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Ley Nacional de Transito. Sabias esto?

Info8/26/2015
Ley Nacional de Transito. Sabias esto?



Hola linces boreales!! Investigando un poco de la Ley Nacional de Transito 24.449 encontré varios Artículos interesante algunos que ya conocemos y otros no sin mas acá se los dejo:



ARTICULO Nº 32.- LUCES ADICIONALES

Los vehículos que se especifiquen deben tener las siguientes luces adicionales:

A) Los camiones articulados o con acoplado: tres luces en la parte superior, verdes adelante y rojas atrás.

Bien:



Mal:





C) Los vehículos de transporte de pasajeros: cuatro luces de color excluyendo el rojo, en la parte superior delantera y una roja en la parte superior trasera.

Bien:





Mal:







D) Los vehículos para transporte de menores de catorce (14) años: cuatro luces amarillas en la parte superior delantera y dos rojas y una amarilla central en la parte superior trasera.

Bien:





Mal (ni tendrían que estar habilitados estos transportes):





ARTICULO Nº 33 OTROS REQUERIMIENTOS

Respecto a los vehículos se debe, ademas:

B) Dotarlos de por lo menos un dispositivo o cierre de seguridad antirrobo.





ARTICULO Nº 42 ADELANTAMIENTO

El adelantamiento a otro vehículo debe hacerse por la izquierda conforme las siguientes reglas:



C) Advertir al que le precede su intensión de sobrepasarlo por medio de destellos de luces frontales o bocina en zona rural. En todos los casos, debe utilizar el indicador de giro izquierdo hasta concluir su desplazamiento lateral.





F) Para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá luz de giro izquierda, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso.





G) Los camiones y maquinaria especial facilitaran el adelantamiento en caminos angostos, corriéndose a la banquina periódicamente.



Algunos accidentes





ARTICULO Nº 43 GIROS Y ROTONDAS

Para realizar un giro debe respetarse la señalizacion y observar las siguientes reglas:

A) Advertir la maniobra con suficiente antelación, mediante la señal luminosa correspondiente, que se mantendrá hasta la salida de la encrucijada.



Que no ves el guiño papa!!





ARTICULO Nº 44 VÍAS SEMAFORIZADAS

En las vías reguladas por semáforos:

2. Con luz roja, detenerse ante la linea marcada a tal efecto o de la senda peatonal, evitando luego cualquier movimiento.

info

Como trollear a un conductor.





ARTICULO Nº 45 VÍA MULTICARRILES

En las vías con mas de dos carriles por mano, sin contar el ocupado por estacionamiento, el transito debe ajustarse a lo siguiente:

D) Ningún conductor debe estorbar la fluidez del transito circulando a menor velocidad que la de operación de su carril.





E) Los vehículos de pasajeros y de carga, salvo automóviles y camionetas, deben circular únicamente por el carril derecho, utilizando el carril inmediato de su izquierda para sobrepasos.





ARTICULO Nº 48 PROHIBICIONES

Esta prohibido en la vía publica:

I) Circular con cubiertas con fallas o sin la profundidad legal de los canales en su banda de rodamiento.





P) Transportar residuos, escombros, tierra, arena o otra carga a granel, polvorientas o que difundan olor desagradable en vehículos no destinados a ese fin. Las unidades de transporte de animales o sustancias nauseabundas deben ser lavadas en el lugar de descarga:

Bien:



Mal:



Y) Circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los limites de los paragolpes o laterales de  la carrocería, pueden ser potencialmente peligroso para el resto de los usuarios de la vía publica.



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ARTICULO Nº 53 EXIGENCIAS COMUNES

Los propietarios de vehículos  del servicio de transporte de pasajeros y cargas, deberán tener organizado el mismo modo que:

I) Los no vidente y demás discapacitados gocen en el servicio de transporte  del beneficio de poder trasladarse con el animal guía o aparato de asistencia de que se valgan.





ARTICULO Nº 54 TRANSPORTE PUBLICO

En el servicio de transporte urbano regirán, ademas de las normas del articulo anterior, las siguientes reglas:

C) Entre las 22 y las 6 del día siguiente y durante tormenta o lluvia, el ascenso o descenso debe hacerse antes de las encrucijadas que el pasajero requiera, aunque no coincida con parada establecida. De igual beneficio gozaran permanentemente las personas con movilidad reducida (embarazadas y discapacitados) que ademas tendrán preferencias para el uso de asientos.



transito



ARTICULO Nº 70 DEBERES DE LAS AUTORIDADES

Las autoridades pertinentes deben observar las siguientes reglas:

3. Identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia inmediata a la que pertenece.

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4. Utilizar el formulario de acta reglamentario, entregando copia al presunto infractor, salvo que no se identificare o se diera a la fuga, circunstancia que se hará contar en ella.

24449



B-4 Atender todos los días durante ocho horas , por lo menos.



