza, es un negocio redondo, y después se va desvirtuando porque la gente se cansa, se da cuenta que le mienten como en los casos de ventas por teléfono que ofrecen descuentos milagrosos que después no son, o descubre cómo prescindir del comerciante como sucedió con el VideoClub e internet. Hace unos pocos años desembarcaron en nuestro país los estudios de cobranzas, es decir gente que llama a nuestra casa y/o trabajo, manda cartas a los vecinos y sobre todo intimida para que paguemos viejas deudas. Una suerte de Call Center a veces amable, a veces agresivo, y otras casi delictual. Las amenazas son varias, logran intimidar a la gente, y conseguir su propósito. Que paguen, a pesar de que la deuda quizá era incobrable, poco importa, ellos lo saben. Los deudores no. Debemos resistirnos a este tipo de maltrato, y no tolerarlo de ninguna manera. Es por eso que trataré de explicar la manera de trabajar que tienen estos estudios de cobranzas, para que no sean estafados. Primero tenemos que saber por qué esta deuda ha pasado a un estudio de éstos, y si las cosas que nos dicen tienen algo, o nada de verdad. Cuándo una deuda va a parar a un estudio de cobranzas? en 3 estadíos: - El prejudicial (mora temprana) - El judicial - El post (o nunca) judicial. (Mora tardía) El estadío Prejudicial Una deuda entra en mora cuando dejás de pagar según los plazos establecidos. Cuando ésto sucede recientemente, la financiera;, banco, o lo que sea, remite la misma al estudio para "recordarnos pagar" y quizá ponernos en conocimiento de lo que nos podría pasar si no pagamos. (Veraz, iniciar juicio, embargar sueldo o bienes del domicilio, etc) A una persona que tiene un buen trabajo en blanco, le asusta ser embargado, por el descrédito que ello implica, así como también quedar fuera del sistema financiero durante un buen tiempo. En pocas palabras no quiere problemas, la amenaza es cierta, le preocupa, va y paga. Por qué nos llaman? Porque es mucho más barato que iniciar un juicio de una, y siempre está el riesgo de que esta persona con buen trabajo pierda su empleo, se ponga a laburar en negro, vender flores, o cualquier cosa que les imposibilite cobrarse de su sueldo, y encima no tenga nada embargable en la casa. Es decir, está el riesgo de perder aún más plata (aparte de la que no pagó, tendrán que gastar en abogados, tasa de justicia, costos del juicio, para después quedarse sin cobrar. Hasta allí es una gestión de cobro honrada, de no pagar el deudor, pasarán la deuda a un estudio jurídico que EVALUARÁ si vale la pena iniciar juicio. El estadío Judicial Cuando el deudor que se resiste a pagar tiene bienes a su nombre (casa, auto, trabajo en blanco relativamente estable, etc), está regalado, no hay más que iniciarle el juicio, y que el juez ordene el embargo del sueldo de ésta persona, con más intereses, costas, honorarios, etc. Le iniciarán juicio por 1.000 pesos y cobrarán 6.000 (o más) Ahora, que pasa cuando le dieron un préstamo a una persona que en ese momento tenía algo estable y ahora no lo tiene más? Supongamos que una persona ganaba bastante bien, no hay riesgo en darle un crédito (por el momento), después esa persona pierde el trabajo y temina con sus ingresos muy disminuídos, viviendo de changas, lo que sea. Vamos a gastar fortunas en iniciarle juicio, (Piensa el prestamista), si igual no tiene de qué cobrarse? NO.Lo escrachamos en el Veraz y listo. En este punto los prestamistas deberían pensar "y bueno los hacemos mierda con los intereses, y cuando hicimos la estimación de riesgo de este tipo le dimos el préstamo, sabíamos que había una chance de que no pudiera pagar, e igual asumimos el riesgo. No pagó, mala suerte, otros tantos sí, sigue siendo negocio." Pero ¿adivinen qué?. Los prestamistas no piensan así! Van a hacer todo lo posible por cobrar su crédito usurario, por cualquier vía, engaños, intimidación, hostigamiento, amenazas (todo telefónico, o cartitas, sin gastar un peso), lo que necesariamente nos lleva al tercer estadío: El Estadío Post (o nunca) Judicial (Según el tipo de deuda, máximo 3 años desde que dejaste de pagar, sin que te hayan iniciado juicio) Hay empresas que viven de estafar a la gente. Sí, "Estudios" que se han especializado en molestar a una persona hasta que pague una deuda, por cualquier vía. A veces le han comprado al banco o financiera el derecho a cobrar una deuda, a veces se les paga únicamente por que gestionen su cobro, a veces su cliente es un Fideicomiso que compró estas deudas viejas, no importa. Ellos llaman. Son varios los que se dedican a ésto, es un negocio redondo, cobrar deudas incobrables e inexigibles jurídicamente. Para citar ejemplos, sin poner los nombres reales, les llamaremos Pennnna y sociados, GlobalSoluciones, Rohrrr colection, etc. Si bien ya en varios post he explicado esto ,a los que remito, hoy quisiera hacer una suerte de tutorial práctico, para contestar este tipo de llamadas, tratando de sintetizar las consultas que he recibido de la gente y los planteos que le han hecho estos estudios de cobranzas. Al principio son amables, nos informan de una deuda con tarjeta de crédito de hace bastante tiempo, y nos ofrecen pagarla en cómodas cuotas, encima sin intereses, a veces incluso por menos de lo que sacamos. - Como puede ser ésto? Saqué 10.000 pesos en el 2005, que con intereses se fue a 25.000 y ahora me ofrecen pagar 6.500 en cuotas?, me dan el libre deuda para salir del Veraz, re buena onda este estudio!! - Mi querido amigo, la lógica te indica que nadie hace una oferta tan buena, acá hay gato encerrado no te parece? Desde cuándo las financieras regalan plata o intereses?. Bueno, desde que salió la Ley de Defensa del Consumidor y consigna claramente que las deudas de más de 3 años de mora son inexigibles!!!, si pagás no $6.500, si pagás $2 (dos pesos) ya te están robando!! - Pero, y el libre deuda? - Pasados los 5 años de la mora, tenés derecho a salir del veraz, sin pagar, independientemente de que ellos te den un certificado de "libre deuda" Qué deberíamos responder? Señores, esa deuda está prescripta! (tiene más de 3 años), le molesta que consulte a mi abogado si tengo que pagarla? Eso los va a desesperar, no quieren que consultes, quieren que pagues ya, sin asesorarte. No vamos a permitirles eso. Amablemente le diremos, disculpe señor, yo no pago sin asesorarme, y no voy a asesorarme con mi acreedor, yo no soy estúpido. Una vez que pasan algunos días, vuelven a llamar, nuevamente para recordarnos esa deuda, e informándonos que pueden iniciar acciones judiciales como "embargo de sueldo, Inhibición General de Bienes, Mandamiento de intimación de pago, embargo de nuestros muebles, etc. La respuesta será, mi abogado dice que no tengo que pagarla, o bien, no soy estúpido y no voy a pagar esa deuda, no tengo ni plata, ni ganas. Si Uds. creen tener derecho alguno, vayan por la vía que corresponde, no es el teléfono. Tampoco vamos a permitir que un mocoso llame diciendo que es el "Doctor." fulano de tal. Los abogados, no llaman. No, los que llaman son chicos a los que les pagan $3.000, quizá hasta menos, por amedrentar a la gente. Pobres contra pobres. La respuesta va a ser, ah si? Doctor Fulanito? Páseme su tomo y folio por favor. (El tomo y folio es la matrícula para ejercer la profesión de abogado, quien se diga abogado sin serlo está cometiendo el delito de usurpación de títulos y honores). Podemos buscar a este abogado por internet, en la guía de abogados del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, de donde son la mayoría de estos estudios. Si no está dispuesto a hacerlo, le diremos que vamos a denunciarlo penalmente, y que esta conversación está siendo grabada. Así se les bajan los aires de superioridad. En caso de que sigan molestando, o bien manden cartas al trabajo, no tendremos más alternativa que ir a pelear al estudio jurídico, ideal sería que en compañía de un profesional. No tenemos por qué soportar llamados telefónicos, esa no es la vía para cobrar las deudas. La vía es el Juicio, y si no lo hacen, por algo será. Cualquier consulta, mi mail es elperro_3@hotmail.com. Saludos! Aquí el link de por qué no hay que pagar las deudas viejas, con plazos y demás: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/1787093/Deudas---Veraz---como-evitar-pagar-y-dejar-de-figurar.html Fuente: http://www.defensordeldeudor.com.ar/Propia. El autor es Abogado. Código Procesal Civil y Comercial, Código de comercio, Ley de Defensa del Consumidor, Ley de Hábeas Data, Código Penal, etc etc. Saludos!

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La licencia psiquiátrica - Cómo lograr que te la paguen
Apuntes Y MonografiasporAnónimo7/29/2016