 

RÉGIMEN DE SANCIONES

ARTICULO Nº 75 

Son responsables para esta ley:

C) Cuando no se identifica al conductor infractor, recaerá una presunción de la infracción al propietario del vehículo, a no ser que compruebe que lo había enajenado o no estaba bajo su tenencia o custodia, denunciado al comprador; tenedor o custodio.

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ARTICULO N° 85 PAGO DE MULTAS

La sanción de multa puede:

A) Abonarse con una reducción de 25% cuando corresponda a normas de circulación en la vía publica y exista reconocimiento voluntario de la infracción. Si se trata de faltas graves este pago voluntario tendrá los efectos de condena firme y solo podrá usarse hasta dos veces al año.





C) Abonarse en cuotas, en caso de infractores de escasos recursos.



ARTICULO N° 89 PRESCRIPCIÓN

La prescripción se opera:

A) Al año para la acción por falta leve.

B) A los dos años para la acción por falta grave y para sanciones. Sobre esta opera aunque no aya sido notificada la sentencia.



Eso es todo mis amigos felinos espero que le sirva de algo

transito

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T@THECHOTGREENrtpn8/28/2015+1-0
@ es así como decís vos!!! No puede ponerse guiño izquierdo para que me pasen, porque por ahí yo en verdad estoy por pasar al que va adelante mio.-
Como dice la Ley es como debe ser, es mas razonable...........
T@THECHOTGREENrtpn8/28/2015+1-0
@ es así como decís vos!!! No puede ponerse guiño izquierdo para que me pasen, porque por ahí yo en verdad estoy por pasar al que va adelante mio.-
Como dice la Ley es como debe ser, es mas razonable...........
r@ro_em_vi8/27/2015+0-0
esta bien como esta en la imagen, supongamos...si vas por la calle y alguien pone giro a la izquierda no lo adelantas, porque sabes que esta por girar y te va a llevar por delante si lo queres pasar, y cuando pone giro a la derecha sabes que lo podes pasar total pasas por la izquierda...SIMPLE LOGICA
r@ro_em_vi8/27/2015+0-0
esta bien como esta en la imagen, supongamos...si vas por la calle y alguien pone giro a la izquierda no lo adelantas, porque sabes que esta por girar y te va a llevar por delante si lo queres pasar, y cuando pone giro a la derecha sabes que lo podes pasar total pasas por la izquierda...SIMPLE LOGICA
c@ceschdurte8/27/2015+0-0
jajajaja muy bueno
c@ceschdurte8/27/2015+0-0
jajajaja muy bueno
c@ceschdurte8/27/2015+0-0
jajajaja muy bueno
c@ceschdurte8/27/2015+0-0
jajajaja muy bueno
A@AEROhopThe-Saver8/27/2015+1-0
@ claro seria el mismo caso, pero si yo quiero pasar por la izquierda, que carajo me importa que doble a la derecha? entendes?
A@AEROhopThe-Saver8/27/2015+1-0
@ claro seria el mismo caso, pero si yo quiero pasar por la izquierda, que carajo me importa que doble a la derecha? entendes?
A@Alexbjm8/26/2015+0-0
Los camioneros muchas veces cuando vas atras te prenden el guineo para que pases, muchas otras veces no y le haces luces y aveces te prenden y otras veces ni asi, ni bola te dan.
24449
A@Alexbjm8/26/2015+0-0
Los camioneros muchas veces cuando vas atras te prenden el guineo para que pases, muchas otras veces no y le haces luces y aveces te prenden y otras veces ni asi, ni bola te dan.
24449
C@CharlieH88/26/2015+0-0
En todas las Rutas que fui siempre es al revez..

En Brasil mas que nada.. todos te ponen el guiño izquierdo altoque..
C@CharlieH88/26/2015+0-0
En todas las Rutas que fui siempre es al revez..

En Brasil mas que nada.. todos te ponen el guiño izquierdo altoque..
r@rolopanu8/26/2015+0-0
Muy bueno. Muy interesante.
Sería bueno que TODOS los camioneros, colectiveros y taxistas sepan esto ya que creen tener prioridad por estar mas tiempo en la calle, por llevar pasajeros o por creerse mas machos (los odio )


PD: tenes muy mala ortografía, papu...
r@rolopanu8/26/2015+0-0
Muy bueno. Muy interesante.
Sería bueno que TODOS los camioneros, colectiveros y taxistas sepan esto ya que creen tener prioridad por estar mas tiempo en la calle, por llevar pasajeros o por creerse mas machos (los odio )


PD: tenes muy mala ortografía, papu...
j@juan2828/26/2015+1-0
Se debe hacer como muestra la imagen, pero en la práctica se hace al revés, y es como que ya está estandarizado por los conductores.

info
j@juan2828/26/2015+1-0
Se debe hacer como muestra la imagen, pero en la práctica se hace al revés, y es como que ya está estandarizado por los conductores.

info
s@surius8/26/2015+3-1
articulos

jajaja
s@surius8/26/2015+3-1
articulos

jajaja
@ y a vos quien te esta hablando señor lector infalible?
@ y a vos quien te esta hablando señor lector infalible?
@ Eso ya lo sé, pero parece que vos no sabes leer, "yo creo que la gente entendería mejor".