Queridos Amigos de T!: Luego de un largo tiempo sin hacer post alguno relacionado con los derechos de los trabajadores, me he decidido a abordar el largo tema relacionado a la licencia por enfermedad, y en particular a la licencia psiquiátrica, que creo le será de gran utilidad a mucha gente bienintencionada y otra no tanto. Pero siendo que mi misión no es juzgar a nadie, sino brindar herramientas para que cada uno actúe según sus valores, es que posteo esta info para que cada uno la use como le plazca: Antes que nada adelanto que esta info es principalmente para empleados en blanco, porque si bien los empleados en negro tienen los mismos derechos, la esperanza de que le paguen el sueldo sin ir a trabajar es nula. Tendrán que hacer juicio directo. Identificaré primeramente tres motivaciones personales para solicitar una licencia psiquiátrica, para luego hacer un cierre con los derechos laborales que los asisten, y al final, las soluciones para que la empresa "tenga que pagarla" PRIMER MOTIVACIÓN: FALTAR AL TRABAJO DE MODO "JUSTIFICADO" En primer lugar, voy a remitir a mi anterior post donde explico en mayor detalle, el motivo por el cual el empleador NO TIENE NINGUN DERECHO a exigirnos un certificado médico cuando nos ausentamos por enfermedad: https://www.taringa.net/post/info/10283912/Es-legal-q-pidan-cert-medico-por-faltar-al-trabajo.html , pero sin embargo lo hace. Es una realidad. Ahora bien, todos los que somos o fuimos empleados alguna vez, conocemos perfectamente las motivaciones que podemos tener para faltar a nuestro trabajo. Algunas de ellas, frecuentemente son absolutamente inconfesables. (fiaca, deseos de tomarnos vacaciones en determinada fecha que no nos dan, tristeza porque cortamos con un novio/a, necesidad de ir a entrevistas para otros trabajos, sutil maltrato por parte de compañeros o jefes, etc) Es justamente para esas motivaciones que -desgraciadamente- necesitamos aguzar el ingenio. Y digo desgraciadamente por una razón: la lógica que tienen las empresas en cuanto al tratamiento de las PERSONAS como RECURSOS HUMANOS (expresión cínica si las hay), dicta que el empleado puede ausentarse solamente si está físicamente enfermo. Desgraciadamente no comprenden que lidian con seres humanos, cuyos estados de ánimo son tanto o más importantes como los padecimientos físicos. La tristeza y la depresión por ejemplo (que muchas veces es causada por el mismo trabajo) quedan por algún extraño motivo fuera del radar de la salud humana para estos monstruos del mercado que son las empresas. Así es que cualquier persona puede llamar por teléfono diciendo que tiene dolor de panza y vómitos y se le enviará el médico laboral, pero no cualquiera siquiera se atreve a llamar para decir que está triste y por eso no puede ir a trabajar. Es decir que una licencia médica es muchas veces el camino indicado para no ir a trabajar, y tener derecho a que nos paguen el sueldo. Ya sea porque responda a un real problema de salud, o bien sea la represalia a un maltrato sufrido por parte del empleador. Pero hay un problema, Y ES EL MÉDICO LABORAL. Bien dice la Ley que el empleador tiene derecho a controlar el estado de salud del dependiente. Bienintencionadamente, el empleador o el servicio médico debería comunicarse con el empleado para coordinar el horario en el cual esté en su casa, para que el médico vaya. No es lo que sucede en la realidad, el médico laboral aparece A CUALQUIER HORA, sin avisar ni esperar demasiado. Se usa de modo furtivo para "atrapar" al trabajador fuera de su domicilio, lo cual luego es interpretado como que no estaba realmente enfermo, porque no estaba en su casa. Nada más lejos de la realidad. Una persona enferma, puede verse obligada a ir a una guardia médica, ir a su médico de confianza, ir a hacer las compras al supermercado con fiebre, y ello no significa que no esté enferma. Son parte de los abusos que toleramos sin siquiera detenernos a pensar que constituyen un maltrato, que termina por resentir al empleado. Es por tan lamentables prácticas, que muchas veces el trabador "necesita" un certificado médico para demostrar que se hallaba enfermo SEGUNDA MOTIVACIÓN: LOGRAR QUE NOS DESPIDAN Muchos empleados desean secretamente ser despedidos. Y muchos jefes desean secretamente que sus empleados renuncien. Con el tiempo, un trabajador con un sueldo promedio, que para colmo está estancado porque las posibilidades de ascenso son pocas o nulas, comienza a juntar antiguedad, y por ende sabe que si lo despiden de modo injustificado, tienen que pagarle una indemnización que cada vez crece cada vez más debido a su antiguedad. Es esa "estabilidad" lo que muchas veces hace que piense 10 veces antes de cambiar de trabajo, por más que se le hagan ofertas donde el sueldo sea superior. Automáticamente piensa: ¿¿Y si renuncio donde estoy, para irme allá y me echan a los 2 meses que hago??. Y tiene razón. Con el tiempo, el empleo que tiene se parece cada vez más a una trampa de la cual no se puede salir nunca, casi una condena a trabajar "por dos mangos" a cambio de la tan sobrevalorada estabilidad. Es así entonces que el empleado comienza a fantasear con el despido. Un empleado que gana 8.000 pesos y tiene 5 años de antiguedad sabe perfectamente que si lo echan, tienen que pagarle aproximadamente 75.000 pesos y que va a conseguir otro trabajo donde le paguen más o menos lo mismo. Y encima, después de que lo despidan, le queda abierta la puerta para hacerle juicio a su ex empleador, (por ejemplo por las horas extras que nunca le pagaban, o la categoría laboral que se merecía por sus tareas y no le daban) y llevarse otro fangote de plata más grande. Entonces comienza a trabajar mediocremente. Esa persona que no faltaba nunca, que trabajaba con ganas, se termina convirtiendo en un empleado que rinde con suerte la mitad de lo que solía. Empieza a faltar cada vez más, se aburre con sus tareas, trabaja más lento, habla mal del jefe y de los compañeros, se enferma más facilmente, le levantan la voz y la levanta también, se queja de lo que antes no se quejaba, exige el cumplimiento de la ley, y para colmo cuando lo increpan termina contestando: "Y si no te gusta despedime y listo".- Lo mismo sucede con el empleador. Al principio el empleado no falta nunca (porque re - necesita el laburo), se queda horas extra, gana poco y no se queja, asume responsabilidades, no discute, y encima cuando lo maltratan, termina pidiendo perdón. Además sabe perfectamente el empleador, que despedirlo :::no le sale casi nada:::, así que mejor que ande derechito. Al pasar el tiempo, el empleador tiene un tipo que se siente mal, se le enferma la abuelita, el hijo, que pide aumento de sueldo, que cuando necesita que se queden de más, responde: "pagame las extras y me quedo, no hay drama". Ese empleado de ensueño que tenía, hoy en día es una carga, y encima si lo echa, le tiene que pagar un fangote de plata. Y pagárselo, no le garantiza nada, le puede hacer juicio igual. Y para colmo está lleno de pibitos que trabajarían el doble del tiempo por el mismo sueldo. Por supuesto que ese patrón desea secretamente que el empleado "se vaya solito". Pero no se va. Entonces simplemente comienza a tratarlo con distancia, le hace la vida incómoda. No le da las vacaciones cuando las necesita, le controla el horario de entrada a rajatabla, le descuenta el presentismo si llega tarde pero no le da ni un peso si se va después de hora, le pide certificado médico, cuando bien sabe que estaba enfermo y sino le descuenta el día, le hace notar sus errores de mal modo, si discute con otro empleado o cliente le da la razón siempre al otro, en fin.. Le hace la vida miserable. Y muchísimas veces funciona. LA GENTE RENUNCIA CUANDO NO DEBERÍA HACERLO TERCERA MOTIVACIÓN: EVITAR QUE NOS DESPIDAN En otras tantas ocasiones, el empleado tiene serias sospechas de que lo van a despedir. Nota que le dan menos tareas, contratan una persona para reemplazarlo gradualmente en todo, dejan de consultarle cosas donde su opinión importaba, le llegan rumores de recorte de personal, o lisa y llanamente, le dicen verbalmente que lo van a despedir. La ley de contrato de trabajo garantiza la estabilidad en el empleo del trabajador enfermo. Si llegasen a haberlo despedido teniendo conocimiento fehaciente (por carta documento) de que se hallaba enfermo, el trabajador tiene derecho a reclamar los salarios hasta reponerse de la enfermedad. Y no sólo eso, tiene derecho también a reclamar por "despido discriminatorio" 13 sueldos brutos. Por ese motivo, el empleado que a tiempo llegare a tomar una licencia médica, podría generar un despido mucho más caro para el empleador. Estos 3 supuestos, tienen la misma respuesta: Y se llama licencia médica. Ahora bien, está lleno de personas que directamente, no saben que están enfermas. Así como lo leen. El mundo en el que vivimos es sumamente "enfermo". Las empresas no parecen entender que lidian con seres humanos. Los someten a presiones excesivas, maltrato, stress y falta de reconocimiento. Lógicamente, quien durante años tolera esa situación (por más saludable que sea), ve disminuida su autoestima y ganas de vivir. El mundo mismo también ha cambiado diametralmente. Hoy en día nadie tiene tranquilidad. El "whatsapp" nos somete a un permanente control por parte de pareja, amigos, jefes y padres. Ni que hablar de otras redes sociales como "facebook" donde podemos quedar literalmente prendidos fuego con todos nuestros conocidos por una simple foto, o un comentario malintencionado. Los teléfonos celulares nos molestan permanentemente, hasta llegar al punto de creer que nos han llegado mensajes por sentir una vibración. El e-mail no nos permite desconectarnos del trabajo siquiera en vacaciones. Las malas noticias permanentes acerca de la economía nos preocupan. La inseguridad misma que hay por la calle nos inquieta, máxime cuando tenemos hijos. Los medios de almacenamiento digital y la televisión nos mantienen permanentemente estimulados, e imposibilitados de conciliar el sueño. Ni que hablar de las personas que viven en pequeños departamentos, con vecinos ruidosos. La presión social por estar siempre lindos, siempre activos, siempre de buen humor, siempre sexualmente dispuestos se ha convertido en una exigencia que muchos suplen con cirujías plásticas, pastillas antidepresivas y potenciadores de la sexualidad. Y lo más triste de todo, es que estos ejemplos no pretenden cubrir todas las posibilidades, sino que simplemente se me vinieron a la mente mientras escribía. En síntesis,en este mundo en el cual vivimos, el stress del ciudadano común es infinitamente superior al que tenía el más ocupado de los empresarios hace 3 años atrás. Y también la tristeza y el sentimiento de soledad que tiene la gente es infinitamente más elevado que hace un tiempo. Aplicaciones como tinder, badoo y demás nos exponen a usar y ser usados permanentemente. Lo que resulta ser el paraíso para un chico de 20 años, es motivo de llanto para un adulto a partir de los 35 años. No es de extrañar entonces, que en este nuevo orden mundial, las parejas no sean más que conveniencias circunstanciales. Cada vez se oyen más comentarios del tipo "si no te hace bien dejalo". En otras palabras, si al pobre infeliz lo atropella un tren y se queda sin piernas, buscate otro. ¿Amor?. Bien gracias. No es difícil comprender tampoco, que esté lleno de corazones rotos. Cualquier ser humano con sentimientos saludables, ahora cae en depresión, distimia, stress, ideas de muerte, ataques de pánico, angustia o tristeza. ¡Y todas estas son enfermedades psicológicas que requieren tratamiento psicológico (Y licencia psiquiátrica) en muchos casos Y aquí viene la parte interesante: ¿Que dice la ley al respecto? ¿Que hay que ir a trabajar igual? No. No dice eso. Dice todo lo contrario. Los trabajadores tienen derecho a licencias por enfermedad. El artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo garantiza el derecho de los empleados a gozar de su remuneración, estableciendo 4 plazos diferentes según la antiguedad del trabajador: - Si tiene menos de 5 años de antiguedad, sin familiares a cargo: 3 meses - Si tiene menos de 5 años de antiguedad, con familiares a cargo: 6 meses - Si tiene más de 5 años de antiguedad, sin familiares a cargo: 6 meses - Si tiene más de 5 años de antiguedad, con familiares a cargo: 12 meses (un año) Si, tiene derecho a que le paguen el sueldo para que se recupere, con la simple exigencia de que un médico le prescriba reposo. - ¿Y el médico laboral? - ¿Qué medico laboral? si el trabajador tiene un problema psiquiátrico, no necesita guardar reposo en su casa. Muy por el contrario, un tipo deprimido, si se tiene que quedar en la casa, se pega un tiro. Parte del tratamiento que tiene la gente con licencia por enfermedad psiquiátrica es justamente, distraerse. Es por ello, que el trabajador, notificando debidamente su licencia, tendrá libertad hasta de irse de vacaciones gozando de la licencia por enfermedad psiquiátrica. (recordemos que distraerse y desconectarse, es lo que necesita) Es allí donde es ideal contar con un abogado. Se puede esperar mala fe de la empresa. Puede que no quieran pagar una licencia que pueda prolongarse por hasta un año. Situación típica: Va el empleado con el certificado de reposo, lo reciben y de golpe llega un despido, que con mucha suerte sea sin causa, y con mala suerte, con una falsa causa para no pagar la indemnización. Ninguna prueba tiene el empleado de haber mandado la licencia. Y aunque tuviera un papel firmado, tranquilamente podrían desconocerlo. Es por ello que cuando la licencia por enfermedad sea prolongada, lo ideal es notificarlo vía telegrama laboral. De este modo la empresa ya no podrá decir que no sabía. Estará legalmente obligada a abonarla. Pero pueden no abonarla??? La realidad es que legalmente no pueden. Pero puede pasar. Legalmente tampoco te pueden robar la billetera por la calle, pero pasar, puede pasar también. El principal recurso de las empresas en estos casos, cuando no quieren pagar la licencia, es citar al trabajador al control médico de un psiquiatra propio, para el cual todos los trabajadores están sanos y fingen su padecimiento. En razón de eso, suelen notificarle al empleado que está sano, y lo intiman a presentarse a trabajar. Afortunadamente, existen procesos laborales extremadamente cortos, y en cuestión de semanas, SE PUEDE OBLIGAR LEGALMENTE A LA EMPRESA A PAGAR LA LICENCIA. Sea cual fuere el caso, muy posiblemente ese trabajador que se ha tomado una larga licencia psiquiátrica, será despedido al finalizar la misma y que le den el alta. Por que? Porque es un pésimo ejemplo para los demás compañeros. Recordemos que un empleado con 5 años de antiguedad tendrá aproximadamente 21 días de vacaciones al año. Y un recién llegado, clava una licencia y se toma 6 meses.... Los demás empleados se sentirán estúpidos, y tentados de hacerlo. Es por ello que las empresas en la gran mayoría de los casos despiden a ese empleado que ha "abusado" de la licencia psiquiátrica. Y le pagan. Pero este no es el fin de la cuestión, ha sido despedido por estar enfermo. Y nace el derecho a reclamar 13 sueldos brutos por discriminación. Como verán, se trata de un combo ganador, puesto que no sólo se le abonaran sueldos sin ir a trabajar, sino que luego habrá un despido, y finalmente un juicio. Es por ello que ante la duda, o posibilidad de tomar licencia psiquiátrica, siempre conviene consultar primero a un abogado. Cualquier duda, pueden escribirme a mi mail, [email protected] o http://www.licenciapsiquiatrica.com.ar/ Para coordinar la consulta laboral gratuita. Y si es necesario, la derivación con los profesionales médicos. Saludos!! Fuente: Propia. El autor es abogado. Código Civil y Comercial de la Nación, Ley de Contrato de Trabajo, ley 26.529, ley 17.132 http://www.licenciapsiquiatrica.com.ar/

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El Negocio Siniestro de las Tarjetas de Crédito - Solucione
InfoporAnónimo6/21/2012

El Negocio Siniestro de las Tarjetas de Crédito – Cómo funciona y Cómo zafar de pagar Queridos Taringueros: Luego de un buen tiempo sin postear, me he decidido a retomar el tema de las deudas y tarjetas de crédito que tanto aqueja a una cantidad inmensa de argentinos, y seguramente, gente de otros países. ¿Alguna vez pasaron por un supermercado y vieron que había un descuento de 20% por pagar con determinada tarjeta de crédito, y 30 cuotas sin interés? Con una inflación del 20% anual, quién va a ser tan estúpido de no cobrarnos interés? ¿Y encima con descuento del 20%? ¿Uds. lo harían con cualquier cosa que vendan? ¿Se han preguntado quién paga esta joda? Les tengo una mala noticia, no es el Banco, ni el Supermercado, ni la Tarjeta. ¿Quién queda?, bueno, vas entendiendo. Ahora sólo falta saber cómo. También cuando vayan a un casino, presten atención a que las máquinas que más pagan están cerca de la entrada. ¿Coincidencia? Los seres humanos somos animales sociales. Tenemos gustos, preferencias, formas de relacionarnos, prejuicios y valores que se condicen con la sociedad en la que vivimos. No robamos porque está socialmente mal visto, nos vestimos de determinada manera porque “está de moda”, hasta hacemos estupideces como fumar, porque vimos películas donde “el que se las sabía todas”, fumaba. Nos gustan las mujeres con determinadas medidas porque nos dijeron que esos son los parámetros de belleza deseables (extrañamente hace 200 años las preferían mucho más gorditas) Ejemplos así hay miles, mal que mal, estamos condicionados. Lo malo es que hay gente que aprendió a sacar provecho económico de nuestro afán consumista, y ni siquiera podemos imaginarnos cómo. Antes que nada comenzaré explicando cómo funciona una tarjeta de crédito y su relación con el Banco que la respalda y luego trataré de explicar lo perverso de su negocio, cómo nos “hacen caer” y por supuesto, cómo salir aunque estemos endeudados hasta el cuello. ¿Cómo funciona una tarjeta de crédito? Una tarjeta es algo así como un dinero que tenemos a nuestra disposición para endeudarnos con determinada entidad que puede ser un Banco, Financiera, etc. En sí, es una manera que tienen los bancos de prestarnos plata, dándonos un importe preaprobado, y fácil de usar. Es todo lo contrario a una tarjeta de débito, que nos permite gastar plata que ya nos hemos ganado. De acuerdo al nivel de endeudamiento que tengamos, nuestro nivel económico, ingresos y gastos nos da cierto límite de crédito. VISA, MASTER CARD, AMERICAN EXPRESS, sólo le aportan la logística al banco, no son quienes nos dan la plata, nada más manejan la parte electrónica para que comprar sea fácil y divertido. El importe que tenemos a nuestra disposición es “revolvente”, es decir que a medida que vamos pagando lo que debemos, nos vuelve a habilitar para seguir comprando. Por ejemplo, si nuestro límite es de 10.000 pesos, y compramos un plasma por 7.000, nos quedarán 3.000 para gastar, al mes siguiente, cuando paguemos la primera cuota del plasma por 1.000, tendremos 4.000 para gastar (3.000 + los 1.000 que pagamos). Hasta aquí suena como una excelente manera de autofinanciarnos sin tener que andar ahorrando o pedirle plata a familiares o amigos. Aquí es cuando caemos en la primera “trampa”. Cuando nos endeudamos sin verle la cara ni siquiera a un empleado del banco. No sentimos vergüenza alguna, pareciera que tenemos derecho a esa plata. Se rompe algo en nosotros, porque tener deudas es algo que históricamente no ha sido bien visto, pero el despliegue tecnológico nos da la ilusión de que no somos unos miserables deudores, sino gente con “derecho a comprar cosas caras”. Si me dan el Crédito es porque lo puedo pagar. Sí, cómo no. Hasta aquí pareciera que todo son beneficios. Incluso si no podemos pagar el total de lo que nos comprometimos a pagar por mes, el banco nos permite efectuar el “pago mínimo” de la tarjeta. Pagando un porcentaje que ronda el 30% de lo que nos comprometimos a pagar, “está todo más que bien”. El problema es el altísimo interés que nos cobran por efectuar los pagos mínimos. Esta es, por supuesto, la segunda trampa, más siniestra que la primera, pero menos que la tercera, y así sucesivamente jeje. A esto se suma el costo de envío del resumen de la tarjeta, junto con lo que tenemos que pagar anualmente por “el plástico” (es el plástico más caro que jamás compraremos en nuestra vida). Si alguna vez han tenido una tarjeta de crédito, habrán visto que entre los “descuentos” que ofrecen y los lugares donde comprar, nos llegan folletos de viajes a lugares paradisíacos, ofertas de préstamos personales, nos informan nuestro límite de crédito, etc, etc. El banco invierte FORTUNAS en tentarnos, mostrándonos lo que “podríamos tener” si no fuésemos tan tacaños y ahorrativos. Yo no puedo comprar un Porsche Spider, pero gracias a dios no hay un tipo tocándome el timbre todos los días para mostrármelo, pidiéndome que lo maneje y ofreciéndome cuotas “re amigables” para tenerlo, porque soy un ser humano, y puedo llegar a caer. Lo que los bancos hacen es eso, DAAAALE TENELA, mirá, te la damos, usala, no hace falta que tengas la plata ahora, ¿que vas a esperar 40 años para comprarla? ¿A quién van dirigidas las tarjetas de crédito? Las tarjetas de crédito son para los pobres, los pobres las usan, y porque las usan serán siempre pobres. Es la triste realidad. Los pobres gastan lo que ganan. Cuando van a comprar un sachet de leche ya pagan un 21% de iva, cuando les pagan el sueldo, les retienen los aportes al sindicato, obra social, y la mar en coche. Y los capitalistas evaden impuestos. A una empresa puede ingresarle un millón de pesos en un mes, pero tener un millón de pesos en gastos. Claro, la última reunión de directorio fue en Australia en Enero donde se hospedó el dueño y su familia durante 1 mes, pero ese es un gasto de la empresa. Igual que los 5 autos totalmente necesarios para la empresa, que misteriosamente son conducidos por los integrantes de la familia. ¿Cuánto pagará este empresario de ganancias? NADA, la empresa apenas se sostiene. El gerente que gana 10.000 sí… ¿Pero para qué consultar un contador o un abogado no? Tengo un amigo que tiene un Kiosko en una conocida esquina de la Capital Federal. Es monotributista, pero LA LEVANTA CON PALA, estuvo más tiempo en CANCÚN el año pasado que yo en San Bernardo en toda mi vida. ¿Tiene este pibe tarjeta de crédito? NO. Dirán Uds, porque tiene plata. Sí, eso también es cierto, pero si la quisiera, le darían un límite RE CHIQUITO. La garantía de la tarjeta de crédito es que seamos empleaditos, empleados, o altos gerentes (gente con sueldo), fácil de envolver y cobrar. Capitalistas no, bien gracias, entre diablos no se pisan la cola. El Banco sabe perfectamente con quién meterse, jamás le va a dar plata a un tipo con las suficientes herramientas jurídicas para fantasmear una quiebra y del millón que debe, pagar 100 pesos, o menos. Sí, he asesorado en quiebras, pero juro que eran todos comerciantes honestos. ;-)[/size] Pero seguimos con la intriga, dónde está el negocio?. Bueno mis queridos amigos, el negocio está en la ignorancia, desinformación y nuestras pasiones, y que como consecuencia, paguemos el mínimo, o muchísimo mejor, que no paguemos nada. El tipo que compra un traje de 1.000 pesos con tarjeta de crédito y paga en tiempo y forma le ganó al banco. Ya de por sí, con la inflación amortizó lo que tenía que pagar. Pero ese tipo ya probó que tener un traje no salió nada, y quizá en 2 meses decida comprar zapatos y por qué no… un Sobretodo, un perfume, algún que otro hotel alojamiento, y un plasma ya que estamos. Sin darse cuenta nuestro pobre sujeto gastó 15.000 pesos y la tarjeta se va volviendo pesada, de manera casi imperceptible, hasta que un buen día le surge un gasto inesperado, posta posta, y se da cuenta que va a tener que pagar el mínimo de la tarjeta. Al mes siguiente, viene una cuenta mucho más abultada, se le suma la joda del mes pasado con la de este mes, y más difícil se hace pagarla, aunque haya salido del problema del mes pasado. Este personaje que nos puede resultar demasiado familiar toma la costumbre de pagar el mínimo, siente que paga todos los meses y nunca disminuye su deuda, aunque no gaste nada. Ni siquiera se puso a calcular lo que pierde refinanciando cada mes, porque es un ser humano, e inconscientemente prefiere no pensar en lo que no puede solucionar. Simplemente lo patea un mes más. “Ya cobraré algo de plata” piensa. Tal vez. ]El banco hizo su negocio, le dio descuentos sin interés, y ahora? Ahora es puro interés lo que paga este pobre tipo, y lo va a pagar durante años, porque cuando caés en el mínimo y tenés un ingreso fijo como un sueldo, SIEMPRE vas a pagar el mínimo. Una presa más. Su cabeza está habituada a deberle al banco medio sueldo. Aunque encuentre plata en la calle y cancele todo lo que debe, va a hacer lo mismo, porque está condicionada su conducta. Es un adicto. Como el que va a perder al casino. ¿Qué tontos que son los jugadores no? ¿Qué suerte que nosotros no tenemos ese vicio verdad? El nuestro es peor, porque el jugador por lo general sabe que tiene un problema. Y dejamos de pagar…. Lo tan temido sucedió, la plata ya no alcanza para pagarle al banco. Bajamos los brazos, si pagábamos por ventanilla dejamos de hacerlo, si nos debitaban plata del sueldo intimamos al banco para que deje de efectuar el débito - ¿Ah? Se puede eso?. ¿Puedo exigirle al banco no pagar mi deuda?. - Y se pueden muchas cosas más, ¿pero para qué ir a ver a un abogado no? Son chupasangres. ¿Quién sabe por qué el Banco tendrá tantos no? Nos condiciona lo que hemos mal aprendido en la vida, hemos tenido padres empleados, profesores empleados, nos han dicho que hay que estudiar para que nos den un trabajo. Habrá un poderoso y le suplicaremos que nos de trabajo. Si nos da trabajo y nos paga 100 pesos, el gana 1.000. ¿Cuánto vale nuestro trabajo entonces?. Vale lo que nosotros creemos que vale, y creemos que vale poco. Creemos que no necesitamos abogados, contadores ni nada. El Kioskero de mi ejemplo tiene la secundaria nomás, y puedo garantizarles que era un pésimo estudiante. Y llegan los llamados y las intimaciones, las mentiras por teléfono, la amenaza del embargo, que se llevan bienes de nuestra casa, etc etc. Y desesperados terminamos yendo a “firmar una refinanciación” con intereses leoninos. Genial, no podías pagar la cuota de la tarjeta y firmaste una refinanciación y si estabas con el agua hasta el cuello, ahora estás atado al fondo del océano. Cabe destacar que durante el tiempo que no pagabas la tarjeta de crédito seguía llegando el resumen, te cobraban el resumen, y no podías usar la tarjeta. O sea, pagamos por que nos digan que debemos y no tenemos derecho a nada. - Quiero dar de baja la tarjeta - No se puede dar de baja la tarjeta si no paga toda la deuda señor, dice la empleada del banco. MENTIRA! SI SE PUEDE! Y SE PUEDE EXIGIR! El banco tiene las herramientas jurídicas para cobrar la deuda, y no está bien que nos cobre por un No – Servicio, habida cuenta de la interdependencia y reciprocidad de las prestaciones. Pero de vuelta, ¿para qué ir a un abogado siendo deudor no?. La empleada del banco tendrá razón, lo decía con total seguridad. Simplemente porque ni ella sabe que se puede y es un derecho. Y nos asesoramos con nuestro acreedor, cuya única respuesta es PAGUE!. Y la mayoría de las veces la deuda está prescripta, y es tan legal pagarla como no pagarla. ¿Prescripta? Va para el siguiente post cuyo link encontrarán abajo Y aparecen los intereses punitivos por el atraso, se acumula el costo del plástico, el costo de emisión de la factura, los intereses compensatorios… Y va a juicio, y se suma la actualización judicial, los honorarios, el embargo. Y pensar que un abogado puede ayudarte para evitar que pagues y tengan que guardarse la deuda, los intereses, los honorarios, el embargo y todo lo demás donde más les parezca. La desinformación le pone el broche a todo. La trampa es perfecta. Cualquier consulta pueden enviarme mail a elperro_3@hotmail.com Fuente: El autor es Abogado, código civil, Ley de Defensa del Consumidor, Ley de Protección de los datos personales, Ley 25.065, un poco de viveza criolla, etc etc. Aquí el link de por qué no hay que pagar las deudas viejas, con plazos y demás: Ahora bien, si su caso es que ya los embargaron o los están por embargar, visiten mi segundo post sobre deudas: Si quieren saber que contestarle a los que llaman, remito a mi anterior post: Acá les dejo mi anterior post sobre despido, trabajo en negro y acoso laboral: [/b]