Y si vamos al caso que pusiste, lo mismo serìa con el guiño a la derecha.
@ Eso ya lo sé, pero parece que vos no sabes leer, "yo creo que la gente entendería mejor".

Y si vamos al caso que pusiste, lo mismo serìa con el guiño a la derecha.
P@Punchbang8/26/2015+0-0
A los K solo les importa romper los huevos con la ley de medios y toda ley que sirva para regalar plata, no pretendas que hagan cumplir algo util como esta ley
P@Punchbang8/26/2015+0-0
A los K solo les importa romper los huevos con la ley de medios y toda ley que sirva para regalar plata, no pretendas que hagan cumplir algo util como esta ley
f@fagchino8/26/2015+1-0
sabia todo menos lo de las luces reglamentarias en los transportes, gracias. por cierto, una ves me quiso parar un policia por pasar la barrera baja, yo como buen hdp que soy, pase de largo, me hizo la multa, pero cuando fui a pagar, me dijeron que no era valida porque no puso modelo de la moto y otros detalles, asi que si se van de largo, pasen cagando jajajajjaa.
f@fagchino8/26/2015+1-0
sabia todo menos lo de las luces reglamentarias en los transportes, gracias. por cierto, una ves me quiso parar un policia por pasar la barrera baja, yo como buen hdp que soy, pase de largo, me hizo la multa, pero cuando fui a pagar, me dijeron que no era valida porque no puso modelo de la moto y otros detalles, asi que si se van de largo, pasen cagando jajajajjaa.
S@Santiagov378/26/2015+5-0
¡Muy bueno post!
Me quedé sin puntos por el momento (que picardía)

Jajaja:
24449

Ley Nacional de Transito. Sabias esto?
S@Santiagov378/26/2015+5-0
¡Muy bueno post!
Me quedé sin puntos por el momento (que picardía)

Jajaja:
24449

Ley Nacional de Transito. Sabias esto?
S@Santiagov378/26/2015+5-0
¡Muy bueno post!
Me quedé sin puntos por el momento (que picardía)

Jajaja:
24449

Ley Nacional de Transito. Sabias esto?
S@Santiagov378/26/2015+5-0
¡Muy bueno post!
Me quedé sin puntos por el momento (que picardía)

Jajaja:
24449

Ley Nacional de Transito. Sabias esto?
r@rtpnRengueroSAEROhop8/26/2015+0-0
@ @ ya esta corregido troesmas gracias por la aclaracion
r@rtpnRengueroSAEROhop8/26/2015+0-0
@ @ ya esta corregido troesmas gracias por la aclaracion
R@RengueroSAEROhop8/26/2015+2-1
@ el vago lee "debe tener airbag"

Ley


y pone esto :/
R@RengueroSAEROhop8/26/2015+2-1
@ el vago lee "debe tener airbag"

Ley


y pone esto :/
t@tomy_diablorojo8/26/2015+1-0
esto es un peligro, casi nadie lo sabe, puede pensar que le estas avisando que pase al tipo
transito
t@tomy_diablorojo8/26/2015+1-0
esto es un peligro, casi nadie lo sabe, puede pensar que le estas avisando que pase al tipo
transito
A@AEROhop8/26/2015+0-0
me parece que el del post entendio mal, no se refiere a los cosos anti robo si no a algun sistema de cierre, que tienen todos los vehiculos de fabrica. seguramente no sera motivo de multa, pero si impedira la calificacion de robo y seria simplemente hurto
A@AEROhop8/26/2015+0-0
me parece que el del post entendio mal, no se refiere a los cosos anti robo si no a algun sistema de cierre, que tienen todos los vehiculos de fabrica. seguramente no sera motivo de multa, pero si impedira la calificacion de robo y seria simplemente hurto
R@RengueroS8/26/2015+0-0
"Dotarlos de por lo menos un dispositivo o cierre de seguridad antirrobo"

y eso es motivo de multa si no lo cumplo? ja pero q me chupen bien la pija.
R@RengueroS8/26/2015+0-0
"Dotarlos de por lo menos un dispositivo o cierre de seguridad antirrobo"

y eso es motivo de multa si no lo cumplo? ja pero q me chupen bien la pija.
m@mario8058/26/2015+0-0
Muy bueno !! paro los giles como yo !!
m@mario8058/26/2015+0-0
Muy bueno !! paro los giles como yo !!
d@dragon99988/26/2015+1-0
muy bueno e informativo
d@dragon99988/26/2015+1-0
muy bueno e informativo
r@rtpn8/26/2015+1-1
Gracias Rufian!!
r@rtpn8/26/2015+1-1
Gracias Rufian!!
2@2K12K8/26/2015+1-1
2@2K12K8/26/2015+1-1

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