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El embarazo y los problemas laborales
FemmeporAnónimoFecha desconocida

El embarazo y los problemas laborales - Derechos y recetas para evitar las trampas de los empleadores Hola amigos de T! hoy quisiera postear información acerca del embarazo y su relación con el trabajo en relación de dependencia, informar acerca de los derechos de la mujer embarazada y la manera de evitar las famosas "gambeteadas y chicanas" de los empleadores malintencionados. Éste post debe ser entendido complementario del anterior sobre derechos laborales y despido: Posteo esta información porque muchas veces acude a mi consulta una mujer embarazada que misteriosamente perdió su empleo, y mi tarea se complica enormemente, puesto que ella "metió la pata" cuando se encontraba trabajando, y no ejerció de modo inteligente sus derechos. El embarazo marca un punto de inflexión en la vida de cualquier mujer, es en muchas ocasiones algo que llena de felicidad a la futura madre y a su pareja, en otras tantas es motivo de preocupación, ya sea porque fue inesperado, o por los importantes cambios que se darán en la vida de la mujer, la familia y quizá en el trabajo. Este último ámbito reviste mucha importancia, ya que ahora más que nunca, será necesario preocuparse por el sostén y la estabilidad laboral de la mujer y su familia. El estado de gravidez pone a la mujer en una situación diferente a la de los demás trabajadores, por diversos motivos. El conservar la salud (entendida física y mentalmente) se vuelve muy importante, es por eso que la ley le otorga una protección especial, a nivel licencias y en su caso indemnizaciones por despido. También es sabido que a quien tiene un establecimiento comercial, muchas veces no le caen en gracia los derechos laborales, por lo general quiere que los trabajadores sean autómatas a su servicio, y también quiere pagarles lo mínimo por lo que estén dispuestos a trabajar. Este tipo de empleadores considera el embarazo o la enfermedad de los dependientes un problema para su bolsillo, convirtiéndose el dependiente enfermo o la mujer embarazada en un problema actual o futuro. Primeramente enumeraré los derechos de la mujer embarazada con respecto al trabajo, y luego el requisito INDISPENSABLE para asegurar que estos derechos se cumplan, haré hincapié en LO QUE NO SE DEBE HACER para prever la chicana y mala fe del empleador. Derechos especiales de la embarazada: (Complementarios de los demás derechos laborales del post anterior) - Prohibición de trabajar y conservación del empleo: Está prohibido el trabajo de la mujer embarazada 45 días antes del parto y los 45 días posteriores a este. Pero la mujer tiene derecho a que se reduzca la licencia anterior al parto a 30 días, para usarlos luego del parto. Es decir: 45 - 45 o 30 - 60 - El estado de excedencia: La trabajadora que tuviera un hijo, luego de pasada la licencia anteriormente referida, tendrá 3 opciones: a) Seguir trabajando, como lo venía haciendo b) Dejar el trabajo en la empresa, con una compensación equivalente al 25% del sueldo de la trabajadora, por cada año de antiguedad en la empresa (con más el proporcional de vacaciones, antiguedad, Aguinaldo, etc. como cualquier trabajador que renuncia) c) Quedar en situación de excedencia por un período no inferior a 3 meses ni superior a 6 meses. ¿Que es la excedencia? Significa que durante ese tiempo optativo la mujer no percibirá sueldo, no obstante, cuando finalice dicho plazo, tiene derecho a volver al empleo en la posición que ocupaba antes. - Descansos diarios por lactancia: La trabajadora, madre de un lactante, tiene derecho a 2 descansos de media hora para amamantar a su hijo, durante un período de hasta un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario prolongar ese período. - Protección ante el despido en caso de embarazo La mujer embarazada, que es despedida en razón de su embarazo, tiene derecho a la indemnización por despido común, con más la indemnización especial de 13 (sí, trece) sueldos brutos (sin descuentos) o sea, un año de sueldos, todos juntos. Licencias médicas: La mujer embarazada que tuviera alguna molestia o bien un embarazo diagnosticado como "riesgoso", podrá tranquilamente faltar al trabajo informándole al empleador que se siente mal, y aunque este último envíe el médico laboral a su casa, el médico jamás dejará de prescribir reposo, ya que de hacer lo contrario y que dicha prescripción le haga perder el hijo le costará un enorme juicio por mala praxis. Ahora podremos imaginarnos, (y nos imaginaremos bien) que a muchos empleadores no les gusta ni medio que sus trabajadoras se embaracen, ya que todos estos regímenes de licencias entorpecen el funcionamiento de su empresa, que debería estar integrada por autómatas de carne y hueso.[/size] Lo que sucede en la realidad y cómo el empleador malintencionado vulnera todos estos derechos. Hoy en día, existiendo los test de embarazo, la mujer por lo general, ya sabe quizá antes de transcurrido un mes de la concepción que se encuentra en estado de gravidez (no voy a explicar cómo lo sabe ni cómo sucedió, ya que no soy mujer ni me llamo Alessandra) Ante este suceso conmocionante, se lo cuenta a su pareja, familia y amigos. Muchas veces los amigos son compañeros de trabajo. ¿Qué sucede entonces? Ese compañero o compañera de trabajo se lo cuenta a otro, y este otro se lo cuenta al patrón, quien sin dudarlo un segundo despide a la trabajadora, ese mismo día manda la carta documento, y posteriormente alegará que no la despidió por estar embarazada (si él no lo sabía, pobre) sino que lo hizo sin causa. De ese modo no pagará la indemnización especial de 13 sueldos brutos, ni se comerá todas esas engorrosas licencias. El secreto es que todos estos derechos emergen cuando la mujer embarazada notifica FEHACIENTEMENTE a su empleador de su estado de gravidez, así lo dispone el artículo 177, que en su parte pertinente dice: "La trabajadora deberá comunicar fehacientemente su embarazo al empleador, con presentación de certificado médico en el que conste la fecha presunta del parto, o requerir su comprobación por el empleador." ¿Que es fehacientemente? Fehacientemente es: - Por Telegrama ley 23.789 (gratuito y más que recomendable) (Se pide el formulario en el correo, más info en mi anterior post cuyo link figura arriba). No hay fórmulas sagradas para este tipo de comunicación, simplemente coloquen "notifico a Ud. que me encuentro en estado de embarazo, siendo la fecha presunta del parto xxxxx, certificados médicos a su disposición" - Haciendo una nota para presentar, cuya copia deberá firmar el empleador o el jefe de recursos humanos (no cualquier empleado de la empresa) y la trabajadora deberá guardar esa copia firmada como un tesoro. Pero ¿y si no la quiere firmar y corre a mandar la carta documento de despido?. Volvemos a la primera opción, no hay nada más seguro que el Telegrama Ley 23.789. También la ley concede la presunción del despido por causa de embarazo: En caso de que la trabajadora no cumpla con su obligación de avisarle a su empleador, si éste último la despide 7 meses y medio antes o después de la fecha del parto, se presume que la despidió en razón de su embarazo. Cabe destacar que si son despedidas "sin causa" con 2 meses o más de embarazo, el empleador no va a pagar la indemnización especial de 13 sueldos, tendrán que correr a un abogado a hacer valer la ley. Tuve un caso donde se cruzaron el despido y la notificación de embarazo, la pobre chica se enteró que estaba embarazada ese mismo día, la trabajadora perdió, el empleador llegó antes al correo. Como conclusión y consejo a todas las embarazadas o las que esperan estarlo: ¡¡¡Notifiquen fehacientemente a su empleador el embarazo antes que abrir la boca para contarle a cualquier amigo/a del trabajo!!! Cualquier consulta, mi mail es [email protected] Comenten, o dejen puntos, lo escribí yo, y lleva su buen tiempo. Pueden ver también mis otros post, sobre despidos y trabajo en negro: Sobre el certificado médico que siempre exigen las empresas, cuando en rigor, no tienen derecho a hacerlo: Sobre deudas, embargos y mentiras de las financieras: Que contestar si llaman por teléfono por deudas: Cómo evitar ser estafados por abogados: El autor es Abogado. Ley de Contrato de Trabajo y concordantes del plexo normativo laboral.

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Deudas - Veraz - Como evitar pagar y dejar de figurar
InfoporAnónimo6/4/2011

Como evitar pagar las deudas , y sacar provecho económico por figurar en el veraz !! (Cosas que no quieren que sepamos) Hola amigos de T!.Últimamente he recibido muchas consultas jurídicas que tienen que ver con empresas que llaman a la gente para cobrarle viejas deudas , de tarjetas decrédito, financieras, créditos personales, etc. y me pareció que podría ser útil esta info para que no sean engañados. Les explicaré los métodos mas frecuentes que utilizan estas empresas para cobrarle a la gente, las trampas y las defensas que Uds tienen para esgrimir, incluso GANAR PLATA costa de las irregularidades que cometen!! Por diversos motivos, crisis, enfermedades, etc. muchos deudores se ven imposibilitados de pagar sus deudasen tiempo y forma. A ellos va dirigida la siguiente info. Antes que nada es conveniente realizar algunas aclaraciones sobre lanaturaleza de las deudas , los derechos del acreedor y del deudor . Obviamente, el principio general es que se deben pagar en tiempo y forma. La ley tutela a los acreedores con diversos dispositivos legales para exigir el pago de las deudas , y eventualmente realizar juicios para percibirlas. Cuando un deudor omite realizar un pago mensual, deja de pagar , toma un préstamo y no paga, etc, pasa a estar en mora. Qué significa esto? que la financiera tiene la facultad de exigirla, y en caso que no paguen, les iniciarán un juicio para que lo hagan, pueden llegar incluso a embargar un porcentaje de su sueldo, embargar bienes de su domicilio particular, congelar sus cuentas bancarias, inhibir; ésto es impedirles vender sus bienes registrables (casas, autos) hasta que paguen. Hay diferentes tipos de créditos. Los más fáciles de cobrar son los que se instrumentan con un pagaré, o tarjetas de crédito . Igualmente, la info que posteo es aplicable a todo tipo de deudas . Hay 2 tipos de obligaciones, llamaremos a las primeras jurídicamente exigibles y a las segundas naturales o jurídicamente inexigibles. Que es una obligación natural? la gran mayoría son naturales, por ejemplo,vamos al quiosco y le decimos al quiosquero, me fiás un paquete decigarrillos?; le pedimos a un amigo 100 pesos y quedamos en pagárselos en un mes, etc. Este tipo de obligaciones no son exigibles mediante un juicio , se basan en la buena fe y nada mas, no obstante, el cobrarlas no se considera enriquecimiento ilícito, como sí sería exigirle a alguien que pague sin motivo alguno. Las otras, debidamente documentadas son exigibles. Pero no por siempre!!Existe lo que se llama prescripción de las obligaciones. Que es esto? quiere decir que si tenés una deuda , y nunca te iniciaron juicio , o te iniciaron y por diversos motivos no prosperó, caducó, etc, al cabo de determinado tiempo se vuelve inexigible!! El código civil nos da los lineamientos de la prescripción de las deudas en los arts. 4023 en adelante. Del código surge que cualquier deuda que tengas, a los 10 años prescribe. Lo que significa que ya nadie te puede obligar a pagar ! Si son deudasen cuotas, la prescripción opera a los 5 años, es decir, a los 5 años se vuelve inexigible, y ahora con la reforma de la ley de defensa del consumidor (24.240) los créditos de consumo (si, como la tarjeta de crédito , préstamos para vivir, viajar, malgastar la plata lo que sea) prescriben a los 3 años!! Muchas veces las empresas, por ser créditos chicos, o por tratarse de un deudor que no tiene nada, por lo que gastar en un proceso judicial significaría mas pérdida, no inician juicio , y dejan transcurrir el tiempo hasta que opera la prescripción liberatoria (porque te libera de la deuda ). Antes, cuando esto pasaba... alpiste!. Hoy en día tienen la herramienta del Veraz . El veraz informa a todo aquel que lo solicite, el estado crediticio de cualquier persona. Califica los deudores en diversas categorías según como realizan sus pagos. (atraso de menos de 30 días, de mas de 90, etc. y les asigna diferentes categorías que van del 1 al 5. 1 Buen pagador, 5 incobrable. De mas está decir que a los incobrables muy pocas empresas se va a arriesgar a prestarles mas dinero. Resulta entonces que las financieras y demás tienen grandes carteras de morosos incobrables. Que hacen con este dinero que significa pérdida?. Antes nada. Hoy en día venden la cartera de morosos por un porcentaje que ronda el 4 por ciento a empresas que se dedican a acosar a los deudores hasta que paguen, estén o no las obligaciones prescriptas, (la mayoría de las veces lo están). Cómo los acosan? llamándolos constantemente por teléfono,engañándolos con que les iniciarán juicio cuando en rigor de verdad no pueden hacerlo, mandan cartas a los vecinos informando que la persona tiene una deuda , hasta supe de casos donde va un camión con altoparlantes a la madrugada, intimando al deudor a que pague, molestando a los vecinos y al él mismo. Cuando llega la policía el camión ya no está. Como resultado muchos van y pagan, si bien la obligación no era exigible, seguía siendo obligación, en teoría el deudor está yendo a pagar voluntariamente, y por lo tanto no configura enriquecimiento ilícito. A fin de cuentas, tenemos un deudor permanentemente acosado por una deuda inexigible, y en el Veraz , por lo que no podrá sacar un nuevo crédito . Un muerto civil. Muchos se han cuestionado la constitucionalidad de estos métodos y han iniciado acciones legales al respecto. La buena noticia es que muchas acciones prosperaron. En cuanto al acoso , se efectúa una denuncia penal para que investigue el juzgado de turno. Hay casos en que los "acosadores" fueron condenados por el delito de amenazas. La parte del veraz es la mas interesante. Si en rigor de verdad, el deudor ya no debe, está liberado, no debería figurar en el veraz . No obstante las empresas lo siguen pasando como moroso. Y el hecho de figurar como deudor , sin serlo estrictamente, le causa un perjuicio. Ese perjuicio, es resarcible, da lugar a una acción legal por daños y perjuicios , aunque muchas veces no hace falta, porque se resuelve en una mediación. Como resultado de la mediación, la empresa deja de pasarlo como deudor en el veraz , y otorga una indemnización que va de los 2.000 a los 5.000 pesos. No será mucho, pero es mucho mejor que nada!! Un estudio jurídico respetable cobra aproximadamente el 20% del monto del arreglo, cuando cobren. Espero les sirva. COMENTEN!! Si quieren saber que contestarle a los que llaman, remito a mi anterior post: Ahora bien, si su caso es que ya los embargaron o los están por embargar, visiten mi segundo post sobre deudas Cualquier consulta mi mail es elperro_3@hotmail.com Acá les dejo mi anterior post sobre despido, trabajo en negro y acoso laboral: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/1717857/Que-hacer-ante-un-despido---trabajo-en-negro---etc_.html

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HIV SIDA - Que hacer si pasamos por una situación de riesgo
Salud BienestarporAnónimo5/23/2010

Que hacer si se nos rompe el preservativo, tocamos sangre ajena, o cualquier riesgo de contagio que hayamos pasado para no contagiarnos (El equivalente a la pastilla del día después para el SIDA) Hola Amigos de T! Hoy voy a apartarme de la línea de consejos legales que he estado posteando para abordar un tema de tanto o más importancia que los derechos individuales del trabajador o del deudor para tocar un tema que nos puede salvar la vida algún día. En algunas ocasiones, a pesar de ser precavidos con el tema del SIDA (Ya todos sabemos como cuidarnos, no voy a decir que no seamos forros, usemoslo y demás), podemos entrar en riesgo de contagio y es terrible la desinformación que hay al respecto en campañas publicitarias. Por qué? Es fácil la respuesta, como casi siempre, dinero. Voy a empezar con una situación que me tocó pasar y gracias a Dios tenía los conocimientos acerca de que hacer, pero creo que mucha gente no, y me parece criminal no postearla. Hace mucho tiempo pasé por una relación sexual en la cual no usé preservativo, tiempo después fui al Hospital y me informaron que el riesgo de contagio era bajo. No obstante, sufrí como un condenado durante meses, hasta que me hice los análisis y estuvo todo bien. (La saqué baratísima). Cuando consulté con el infectólogo me contó que si uno empieza un tratamiento profiláctico 24 horas después de pasar por una situación de riesgo, reducía al mínimo las posibilidades de infectarse. Siempre me quedó el recuerdo de lo que me dijo aquél médico, y hace algunos días me tocó entrar en contacto con sangre ajena (vaya uno a saber si estaba infectada). Me fui corriendo al Hospital Rivadavia (Austria y las Heras) y al día siguiente me dieron el tratamiento de modo gratuito. (Hay que tomar una pastilla fea cada 12 horas) Al principio eran reacios a darme información, pero me fui a la Dirección del Hospital, luego a infectología y después de patalear un rato recibí los medicamentos. Por qué esta información no aparece abajo de los carteles de "usá preservativo?" simple, el tratamiento es costoso y por razones de política sanitaria, se presume que dicha información en manos de la gente desalentaría el uso de preservativo. Al conversar con el infectólogo, me dijo que la chance de infectarme tomando el tratamiento era mínima. Aparentemente si el virus entró en tu cuerpo, tarda en desparramarse, y el tomar los antiretrovíricos a tiempo permite que las defensas de tu cuerpo lo maten! Como no soy médico sino abogado, no les puedo ofrecer más información, pero investiguen o consulten con profesionales, algún día, ésto les puede salvar la vida, como a mí. Y si no me creen, acá hay un link donde lo explica, busquen y van a encontrar más. http://www.fhi.org/sp/rh/pubs/network/v21_1/nw21-1hivpostexpostretmnt.htm Fuente: Experiencia Propia!!! Mis otros posts Que hacer ante un despido y problemas laborales: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/5558711/Que-hacer-ante-un-despido-o-cuando-nos-piden-que-renunciemos.html Como no pagar viejas deudas, qué contestarle a quienes nos llaman, y como salir del veraz sin pagar: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/1787093/Deudas---Veraz---como-evitar-pagar-y-dejar-de-figurar.html Cómo zafar de un embargo: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/5513013/Como-zafar-de-un-embargo-(No-pagar-deudas-parte-II).html Cómo zafar de un embargo (no pagar deudas): http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/5522232/Como-zafar-de-un-embargo-parte-III.html Si les gustó, dejen puntos!

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Te están llamando por teléfono por deudas? Que responder
InfoporAnónimo5/12/2011

Que responder a los que llaman por teléfono por deudas Hola amigos de T! Como es sabido, en nuestro país cada vez que aparece un nuevo "negocio" se cuelga todo el mundo y nos saturan de la misma propuesta. Pasó con las canchas de Paddle, los videoclubs, Sacoa,los Call Centers, etc. Y como es costumbre, cuando empieza, es un negocio redondo, y después se va desvirtuando porque la gente se cansa, se da cuenta que le mienten como en los casos de ventas porteléfono que ofrecen descuentos milagrosos que después no son, o descubre cómo prescindir del comerciante como sucedió con el VideoClub e internet. Hace unos pocos años desembarcaron en nuestro país los estudios de cobranzas, es decir gente que llama a nuestra casa y/o trabajo, manda cartas a los vecinos y sobre todo intimida para que paguemos viejas deudas. Una suerte de Call Center a veces amable, a veces agresivo, y otras casi delictual. Las amenazas son varias, logran intimidar a la gente, y conseguir su propósito. Que paguen, a pesar de que la deuda quizá era incobrable, poco importa, ellos lo saben. Los deudores no. Debemos resistirnos a este tipo de maltrato, y no tolerarlo de ninguna manera. Es poreso que trataré de explicar la manera de trabajar que tienen estos estudios de cobranzas, para que no sean estafados. Primero tenemos que saber por qué esta deuda ha pasado a un estudio de éstos, y si las cosas que nos dicen tienen algo, o nada de verdad. Cuándo una deuda va a parar a un estudio de cobranzas? en 3 estadíos: - El prejudicial (mora temprana) - El judicial - El post (o nunca) judicial. (Mora tardía) El estadío Prejudicial Una deuda entra en mora cuando dejás de pagar según los plazos establecidos. Cuando ésto sucede recientemente, la financiera;, banco, o lo que sea, remite la misma al estudio para "recordarnos pagar" y quizá ponernos en conocimiento de lo que nos podría pasar si no pagamos. (Veraz, iniciar juicio, embargar sueldo o bienes del domicilio, etc) A una persona que tiene un buen trabajo en blanco, le asusta ser embargado, porel descrédito que ello implica, así como también quedar fuera del sistema financiero durante un buen tiempo. En pocas palabras no quiere problemas, la amenaza es cierta, le preocupa, va y paga. Por qué nos llaman? Porque es mucho más barato que iniciar un juicio de una, y siempre está el riesgo de que esta persona con buen trabajo pierda su empleo, se ponga a laburar en negro, vender flores, o cualquier cosa que les imposibilite cobrarse de su sueldo, y encima no tenga nada embargable en la casa. Es decir, está el riesgo de perder aún más plata (aparte de la que no pagó, tendrán que gastar en abogados, tasa de justicia, costos del juicio, para después quedarse sin cobrar. Hasta allí es una gestión de cobro honrada, de no pagar el deudor, pasarán la deuda a un estudio jurídico que EVALUARÁ si vale la pena iniciar juicio. El estadío Judicial Cuando el deudor que se resiste a pagar tiene bienes a su nombre (casa, auto, trabajo en blanco relativamente estable, etc), está regalado, no hay más que iniciarle el juicio, y que el juez ordene el embargo del sueldo de ésta persona, con más intereses, costas, honorarios, etc. Le iniciarán juicio por1.000 pesos y cobrarán 6.000 (o más) Ahora, que pasa cuando le dieron un préstamo a una persona que en ese momento tenía algo estable y ahora no lo tiene más? Supongamos que una persona ganaba bastante bien, no hay riesgo en darle un crédito ( porel momento), después esa persona pierde el trabajo y temina con sus ingresos muy disminuídos, viviendo de changas, lo que sea. Vamos a gastar fortunas en iniciarle juicio, (Piensa el prestamista), si igual no tiene de qué cobrarse? NO.Lo escrachamos en el Veraz y listo. En este punto los prestamistas deberían pensar "y bueno los hacemos mierda con los intereses, y cuando hicimos la estimación de riesgo de este tipo le dimos el préstamo, sabíamos que había una chance de que no pudiera pagar, e igual asumimos el riesgo. No pagó, mala suerte, otros tantos sí, sigue siendo negocio." Pero ¿adivinen qué?. Los prestamistas no piensan así! Van a hacer todo lo posible por cobrar su crédito usurario, porcualquier vía, engaños, intimidación, hostigamiento, amenazas (todo telefónico, o cartitas, sin gastar un peso), lo que necesariamente nos lleva al tercer estadío: El Estadío Post (o nunca) Judicial (Según el tipo de deuda, máximo 3 años desde que dejaste de pagar, sin que te hayan iniciado juicio) Hay empresas que viven de estafar a la gente. Sí, "Estudios" que se han especializado en molestar a una persona hasta que pague una deuda, por cualquier vía. A veces le han comprado al banco o financiera el derecho a cobrar una deuda, a veces se les paga únicamente por que gestionen su cobro, a veces su cliente es un Fideicomiso que compró estas deudas viejas, no importa. Ellos llaman. Son varios los que se dedican a ésto, es un negocio redondo, cobrar deudasincobrables e inexigibles jurídicamente. Para citar ejemplos, sin poner los nombres reales, les llamaremos Pennnna y sociados, GlobalSoluciones, Rohrrr colection, etc. Si bien ya en varios post he explicado esto ,a los que remito, hoy quisiera hacer una suerte de tutorial práctico, para contestar este tipo de llamadas, tratando de sintetizar las consultas que he recibido de la gente y los planteos que le han hecho estos estudios de cobranzas. Al principio son amables, nos informan de una deuda con tarjeta de crédito de hace bastante tiempo, y nos ofrecen pagarla en cómodas cuotas, encima sin intereses, a veces incluso por menos de lo que sacamos. - Como puede ser ésto? Saqué 10.000 pesos en el 2005, que con intereses se fue a 25.000 y ahora me ofrecen pagar 6.500 en cuotas?, me dan el libre deuda para salir del Veraz, re buena onda este estudio!! - Mi querido amigo, la lógica te indica que nadie hace una oferta tan buena, acá hay gato encerrado no te parece? Desde cuándo las financieras regalan plata o intereses?. Bueno, desde que salió la Ley de Defensa del Consumidor y consigna claramente que las deudas de más de 3 años de mora son inexigibles!!!, si pagás no $6.500, si pagás $2 (dos pesos) ya te están robando!! - Pero, y el libre deuda? - Pasados los 5 años de la mora, tenés derecho a salir del veraz, sin pagar, independientemente de que ellos te den un certificado de "libre deuda" Qué deberíamos responder? Señores, esa deuda está prescripta! (tiene más de 3 años), le molesta que consulte a mi abogado si tengo que pagarla? Eso los va a desesperar, no quieren que consultes, quieren que pagues ya, sin asesorarte. No vamos a permitirles eso. Amablemente le diremos, disculpe señor, yo no pago sin asesorarme, y no voy a asesorarme con mi acreedor, yo no soy estúpido. Una vez que pasan algunos días, vuelven a llamar, nuevamente para recordarnos esa deuda, e informándonos que pueden iniciar acciones judiciales como "embargo de sueldo, Inhibición General de Bienes, Mandamiento de intimación de pago, embargo de nuestros muebles, etc. La respuesta será, mi abogado dice que no tengo que pagarla, o bien, no soy estúpido y no voy a pagar esa deuda, no tengo ni plata, ni ganas. Si Uds. creen tener derecho alguno, vayan por la vía que corresponde, no es el teléfono. Tampoco vamos a permitir que un mocoso llame diciendo que es el "Doctor." fulano de tal. Los abogados, no llaman. No, los que llaman son chicos a los que les pagan $3.000, quizá hasta menos, por amedrentar a la gente. Pobres contra pobres. La respuesta va a ser, ah si? Doctor Fulanito? Páseme su tomo y folio por favor. (El tomo y folio es la matrícula para ejercer la profesión de abogado, quien se diga abogado sin serlo está cometiendo el delito de usurpación de títulos y honores). Podemos buscar a este abogado por internet, en la guía de abogados del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, de donde son la mayoría de estos estudios. Si no está dispuesto a hacerlo, le diremos que vamos a denunciarlo penalmente, y que esta conversación está siendo grabada. Así se les bajan los aires de superioridad. En caso de que sigan molestando, o bien manden cartas al trabajo, no tendremos más alternativa que ir a pelear al estudio jurídico, ideal sería que en compañía de un profesional. No tenemos porqué soportar llamados telefónicos, esa no es la vía para cobrar las deudas. La vía es el Juicio, y si no lo hacen, por algo será. Cualquier consulta, mi mail es elperro_3@hotmail.com. Saludos! Aquí el link de por qué no hay que pagar las deudas viejas, con plazos y demás: http://www.taringa.net/posts/info/10944567/Deudas---Veraz---Como-evitar-pagar-y-dejar-de-figurar.html Fuente: Propia. http://www.defensordeldeudor.com.ar/El autor es Abogado. Código Procesal Civil y Comercial, Código de comercio, Ley de Defensa del Consumidor, Ley de Hábeas Data, Código Penal, etc etc. Saludos!

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Que hacer ante un despido/Trabajo en negro con multas
InfoporAnónimo7/2/2011

Que hacer ante un Despido/trabajo en negro, etc? ACTUALIZADO CON MULTAS) (Cosas que deberían enseñarnos en la secundaria) En tiempos de crisis como la que estamos viviendo a nivel mundial, suele suceder que se retrae el consumo, es decir la gente compra menos. Como lógica consecuencia de ello, es que muchos empleadores deciden prescindir de los servicios de sus trabajadores. Por eso es que posteo esta info, que es bueno que tengan en cuenta, ya que quizá vengan tiempos duros para conseguir y mantener el trabajo, les contaré las armas que tienen los empleadores para despojarlos de su indemnización y al final, las herramientas que tienen Uds. para defenderse. En mis años de experiencia ejerciendo la profesión, me ha tocado ver (casi a diario) diversos métodos que los empleadores utilizan para pagarle a los trabajadores menos de lo que la Ley les impone, y esto incluye por supuesto las indemnizaciones por el llamado " Despido arbitrario". La Constitución Nacional concede y garantiza el derecho a trabajar, y a través de diversas leyes y tratados internacionales éste derecho se ha ido reglamentando. De variadas normas, en especial la Ley de Contrato de Trabajo, surge el derecho del trabajador a la estabilidad del puesto. Obviamente, ningún derecho es absoluto, a nadie se le puede obligar a mantener un trabajador contra su voluntad. Es por eso que la ley prevé la indemnización por despido. Si bien el caso de cada trabajador es diferente, la indemnización por despido comprende principalmente los siguientes rubros. Realizaré una pequeña síntesis: - Antiguedad: Se paga un sueldo por año trabajado o fracción superior a 3 meses. Es decir, si trabajaste un año y 3 meses, te corresponden 2 sueldos de indemnización. - Preaviso: En caso que no te hayan comunicado fehacientemente (por carta documento) que vas a ser despedido con un plazo de antelación de 15 días en período de prueba, 1 mes si estás efectivo o 2 meses si llevás trabajando mas de 5 años, te corresponde, una indemnización sustitutiva por ese tiempo que no te avisaron. Por ejemplo, en el caso del año y 3 meses, correspondería otro sueldo por preaviso. - Proporcional días trabajados: Lógicamente, si te despiden a mitad del mes, deben pagarte los días que trabajaste hasta el despido. - Proporcional Aguinaldo y Vacaciones no gozadas: Al aguinaldo y las vacaciones, te las vas ganando a medida que vas trabajando, en el caso del ejemplo del año y 3 meses, correspondería pagar los días de vacaciones que le tocarían al trabajador (1 día cada 20 trabajados) y un cuarto de aguinaldo. (Recordemos que el aguinaldo es anual, nomás que se paga en 2 cuotas, una en junio y otra en diciembre) - Integración del mes de despido: Cuando te despiden a mitad del mes, deben pagarte los días que restan hasta que el mismo finalice - Agravantes (indemnizaciones especiales): en caso de maternidad, embarazo, matrimonio, enfermedad, la indemnización por despido se agrava, en el caso de la embarazada son 13 sueldos. Multas: Cuando se trata de empleo insuficientemente registrado, (en negro, ya sea en todo o en parte) se aplican las siguientes multas, una vez terminado un juicio, con sentencia: Multa Ley 24.013: Cuando el trabajador intima DURANTE la relación laboral al empleador para que lo registre como la ley corresponde, y notifica a la AFIP de la irregularidad, en caso de ser despedido va a cobrar una multa de 1/4 del total de las remuneraciones devengadas desde el inicio de la relación laboral (incluye aguinaldos). En el caso del ejemplo del año y 3 meses, serán 16/4: 4 sueldos más. Multa Ley 25.323: Cuando el trabajador es despedido y va a cobrar su liquidación final, puede que le hayan liquidado mal (que esté mal la fecha de ingreso, o lo que ganaba) En ese caso, el artículo 1 dice que deberá duplicarse la antiguedad (2 sueldos más) Y si no lo hicieren, se hará acreedor de la multa prevista en el artículo 2 de la misma ley, que dice que si lo intima y no le paga, la indemnización se acrecenta en un 50% más. Multa ART 80 LCT: La ley de contrato de trabajo dice que el empleador deberá entregar un certificado de trabajo al desvincularse el empleado, es decir que si entregase un certificado donde esté mal la antiguedad, será el equivalente a no entregarlo. La multa por no entregar certificado de trabajo es de 3 sueldos más. En cuanto a la enfermedad, la ART debe pagarte el sueldo, aún despedido, hasta que te cures o te otorguen porcentaje de incapacidad permanente, pero eso ya es otra historia .El ser despedido te permite acceder a la prestación por desempleo que otorga el estado hasta que consigas otro laburo, sin contar con la jugosa indemnización. Ahora bien... que pasa si renunciás? lo que te pagan, no comprende antiguedad y preaviso (la mejor parte) Ahora resulta mas comprensible por qué al empleador le es mucho mas barato que los trabajadores renuncien que despedirlos. Para lograr la renuncia se emplean diversos métodos también: - 1er método: A muchas personas el empleador les dice, "andá, mandame el telegrama de renuncia y volvé que yo te pago, incluso más de lo que debería" (palmada en la espalda y sonrisa mediante) MENTIRA!!!! si no querés que labure mas para vos, echame!!! debería ser la respuesta. Está lleno de mitos como que no vas a conseguir laburo si te despiden, que te perdés la recomendación, etc. Todo esto es falso!!! -2do método: MOBBING A veces para lograr que el trabajador renuncie se lo maltrata, se le hace cumplir tareas que no tienen nada que ver con su capacitación, como por ejemplo, quien tiene una empleada para vender ropa, le hace traer café, la maltrata, la hace limpiar, y la llena de obligaciones poco gratas para que se harte y renuncie. -3er método: Se le dice al empleado que la empresa está por cambiar de dueño, por eso es necesario que renuncie, para que después contratarlo de vuelta. (parece una estupidez, pero muchos lo hacen ver como algo perfectamente razonable). Esto no es así!! no importa que cambie de dueño!! el nuevo dueño debe respetar la antiguedad de los trabajadores!! -4to método: Se tiene al empleado trabajando en negro mucho tiempo, después se lo blanquea, y se lo echa en período de prueba,o a los pocos meses, abonándole un chiste de indemnización, o peor aún.. se hace eso y se lo hace renunciar. Ahí lo abrocharon por completo, porque renunció! que significa? que él mismo reconoció que no tiene nada para reclarmar. Esto es en principio, si el trabajador logra demostrar en un proceso judicial que fue forzado a renunciar ya sea por amenazas, error, o cualquier cosa que vició su voluntad en el momento, puede acceder a la indemnización por despido. Incluso hay algunas resoluciones judiciales que contemplan que si pasó poco tiempo entre el telegrama de renuncia y la retractación, no hace falta probar que el trabajador fue engañado, pero es poco frecuente y con un resultado dudoso. -5to método: Se acumulan sanciones al empleado, que se le hacen firmar para luego despedirlo "con justa causa"; también puede suceder que le imputen un delito para así quitarle su indemnizaciónTRABAJO EN NEGRO - TRABAJO INSUFICIENTEMENTE REGISTRADO Una importante cantidad de trabajadores cree estar en una relación laboral perfectamente registrada. Muchas veces los empleadores se valen de contratos que disfrazan la verdadera naturaleza de la relación. Algunos de ellos son el contrato a plazo fijo, las pasantías que poco tienen de educativas, empresas de servicios eventuales (mal llamadas consultoras) y las locaciones de servicios que no son tales. A varios se les paga "en blanco" una suma de dinero, y otra suma en mano, en negro. Ésto no es para nada bueno, ya que si es así, jamás la indemnización va a ser la que corresponde, justamente porque sólo computarán lo que percibía el trabajador en blanco. Otros, han comenzado a trabajar en negro, quizá años, y después se los blanqueó consignando una falsa fecha de ingreso. Este es otro ardid muy frecuente, si te despidiesen sólo pagarían antiguedad por lo que figura en blanco!. Trabajo en negro: Otros tantos trabajan totalmente en negro, se les paga en mano, no se les hacen aportes, están sin obra social, los echan de palabra, etc. SOLUCIONES: La gente piensa: "yo no tengo ninguna prueba de que trabajaba, ni lo que me pagaba en mano, ni cuál era mi antiguedad real", etc. Todo esto no es tan así. En materia laboral, dado que la parte mas débil es el empleado, todas las presunciones son a favor del trabajador, es decir, el probar que todo es mentira, es tarea del empleador. Es por eso que el 90% por ciento de los juicios laborales se ganan. Es muy fácil probarlo, bastan testigos. Y si los testigos mienten? o no quieren ir?. TIENEN que ir, es una obligación, hasta por la policía se los puede traer a declarar. Antes de declarar, se les lee el código penal y las penas por falso testimonio, y ésto no es nada divertido, pueden llegar a ir presos por mentir en un juzgado. Además no tienen por qué ser empleados. Cualquiera que tenga conocimiento de la relación laboral puede ir a declarar. Pero no nos adelantemos, rara vez se llega a juicio. En capital federal, del ministerio de Trabajo depende el SECLO (servicio de conciliación obligatoria). Es obligatorio asistir antes de iniciar un juicio. Que es una conciliación? es como una mediación donde las dos partes concurren con sus abogados, y pactan una indemnización. Al trabajador le conviene, porque en días está cobrando su indemnización, sin tener que hacer un juicio que lleva 3 años o mas. Al empleador también le conviene, porque zafa de las multas por tener trabajadores en negro, insuficientemente registrados, etc. Entonces, que hacemos cuando nos pasa alguna de estas situaciones? Primero, antes de siquiera pensar en renunciar, concurrir a un abogado laboralista para que nos redacte un telegrama ley (es gratuito, te dan el formulario en el correo y se manda gratis también) denunciando las irregularidades. El empleador puede contestar o no, no es relevante, porque obviamente, va a negar todo. Después se manda una segunda carta donde el trabajador se coloca en situación de " despido indirecto" (ésto sería algo así como... ya que no le diste bola a mi anterior carta, no reconociste como era la relación laboral, el sueldo que ganaba, etc, me CONSIDERO DESPEDIDO POR TU CULPA. Ahí ya tenemos derecho a la indemnización por despido, se concurrirá al SECLO y mas le vale al empleador arreglar, porque un juicio es muy costoso para él. El tiempo para reclamar desde el cese de la relación laboral es de 2 años. Laburaste en negro hace 1 año y medio? podés reclamar tu indemnización! Cuanto cobra este abogado por asistir a la conciliación? No des anticipos!! el buen laboralista trabaja a resultados, es decir, cobra de un 15 a 20 por ciento de lo que te paguen a vos recién cuando cobres!. Esto es muy bueno, porque su interés va a ser que saques lo mas posible. Vean también mi otro post sobre embarazo y problemas laborales: http://www.taringa.net/posts/femme/10248638/El-embarazo-y-los-problemas-laborales.htmlEs legal que pidan certificado médico por faltar al trabajo?: http://www.taringa.net/posts/info/10283912/Es-legal-q-pidan-cert-medico-por-faltar-al-trabajo_.htmlLes dejo también mis otros posts para zafar de pagar las deudas a las financieras, zafar de embargos y explicaciones de por que si queremos no tenemos que pagar viejas deudas y hacerle caso a estudios jurídicos mentirosos que llaman a la gente para abusarse de su ignorancia. Parte 1 (no pagar deudas viejas)http://www.taringa.net/posts/info/10944567/Deudas---Veraz---Como-evitar-pagar-y-dejar-de-figurar.htmlParte 2 (Zafar de un embargo) http://www.taringa.net/posts/info/11401845/Como-zafar-de-un-embargo-_No-pagar-deudas-parte-II_.htmlParte 3 (Zafar de un embargo, el último recurso, gambetear financieras: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/5522232/Como-zafar-de-un-embargo-parte-III.html Parte 4 (cuando te llaman por teléfono por deudas, que contestar):http://www.taringa.net/posts/info/10576096/Te-estan-llamando-por-telefono-por-deudas_-Que-responder.htmlCualquier consulta por mail, elperro_3@hotmail.com Fuente: El autor es abogado, Ley de Contrato de Trabajo, Ley de Riesgos de Trabajo, Leyes 24013, 25.323 y concordantes. El asesoramiento es gratuito, suerte! Dejen puntos, lo escribí yo y llevó un buen tiempo todo esto!

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Es legal q pidan cert medico por faltar al trabajo?
InfoporAnónimo4/23/2011

Derechos del Trabajador - Licencia por enfermedad - El tan requerido "certificado médico" - ¿Está bien que lo pidan? - ¿Pueden los médicos negarse a darlo? (ACTUALIZADO) Queridos taringueros: Hoy voy a tocar un tema que le atañe a la gran mayoría de la población, los trabajadores o empleados en relación de dependencia. Desgraciadamente en nuestro país no se imparte en los colegios información básica para desempeñarse en la vida laboral. Mejor dicho, se imparte información, pero nunca para conocer los derechos. La lógica de las empresas es formar personas lo suficientemente inteligentes para trabajar bien y lo suficientemente estúpidas para no saber defenderse ante el empleador. Y lo mas triste de todo es que la educación pública y privada están a su servicio. Entonces se da la paradójica situación de que un Bachiller con o sin orientación contable, sepa exactamente como asentar movimientos en los libros de comercio, inglés, computación, cual es la capital de austria etc. Y de derechos laborales bien gracias. Encima está formado para NO FALTAR a la escuela a menos que se esté muriendo, y sin embargo, no tiene ni la más somera idea de lo que le corresponde de sueldo, de indemnización, la diferencia entre renunciar y ser despedido, etc. Hoy voy a tocar la situación del trabajador enfermo por unos pocos días y los requisitos que desgraciadamente se le exigen para "justificar" la inasistencia. Las partes en la relación laboral están obligadas a la mutua colaboración y la buena fé (artículos 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo) La regulación en cuanto a la enfermedad del trabajador está contenida en los artículos 208 a 213 de la Ley de contrato de trabajo. En el artículo 209 se especifica que el trabajador está obligado a dar aviso al empleador de la enfermedad en el trascurso de la primera jornada de trabajo e indicar el lugar donde se encuentra. A su vez, en el artículo 210 se consigna que el trabajador está obligado a someterse al control del médico designado por el empleador (el típico control médico laboral) Es decir que de ésta manera el trabajador enfermo que se queda en su casa y avisa temprano al empleador, ya cumplió con la obligación que le impone la ley. Entonces un buen empleador, tiene dos alternativas, creerle al trabajador o bien enviar el control médico para corroborar esa inasistencia, tiene derecho a hacerlo. ¿Pero que pasa si decide renunciar a ese derecho de enviar el médico laboral? o bien, la empresa que se dedica a ello no se presenta en el domicilio del empleado. Pues tendrá que creerle, no se puede recargar al trabajador enfermo con la carga de llamar un médico a domicilio (que muchas veces se niega a dar certificados) o ir corriendo a una guardia, donde solamente le darán una constancia de haber sido atendido, y no una prescripción de reposo. Si está enfermo, mal puede ir a una guardia a esperar ser atendido, casualmente lo que se necesita para curar una gripe es quedarse en casa. ¿Por qué los médicos no quieren dar certificados con prescripción de reposo? ¿Pueden negarse? Los médicos no quieren dar certificados por una sencilla razón, en caso de que el trabajador los presente y luego haya un eventual juicio laboral, el juez ordenará que se cite al médico para constatar si esa es o no su firma, y demás circunstancias de la enfermedad. Y a los médicos que estudiaron para curar, no les hace gracia tener que vivir yendo a tribunales. ¿Ahora bien, pueden negarse? NO! NO PUEDEN! La ley de ejercicio de la medicina (17.132) en su artículo 19 dice que es obligación de los médicos prescribir o certificar en formularios que deberán llevar su nombre, profesión matrícula, domicilio, etc, manuscritas selladas y firmadas. O sea, si me aconsejás reposo, dámelo por escrito! tenemos derecho a exigirlo, y si eso es incumplido, tranquilamente podemos buscar un policía para que se lo explique a él. Obviamente que una persona enferma lo que menos quiere es pelear con el médico, pero el problema es que siempre paga el más débil, el empleado en relación de dependencia. Este es un consejo para empleados con bastante antiguedad y ganas de hacer lío, no lo recomendaría a alguien que recién entra a un empleo ya que muy posiblemente no le caiga en gracia al empleador este tipo de actitud, pero los derechos existen y está bueno conocerlos! Así que la próxima vez que les pidan el certificado médico sino no les justifican el día, pueden hacerlo valer, ya que al haber avisado, ya cumplieron y si les dicen que no es así... Bueno, traeme la ley y mostrame donde está! En caso que nos descuenten los días de todos modos, siempre podemos irnos haciendo juicio y ganando mucha más plata que renunciando o con un simple despido. Saludos!! Cualquier consulta, mi mail es [email protected] Les dejo link a mi post sobre despidos trabajo en negro y derechos laborales: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/10236106/Que-hacer-ante-un-despido-_actualizado-con-multas_.html El caso especial de despido de la mujer embarazada: http://www.taringa.net/posts/femme/10248638/El-embarazo-y-los-problemas-laborales.html Este otro es Para deudores, salir del veraz sin pagar y no pagar las deudas. (También hay links a otros para zafar de embargos, etc) http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/1787093/Deudas---Veraz---como-evitar-pagar-y-dejar-de-figurar.html Y este último para saber que contestarle a los estudios de cobranzas que quieren que paguemos deudas viejas e inexigibles judicialmente mediante engaños: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/7652578/Te-estan-llamando-por-telefono-por-deudas_-Que-responder.html Fuente: El autor es abogado, Ley de Contrato de Trabajo, ley de procedimiento laboral, Constitución Nacional, viveza criolla, etc.

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Jubilación sin aportes ¿Que hay detrás de los carteles?
InfoporAnónimo4/25/2011

Jubilaciones con y sin aportes. ¿Qué hay detrás de los carteles? Queridos Taringueros: Gracias a los comentarios, puntos y agradecimientos recibidos, es que voy a hacer otro post, esta vez de derecho previsional, donde trataré de resumir en que consisten las jubilaciones con y sin aportes que tanto se anuncian y alertarlos de las prácticas de muchos “falsos previsionalistas” que hacen de la ley, una excusa para estafar a la gente. Antes de ahondar en el tema, me gustaría hacer una pequeña síntesis, a modo de preámbulo, acerca del sistema provisional y su objeto, al menos en la teoría. Casi toda sociedad avanzada diseña sistemas para evitar que sus integrantes caigan en la miseria, ya que saben que no todos tendrán habilidad de trabajar para ganarse el sustento durante toda la vida. Digo casi, porque hubo regímenes en la historia como el nazi donde directamente los individuos considerados “inútiles” eran descartados de la peor manera. Es triste que personas que trabajaron durante su vida, tengan que depender de la buena voluntad de sus seres queridos, o en el peor de los casos terminar mendigando, como muchas veces sucede. Personas perfectamente sanas pueden tener un accidente que las deje parcial o totalmente incapacitadas; pueden sufrir enfermedades crónicas; puede que sean despedidas de sus trabajos y no puedan conseguir otro. También para el caso de las mujeres, al quedar embarazadas e incapacitadas para trabajar durante un perídodo de tiempo, pueden volverse antieconómicas para el empleador “¿Por que no contratar un hombre mejor? Pensará. Todas estas circunstancias serán llamadas “contingencias” de la vida, y el sistema previsional ha sido creado para paliarlas, es decir, que esta gente caiga en una suerte de “red” y no al vacío, todo ello a fin de lograr una sociedad más justa. Es por eso que, paralelamente al desarrollo del Derecho del Trabajo, se ha desarrollado el llamado “Derecho de la Seguridad Social” Hay diferentes interpretaciones de lo que por derecho corresponde, y si bien este no pretende ser un post sobre política, trataré de sintetizar las posturas y deslizar también mi opinión; al fin y al cabo soy yo el que escribe. Durante la década menemista, se instauró el régimen privado de AFJP, que luego como bien se sabe fue derogado y los fondos pasaron a la ANSES. El espíritu de ese régimen era que la gente pueda acceder a una jubilación mejor que la que ofrecía el estado, aportando a una cuenta personal, la AFJP lo invertiría de manera conveniente y, una vez alcanzada la edad de jubilarse, comprase una suerte de “paquete jubilatorio” que sería más alto que lo que ofrecía el Estado, burocrático, lento e ineficiente. (Algo así como: Mis aportes son míos y el resto.. bueno que hagan los suyos propios) Por otro lado estaba y sigue estando el régimen de reparto, administrado por el Estado, siempre más seguro pero menos redituable. Durante el actual gobierno, se tomó una medida política, quizá electoralista, demagógica, llámenle como quieran, de extender el sistema de seguridad social a los que no han aportado. ¿Cómo a los que no aportaron? ¿A los vagos, que se la pasan tirados les dan jubilación y la gente que trabajó toda su vida tiene que contentarse con una miseria? Bueno, vagos hay y hubo, pero también hay gente que trabajó toda su vida en negro, ¿vamos a culparlos de que su patrón omitía hacerle aportes y registrarlos? Es justo eso?. Si, tampoco es justo que los que trabajaron toda su vida tengan una jubilación que no alcanza para vivir, es difícil ser realmente ecuánime. La cuestión es que para bien o para mal, se optó por ampliar la cobertura del sistema previsional, con el objeto de que llegue a más personas, lo cual importa necesariamente que las que estaban incluídas por derecho propio vean un desmedro en sus haberes. En este marco político se creó una normativa para que la gente que no tiene aportes, o bien que tiene, pero que no llegan a cubrir los 30 años necesarios para obtener la jubilación a los 65 años los hombres y 60 las mujeres, puedan “comprar” los períodos faltantes a valores históricos. Esto significa que quien paga los aportes que debe, no paga intereses, quizá son 14.000 pesos de capital y obtiene su jubilación. Sin esta normativa, una jubilación costaría alrededor de 130.000 pesos (14 de capital quizá y 116 de intereses). Si, leyeron bien.Además, también el Estado implementó una moratoria (es decir, un pago en muy cómodas cuotas) de lo que uno debe, alrededor de los 250 pesos mensuales hoy en día, que lo descuentan de la misma jubilación. A partir de Marzo, el haber mínimo jubilatorio pasará de 1087 pesos a 1277 pesos. Lo bueno de esta moratoria es que la cuota se mantiene estable, y las jubilaciones aumentan 2 veces al año (no son lo mismo 250 pesos hoy en día que lo que valdrán dentro de 1 año, por el ya conocido temita de la inflación) Así también, muchas personas que tienen jubilaciones o retiros de otros sistemas, pueden acceder a jubilarse por ANSES, como por ejemplo, los pensionados, los retirados de Policía, Gendarmería, Fuerzas Armadas, etc. Pero la misma normativa obliga a que aquellos que ya tengan un beneficio previsional, no puedan acogerse a la moratoria y tengan que garpar todo de una, es decir, pagarle a la ANSES un poco más de 10.000 pesos, a cambio de una jubilación de por vida, que sigue siendo un excelente negocio. A veces el importe es inferior, porque se hacen jugar años de aportes civiles que la persona ya tenía, además según la edad de la persona a jubilarse le pueden ser aplicados diversos beneficios, como por ejemplo el de la jubilación por edad avanzada, debiendo integrar sólo 10 años de aportes en lugar de 30. El trámite puede realizarse en ANSES personalmente, o por medio de un abogado, únicos habilitados para realizar gestiones ante esta entidad como gestores. Se preguntarán por qué, si es gratis hacer el trámite, está plagada de abogados la ANSES haciendo presentaciones. Bueno, porque los múltiples beneficios no son aplicados de oficio por la ANSES, sino que hay que pedirlos, y se requiere conocimiento profundo de la normativa previsional, (no cualquier abogado sabe) así como estar actualizado en cuanto a las resoluciones de la ANSES, AFIP, Incluso cada Unidad de Atención Integral (UDAI) tiene su propia interpretación de la normativa. También un montón de personas tuvieron durante mucho tiempo un sueldo alto, pero posteriormente se quedaron sin trabajo y durante los últimos años de sus vidas laborales activa tuvieron un sueldo miserable, o estaban anotados como monotributistas Para calcular lo que deben recibir de jubilación la ANSES toma los últimos 10 años aportados, pero bien representados, con un abogado que conoce los recursos administrativos se puede conseguir que se tomen en cuenta los viejos aportes y en lugar de que la persona se jubile con 1277 pesos, lograr que se jubile con 3.000 por citar un ejemplo. Además del engorroso trámite para conseguir las certificaciones de servicios que son necesarias para acreditar los años, todo ello nos lleva a ver a un profesional, que si tiene buena onda con los empleados de ANSES, y tiempo trabajando, conseguirá todo en un santiamén, no le bocharán el trámite por ninguna estupidez o papel faltante, y estaremos jubilados en 1 mes y medio aproximadamente de la mejor manera, y con todos los beneficios aplicables en nuestra jubilación. Tengan presente además que también en este tipo de trámites, hay mucho chanta dando vueltas, que a veces ni siquiera es abogado, quien le pide a la gente dinero en efectivo diciéndole que en unos meses estará jubilada. A los pocos meses este tipo de personas desaparece de su “estudio” dejando un tendal de personas estafadas. Tengan en cuenta que no deben entregarle dinero al profesional que tramite este tipo de jubilación, sino que en caso de ser necesario, deberán depositarlo en el banco, en su propia cuenta de ANSES. Cualquier consulta, mi mail es [email protected] Espero les sirva, Saludos! Les dejo también mis otros posts sobre derecho laboral, deudas y demás: Despido y problemas laborales: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/10236106/Que-hacer-ante-un-despido-_actualizado-con-multas_.html El caso especial de despido de la mujer embarazada: http://www.taringa.net/posts/femme/10248638/El-embarazo-y-los-problemas-laborales.html Este otro es Para deudores, salir del veraz sin pagar y no pagar las deudas. (También hay links a otros para zafar de embargos, etc) http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/1787093/Deudas---Veraz---como-evitar-pagar-y-dejar-de-figurar.html Y este último para saber que contestarle a los estudios de cobranzas que quieren que paguemos deudas viejas e inexigibles judicialmente mediante engaños: http://www.taringa.net/posts/ebooks-tutoriales/7652578/Te-estan-llamando-por-telefono-por-deudas_-Que-responder.html Fuente: El autor es abogado, Ley de Contrato de Trabajo, ley de procedimiento laboral, Constitución Nacional, viveza criolla, etc.

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